Este es el modelo de Solicitud de Bonificación en el recibo del IBI de Viviendas de Protección Pública o las equiparables a éstas, conforme a la normativa de la Comunidad de Madrid. Estas viviendas gozarán de una bonificación del 50 % en la cuota íntegra del IBI durante el plazo máximo de tres años, contados desde el otorgamiento de la calificación definitiva por la Comunidad de Madrid, que deberá acreditarse en el momento de la solicitud, que podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la finalización de los tres períodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el período impositivo siguiente al de la solicitud. Esta bonificación es incompatible entre sí con la Bonificación en el IBI por Familias Numerosas, aplicándose la más beneficiosa para titular del impuesto. En cambio es compatible con el Sistema de Pagos Fraccionados. |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente. |
Solicitud de Recurso de Bonificación en el IBI por Vivienda de Protección Pública por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a entregar: la indicada en la solicitud. |
Concejalía de Hacienda. Oficina Municipal de Gestión Tributaria. Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados). Teléfono: 91.201.35.80 Horario: Jueves de 09:30 a 12:30 (Cita Previa). |
A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 15 Días |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. |
Oficina Municipal de Gestión Tributaria |
A petición del interesado |
- A estos efectos, a las viviendas de protección pública derivadas de la legislación propia de la Comunidad de Madrid exclusivamente se les considerará equiparadas cuando los parámetros de superficie máxima, precio de vivienda y límite de ingresos de los adquirentes o usuarios, no excedan de los establecidos para las viviendas de protección oficial (VPO). - En los casos en que el propietario haya repercutido la cuota líquida del impuesto en el inquilino del inmueble, y siempre que reúna las condiciones establecidas para esta bonificación, podrá solicitarla éste conjuntamente con el propietario, acreditando documentalmente tal repercusión. - Esta Bonificación en el IBI es incompatible entre sí con la Bonificación por Familia Numerosa, aplicándose la más beneficiosa para el titular del impuesto. |
Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente. |
Concejalía de Hacienda |
Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso. Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante. Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Es una solicitud que realiza el ciudadano para que el ayuntamiento emita un certificado de un tema que entienda la administración o las autoridades municipales. El órgano al cual debe dirigirse la solicitud es a la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad. Ésta emitirá un Informe del Estado o Situación de la Cesión de un Vehículo, el cual el solicitante es o fue el titular. |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente. |
- Solicitud de la petición del Informe por duplicado, cumplimentada y firmada. - Fotocopia del Documento de Identidad del solicitante o Representante. - Documento de Autorización, en el caso de realizarlo el Representante. - Autoliquidación Abonada de la Tasa del Informe o Certificado marcado. |
Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad. |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 7 Días |
Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicia la actividad por parte de la administración con la recepción de la petición del documento. La Tasa debe estar abonada en el momento de presentación de los documentos que inicien el expediente del Informe o Certificado solicitado. - Resto Informes o Certificaciones de Documentos y Acuerdos Municipales: 7,41 . . Para realizar el trámite es necesario que siga los siguientes pasos: . A) Con Certificado Electrónico, Registro Telemático por la Sede Electrónica:
- Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o B) Presencialmente en las Oficinas del SAC:
- En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación. |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ordenanzas de los Tributos y Precios Públicos Municipales. |
Tráfico y Circulación |
A petición del interesado |
Tipo de Informe: se marcará el tipo Informe Genérico, no Urbanístico y su importe (Tasa de 7,41 ). Motivo de la solicitud: se harán constar con toda claridad los hechos, razones y motivo por el que se solicita y la referencia si está relacionado con algún expediente.
