Ayuntamiento de Melilla

  • Consejería

    Hacienda, Economía y Empleo

    Dirección General

    Dirección General de Gestión Tributaria

    Quien puede solicitar

    Persona Física

    Descripción del Procedimiento

    La Administración Tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla aplicará la bonificación de oficio, sin que sea necesaria la solicitud del contribuyente, sólo en los casos en que no se haya tenido en cuenta esta circunstancia, será necesaria la solicitud del contribuyente.

    Requisitos

    Gozarán de una bonificación del 100 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar. Se aplicará la citada bonificación a partir del año siguiente en que se cumplan los 25 años.

    Documentación de inicio

    • Fotocopia del Permiso de Circulación.
    • Fotocopia de Certificado que el vehículo tiene una antigüedad superior a 25 años.

    Plazo de Presentación

    Con carácter general, el efecto de la concesión de bonificación empieza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud y no puede tener carácter retroactivo, no obstante, cuando el beneficio fiscal se solicita antes de que la liquidación sea firme, se concederá si en la fecha de devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    No.

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial.

    Plazo Resolución

    180 días

    Forma de iniciación

    Ambos indistintamente

    Fin via

    Efectos presuntos

    Negativo

    Recursos

    Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
    • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. BOE núm. 59, de 9 de marzo de 2004.
    • Decreto núm. 46, de 23 de diciembre de 2014, relativo a aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. BOME extra. Núm. 30, de 30 de diciembre de 2014.
    • Decreto núm. 9, de 23 de febrero de 2015, relativo a aprobación definitiva de la ordenanza fiscal general de la CAM. BOME extra. num. 6, de 25 de febrero de 2015.

    Observaciones

    • El periodo de vigencia es indefinido, salvo que sea modificado por una normativa vigente de aplicación.
    • En ningún caso esta bonificación tendrá efecto retroactivos.
    • Obligaciones en las bonificaciones:
    • El reconocimiento de beneficios fiscales será provisional cuando esté condicionado al cumplimiento de condiciones futuras o a la efectiva concurrencia de determinados requisitos no comprobados en el expediente. Su aplicación estará condicionada a la concurrencia, en todo momento, de las condiciones y requisitos previstos en la normativa aplicable.
    • El incumplimiento de los requisitos exigidos por la aplicación del beneficio fiscal determinará la pérdida del derecho a su aplicación, sin necesidad de declaración administrativa previa.
    • En el caso de los beneficios fiscales que la Ciudad Autónoma de Melilla pudiera establecer con carácter potestativo, la solicitud de los mismos podrá ser objeto de denegación en todo caso cuando se trate de sujetos pasivos que no se hallen al corriente de sus obligaciones fiscales con la Ciudad Autónoma de Melilla.
    • La solicitud u obtención indebidos de cualesquiera exenciones, bonificaciones o beneficios fiscales constituyen Infracción Tributaria que, previo Acta de Inspección a efectos de regularización de la cuota omitida, será sancionada -mediante el preceptivo expediente sancionador instruido por la Inspección de Tributos de la Ciudad Autónoma de Melilla- con la multa pecuniaria correspondiente.

  • Consejería

    Hacienda, Economía y Empleo

    Dirección General

    Dirección General de Gestión Tributaria

    Quien puede solicitar

    Persona Física

    Descripción del Procedimiento

    Con carácter general, el efecto de la concesión de bonificación empieza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud y no puede tener carácter retroactivo, no obstante, cuando el beneficio fiscal se solicita antes de que la liquidación sea firme, se concederá si en la fecha de devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.

    Requisitos

    Gozarán de una bonificación del 50 por 100 de la cuota del impuesto, durante los cuatro primeros años de su matriculación, aquellos vehículos de tracción mecánica con motores de baja incidencia en el medio ambiente o que utilicen carburantes cuya combustión tenga en el medio ambiente una incidencia baja. Esta bonificación se aplicará en los siguientes supuestos:

    • Titulares de vehículos eléctricos, bimodales o híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel o eléctrico-gas).
    • Titulares de vehículos impulsados mediante energía solar.
    • Titulares de vehículos que utilicen algún tipo de biocombustible (biogás, bioetanol, hidrógeno o derivados de aceites vegetales).

    Documentación de inicio

    En el supuesto de bonificaciones por bajo consumo y emisión de contaminantes:

    • Fotocopia de la Tarjeta de Inspección Técnica del nuevo vehículo y justificante técnico del combustible para su consumo y/o energía que propulse los motores.
    • Copia cotejada del permiso de circulación del vehículo, en el caso que corresponda.

