Confirmación de residencia de extranjeros comunitarios inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes
Denominación
Confirmación de residencia de extranjeros comunitarios inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes
Descripción
Las personas extranjeras que sean nacionales de un país miembro de la Unión Europea, Estados miembros del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y aquellos que sin pertenecer a estos países dispongan de tarjeta de residencia de Régimen Comunitario (familiares de comunitarios) así como los ciudadanos con permiso de residencia permanente que fijen su residencia en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife
Destinatarios
Extranjeros comunitarios empadronados en el municipio que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
A) Confirmación de la residencia en España cada DOS AÑOS, si figuran empadronados con Pasaporte.
B) Confirmación de la residencia en España, si disponen de tarjeta de residencia expedida hace MÁS DE CINCO AÑOS.
C) Confirmación de la residencia en España, si disponen de certificado de la Unión, inscripto en el Registro Central Europeo expedido hace MÁS DE CINCO AÑOS.
En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Medios de Presentación
Presencial
Plazo de Presentación
Todo el año
Documentación
Importante: Los documentos se deben presentar en original y fotocopia
- Solicitud
- NIE o Pasaporte
En caso de actuar mediante representante:
- Nombramiento de Representante (Anexo IX Hoja Padronal)
- Documento identificativo del representante
Tasas
No procede
Información
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 80, de 3 de abril de 1985.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 236, de 2 de octubre de 2015.
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 194, de 14 de agosto de 1986.
- Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 71, de 24 de marzo de 2015.
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 2. Descarga de formularios
Observaciones
En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Unidad Tramitadora
Servicio de Atención a la Ciudadanía, Estadística y Demarcación Territorial