|
Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente. |
Concejalía de Seguridad Ciudadana |
Desestimatorio |
Cabe interponer recurso administrativo |
Política de Privacidad a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla. La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Descarga de documentos
Tráfico-Informe de Cesión de Vehículo
Este es el modelo para Solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid por Extravío, Sustracción o Deterioro el Duplicado del Permiso de Conducir y/o del Permiso de Circulación de Vehículos de Personas Físicas que estén empadronadas en el Municipio de Parla. Trámite con Tasa. No se tramitarán solicitudes de duplicados de documentación a: |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente el domicilio actual. Podrán realizar solicitudes las personas físicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y que estén empadronadas en el municipio de Parla. |
En el momento que el interesado crea conveniente y esté empadronado en el Municipio de Parla. |
La solicitud por duplicado, cumplimentada y firmada (se podrá descargar al final de esta información). * Generación de Tasas (Tres copias del Modelo 791): https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/pago-tasas/pago-de-tasas/ * Ayuda para Emisión del Modelo de Tasas: |
Servicio de Atención al Ciudadano. Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060. |
Presencialmente en las Oficinas de Atención al Ciudadano: - Oficina Parla Este (SAC) Si desea realizar este trámite en la Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060. * Información en este enlace: * Modelo de solicitud: * Hoja Informativa: |
Tasas de Tráfico, Código 4.4. * Generación de Tasas (Tres copias del Modelo 791): * Ayuda para Emisión del Modelo de Tasas: * Abono de las Tasas: |
- Convenio de Colaboración suscrito entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Federación de Municipios y Provincias (Adherido el Ayuntamiento de Parla en fecha 08 de febrero de 2017). - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
Servicio de Atención al Ciudadano |
Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid |
Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Los datos de identificación y domicilio serán cedidos a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid para la actualización del fichero de conductores, fichero de vehículos o ambos, junto con la matrícula y fecha de matriculación de los vehículos incluidos en la solicitud. |
Solicitud que se puede realizar sólo de forma presencial en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla. Si desea realizar este trámite en la Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060. |
Este es el modelo de Solicitud de la Tarjeta de Autorización de Estacionamiento para Personas que tenga dictaminada oficialmente Movilidad Reducida (baremo positivo, igual o superior a 7) o una agudeza visual igual o inferior a 0,1, con corrección, en el mejor ojo o un campo visual reducido a 10 grados o menos . Este documento es acreditativo, personal e intransferible, de unas características y dimensiones específicas, que habilita a su titular para ejercer los derechos previstos en la ordenanza en todo el término municipal de Parla. La tarjeta de estacionamiento permite a su titular estacionar en zonas reservadas para personas con discapacidad. Es necesario que el titular deba estar empadronado en el domicilio que se indica en la solicitud. Asimismo, sólo puede ser usada si la persona titular va en el vehículo en calidad de conductor o pasajero. Podrán solicitarla: 1) Personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:a) Que sean mayores de 3 años y residan en el municipio. 2) Titulares de vehículos de servicio privado que realicen transporte colectivo de personas con movilidad reducida: La solicitud deberá contener la relación de matrículas de dichos vehículos y venir acompañada de los permisos de circulación de los mismos y de justificantes adecuados de la efectividad del transporte. |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente. |
La solicitud de la Tarjeta de Autorización de Estacionamiento para Personas con Movilidad/Agudeza Visual Reducida por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a entregar: la que se indica en la solicitud, según sea el caso. |
Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad. |
A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 15 Días |
- Real Decreto Legislativo 339/1990 de 02/03/1990. - Ley 19/2001, de 19/12/2001. - Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29/11/2013. - Real Decreto 1056/2014, de 12-12-2014. - Consejo de Unión Europea, de fecha 4/06/98: recomendación nº 98/376. - Convenio de Colaboración de la CM y la FMM de fecha 10/02/2003. - Resolución de la CM de fecha 07/10/2003, de la Dirección General de Transportes. - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
Movilidad |
A petición del interesado |
Resolución: se resolverá sobre la concesión en el plazo de 15 días comunicando al Registro de tarjetas de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad o agudeza visual reducida de la Comunidad de Madrid la expedición de la misma al interesado. Recoger la Tarjeta: A los 15 días desde la solicitud en la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad, Unidad Administrativa, Sección de Tráfico, en la Calle Laguna de Villafranca de los Caballeros, 4. De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes. La vigencia será: 1. En el caso de tarjetas individuales se aplicarán las reglas siguientes: a) En los supuestos de movilidad o agudeza visual reducida de carácter permanente, según el dictamen oficial, la tarjeta de estacionamiento se concederá por periodos de cinco años renovables. 2. Si se modifican las circunstancias que motivaron la concesión de la tarjeta, el Ayuntamiento solicitará un nuevo dictamen PMR y, a la vista de su contenido, resolverá sobre la renovación o la retirada de la tarjeta. 3. En el caso de tarjetas de transporte colectivo, la tarjeta se concederá por periodos de cinco años renovables. |
Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente. |
Concejalía de Seguridad Ciudadana |
Desestimatorio |
Cabe interponer recurso administrativo |
Política de Privacidad a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla. La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Descarga de documentos
Tráfico-Tarjeta Estacionamiento Vehículo Persona con Movilidad-Agudeza Visual Reducida
Es una solicitud que realiza el ciudadano para que el ayuntamiento emita un certificado de un tema que entienda la administración o las autoridades municipales. El órgano al cual debe dirigirse la solicitud es a la Concejalía de Urbanismo. Ésta emitirá un Certificado Urbanístico General sobre el motivo del que el solicitante sea parte interesada. |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompañada de la correspondiente documentación. |
- Solicitud de la petición del Certificado por duplicado, cumplimentada y firmada. - Fotocopia del Documento de Identidad del solicitante o Representante. - Documento de Autorización, en el caso de realizarlo el Representante. - Autoliquidación Abonada de la Tasa del Informe o Certificado marcado. |
Concejalía de Urbanismo. |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 2 Mes |
Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicia la actividad por parte de la administración con la recepción de la petición del documento. La Tasa debe estar abonada en el momento de presentación de los documentos que inicien el expediente del Certificado solicitado. -Â Certificado Urbanístico: 33,55 . . Para realizar el trámite es necesario que siga los siguientes pasos: . A) Con Certificado Electrónico, Registro Telemático por la Sede Electrónica:
- Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o B) Presencialmente en las Oficinas del SAC:
|
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ordenanzas de los Tributos y Precios Públicos Municipales. - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. |
Urbanismo |
A petición del interesado |
Tipo de Certificado: se marcará el tipo de Certificado Urbanístico y su importe (Tasa de 33,55 ). Motivo de la solicitud: se harán constar con toda claridad los hechos, razones y motivo por el que se solicita y la referencia si está relacionado con algún expediente. |
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. |
Concejalía de Urbanismo |
Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso. Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante. Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Este es el modelo de Solicitud de la Licencia para la implantación de un Cambio de Uso o modificación del mismo sin ejecución de obras para realizar el cambio objetivo, total o parcial, del uso de las construcciones, edificaciones o instalaciones permitido por las Ordenanzas Municipales y la Normativa Urbanística Vigente. No requiere Proyecto Técnico Visado por el Colegio respectivo. |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompañada de la correspondiente documentación. Plazo de tramitación: 2 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensión del plazo máximo para resolver. |
La Solicitud de la Licencia para la implantación de un Cambio de Uso por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a entregar: la indicada en la solicitud. |
Concejalía de Urbanismo. |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 1 Mes |
Liquidación de la Tasa del Cambio de Uso: La Tarifa depende de la categoría de la calle y los metros cuadrados afectados por el cambio de uso: Vía de 1ª Categoría, por cada metro cuadrado o fracción: 37,54 euros. Liquidación de la Valoración-Monetarización del Cambio de Uso: se enviará por correo certificado. Su tarifa depende de la valoración que efectúe el Técnico de Urbanismo que monetarizará las reservas de zonas verdes, equipamientos y plazas de aparcamiento. Debe abonarse en Bankia o con Certificado Digital y Tarjeta Bancaria en esta Sede Electrónica. Abono de las Tasas: Se enviarán por correo certificado. Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica o en las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación o en las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación. |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003 de Residuos de la Comunidad de Madrid - Plan General de Ordenación Urbana de Parla. - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental. - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo. -Â Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras. -Â Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda. |
Urbanismo |
A petición del interesado |
a) En el caso de que se permita la Autorización de este Cambio de Uso y para implantarlo sea necesario realizar obra, deberá solicitarse posteriormente la correspondiente Licencia de Obra Ordinaria. Posteriormente terminada la misma, deberá solicitarse la correspondiente Licencia de Primera Ocupación y presentar el Modelo 904N de Declaración Catastral por Cambio de Uso de Bienes Inmuebles. b) En el caso de que se permita la Autorización de este Cambio de Uso y para implantarlo no sea necesario realizar obra, deberá solicitarse posteriormente la correspondiente Licencia de Primera Ocupación y presentar el Modelo 904N de Declaración Catastral por Cambio de Uso de Bienes Inmuebles. |