    Plazo de Presentación

    La solicitud habrá de formularse en el plazo de un mes desde la fecha de matriculación del vehículo nuevo, y una vez reconocido por esta Administración el derecho a su disfrute, la misma surtirá efecto en el ejercicio siguiente a aquel en que se hubiese matriculado el vehículo nuevo.
    En caso de que la solicitud se presente con posterioridad al plazo establecido en el párrafo anterior, y el impuesto se hubiese devengado, la bonificación surtirá efectos para el período impositivo siguiente a la fecha de su presentación, no alcanzando a las cuotas devengadas con anterioridad a la misma. En este último caso deberá acompañarse también a la solicitud, copia cotejada del permiso de circulación del vehículo.

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    No

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial.

    Plazo Resolución

    180 días.

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Fin via

    Efectos presuntos

    Negativo

    Recursos

    Potestativo de Reposición

    Normativa

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
    • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. BOE núm. 59, de 9 de marzo de 2004.
    • Decreto núm. 46, de 23 de diciembre de 2014, relativo a aprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. BOME extra. Núm. 30, de 30 de diciembre de 2014.
    • Decreto núm. 9, de 23 de febrero de 2015, relativo a aprobación definitiva de la ordenanza fiscal general de la CAM. BOME extra. num. 6, de 25 de febrero de 2015.

    Observaciones

    Obligaciones en las bonificaciones:

    • El reconocimiento de beneficios fiscales será provisional cuando esté condicionado al cumplimiento de condiciones futuras o a la efectiva concurrencia de determinados requisitos no comprobados en el expediente. Su aplicación estará condicionada a la concurrencia, en todo momento, de las condiciones y requisitos previstos en la normativa aplicable.
    • El incumplimiento de los requisitos exigidos por la aplicación del beneficio fiscal determinará la pérdida del derecho a su aplicación, sin necesidad de declaración administrativa previa.
    • En el caso de los beneficios fiscales que la Ciudad Autónoma de Melilla pudiera establecer con carácter potestativo, la solicitud de los mismos podrá ser objeto de denegación en todo caso cuando se trate de sujetos pasivos que no se hallen al corriente de sus obligaciones fiscales con la Ciudad Autónoma de Melilla.
    • La solicitud u obtención indebidos de cualesquiera exenciones, bonificaciones o beneficios fiscales constituyen Infracción Tributaria que, previo Acta de Inspección a efectos de regularización de la cuota omitida, será sancionada -mediante el preceptivo expediente sancionador instruido por la Inspección de Tributos de la Ciudad Autónoma de Melilla- con la multa pecuniaria correspondiente.

  • Consejerí­a

     Educación, Juventud y Deportes

    Dirección General

     Viceconsejerí­a de la Mujer y de Juventud

    Quien puede solicitar

     Persona Fí­sica

    Descripción del Procedimiento

    • La Consejerí­a de Educación, Juventud y Deportes, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos presentados por los solicitantes.
    • Asimismo, con la presentación de la correspondiente solicitud de convocatoria para participar en este Programa, se autoriza a la Ciudad Autónoma de Melilla a la comprobación de la veracidad de los datos aportados, pudiendo consultar dichos datos ante las correspondientes Administraciones Públicas.
    • La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, supondrá la exclusión del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y penales que pudieran derivarse.
    • Con independencia de la documentación exigida, la Consejerí­a de Educación, Juventud y Deportes, se reserva la facultad de solicitar cuanta información y documentación complementaria estime necesaria para la resolución de la solicitud.
    • La adjudicación definitiva de la plaza se formalizará mediante documento oficial que será facilitado en la Consejerí­a de Educación, Juventud y Deportes y que deberá presentarse en el plazo de cinco (5) dí­as naturales a partir de la adjudicación de la plaza solicitada, acompañando el resguardo bancario acreditativo de haber efectuado el ingreso de la correspondiente reserva de plaza no reembolsable.
    • Las plazas cumplirán definitivamente con la totalidad de requisitos del Programa cuando los interesados presenten la documentación anteriormente citada en el plazo establecido. Transcurrido este plazo, en caso de no presentación de la documentación requerida, se entenderá que el solicitante renuncia a su plaza pudiéndose adjudicar al siguiente participante que no la hubiera obtenido. Una vez efectuado el ingreso por parte de los beneficiarios, se procederá a proponer por parte de la Dirección General de Juventud y Deportes al Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deportes las personas que han sido seleccionadas y cumplen con la totalidad de los requisitos establecidos en el presente Programa.
    • La adjudicación definitiva se realizará mediante Orden del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deportes que se publicará en el Boletí­n Oficial de la Ciudad de Melilla, de aquellos participantes que hubieran cumplido con todos los requisitos exigidos en los apartados anteriormente descritos.
    • No se podrá adjudicar más de una plaza al mismo solicitante.

