Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

  • Denominación

    Comunicación de cambio de titularidad en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica IVTM

    Descripción

    A los efectos de proceder al cambio de titularidad en el Padrón de IVTM en el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, es requisito imprescindible que el cambio de titularidad figure realizado en la Jefatura Provincial de Tráfico.

    El IVTM se devengará anualmente, con efectos desde el 1 de enero de cada año y le corresponderá el abono del recibo íntegro a quién figure como titular del mismo a esa fecha, produciéndose el cambio de titularidad en el Impuesto con efectos a partir del devengo siguiente

    Destinatarios

    La comunicación de cambio de titularidad, en su caso, deberá ser presentada por la persona a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación.

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Sin plazo

    Documentación

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Sin resolución

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La Dirección General de Tráfico comunica, mensualmente, al Ayuntamiento las altas/bajas/cambios de titularidad

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Comunicación de variación de elementos tributarios-solicitud de rectificación de liquidaciones (Actividades económicas)

    Descripción

    Comunicación de modificaciones en elementos tributarios (superficie, dirección tributaria,…) que puedan afectar a la liquidación del Impuesto sobre actividades económicas

    Destinatarios

    Las personas físicas o jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, siempre que realicen en territorio municipal cualquiera de las actividades que originan el hecho imponible

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Una vez solicitada la variación en la AEAT (la solicitud en la AEAT deberá presentarse en el plazo de un mes, a contar desde la fecha en la que se produjo la circunstancia que motivó la variación)

    Documentación

    • Solicitud general
    • Solicitud de variación de los datos relativos a la actividad económica desempeñada en la AEAT (Copia del modelo 036/037 o 840 presentado en la AEAT)
    • Fotocopia DNI o CIF del interesado

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    6 meses, surtiendo efectos en el ejercicio inmediato siguiente

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La presente comunicación se deberá cursar una vez realizado la correspondiente modificación en la AEAT

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Comunicación previa para la colocación de Publicidad en vehículo adscrito a licencia de Taxi

    Descripción

    Los titulares de licencia municipal de taxi podrán obtener previa tramitación del procedimiento que corresponda municipal para la colocación de publicidad exterior en el vehículo adscrito a la licencia de taxi

    Destinatarios

    Titulares de Licencia Municipal de Taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • Solicitud: Autorización para la colocación de publicidad en vehículo adscrito a la licencia de taxi
    • DNI / NIE titular
    • Proyecto en el que se indique el contenido, formato, lugar y modo de colocación del anuncio, acompañado de documentación gráfica en la que se describa cada uno de estos puntos

    En caso de actuar mediante representante:

    • DNI / NIE
    • Documento acreditativo de la representación

    Se deberán presentar todos los documentos originales, acompañados de fotocopias para su cotejo

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Servicios Públicos

    Plazo de Resolución

    Tres meses

    Efectos del Silencio

    Estimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Vigencia de la autorización:

    Plazo máximo de un año, prorrogable mediante la oportuna comunicación previa.

    Observaciones:

    ESTA DECLARACIÓN TIENE VALIDEZ MÁXIMA DE UN MES, momento en que deberá ser será sustituida por la autorización administrativa expresa, si procede. La mera presentación del impreso normalizado acompañada de la preceptiva documentación será título válido para la instalación de la publicidad desde el día de la presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que ejerza el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la publicidad desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar y de que la inexactitud o falsedad reiteradas darán lugar a la revocación de la licencia.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos

    Trámites Relacionados

    Tema

    Transporte

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

  • Denominación

    Confirmación de residencia de extranjeros comunitarios inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes

    Descripción

    Las personas extranjeras que sean nacionales de un país miembro de la Unión Europea, Estados miembros del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y aquellos que sin pertenecer a estos países dispongan de tarjeta de residencia de Régimen Comunitario (familiares de comunitarios) así como los ciudadanos con permiso de residencia permanente que fijen su residencia en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife

    Destinatarios

    Extranjeros comunitarios empadronados en el municipio que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

    A) Confirmación de la residencia en España cada DOS AÑOS, si figuran empadronados con Pasaporte.