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. La licencia tiene una vigencia de seis meses, solicitándose una sola prórroga de otros seis meses en instancia general antes de la caducidad de la misma. |
Concejalía de Urbanismo |
Estimatorio |
La resolución autorizando o denegando la licencia o autorización solicitada pone fin a la vía administrativa. |
Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO. En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial, urbanística o ambiental, o relativas al dominio o servicio público. Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso. Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante. Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Este es el modelo de Solicitud de Devolución de Fianza de la Gestión de Residuos de Construcción o Demolición de un Licencia Urbanística (Acto Comunicado, Licencia de Obra General con o sin Proyecto, Licencia de Edificación, Licencia de Demolición). |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
Terminada la obra, se solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando el original del ingreso bancario y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos. Si los informes técnicos son favorables, el Departamento de Tesorería procederá a la devolución del importe al interesado en la C/C indicada en la solicitud. |
Solicitud de Devolución de Fianza de Licencia Urbanística por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a presentar: la indicada en la solicitud. |
Concejalía de Urbanismo. |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 15 Días |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. - Plan General de Ordenación Urbana de Parla. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. |
Urbanismo |
A petición del interesado |
De acuerdo con lo previsto en los artículos 28.4 y 41 de la ley 5/2003 de 20 de marzo de Residuos de la Comunidad de Madrid, los artículos 5 Y 9 de la Orden 2726/2009 de 16 de julio de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, así como el R.D. 105/2008 de 1 de febrero que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición: · En las solicitudes de Actos Comunicados y Licencias de Obras sin Proyecto Visado: el solicitante, como productor de los residuos de construcción y demolición, presentará la estimación de la cantidad, tipo de residuos a generar, el destino previsto para los mismos y el depósito de una fianza o garantía que garantice su correcta gestión. · Realizado el Depósito por el resultado del Importe de la Fianza en la C/C 2038-2266-94-6000205760 de las Sucursales de BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra. |
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. |
Concejalía de Urbanismo |
Política de Privacidad a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla. La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y telemáticamente con Certificado Electrónico por Registro Electrónico en esta Sede Electrónica. |
Descarga de documentos
Devolución de Fianzas Urbanismo
Este es el Modelo de Solicitud de una Licencia de Obra que SI requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o Modificación de Volumen o Edificabilidad. Si la Licencia de Obras está relacionada con una o varias Licencias de Actividades, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea; con la indicación expresa de la relación entre ambas licencias (positiva o negativa) en la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad). En ningún caso podrán comenzarse las obras hasta que el Ayuntamiento haya aprobado el Proyecto de Ejecución. Cuando se haya obtenido licencia con arreglo a proyecto básico, el inicio de las obras quedará supeditado a la aprobación del proyecto de ejecución. Deberán solicitarse las restantes licencias y/o autorizaciones que requiera la actuación (ocupación de suelo público, calas y acometidas, cortes de tráfico, etc.). |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompañada de la correspondiente documentación. Plazo de tramitación: 3 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensión del plazo máximo para resolver. |
La Solicitud de una Licencia de Obra que SI requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o Modificación por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a entregar: la indicada en la solicitud, según sea el caso. |
Concejalía de Urbanismo. |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Liquidación de la Tasa: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible o el Presupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que presentó el solicitante. Abono de la Tasa: - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o Depósito de la Fianza por la Gestión de Residuos de Construcción o Demolición: Se deposita posteriormente y tomará como base el Estudio de Gestión de los Residuos y el Informe del Técnico Municipal. Se comunicará el Importe de la Fianza por cualquier sistema recogido en la Ley del Procedimiento Administrativo. Realizado el Depósito de la Fianza en BANKIA, se adjuntará una copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra. Terminada la obra, se solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando el ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos. Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado. Construcción de Viviendas:
Construcción de Locales:
Tasa de Ocupación de Suelo Público: presentación después de tener Autorizada la Licencia de Obra.