    Requisitos

     
    • Ser residente en la Ciudad Autónoma de Melilla, debidamente autorizado.
    • Contar con edades comprendidas entre los 12 y 30 años de edad (ambas inclusive) en el momento de inicio de la Actividad solicitada.
    • El incorrecto comportamiento en anteriores ediciones, así­ como la negativa injustificada a participar en las actividades programadas, podrán ser causas de exclusión para ser beneficiario del programa.
    • En el supuesto de resultar seleccionado, el solicitante deberá contar con carné de alberguista.

    Documentación de inicio

     

    Las solicitudes se formalizarán en modelo oficial y deberán ser firmadas y cumplimentadas en su totalidad acompañada de la siguiente documentación:

    • Fotocopia de documento acreditativo de la identidad del participante.
    • Fotocopia del Carné Joven Europeo en vigor.
    • Fotocopia del Carné de Alberguista en vigor.
    • Pasaporte en vigor, para las plazas de Campos del Servicio de Voluntariado Internacional.
    • Certificado médico obligatorio en caso de dietas especiales o enfermedades (en caso de precisar medicación, deberá ser reflejada por el médico o facultativo).
    • Aquellos Voluntarios que participen en Campos donde se trabaje con jóvenes menores de edad, deberán acreditar al inicio del Campo, estar en posesión del Certificado negativo del registro central de delincuentes sexuales.

    Plazo de Presentación

    El plazo de presentación finaliza el 21 de mayo de 2016

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    Si

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial

    Plazo Resolución

    90 dí­as

    Forma de iniciación

     A petición del interesado

    Fin via

     Sí­

    Efectos presuntos

     Negativo

    Normativa

     
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
    • Acuerdo de Consejo de Gobierno, de 4 de abril, relativo a la aplicación de una reducción en los eventos organizados por la Ciudad a los titulares del Carné Joven. BOME núm. 4182, de 15 de abril de 2005.
    • Orden núm. 335 de 11 de mayo de 2016, relativa a Programa de Campos de Actividades Juveniles de Voluntarios para el ejercicio 2016. BOME núm. 5339 de 17 de mayo de 2016.

    Observaciones

     

    1.- Descripción del Programa:

    • El Programa consta de Actividades, que se desarrollarán durante los meses de julio, agosto y septiembre de 2016 en los Campos Nacionales e Internacionales que se relacionan en el Anexo:
      • Campos de Actividades Juveniles de Voluntariado. (Incluye alojamiento, manutención, excursiones, etc., debiendo abonar el participante el transporte hasta el Campo elegido, por su cuenta).
    • La descripción de cada uno de los Programas a los que se puede optar se adjuntan como Anexos al presente Programa.

    2.- Presentación de Solicitudes:

    • Las solicitudes, debidamente formalizadas, deberán dirigirse a la Viceconsejerí­a de la Mujer y de Juventud de la Ciudad Autónoma de Melilla, en las dependencias de la Viceconsejerí­a de Juventud, Oficina de Información Juvenil sita en Calle La Azucena s/n. Pabellón Deportivo Guillermo Garcí­a Pezzi, en la red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad Autónoma, o en cualquiera de las formas establecidas en el artí­culo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • En el supuesto de que, finalizado dicho plazo, resultaran plazas vacantes, se podrá atender solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos y por riguroso orden de entrada de la solicitud en el Registro General de la Ciudad y no hayan sido cubiertas por otra Comunidad Autónoma en la bolsa de repesca.

    3.- Baremación:

    • Para la participación en los Campos de Actividades Juveniles de Voluntariado se dará preferencia a los solicitantes que hubieran realizado estudios relacionados con la temática del Campo de Actividades Juveniles de Voluntariado, en función del nivel de estudios superado.
    • En el caso de que existiesen menos solicitudes que plazas ofertadas, se aceptarán la totalidad de las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Programa.

    4.- Forma de pago de la reserva de plaza:

    • Los solicitantes seleccionados, deberán abonar en concepto de reserva de plaza no reembolsable el importe que corresponda según el Campo de Actividades Juveniles de Voluntariado de su elección.
    • El ingreso de dicho importe se efectuará en la cuenta que, en cada caso, se especifica en el anexo.
    • Una vez publicada la lista definitiva, la renuncia del solicitante incluido supondrá la pérdida del derecho al reintegro del abono efectuado, a excepción de aquella en la que la actividad elegida se suspendiera por motivos ajenos al participante".