    B) Confirmación de la residencia en España, si disponen de tarjeta de residencia expedida hace MÁS DE CINCO AÑOS.

    C) Confirmación de la residencia en España, si disponen de certificado de la Unión, inscripto en el Registro Central Europeo expedido hace MÁS DE CINCO AÑOS.

    En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Medios de Presentación

    Presencial

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    Importante: Los documentos se deben presentar en original y fotocopia

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Normativa

    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 80, de 3 de abril de 1985.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 236, de 2 de octubre de 2015.
    • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 194, de 14 de agosto de 1986.
    • Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 71, de 24 de marzo de 2015.

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Observaciones

    En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Atención a la Ciudadanía, Estadística y Demarcación Territorial

    Tema

    Población y Territorio

    Tipo

    Registros administrativos

  • Denominación

    Continuidad de la Prestación de Servicio tras el fallecimiento del titular de la Licencia de Taxi

    Descripción

    Causahabientes de titulares de licencias municipales de taxi fallecidos podrán obtener, previa tramitación del procedimiento que corresponda, autorización municipal para que uno de ellos continúe la prestación del servicio hasta tanto se resuelva, en su caso, el expediente de transmisión de la misma

    Destinatarios

    Causahabientes del titular de licencia municipal de taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • Solicitud: Continuidad Prestación Servicio tras fallecimiento titular Licencia Taxi

    Documentación Común:

    • Licencia municipal de Taxi (Banda Roja)
    • Acuerdo o partición de la herencia de los causahabientes
    • DNI / NIE causahabientes

    Causahabiente Conductor del Vehículo:

    • DNI / NIE
    • Carné de conducir
    • Permiso municipal para conducir taxi o comunicación de su fecha de obtención.
    • Declaración responsable sobre no ostentar la titularidad de otras licencias en ningún municipio de las islas
    • Declaración responsable de cumplimiento del requisito de honorabilidad previsto en el artículo 15 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias

    En caso de actuar mediante representante:

    • DNI / NIE
    • Documento acreditativo de la representación

    Se deberán presentar todos los documentos originales, acompañados de fotocopias para su cotejo

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Junta de Gobierno de la Ciudad

    Plazo de Resolución

    Tres meses

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La licencia municipal y, en su caso, la autorización insular caducarán transcurrido el plazo de un año sin que se hubiera continuado la explotación por el causahabiente adjudicatario o se hubiera trasmitido a un tercero.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos

    Trámites Relacionados

    Tema

    Transporte

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

  • Denominación

    Declaración / Comunicación liquidación plusvalía/Bonificación mortis causa

    Destinatarios

    Declaraciones: Los sujetos pasivos del impuesto:

    a) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo, la persona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que adquiera el terreno o a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate.

    b) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, la persona física o jurídica, o la entidad a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que transmita el terreno o que constituya o transmita el derecho real de que se trate.

    Comunicaciones: Están igualmente obligados a comunicar al ayuntamiento la realización del hecho imponible en los mismos plazos que los sujetos pasivos:

    a) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título lucrativo, siempre que se hayan producido por negocio jurídico entre vivos, el donante o la persona que constituya o transmita el derecho real de que se trate.

    b) En las transmisiones de terrenos o en la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio a título oneroso, el adquirente o la persona a cuyo favor se constituya o transmita el derecho real de que se trate.

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    • Cuando se trate de actos ínter vivos, el plazo será de treinta días hábiles (excluidos sábados, domingos y festivos)
    • Cuando se trate de actos por causa de muerte, el plazo será de seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo. Para que pueda estimarse la solicitud de prórroga por la Administración Tributaria Municipal, ésta deberá presentarse deberá antes de que finalice el plazo inicial de seis meses.

    Documentación

    Declaraciones y Solicitud de Liquidación:

    • Documento público (escritura pública, sentencia judicial…) o documento privado por el que se realice el hecho imponible
    • Documento público o privado donde conste la realización del hecho imponible anterior, en caso de no figurar claramente en el documento por el que se realiza el hecho imponible la fecha de título anterior (ejemplo: en escrituras de herencias, divisiones horizontales, … y cualquier supuesto de no sujeción al impuesto: ordenanza fiscal IIVTNU: artículo 2, apartado 2), 3) y 4), entre otros.).
    • Recibo de IBI, en el caso de no estar indicada en el documento público o privado por el que se realiza el hecho imponible.