Denegación de la Licencia: se reducirá un 50% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existe reducción por Expedición Documentos. Desistimiento formulado por el solicitante antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida: se reducirá un 75% la cuota de la Tasa y un 100% la cuota del Impuesto, no existe reducción por Expedición Documentos. |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. - Plan General de Ordenación Urbana de Parla. - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental. - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo. - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras. - Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda. |
Urbanismo |
A petición del interesado |
Tipos de Obras: - Las obras de edificación, así como de construcción e implantación de instalaciones de toda clase de planta nueva. - Las obras de ampliación, reforma, modificación o rehabilitación de edificios, construcciones e instalaciones ya existentes, cualquiera que sea su alcance, finalidad o destino y que requiera proyecto técnico visado por el colegio respectivo. - Las obras de modificación o reforma que afecten a las estructuras de los edificios e instalaciones de todas clases existentes. - Modificación del aspecto exterior de edificios e instalaciones de todas clases existentes, si precisan proyecto técnico obras edificación. - Modificación de la disposición interior de los edificios, cualquiera que sea su uso, si precisan proyecto técnico de obras de edificación. - Las instalaciones que afecten al subsuelo: aparcamientos, actividades industriales, mercantiles o profesionales, servicios públicos o cualquier otro uso a que se destine, independientemente de su titularidad. - La apertura de caminos, así como su modificación o pavimentación. - Los demás actos que señalen los instrumentos de planeamiento urbanístico. En el caso de que se permita la Autorización de esta Licencia de Edificación, posteriormente terminada la misma deberá solicitarse la correspondiente Licencia de Primera Ocupación y presentar el Modelo 902N de Declaración Catastral por Nueva Construcción, Ampliación, Reforma o Rehabilitación de Bienes Inmuebles. |
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. Las obras autorizadas deberán comenzar en el plazo de un año y finalizar en el de tres, pudiendo prorrogarse por una sola vez y por un plazo no superior al establecido. Transcurridos los plazos sin iniciarse o terminarse las obras, el Alcalde, previa audiencia, podrá declarar la caducidad de la licencia. |
Concejalía de Urbanismo |
Estimatorio |
La resolución autorizando o denegando la licencia o autorización solicitada pone fin a la vía administrativa. Si el sujeto es una PYME, realiza su asentamiento en los polígonos industriales del municipio y reúna alguno de los dos requisitos siguientes: - En el caso de empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un período mínimo de 2 años. Tarifa a aplicar en lugar del tipo de gravamen del 1,00 % de la Tasa: Hasta 46.277,94 (A), de 46.277,94 a 92.555,86 (B), más de 92.555,86 (C) El plazo máximo para la admisión de las solicitudes de aplicación de estos tipos de gravamen será de 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderá con cedido bajo la condición resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación a los dos años contados desde su concesión, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificación documental de tal extremo. En caso contrario, se procederá a efectuar liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada. |
Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO. En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial, urbanística o ambiental, o relativas al dominio o servicio público. Sin perjuicio de lo anterior, serán expresos, con silencio administrativo negativo, los actos que autoricen: a) Movimientos de tierras, explanaciones, parcelaciones, segregaciones u otros actos de división de fincas en cualquier clase de suelo, cuando no formen parte de un proyecto de reparcelación. Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso. Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante. Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Este es el modelo de Solicitud de unaаLicencia de Obra ConаProyecto Visado o Control Profesional que NO requiere Proyecto Tжcnico Visado de Edificaciзn o el presupuesto supera los 20.097,00 euros. Si esta licencia de obra estÑ? relacionada con una o varias licencias de apertura, se deberÑ? presentar la documentaciзn de forma conjunta y se tramitarÑ?n de forma simultÑ?nea. Tambiжn se deberÑ? cumplimentar la declaraciзn que figura en ambas solicitudes (obra y actividad). En ningЩn caso podrÑ?n comenzarse las obras hasta que el Ayuntamiento haya aprobado el Proyecto de Ejecuciзn. Cuando se haya obtenido licencia con arreglo a proyecto bÑ?sico, el inicio de las obras quedarÑ? supeditado a la aprobaciзn del proyecto de ejecuciзn. DeberÑ?n solicitarse las restantes licencias y/o autorizaciones que requiera la actuaciзn (ocupaciзn de suelo pЩblico, calas y acometidas, cortes de trÑ?fico, etc.). |
Solicitante o interesado: consignarÑ? todos sus datos personales, indicando claramente los telжfonos de contacto, el domicilio y el correo electrзnico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. PodrÑ?n realizar solicitudes las personas fÑ?sicas o jurÑ?dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones PЩblicas segЩn lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas. Presentador o Representante: se entenderÑ? que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este Щltimo, salvo manifestaciзn expresa en contra del interesado. Las personas fÑ?sicas con capacidad de obrar y las personas jurÑ?dicas, siempre que ello estж previsto en sus Estatutos, podrÑ?n actuar en representaciзn de otras ante las Administraciones PЩblicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberÑ? acreditarse la representaciзn. Para los actos y gestiones de mero trÑ?mite se presumirÑ? aquella representaciзn. PodrÑ? acreditarse mediante cualquier medio vÑ?lido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, segЩn lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompaÑ?ada de la correspondiente documentaciзn. Plazo de tramitaciзn: 2 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensiзn del plazo mÑ?ximo para resolver. |
LaаSolicitud de laаLicencia de Obra Con Proyecto Visado que NO requiere Proyecto Tжcnico Visado de Edificaciзn por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentaciзn a entregar: la que se indica en la solicitud, segЩn sea el caso. |
ConcejalÑ?a de Urbanismo. |
Derecho y obligaciзn de relacionarse electrзnicamente con las Administraciones PЩblicas, segЩn el artÑ?culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atenciзn al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administraciзn General del Estado, de las Comunidades Autзnomas o de las Administraciones Locales. Tambiжn en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrзnico en esta Sede, en los Registros Electrзnicos de la Administraciзn General del Estado, de las Comunidades Autзnomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentaciзn recibida en dÑ?as u horas inhÑ?biles se entenderÑ? efectuada en la primera hora hÑ?bil del primer dÑ?a hÑ?bil siguiente, considerando como DÑ?as InhÑ?biles, a efectos de este Registro Electrзnico, los establecidos como dÑ?as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrзnico figurarÑ?n la Fecha y Hora de presentaciзn y Fecha y Hora de inicio el cзmputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitaciзn es de 2 Meses |
LiquidaciзnаTasa-Impuesto: se enviarÑ? por correo certificado, revisada la Declaraciзn de la Base Imponible oаPresupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que se presentз. AbonoаLiquidaciзn: Depзsito deаFianza por la Gestiзn de Residuos para Obras con Proyecto Visado: No se entregaаen el momento de solicitar la obra. Posteriormente y en base al Estudio de Gestiзn de los Residuos y el Informe del Tжcnico Municipal, se comunicarÑ? por cualquier sistema recogido en la Ley del PAC el importeаde la Fianza. Realizado el Depзsitoаen la Entidad Bancaria, se adjuntarÑ?