  • Consejería

    Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

    Dirección General

    Dirección General de Deportes

    Quien puede solicitar

    Persona Física

    Descripción del Procedimiento

    El carné de alberguista puede adquirirse de la siguientes maneras:

    1. Internet:
    2. Puntos de venta:
      Puedes adquirir tu carné en cualquier punto de venta autorizado. En Melilla en los siguientes puntos autorizados:
      • Residencia de Estudiantes y Deportes
        Dirección: Alfonso X El Sabio s/n
        Código: 52005
        Teléfono: 952 67 00 08
        Horario: De 8 a 23 horas.
        Melilla (MELILLA)
      • Viceconsejería de la Juventud
        Dirección: Músico Granados, 5
        Código: 52004
        Teléfono: 952 97 64 66
        Horario: De 9,30 a 14 horas y de 17,30 a 20,30 horas.
        Melilla (MELILLA)
    • Cumplir con los requisitos para la emisión del carné alberguista joven.
    • Cumplimentar la solicitud.
    • Emisión del carné alberguista joven.
    • Registro de la solicitud en el libro de registro para carné alberguista joven.
    • Volcado de datos del solicitante en la base de datos del carné alberguista joven.
    • Archivo de la documentación presentada por el solicitante.

    Requisitos

    • Ser español o tener permiso de residencia.
    • El titular debe tener entre 25 y 29 años.
    • Abonar la tasa correspondiente.

    Documentación de inicio

    • El titular debe tener entre 25 y 29 años.
    • Solicitud debidamente cumplimentada.
    • Fotocopia del DNI.
    • Resguardo de haber abonado 9€, en el caso de carné anual o 9€ para el carné de 2 años, en el Banco Santander (0049-2506-14-2814180049).

    Plazo de Presentación

    Permanente

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial

    Plazo Resolución

    Si se adquiere el Carné de Alberguista de forma online en www.hostelpack.com el usuario lo recibirá en el domicilio indicado por correo ordinario en una frecuencia entre 4-7 días aproximadamente.

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Fin via

    No

    Efectos presuntos

    Negativo

    Normativa

    Observaciones

    Reconocido internacionalmente y válido para utilizar en todos los albergues nacionales y extranjeros.

    El carné tendrá validez de un año o de dos años en aquellos que sean emitidos de forma online a través de la página web de www.reaj.com
    Es requisito indispensable para utilizar los albergues de REAJ (Red Española de Albergues Juveniles).

    Los albergues juveniles están abiertos a todos los que posean una tarjeta o carné de miembro, emitido por cualquier asociación de albergues integrada en IYHF.

    La tarjeta o carné de miembro deber ser presentada en el momento de la inscripción.

    En general los albergues cierran hacia las 23:00. Y es necesario respetar el descanso nocturno hasta las 07:00. Se espera de los alberguistas que respeten las normas de los albergues y colaboren en el mantenimiento de una convivencia agradable en los mimos. Una ayuda espontánea y una actitud de respeto mutuo, son ideas básicas a tener en cuenta por los alberguistas. Las orientaciones y consejo de os directores de albergues deben ser respetados y aceptar la colaboración con ellos. En el reglamento de cada albergue se establecen pautas mas concretas sobre su funcionamiento.

    Otros aspectos a tener en cuenta:

    • No será necesario que el carné de alberguista vaya firmado por el titular.
    • A la llegada del albergue juvenil, además del carné de alberguista podrá ser solicitado al usuario cualquier documento que haya sido necesario para la emisión de dicho carné.
    • Los niños menos de 14 años NO necesitan Carné de Alberguista, aún alojándose con su padre/madre o responsable en un albergue juvenil.
    • Cada carné de alberguista es personal e intransferible.
    • Todos los carnés de alberguista tienen validez de un año desde la fecha de su emisión (exceptuando el Carné de Alberguista de 2 años que se emiten de forma online por REAJ)

    Extravío del carné de socio:

    • Si un visitante nacional o extranjero alega haber perdido su carné de socio de los albergues juveniles, sólo podrá ser admitido en un Albergue Juvenil si obtiene un nuevo carné de alberguista individual nuevo.
    • No se realizará reembolso alguno a los socios que hayan sido poseedores del carné de alberguista tanto por extravío como por robo. Sólo se podrá extender un duplicado en la Oficina Central de la Comunidad Autónoma de la que sea residente el alberguista en el caso de robo, presentando la denuncia policial en la que se incluya el robo de dicho carné.

  • Consejería

    Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

    Dirección General

    Dirección General de Deportes

    Quien puede solicitar

    Persona Física

    Descripción del Procedimiento:

    El carné de alberguista puede adquirirse de la siguientes maneras:

    1. Internet:
      Accede a la web de Hostel Pack y realiza tu compra online. http://www.hostelpack.com/
    2. Puntos de venta
      Puedes adquirir tu carné en cualquier punto de venta autorizado. En Melilla en los siguientes puntos autorizados:
      • Residencia de Estudiantes y Deportes
        Dirección: Alfonso X El Sabio s/n
        Código: 52005
        Teléfono: 952 67 00 08
        Horario: De 8 a 23 horas.
        Melilla (MELILLA)
      • Viceconsejería de la Juventud
        Dirección: Músico Granados, 5
        Código: 52004
        Teléfono: 952 97 64 66
        Horario: De 9,30 a 14 horas y de 17,30 a 20,30 horas.
        Melilla (MELILLA)
    • Cumplir con los requisitos para la emisión del carné alberguista joven.
    • Abono del importe solicitado.
    • Cumplimentar la solicitud.
    • Emisión del carné alberguista joven.
    • Registro de la solicitud en el libro de registro para carné alberguista joven.
    • Volcado de datos del solicitante en la base de datos del carné alberguista joven.
    • Archivo de la documentación presentada por el solicitante.

    Requisitos

    • Ser español o tener permiso de residencia.
    • El titular debe tener entre 14 y 24 años.
    • Abonar la tasa correspondiente.

    Documentación de inicio

    • El titular debe tener entre 14 y 24 años.
    • Solicitud debidamente cumplimentada.
    • Fotocopia del DNI.
    • Autorización paterna/materna en el caso de que el titular sea menor de edad.
    • Resguardo de haber abonado 6€, en caso de carné anual o 9€ para el carné de 2 años, en el banco Santander (0049-2506-14-2814180049).

    Plazo de Presentación

    Permanente

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial

    Plazo Resolución

    Si se adquiere el Carné de Alberguista de forma online en www.hostelpack.com el usuario lo recibirá en el domicilio indicado por correo ordinario en una frecuencia entre 4-7 días aproximadamente.

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Fin via

    No

    Efectos presuntos

    Negativo

    Normativa

    Observaciones

    Reconocido internacionalmente y válido para utilizar en todos los albergues nacionales y extranjeros.

    El carné tendra validez de un año o de dos años en aquellos que sean emitidos de forma online a través de la página web de www.reaj.com

    Es requisito indispensable para utilizar los albergues de REAJ (Red Española de Albergues Juveniles).

    Los albergues juveniles están abiertos a todos los que posean una tarjeta o carné de miembro, emitido por cualquier asociación de albergues integrada en IYHF.

    La tarjeta o carné de miembro deber ser presentada en el momento de la inscripción.

    En general los albergues cierran hacia las 23:00. Y es necesario respetar el descanso nocturno hasta las 07:00. Se espera de los alberguistas que respeten las normas de los albergues y colaboren en el mantenimiento de una convivencia agradable en los mimos. Una ayuda espontánea y una actitud de respeto mutuo, son ideas básicas a tener en cuenta por los alberguistas. Las orientaciones y consejo de os directores de albergues deben ser respetados y aceptar la colaboración con ellos. En el reglamento de cada albergue se establecen pautas mas concretas sobre su funcionamiento.

    Otros aspectos a tener en cuenta:

    • No será necesario que el carné de alberguista vaya firmado por el titular.
    • A la llegada del albergue juvenil, además del carné de alberguista podrá ser solicitado al usuario cualquier documento que haya sido necesario para la emisión de dicho carné.
    • Los niños menos de 14 años NO necesitan Carné de Alberguista, aún alojándose con su padre/madre o responsable en un albergue juvenil.
    • Cada carné de alberguista es personal e intransferible.
    • Todos los carnés de alberguista tienen validez de un año desde la fecha de su emisión (exceptuando el Carné de Alberguista de 2 años que se emiten de forma online por REAJ)

    Extravío del carné de socio:

    • Si un visitante nacional o extranjero alega haber perdido su carné de socio de los albergues juveniles, sólo podrá ser admitido en un Albergue Juvenil si obtiene un nuevo carné de alberguista individual nuevo.
    • No se realizará reembolso alguno a los socios que hayan sido poseedores del carné de alberguista tanto por extravío como por robo. Sólo se podrá extender un duplicado en la Oficina Central de la Comunidad Autónoma de la que sea residente el alberguista en el caso de robo, presentando la denuncia policial en la que se incluya el robo de dicho carné.

  • Consejería

    Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

    Dirección General

    Dirección General de Deportes

    Quien puede solicitar

    Persona Jurídica

    Requisitos

    Podrán inscribirse en el mismo:

    • Asociaciones juveniles, entendiendo por tales las agrupaciones de personas mayores de 14 años y menores de 30, constituidas legalmente, con unos fines comunes encaminados a la promoción, información, formación, integración social y entretenimiento de los jóvenes asociados, que caracterizan de ánimo de lucro. En ellas pueden participar personas de otras edades no contempladas en ese margen, siempre que no ocupen cargos directivos en la misma.
    • Entidades prestadoras de servicios a la juventud, entendiendo por tales aquellas constituidas legalmente, no tengan interés lucrativo alguno e incluyan entre sus objetivos y finalidades, con carácter preferente, la programación de actividades para la juventud y así quede en sus estatutos y en la memoria anual de actividades.
    • Secciones de juventud de partidos políticos y entidades culturales y sociales, con órganos de decisión propios y siempre que figuren como tales secciones en los estatutos de las entidades respectivas.
    • Todas ellas deberán estar legalmente constituidas y tener su ámbito de actuación en la Ciudad Autónoma de Melilla.