    Específicamente para sucesiones mortis causa:

    • Certificado de defunción del causante
    • Certificado del registro de actos de última voluntad
    • Copia autentica del testamento
    • Escritura pública de adjudicación de herencia o declaración de herederos
    • Solicitud de prórroga presentada a la administración municipal

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Seis meses

    Efectos del Silencio

    Caducidad del procedimiento sin perjuicio de que pueda iniciarse de oficio de nuevo, dentro del plazo de prescripción

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Bonificación por mortis causa

    El importe de la bonificación dependerá de la fecha de fallecimiento del causante, (relacionado con la vigencia de la Ordenanza Fiscal correspondiente), siendo los porcentajes, los que a continuación se relacionan:

    • Fallecimientos sucedidos antes del 14 de junio de 2017: 25%
    • Fallecimientos sucedidos desde el 15 de junio de 2017 y hasta 29 de diciembre de 2017:50%
    • Fallecimientos sucedidos desde el 30 de diciembre de 2017 y hasta 28 diciembre 2018 : 75%
    • Fallecimientos sucedidos desde el 29 de diciembre de 2018: 95%

    Destinatarios/as: Los sujetos pasivos que sean cónyuges, ascendientes o adoptantes así como descendientes y adoptados, en los supuestos de tributación por transmisiones de terrenos y transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte. A los efectos de la concesión de esta bonificación se entenderá exclusivamente por descendiente o ascendiente aquellas personas que tienen un vínculo de parentesco por consanguinidad de un grado en línea recta conforme a las reglas que se contienen en los artículos 915 y siguiente del Código Civil

    Dicha bonificación se aplicará de oficio y sólo se concederá esta bonificación cuando el sujeto pasivo haya presentado voluntariamente y no como consecuencia de un requerimiento de esta Administración la declaración de haberse realizado el hecho imponible a que se refiere el artículo 10 de esta Ordenanza, siendo imprescindible para disfrutar de este beneficio fiscal que la misma se haya efectuado dentro de los plazos indicados en dicho artículo

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Declaración de Interés Público de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife

    Descripción

    Reconocimiento a la labor social que realizan las entidades ciudadanas del municipio, posibilitándoles a acogerse a una serie de beneficios como por ejemplo acceder con preferencia a convenios y subvenciones, utilización de locales e instalaciones municipales, disponer de espacios gratuitos en medios de comunicación social...

    Destinatarios

    Entidades con domicilio social en el municipio

    Requisitos

    Entidades con domicilio social en el municipio, que se encuentren inscritas y con sus datos debidamente actualizados en el correspondiente Registro Municipal de Entidades Ciudadanasen las que concurran las siguientes circunstancias:
    a) Que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general en el ámbito municipal. Se entenderá por interés general la promoción de las condiciones para que la libertad e igualdad de los individuos sean reales y efectivas, facilitando su participación en la vida política, económica, social y cultural, en particular en los ámbitos asistenciales, cívicos, educativos, científicos, culturales, deportivos, de defensa del medioambiente, de fomento de la igualdad, la tolerancia y la cooperación, fomento de la economía social y sanitarios, relacionados con los derechos y deberes que, con carácter específico, proclama la Constitución Española.
    b) Que su actividad no esté restringida a favorecer a sus miembros o asociados exclusivamente, sino que pueda extenderse a cualquier otra persona que reúna las circunstancias y caracteres propios del ámbito y de la naturaleza de sus fines.
    c) Que los Estatutos de la Entidad sólo admitan como socios a las personas jurídicas cuando éstas carezcan de ánimo de lucro según sus Estatutos.
    d) Que disponga de los medios materiales y personales adecuados, así como de la organización idónea para garantizar el cumplimiento de los fines establecidos en sus Estatutos.
    e) Que se encuentren constituidas, en funcionamiento efectivo y hayan realizado actividades de interés general en beneficio del ámbito material de actuación con el que estén relacionadas, al menos durante los dos años inmediatamente precedentes, y de forma ininterrumpida, a la presentación de la solicitud.
    f) Que no distribuya entre sus miembros o asociados las ganancias eventualmente obtenidas.
    g) Que no establezca ningún tipo de discriminación por razón de sexo, raza o religión en su proceso de admisión y en su funcionamiento.

    Medios de Presentación

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    a. A presentar por la entidad solicitante

    • Solicitud
    • Memoria de actividades desarrolladas
    • Certificación relativa al acuerdo del órgano competente de la Entidad por el que se decide solicitar la declaración de interés público municipal
    • En su caso, documentación original, para su cotejo, de las declaraciones de interés o utilidad pública efectuadas a favor de la Entidad por otras Administraciones Públicas en sus respectivos ámbitos
    • Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la que conste que la Entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y que no constan deudas con el Estado de naturaleza tributaria en período ejecutivo
    • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente la Entidad en sus obligaciones con la Seguridad Social

    b. A aporta de oficio por el Ayuntamiento

    • Informe en el que se haga constar la inscripción en el Registro Municipal correspondiente y el cumplimiento de obligaciones registrales conforme a lo previsto en el presente Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana (ROPC)
    • Documentación relativa a las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados a la que se refieren los artículos 27.1.d) y 29.1.a) del ROPC
    • Documentación acreditativa al número de socios que integran la Entidad a la que se refieren los artículos 27.1.f) y 29.1.c) del ROPC
    • Informe acreditativo de que la Entidad se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias para con el Ayuntamiento
    • Previo el consentimiento expreso de la Entidad solicitante certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Tfno 922 606 620
    Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Participación Ciudadana

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La Declaración de Interés Público es necesaria para la solicitud de cesión gratuita de locales e instalaciones municipales

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Trámites Relacionados

    Tema

    Participación ciudadana

    Tipo

    Registros administrativos

  • Denominación

    Designación de Miembros del Consejo Municipal de la Juventud. Federaciones de asociaciones

    Destinatarios

    Federaciones de asociaciones, legalmente constituidas, que estén compuestas por un mínimo de tres asociaciones de jóvenes, que cumplan los siguientes requisitos:

    • Que estén compuestas mayoritariamente por jóvenes, en una edad comprendida entre los catorce y treinta años (14-30), ambos inclusive
    • Que carezcan de ánimo de lucro
    • Que actúen en el territorio del municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • Que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento

    Las Federaciones de Asociaciones deberán designar un representante y un suplente en el plazo de 15 días desde la comunicación indicando que han cumplidos los requisitos exigidos.

    Los representantes y suplentes de las citadas federaciones deben cumplir los requisitos siguientes:

    • Residir en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • No estar inhabilitado o incapacitado legalmente
    • Tener una edad comprendida entre los 14 y los 30 años, ambas incluidas
    • Haber sido designado representante por la entidad correspondiente y aceptar la designación como representante, en su caso
    • Acreditarse, exhibiendo el documento acreditativo de su identidad
    • Formalizar la toma de posesión

    Trámites del procedimiento
    Verificado el cumplimiento de los requisitos, se le comunicará que puede designar su representante. El plazo para ello se hará público en la web municipal, sin que pueda ser inferior a 15 días, contados a partir del día siguiente a la referida comunicación.
    Pasado dicho plazo, la Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo.
    La designación de los representantes se realizará por la entidad correspondiente de acuerdo con el sistema democrático y representativo que tengan establecido, atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, cuando sea posible. Por cada uno de los representantes, se designará un suplente para los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
    Las Federaciones de Asociaciones podrán ser miembros del Consejo, a través de su representante correspondiente, sin limitación de número, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)

    Medios de Presentación

    Oficinas de atención e información ciudadana OAIC

    Plazo de Presentación

    22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)

    Documentación

    • Solicitud
    • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de la Juventud

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
    C/ Antonio Dominguez Alfonso, 27
    38003 Santa Cruz de Tenerife
    De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
    Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Deporte, Educación y Juventud

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida (Concejalía de Deportes, Educación y Juventud)

    Tema

    Igualdad Juventud

  • Denominación

    Designación de Miembros del Consejo Municipal de la Juventud. Federaciones de asociaciones

    Destinatarios

    Federaciones de asociaciones, legalmente constituidas, que estén compuestas por un mínimo de tres asociaciones de jóvenes, que cumplan los siguientes requisitos:

    • Que estén compuestas mayoritariamente por jóvenes, en una edad comprendida entre los catorce y treinta años (14-30), ambos inclusive
    • Que carezcan de ánimo de lucro
    • Que actúen en el territorio del municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • Que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento

    Las Federaciones de Asociaciones deberán designar un representante y un suplente en el plazo de 15 días desde la comunicación indicando que han cumplidos los requisitos exigidos.

    Los representantes y suplentes de las citadas federaciones deben cumplir los requisitos siguientes:

    • Residir en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • No estar inhabilitado o incapacitado legalmente
    • Tener una edad comprendida entre los 14 y los 30 años, ambas incluidas
    • Haber sido designado representante por la entidad correspondiente y aceptar la designación como representante, en su caso
    • Acreditarse, exhibiendo el documento acreditativo de su identidad
    • Formalizar la toma de posesión

    Trámites del procedimiento
    Verificado el cumplimiento de los requisitos, se le comunicará que puede designar su representante. El plazo para ello se hará público en la web municipal, sin que pueda ser inferior a 15 días, contados a partir del día siguiente a la referida comunicación.
    Pasado dicho plazo, la Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo.
    La designación de los representantes se realizará por la entidad correspondiente de acuerdo con el sistema democrático y representativo que tengan establecido, atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, cuando sea posible. Por cada uno de los representantes, se designará un suplente para los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
    Las Federaciones de Asociaciones podrán ser miembros del Consejo, a través de su representante correspondiente, sin limitación de número, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)

    Medios de Presentación

    Oficinas de atención e información ciudadana OAIC

    Plazo de Presentación

    22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)

    Documentación

    • Solicitud
    • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de la Juventud

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
    C/ Antonio Dominguez Alfonso, 27
    38003 Santa Cruz de Tenerife
    De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
    Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Deporte, Educación y Juventud

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida (Concejalía de Deportes, Educación y Juventud)

    Tema

    Igualdad Juventud

  • Denominación

    Designación de Miembros del Consejo Municipal de la Juventud. Otras asociaciones o entidades que trabajen directamente con jóvenes

    Destinatarios

    Asociaciones o entidades que trabajen directamente con jóvenes

    Podrán designar tres representantes de todas ellas en el Consejo Municipal, siempre que sea joven (de 14 a 30 años)
    Los representantes y suplentes de las citadas asociaciones o entidades deben cumplir los requisitos siguientes:

    • Residir en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • No estar inhabilitado o incapacitado legalmente
    • Tener una edad comprendida entre los 14 y los 30 años, ambas incluidas
    • Haber sido designado representante por la entidad correspondiente y aceptar la designación como representante, en su caso
    • Acreditarse, exhibiendo el documento acreditativo de su identidad
    • Formalizar la toma de posesión

    Trámites del procedimiento

    Para la designación de los 3 representantes, de entre las solicitudes presentadas, se establece el siguiente sistema de selección:

    Para proceder al nombramiento (titular y suplente) se convocarán por parte del Servicio, a todas las entidades que hayan remitido en tiempo y forma la documentación requerida y se acordará quienes formarán parte del Consejo; en el caso de no llegar a acuerdo, se utilizara el procedimiento de sorteo.

    Asociaciones o entidades que trabajen directamente con jóvenes podrán ser miembros del Consejo, a través de sus representantes, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)

    La Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo

    Medios de Presentación

    Oficinas de atención e información ciudadana OAIC

    Plazo de Presentación

    22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)

    Documentación

    • Solicitud
    • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de la Juventud

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
    C/ Antonio Dominguez Alfonso, 27
    38003 Santa Cruz de Tenerife
    De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
    Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Deporte, Educación y Juventud

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida (Concejalía de Deportes, Educación y Juventud)

    Tema

    Juventud

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