аcopia como anexo a la documentaciзn que se presente en la solicitud de la obra. Terminada la obra, se solicitarÑ? la Devoluciзn de la Fianza, adjuntandoаel ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestiзn de Residuos. Si los informes tжcnicos son favorables, se procederÑ? a la devoluciзn al interesado. Construcciзn de Viviendas: Denegaciзn deаLicencia:аreducciзn de un 50%аcuota de la Tasa y un 100%аcuota del Impuesto. No existe reducciзn por Expediciзn Documentos. Desistimiento formulado por el solicitante antes de que se adopte la oportuna resoluciзn o se realice la actividad municipal requerida: se reducirÑ? un 75% la cuota deаTasa y un 100% cuota del Impuesto. No existe reducciзn por Expediciзn Documentos. |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas. - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. - Ley 2/2002 de Evaluaciзn Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. - Plan General de Ordenaciзn Urbana de Parla. - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservaciзn y Rehabilitaciзn de Edificios. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios PЩblicos Municipales. - Ordenanza Municipal de Protecciзn Ambiental. - Ordenanza Municipal de Circulaciзn y Anexo. - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras. - Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda. |
Urbanismo |
A peticiзn del interesado |
Condiciones generales de la Obra: -аAFECTA a la estructura del edificio, a distribuciзn, a huecos, a la tabiquerÑ?a o a las instalaciones comunes. Obras Interiores: -аCambios de carpinterÑ?a, colocaciзn de persianas y rejas en viviendas bajas y unifamiliares. Obras Exteriores, con Colocaciзn de Andamios: -аPinturas o encalado de fachadas de planta baja. Obras en Solares, Jardines Privados o Parcelas: -аLimpieza, desbroce y jardinerÑ?a, salvo talas de Ñ?rboles. |
Si la solicitud no reЩne los requisitos exigidos, se requerirÑ? al interesado para que, en el plazo de 10 dÑ?as, subsane la falta o acompaÑ?e los documentos preceptivos, con indicaciзn de que si asÑ? no lo hiciera, se le tendrÑ? por desistido de su peticiзn. |
ConcejalÑ?a de Urbanismo |
Estimatorio |
La resoluciзn autorizando o denegando la licencia o autorizaciзn solicitada pone fin a la vÑ?a administrativa. Si el sujeto es una PYME, realiza su asentamiento en los polÑ?gonos industriales del municipio y reЩna alguno de los dos requisitos siguientes: - En el caso de empresas de nueva creaciзn, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un perÑ?odo mÑ?nimo de 2 aÑ?os. Tarifa a aplicar en lugar del tipo de gravamen del 1,00 % de la Tasa: Hasta 46.277,94 euros (A), de 46.277,94 euros a 92.555,86 euros (B), mÑ?s de 92.555,86 euros (C) El plazo mÑ?ximo para la admisiзn de las solicitudes de aplicaciзn de estos tipos de gravamen serÑ? de 10 dÑ?as desde la fecha de recepciзn de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderÑ? con cedido bajo la condiciзn resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificaciзn a los dos aÑ?os contados desde su concesiзn, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificaciзn documental de tal extremo. En caso contrario, se procederÑ? a efectuar liquidaciзn complementaria por el importe de la cantidad bonificada. |
Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO. En ningЩn caso podrÑ?n entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenaciзn territorial, urbanÑ?stica o ambiental, o relativas al dominio o servicio pЩblico. Sin perjuicio de lo anterior, serÑ?n expresos, con silencio administrativo negativo, los actos a que se refiere el art. 11.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitaciзn Urbana. Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentaciзn, en su caso. Representante y/o presentador: Autorizaciзn del solicitante. Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrÑ? acompaÑ?ar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentaciзn, servirÑ? como comprobante al solicitante. Los datos recogidos serÑ?n incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestiзn y seguimiento de datos de carÑ?cter personal o colectivo relacionados con los trÑ?mites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable Щltimo del fichero. La persona interesada podrÑ? ejercer los derechos de acceso, rectificaciзn, cancelaciзn y oposiciзn en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artÑ?culo 5 de la Ley OrgÑ?nica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protecciзn de Datos de CarÑ?cter Personal. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y TelemÑ?ticamente con Certificado Digital por el Registro Electrзnico de la Sede. |