    Descripción del Procedimiento

    • Cumplimentación de la solicitud de inscripción en el censo.
    • Entrega de la documentación exigida.
    • Revisión de documentación
    • Aprobación o denegación de inclusión en el censo.
    • Notificación a la entidad solicitante de la resolución pertinente.

    Documentación de inicio

    • Solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
    • En el caso de las asociaciones: fotocopia de la inscripción de la asociación en el registro correspondiente, donde se haga constar el número de la misma. Las demás entidades o secciones juveniles de partidos políticos y entidades culturales o sociales deberán acreditar documentalmente su naturaleza y/o vinculación con la organización o entidad de la que dependan.
    • Fotocopia de los estatutos de la asociación solicitante, o estatutos o normas de funcionamiento de la entidad de la que dependan.
    • Fotocopia del CIF de la entidad.
    • Relación nominal, DNI y domicilio de los miembros que componen sus órganos de dirección.
    • Rellanar una ficha con los siguientes datos: nombre o razón social, CIF, domicilio, teléfono, fax, e-mail, fecha de constitución y breve descripción de los fines.

    Plazo de Presentación

    Permanente

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    No

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial

    Plazo Resolución

    90 días

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Fin via

    No

    Efectos presuntos

    Positivo

    Recursos

    Alzada

    Normativa

    Observaciones

    Instrumento que refleja la realidad asociativa juvenil y permite una más adecuada y racional ordenación de la acción de fomento en materia de juventud, constituyendo una figura homóloga y de idéntica finalidad de las que a semejanza del censo nacional de asociaciones y organizaciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud, existen, con ámbito autonómico, en la práctica totalidad de comunidades autónomas del estado.

    La secuenciación del procedimiento se efectúa atendiendo a los plazos legalmente establecidos por la ordenanza reguladora del censo.

  • Consejería

    Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

    Dirección General

    Dirección General de Cultura e Igualdad

    Quien puede solicitar

    Persona Física

    Descripción del Procedimiento

    • Los trabajos podrán ser entregados personalmente o por correo en la Biblioteca Pública de Melilla, ubicada en la Plaza de España, n° 4.
    • Las obras premiadas pasarán en propiedad y sin contraposición económica adicional a formar parte del patrimonio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
    • Con las obras seleccionadas por el jurado, entre las que se encontrarán las premiadas, se celebrará una exposición en la Biblioteca Publica.
    • El Jurado estará presidido por la Consejería de Cultura y formarán parte del mismo otras personalidades del mundo artístico y académico de reconocido prestigio.
    • Las obras no premiadas podrán ser retiradas por los autores una vez termine la exposición de las mismas. Las no retiradas pasarán a formar parte del patrimonio de la Ciudad Autónoma.
    • La Ciudad Autónoma y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

    Requisitos

    • Podrán participar todos los artistas de cualquier edad y de cualquier nacionalidad.
    • El tema de las obras deberá tener alguna referencia física o alegórica a la Navidad.
    • Tanto la técnica como el formato serán libres.

    Plazo de Presentación

    El establecido en las Bases.

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    No

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial

    Plazo Resolución

    El establecido en las Bases

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Fin via

    Efectos presuntos

    Negativo

    Recursos

    Alzada

    Normativa

    Observaciones

    Se concederán los siguientes premios:

    1ª Categoría Infantil. Hasta 13 años

    1° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 220€ y diploma.
    2° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 180€ y diploma.
    3° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 140€ y diploma.
    4° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 100€ y diploma.
    5° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 80€ y diploma.
    6° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 60€ y diploma.

    2ª Categoría Juvenil. De 14 a 17 años

    1° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 220€ y diploma.
    2° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 180€ y diploma.
    3° Premio: vale por material educativo o juguetes por importe de 140€ y diploma.

    3ª Categoría de adultos. A partir de 18 años

    1° Premio: 320€ y diploma.
    2° Premio: 260€ y diploma.
    3° Premio: 200€ y diploma.
    4° Premio: 150€ y diploma.
    5° Premio: 100€ y diploma.

