Comunicación previa para la colocación de Publicidad en vehículo adscrito a licencia de Taxi

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Denominación

Comunicación previa para la colocación de Publicidad en vehículo adscrito a licencia de Taxi

Descripción

Los titulares de licencia municipal de taxi podrán obtener previa tramitación del procedimiento que corresponda municipal para la colocación de publicidad exterior en el vehículo adscrito a la licencia de taxi

Destinatarios

Titulares de Licencia Municipal de Taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife

Medios de Presentación

Presencial

Telemático

Plazo de Presentación

Todo el año

Documentación

  • Solicitud: Autorización para la colocación de publicidad en vehículo adscrito a la licencia de taxi
  • DNI / NIE titular
  • Proyecto en el que se indique el contenido, formato, lugar y modo de colocación del anuncio, acompañado de documentación gráfica en la que se describa cada uno de estos puntos

En caso de actuar mediante representante:

  • DNI / NIE
  • Documento acreditativo de la representación

Se deberán presentar todos los documentos originales, acompañados de fotocopias para su cotejo

Tasas

No procede

Información

Servicio 010 de atención telefónica

922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Órgano de Resolución

Concejalía Delegada en materia de Servicios Públicos

Plazo de Resolución

Tres meses

Efectos del Silencio

Estimatorio

Normativa

Nivel de Administración Electrónica

Nivel 3. Presentación telemática

Observaciones

Vigencia de la autorización:

Plazo máximo de un año, prorrogable mediante la oportuna comunicación previa.

Observaciones:

ESTA DECLARACIÓN TIENE VALIDEZ MÁXIMA DE UN MES, momento en que deberá ser será sustituida por la autorización administrativa expresa, si procede. La mera presentación del impreso normalizado acompañada de la preceptiva documentación será título válido para la instalación de la publicidad desde el día de la presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que ejerza el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la publicidad desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar y de que la inexactitud o falsedad reiteradas darán lugar a la revocación de la licencia.

Unidad Tramitadora

Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos

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Tema

Transporte

Tipo

Autorizaciones, licencias y permisos

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