Este es el modelo de Solicitud de una Licencia de Obra Sin Proyecto Visado o Control Profesional que NO requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o el presupuesto supera los 20.097,00 euros. Si esta licencia de obra está relacionada con una o varias licencias de apertura, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea. También se deberá cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad). Deberán solicitarse las restantes licencias y/o autorizaciones que requiera la actuación (ocupación de suelo público, calas y acometidas, cortes de tráfico, etc.). |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompañada de la correspondiente documentación. Plazo de tramitación: 2 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensión del plazo máximo para resolver. |
La Solicitud de la Licencia de Obra Sin Proyecto Visado que NO requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a entregar: la que se indica en la solicitud, según sea el caso. |
Concejalía de Urbanismo. |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 2 Meses |
Liquidación Tasa-Impuesto: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible o Presupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que se presentó. Abono Liquidación: Depósito de Fianza por la Gestión de Residuos para Obras sin Proyecto Visado: Entrega en el momento de solicitar la obra, 15 euros por cada m3 de residuo que se prevé generar, no pudiendo ser el resultado inferior al 0,2 % del Presupuesto de la obra ni a 150 euros. Terminada la obra, se solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando el ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos. Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado. Construcción de Viviendas: Denegación de Licencia: reducción de un 50% cuota de la Tasa y un 100% cuota del Impuesto. No existe reducción por Expedición Documentos. Desistimiento formulado por el solicitante antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida: se reducirá un 75% la cuota de Tasa y un 100% cuota del Impuesto. No existe reducción por Expedición Documentos. |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. - Plan General de Ordenación Urbana de Parla. - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental. - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo. - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras. - Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda. |
Urbanismo |
A petición del interesado |
Condiciones generales de la Obra: -Â AFECTA a la estructura del edificio, a distribución, a huecos, a la tabiquería o a las instalaciones comunes. Obras Interiores: -Â Cambios de carpintería, colocación de persianas y rejas en viviendas bajas y unifamiliares. Obras Exteriores, con Colocación de Andamios: -Â Pinturas o encalado de fachadas de planta baja. Obras en Solares, Jardines Privados o Parcelas: -Â Limpieza, desbroce y jardinería, salvo talas de árboles. |
Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. |
Concejalía de Urbanismo |
Estimatorio |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
La resolución autorizando o denegando la licencia o autorización solicitada pone fin a la vía administrativa. Si el sujeto es una PYME, realiza su asentamiento en los polígonos industriales del municipio y reúna alguno de los dos requisitos siguientes: - En el caso de empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un período mínimo de 2 años. Tarifa a aplicar en lugar del tipo de gravamen del 1,00 % de la Tasa: Hasta 46.277,94 euros (A), de 46.277,94 euros a 92.555,86 euros (B), más de 92.555,86 euros (C) El plazo máximo para la admisión de las solicitudes de aplicación de estos tipos de gravamen será de 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderá con cedido bajo la condición resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación a los dos años contados desde su concesión, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificación documental de tal extremo. En caso contrario, se procederá a efectuar liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada. |
Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO. En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial, urbanística o ambiental, o relativas al dominio o servicio público. Sin perjuicio de lo anterior, serán expresos, con silencio administrativo negativo, los actos a que se refiere el art. 11.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso. Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante. Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |