Comunicación de cambio de titularidad en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica IVTM
A los efectos de proceder al cambio de titularidad en el Padrón de IVTM en el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, es requisito imprescindible que el cambio de titularidad figure realizado en la Jefatura Provincial de Tráfico.
El IVTM se devengará anualmente, con efectos desde el 1 de enero de cada año y le corresponderá el abono del recibo íntegro a quién figure como titular del mismo a esa fecha, produciéndose el cambio de titularidad en el Impuesto con efectos a partir del devengo siguiente
La comunicación de cambio de titularidad, en su caso, deberá ser presentada por la persona a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación.
Sin plazo
En caso de actuar mediante representante:
No procede
Coordinador General de Hacienda y Política Financiera
Sin resolución
Nivel 3. Presentación telemática
La Dirección General de Tráfico comunica, mensualmente, al Ayuntamiento las altas/bajas/cambios de titularidad
Servicio de Gestión Tributaria
Comunicación de variación de elementos tributarios-solicitud de rectificación de liquidaciones (Actividades económicas)
Comunicación de modificaciones en elementos tributarios (superficie, dirección tributaria, ) que puedan afectar a la liquidación del Impuesto sobre actividades económicas
Las personas físicas o jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, siempre que realicen en territorio municipal cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible
Una vez solicitada la variación en la AEAT (la solicitud en la AEAT deberá presentarse en el plazo de un mes, a contar desde la fecha en la que se produjo la circunstancia que motivó la variación)
En caso de actuar mediante representante:
No procede
Coordinador General de Hacienda y Política Financiera
6 meses, surtiendo efectos en el ejercicio inmediato siguiente
Desestimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
La presente comunicación se deberá cursar una vez realizado la correspondiente modificación en la AEAT
Servicio de Gestión Tributaria
Comunicación previa para la colocación de Publicidad en vehículo adscrito a licencia de Taxi
Los titulares de licencia municipal de taxi podrán obtener previa tramitación del procedimiento que corresponda municipal para la colocación de publicidad exterior en el vehículo adscrito a la licencia de taxi
Titulares de Licencia Municipal de Taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife
Todo el año
En caso de actuar mediante representante:
Se deberán presentar todos los documentos originales, acompañados de fotocopias para su cotejo
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía Delegada en materia de Servicios Públicos
Tres meses
Estimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
Vigencia de la autorización:
Plazo máximo de un año, prorrogable mediante la oportuna comunicación previa.
Observaciones:
ESTA DECLARACIÓN TIENE VALIDEZ MÁXIMA DE UN MES, momento en que deberá ser será sustituida por la autorización administrativa expresa, si procede. La mera presentación del impreso normalizado acompañada de la preceptiva documentación será título válido para la instalación de la publicidad desde el día de la presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que ejerza el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la publicidad desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar y de que la inexactitud o falsedad reiteradas darán lugar a la revocación de la licencia.
Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos
Confirmación de residencia de extranjeros comunitarios inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes
Las personas extranjeras que sean nacionales de un país miembro de la Unión Europea, Estados miembros del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y aquellos que sin pertenecer a estos países dispongan de tarjeta de residencia de Régimen Comunitario (familiares de comunitarios) así como los ciudadanos con permiso de residencia permanente que fijen su residencia en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife
Extranjeros comunitarios empadronados en el municipio que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
A) Confirmación de la residencia en España cada DOS AÑOS, si figuran empadronados con Pasaporte.
B) Confirmación de la residencia en España, si disponen de tarjeta de residencia expedida hace MÁS DE CINCO AÑOS.
C) Confirmación de la residencia en España, si disponen de certificado de la Unión, inscripto en el Registro Central Europeo expedido hace MÁS DE CINCO AÑOS.
En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Todo el año
Importante: Los documentos se deben presentar en original y fotocopia
En caso de actuar mediante representante:
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Nivel 2. Descarga de formularios
En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Servicio de Atención a la Ciudadanía, Estadística y Demarcación Territorial
Continuidad de la Prestación de Servicio tras el fallecimiento del titular de la Licencia de Taxi
Causahabientes de titulares de licencias municipales de taxi fallecidos podrán obtener, previa tramitación del procedimiento que corresponda, autorización municipal para que uno de ellos continúe la prestación del servicio hasta tanto se resuelva, en su caso, el expediente de transmisión de la misma
Causahabientes del titular de licencia municipal de taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife
Todo el año
Documentación Común:
Causahabiente Conductor del Vehículo:
En caso de actuar mediante representante:
Se deberán presentar todos los documentos originales, acompañados de fotocopias para su cotejo
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Junta de Gobierno de la Ciudad
Tres meses
Desestimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
La licencia municipal y, en su caso, la autorización insular caducarán transcurrido el plazo de un año sin que se hubiera continuado la explotación por el causahabiente adjudicatario o se hubiera trasmitido a un tercero.
Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos
Declaración / Comunicación liquidación plusvalía/Bonificación mortis causa
Declaraciones: Los sujetos pasivos del impuesto:
a) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo, la persona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que adquiera el terreno o a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate.
b) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, la persona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que transmita el terreno o que constituya o transmita el derecho real de que se trate.
Comunicaciones: Están igualmente obligados a comunicar al ayuntamiento la realización del hecho imponible en los mismos plazos que los sujetos pasivos:
a) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo, siempre que se hayan producido por negocio jurídico entre vivos, el donante o la persona que constituya o transmita el derecho real de que se trate.
b) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, el adquirente o la persona a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate.
Fotocopia del DNI o CIF del interesado
Declaraciones y Solicitud de Liquidación:
Específicamente para sucesiones mortis causa:
En caso de actuar mediante representante:
No procede
Coordinador General de Hacienda y Política Financiera
Seis meses
Caducidad del procedimiento sin perjuicio de que pueda iniciarse de oficio de nuevo, dentro del plazo de prescripción
Nivel 3. Presentación telemática
Bonificación por mortis causa
El importe de la bonificación dependerá de la fecha de fallecimiento del causante, (relacionado con la vigencia de la Ordenanza Fiscal correspondiente), siendo los porcentajes, los que a continuación se relacionan:
Destinatarios/as: Los sujetos pasivos que sean cónyuges, ascendientes o adoptantes así como descendientes y adoptados, en los supuestos de tributación por transmisiones de terrenos y transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte. A los efectos de la concesión de esta bonificación se entenderá exclusivamente por descendiente o ascendiente aquellas personas que tienen un vínculo de parentesco por consanguinidad de un grado en línea recta conforme a las reglas que se contienen en los artículos 915 y siguiente del Código Civil
Dicha bonificación se aplicará de oficio y sólo se concederá esta bonificación cuando el sujeto pasivo haya presentado voluntariamente y no como consecuencia de un requerimiento de esta Administración la declaración de haberse realizado el hecho imponible a que se refiere el artículo 10 de esta Ordenanza, siendo imprescindible para disfrutar de este beneficio fiscal que la misma se haya efectuado dentro de los plazos indicados en dicho artículo
Servicio de Gestión Tributaria
Declaración de Interés Público de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife
Reconocimiento a la labor social que realizan las entidades ciudadanas del municipio, posibilitándoles a acogerse a una serie de beneficios como por ejemplo acceder con preferencia a convenios y subvenciones, utilización de locales e instalaciones municipales, disponer de espacios gratuitos en medios de comunicación social...
Entidades con domicilio social en el municipio
Entidades con domicilio social en el municipio, que se encuentren inscritas y con sus datos debidamente actualizados en el correspondiente Registro Municipal de Entidades Ciudadanasen las que concurran las siguientes circunstancias:
a) Que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general en el ámbito municipal. Se entenderá por interés general la promoción de las condiciones para que la libertad e igualdad de los individuos sean reales y efectivas, facilitando su participación en la vida política, económica, social y cultural, en particular en los ámbitos asistenciales, cívicos, educativos, científicos, culturales, deportivos, de defensa del medioambiente, de fomento de la igualdad, la tolerancia y la cooperación, fomento de la economía social y sanitarios, relacionados con los derechos y deberes que, con carácter específico, proclama la Constitución Española.
b) Que su actividad no esté restringida a favorecer a sus miembros o asociados exclusivamente, sino que pueda extenderse a cualquier otra persona que reúna las circunstancias y caracteres propios del ámbito y de la naturaleza de sus fines.
c) Que los Estatutos de la Entidad sólo admitan como socios a las personas jurídicas cuando éstas carezcan de ánimo de lucro según sus Estatutos.
d) Que disponga de los medios materiales y personales adecuados, así como de la organización idónea para garantizar el cumplimiento de los fines establecidos en sus Estatutos.
e) Que se encuentren constituidas, en funcionamiento efectivo y hayan realizado actividades de interés general en beneficio del ámbito material de actuación con el que estén relacionadas, al menos durante los dos años inmediatamente precedentes, y de forma ininterrumpida, a la presentación de la solicitud.
f) Que no distribuya entre sus miembros o asociados las ganancias eventualmente obtenidas.
g) Que no establezca ningún tipo de discriminación por razón de sexo, raza o religión en su proceso de admisión y en su funcionamiento.
