Movilidad.102 - Obtención de la targeta ACIRE / zonas peatonales para acceso a aparcamientos y otros casos excepcionales

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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¿Quién lo puede solicitar?

Documentación a aportar

¿Dónde solicitarlo?

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciación

Requisitos

Organismo resolutor

Observaciones

Más información

Persona física

Documentación exigida al inicio:

  • Solicitud residente ORA y/o ACIRE o solicitud general.
  • DNI, NIE y pasaporte o permiso de residencia del solicitante.
  • Permiso de circulación del vehículo.
  • En el caso de aparcamientos, acreditación de la existencia del mismo (escritura, licencia del vado o contrato de alquiler). Cuando se trate de personas que sólo tienen autorización de uso además de acreditar la existencia del aparcamiento tendrán que aportar autorización escrita del propietario y fotocopia del DNI del autorizante.
  • En casos excepcionales, acreditación del caso en particular.

Documentación exigida en otras fases del procedimento:

  • RENOVACIÓN: si no se han producido cambios se tiene que devolver la autorización caducada (tarjeta) y se comprobará que sigue existiendo el motivo que justificó la autorización inicial (titularidad o nueva autorización de uso del aparcamiento o acreditación del caso en particular).
  • CAMBIO DE VEHICULO: Se tiene que devolver la tarjeta del vehículo antiguo y aportar el permiso de circulación del vehiculo nuevo.
  • BAIXA: el interesado tiene que devolver la autorización.

Plazo de tramitación:

  • Si se tramita en el Negociado de ORA-ACIRE y se cumplen los requisitos para obtenerla, se entrega en el mismo momento que se solicita.
  • También es posible solicitar la tarjeta en cualquier OAC pero el interesado deberá ir a recogerla al Negociado de ORA-ACIRE y el plazo de tramitación puede ser de hasta 3 meses.

Negociado de ORA-ACIRE
Av. de Sant Ferran (esq. con c. de Son Dameto)
Edificio de la Policía Local, en la entrada, dentro de la Oficina de Atención a la Ciudadanía
Horario: de lunes a viernes, de 08:30 a 13:30h
Tel. 971 22 55 22 , ext. 1766 y 1767
A/e: oraacire@palma.es

Cualquier OAC (Registro)

  • Ordenanza Municipal de Circulación (art. 24 a 27 ACIRE y art. 29 a 35 peatonales).

Negociado de ORA-ACIRE

A petición de la persona interesada
  • Ser titular (propietario), arrendatario o estar autoritzado para el uso de un aparcamiento situado en una zona ACIRE o una zona peatonal de Palma.
  • En casos excepcionales, estar autorizado por el motivo concreto.

Negociado de ORA-ACIRE

No existen tasas ni impuestos,
La tarjeta ACIRE para acceso a aparcamientos y casos excepcionales sólo permite circular por la zona ACIRE en la que esté situada el aparcamiento o el motivo de la autorización excepcional.

El plazo de validez de la tarjeta (autorización) es de 5 años si se trata de propietarios de aparcamiento y de 2 años para otros casos excepcionales.

Que se considera un caso excepcional? El motivo específico que justifica la necesidad de circular por una zona ACIRE: padres que van a recoger a sus hijos a guarderías u otras instituciones educativas situadas en zona ACIRE, colegios profesionales, personas que necesitan asistencia ...

Con la tarjeta ACIRE de acceso a aparcamiento o por casos excepcionales puedo estacionar en la zona ACIRE? No, esta tarjeta sólo permite circular por la zona ACIRE en la que se encuentra el aparcamiento o el motivo que justifica el acceso.

¿Y con la tarjeta de zonas peatonales para acceso a aparcamientos puedo estacionar en las vias de las mismas? No, en ningún caso.

DESCARGA DE DOCUMENTOS

Solicitud residente ORA y/o ACIRE

Solicitud general exposición breve

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.