  • Consejería

    Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

    Dirección General

    Dirección General de Cultura e Igualdad

    Quien puede solicitar

    Persona Física

    Descripción del Procedimiento

    • El tema de las obras será libre. Los participantes podrán ubicarse en cualquier punto de la Ciudad.
    • Las inscripciones se podrán realizar personalmente o por correo dirigiéndose a la Consejería de Cultura y Festejos ubicada en Plaza de España s/n o por correo electrónico a la dirección consejeriacultura@melilla.es. También se admitirán inscripciones el mismo día del Certamen en la mesa de organización ubicada en el Real Club Marítimo de Melilla entre las 9,00 y las 11,00 horas.
    • El jurado estará presidido por la Consejería de cultura y Festejos y formara parte del mismo personalidades del mundo artístico y académico de reconocido prestigio.
    • El fallo del jurado, que será inapelable, se hará público en el Real Club Marítimo de Melilla, donde se procederá a la entrega de premios.
    • Se concederán los siguientes premios que no podrán dividirse y sí declararse desiertos:
      • Primero: 1.200€
      • Segundo: 900€
      • Tercero: 650€
      • Cuarto: 500€
      • Quinto: 400€
    • Las obras no seleccionadas, podrán ser retiradas por sus autores una vez se conozca la resolución del Jurado en el mismo lugar de la entrega. La Ciudad Autónoma declina toda responsabilidad sobre las obras no retiradas, reservándose el derecho a disponer de ellas como mejor considere.

    Requisitos

    • Podrán participar cualquier artista, de cualquier nacionalidad.
    • Mayores de 18 años.

    Documentación de inicio

    • Datos de los participantes como el nombre, DNI, teléfono y un breve currículum y/o catálogo de alguna exposición realizada por el artista.

    Plazo de Presentación

    Â Las inscripciones se podrán realizar hasta el 6 de agosto de 2015, personalmente o por correo, dirigiéndose a la Consejería de Cultura y Festejos ubicada en Plaza de España s/n o por correo electrónico a la dirección consejeriacultura@melilla.es.

    También se admitirán inscripciones el mismo día del Certamen en la mesa de organización ubicada en el Real Club Marítimo de Melilla entre las 9,00 y las 11,00 horas.

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    No

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial

    Plazo Resolución

    El día del Concurso

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Fin via

    Efectos presuntos

    Positivo

    Normativa

    Observaciones

    • El punto de sellado de las obras será en el Real Club Marítimo de Melilla entre las 9,00 y las 11,00 horas. Las obras se recogerán en el mismo lugar hasta las 18,00 horas.
    • Tanto la técnica como el formato será libres, con una medida mínima de los soportes de 50x50cm. Se admitirán soportes con imprimación de color en el fondo y papel montado sobre base rígida.
    • En el supuesto de que ninguno de los ganadores sea residente en Melilla y el jurado estimara que la calidad de una obra presentada por un autor de nuestra Ciudad fuera merecedora de reconocimiento, se establece un premio especial dotado con Cuatrocientos Euros (400€) y diploma.
    • A estos premios se les aplicarán las retenciones que marque la ley. Las obras premiadas pasarán en propiedad y sin contraprestación económica adicional a formar parte del patrimonio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
    • Con las obras seleccionadas por el Jurado, entre las que se encontrarán las premiadas, se celebrará una exposición que tendrá lugar entre los días 6 y 16 de agosto de 2015 en la Sala de Exposiciones del Real Club Marítimo de Melilla.
    • El Jurado estará presidido por la Consejería de Cultura y Festejos y formarán parte del mismo personalidades del mundo artístico y académico de reconocido prestigio.
    • El fallo del Jurado, que será inapelable, se hará público en el Real Club Marítimo de Melilla a las 21,30 horas, donde se procederá a la entrega de premios.
    • Las obras seleccionadas y no premiadas, serán retiradas por los autores una vez termine la exposición hasta el 30 de septiembre de 2015. Las obras no retiradas pasarán a formar parte del patrimonio de la Ciudad Autónoma.
    • Las obras no seleccionadas podrán ser retiradas por sus autores una vez se conozca la resolución del Jurado en el mismo lugar de entrega. La Ciudad Autónoma de Melilla declina toda responsabilidad sobre las obras no retiradas, reservándose el derecho a disponer de ellas como mejor considere.
    • La organización pondrá el máximo cuidado para que la conservación de las obras sea idónea, pero declina toda responsabilidad que pudiera derivarse por un daño accidental de las mismas.
    • La Ciudad Autónoma de Melilla facilitará el desplazamiento por vía marítima Málaga-Melilla-Málaga o Almería-Melilla-Almería y alojamiento (dos noches) de los artistas procedentes del resto del Estado Español, hasta un máximo de treinta artistas por riguroso orden de inscripción.
    • La organización se reserva el derecho de hacer modificaciones o adoptar decisiones no reguladas en las presentes bases, siempre que las mismas contribuyan al mayor éxito del Certamen.
    • La participación en este Certamen supone la plena aceptación y conformidad de estas bases.

  • Consejería

    Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

    Dirección General

    Viceconsejería de la Mujer y de Juventud

    Quien puede solicitar

    Persona Física

    Descripción del Procedimiento

    • Los participantes deberán presentar una redacción que contenga reflexiones sobre su percepción del fenómeno de la Violencia de Género.
    • El jurado encargado de emitir el fallo será designado por la Viceconsejería de la Mujer y Juventud y su composición se dará a conocer a finalizar el concurso.
    • La Viceconsejería de la Mujer y Juventud dará a conocer la deliberación del jurado y hará entrega de los premios en un acto público que se celebrará en el lugar y la fecha que se determinen, en el marco de las actividades conmemorativas del Día Internacional contra la Violencia de Género del año 2015.