Telemático
Todo el año
a. A presentar por la entidad solicitante
b. A aporta de oficio por el Ayuntamiento
No procede
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
Tfno 922 606 620
Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía Delegada en materia de Participación Ciudadana
Desestimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
La Declaración de Interés Público es necesaria para la solicitud de cesión gratuita de locales e instalaciones municipales
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
Designación de Miembros del Consejo Municipal de la Juventud. Federaciones de asociaciones
Federaciones de asociaciones, legalmente constituidas, que estén compuestas por un mínimo de tres asociaciones de jóvenes, que cumplan los siguientes requisitos:
Las Federaciones de Asociaciones deberán designar un representante y un suplente en el plazo de 15 días desde la comunicación indicando que han cumplidos los requisitos exigidos.
Los representantes y suplentes de las citadas federaciones deben cumplir los requisitos siguientes:
Trámites del procedimiento
Verificado el cumplimiento de los requisitos, se le comunicará que puede designar su representante. El plazo para ello se hará público en la web municipal, sin que pueda ser inferior a 15 días, contados a partir del día siguiente a la referida comunicación.
Pasado dicho plazo, la Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo.
La designación de los representantes se realizará por la entidad correspondiente de acuerdo con el sistema democrático y representativo que tengan establecido, atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, cuando sea posible. Por cada uno de los representantes, se designará un suplente para los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
Las Federaciones de Asociaciones podrán ser miembros del Consejo, a través de su representante correspondiente, sin limitación de número, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)
Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)
No procede
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
C/ Antonio Dominguez Alfonso, 27
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía Delegada en materia de Deporte, Educación y Juventud
Nivel 2. Descarga de formularios
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida (Concejalía de Deportes, Educación y Juventud)
Designación de Miembros del Consejo Municipal de la Juventud. Federaciones de asociaciones
Federaciones de asociaciones, legalmente constituidas, que estén compuestas por un mínimo de tres asociaciones de jóvenes, que cumplan los siguientes requisitos:
Las Federaciones de Asociaciones deberán designar un representante y un suplente en el plazo de 15 días desde la comunicación indicando que han cumplidos los requisitos exigidos.
Los representantes y suplentes de las citadas federaciones deben cumplir los requisitos siguientes:
Trámites del procedimiento
Verificado el cumplimiento de los requisitos, se le comunicará que puede designar su representante. El plazo para ello se hará público en la web municipal, sin que pueda ser inferior a 15 días, contados a partir del día siguiente a la referida comunicación.
Pasado dicho plazo, la Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo.
La designación de los representantes se realizará por la entidad correspondiente de acuerdo con el sistema democrático y representativo que tengan establecido, atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, cuando sea posible. Por cada uno de los representantes, se designará un suplente para los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
Las Federaciones de Asociaciones podrán ser miembros del Consejo, a través de su representante correspondiente, sin limitación de número, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)
Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)
No procede
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
C/ Antonio Dominguez Alfonso, 27
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía Delegada en materia de Deporte, Educación y Juventud
Nivel 2. Descarga de formularios
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida (Concejalía de Deportes, Educación y Juventud)
Designación de Miembros del Consejo Municipal de la Juventud. Otras asociaciones o entidades que trabajen directamente con jóvenes
Asociaciones o entidades que trabajen directamente con jóvenes
Podrán designar tres representantes de todas ellas en el Consejo Municipal, siempre que sea joven (de 14 a 30 años)
Los representantes y suplentes de las citadas asociaciones o entidades deben cumplir los requisitos siguientes:
Trámites del procedimiento
Para la designación de los 3 representantes, de entre las solicitudes presentadas, se establece el siguiente sistema de selección:
Para proceder al nombramiento (titular y suplente) se convocarán por parte del Servicio, a todas las entidades que hayan remitido en tiempo y forma la documentación requerida y se acordará quienes formarán parte del Consejo; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizara el procedimiento de sorteo.
Asociaciones o entidades que trabajen directamente con jóvenes podrán ser miembros del Consejo, a través de sus representantes, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)
La Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo
Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)
No procede
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
C/ Antonio Dominguez Alfonso, 27
38003 Santa Cruz de Tenerife
De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía Delegada en materia de Deporte, Educación y Juventud
Nivel 2. Descarga de formularios
Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida (Concejalía de Deportes, Educación y Juventud)