    Requisitos

    • Jóvenes de entre 14 y 18 años con residencia legal en Melilla y que cursen estudios en centros educativos de Melilla.
    • Redacción original e inédita, que verse sobre su percepción del fenómeno de la Violencia de Género.
    • El documento deberá estar redactado en lengua castellana.
    • La redacción tendrá una extensión máxima de cinco folios, escritos en tipografía Arial 12, por una sola cara y a doble espacio.
    • En el encabezamiento deberá constar el nombre del centro educativo mediante el que se participa, nombre y apellidos del autor, edad, domicilio y teléfono de contacto.

    Documentación de inicio

    La redacción objeto del procedimiento

    Plazo de Presentación

    El plazo de presentación de las redacciones ante la Viceconsejería de la Mujer y Juventud permanecerá abierto hasta el 6 de noviembre de 2015, a las 14:00 horas.

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    No

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial

    Plazo Resolución

    Fecha a determinar en el marco de actividades del Día Internacional contra la Violencia de Género

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Fin via

    No

    Efectos presuntos

    Negativo

    Recursos

    Alzada

    Normativa

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
    • Bases Reguladoras de las Subvenciones para el desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación y Colectivos Sociales. BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007.
    • Orden núm. 335, de 21 de octubre de 2015, relativa a la Convocatoria de la I Edición del Certamen de Redacción Juvenil "Reflexiones sobre la Violencia de Género". BOME núm. 5281, de 27 de octubre de 2015.

    Observaciones

    Se concederán tres premios a los autores de las tres redacciones que determine el jurado en atención a su calidad, por importe de 200€ al primer clasificado, 180€ al segundo y 150€ al tercero, así como 20 accésit de 60€ a cada uno, todos ellos en material escolar a elegir por los premiados.

    Así mismo, se concederán tres premios globales a los centros educativos mejor representados, de 600, 450 y 300 euros, respectivamente.

    Las redacciones premiadas, así como cuantas se estimen oportunas de las presentadas, quedarán en poder de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, pudiendo publicarlas si así lo considera.

    La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de las bases.

  • Consejería

    Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

    Dirección General

    Dirección General de Educación y Festejos

    Quien puede solicitar

    Persona Física

    Descripción del Procedimiento

    • Los centros educativos recogerán los trabajos agrupándolos en cuatro categorías, la CATEGORÍA "A" (Educación Infantil); la CATEGORÍA "B" ( 1° y 2° de Educación Primaria. Ciclo Inicial) la CATEGORÍA "C" ( 3° y 4° de Educación Primaria. Ciclo Medio) y la CATEGORÍA "D" (5° y 6° de Educación Primaria. Ciclo Superior).
    • De entre todos los dibujos, los centros seleccionarán y presentarán a concurso cinco de ellos, por categoría
    • Resolución por el jurado designado por la Consejería de Educación y Colectivos Sociales
    • La identidad de los premiados será dada a conocer de acuerdo en lo establecido en la convocatoria, en las proximidades del inicio de las vacaciones navideñas.

    Requisitos

    • Pueden participar todos los /as niños / as escolarizados / as en los Centros Educativos de la Ciudad Autónoma de Melilla en los niveles de Educación Infantil y Primaria.
    • El tema o motivo es la "Navidad en Melilla", el "Ramadán en Melilla", el "Januka en Melilla" o /y el "Diwali en Melilla", el formato del dibujo es libre, así como el estilo, siendo el tamaño máximo el de Din- A4.
    • Todos los trabajos incluirán obligatoriamente el nombre del alumno, edad, curso y colegio al que pertenece.

    Documentación de inicio

    El material presentado a concurso

    Plazo de Presentación

    El establecido en la correspondiente convocatoria

    Impuestos y/o tasas vinculadas

    Si

    Forma de presentar la solicitud

    Presencial

    Plazo Resolución

    La resolución se encuadra en el programa de actividades que se organiza con motivo del día 8 de marzo siguiente al de la convocatoria.

    Forma de iniciación

    A petición del interesado

    Fin via

    No

    Efectos presuntos

    Negativo

    Normativa

    Observaciones

    Habrá para los /as alumnos /as tres premios por categoría (180, 120 y 60 €. en material escolar a elegir) y tres premios globales a los Centros Docentes mejor representados (600, 450 y 300 € en material escolar a elegir por el centro)

    Todo el material presentado a concurso se incluirá en una exposición abierta a todos los vecinos en la Escuela de Enseñanzas Artísticas "Tierno Galván" ( Pza. Daoiz y Velarde n° 1)

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.