Ayuntamiento de Málaga

  • Bonificación en el IVTM por antigüedad del vehículo superior a 25 años o por ser vehículo histórico.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los titulares de vehículos catalogados como históricos o con antigüedad mínima de 25 años.

    • Fecha de solicitud:Cualquier momento del ejercicio.
    • Plazo de resolución:6 meses.
    • Plazo de validez y recurso:En caso de ser concedida, la bonificación tendrá efecto, una vez aprobada por el Ayuntamiento, en el padrón del año siguiente al que se presente la solicitud.
      En tanto no se produzca ninguna alteración en los requisitos necesarios para la aplicación del beneficio fiscal, éste se aplicará automáticamente en los sucesivos devengos del impuesto.
      Contra la resolución de la solicitud de la bonificación se podrá interponer Reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. No obstante, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acuerdo, en el mismo plazo expresado anteriormente.

    Documentación necesaria

    • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
    • Fotocopia de la Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ficha técnica), sólo en los casos en los que, no tratándose de un vehículo histórico, no hayan transcurrido 25 años desde la fecha de la primera matriculación en España. En el resto de los casos no será necesaria su aportación.

    Otros datos de interés:
    En el momento de la solicitud, y en el de los sucesivos devengos del impuesto, el interesado deberá encontrarse al corriente de pago de todas las exacciones municipales -cuyo período voluntario de ingreso haya vencido- de las que resulte obligado al pago, así como que tenga domiciliado el pago de los recibos de devengo periódico de los que sea sujeto pasivo, en una entidad bancaria que posea sucursal en España. Todo ello se exige según lo establecido en el artículo 7 de la Ordenanza Fiscal Municipal número 3, reguladora del Impuesto.

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Oficina tramitadora:
    Oficinas de Atención Integral al Ciudadano
    Responsable de la gestión:
    Subdirección de Gestión de Tributos
    Departamento de Gestión de Tributos
    Telf.: 952 13 58 13
    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Presentar la documentación requerida en las oficinas tramitadoras.
    • Una vez tramitada la solicitud, el Ayuntamiento notificará al interesado en su domicilio la resolución adoptada (concediendo o denegando) indicándose los plazos y tipos de recurso que caben contra dicha resolución.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
    • Acceda al trámite: Solicitud bonificación por antigüedad o vehículo histórico.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos, tal y como se especifica en el artículo 2 de la Ordenanza Fiscal número 3.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los titulares de ambulancias y demás vehículos directamente destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento, incluso antes de la matriculación, ya que se trata de una exención de aplicación automática.
      Si se solicita antes de la matriculación, se expide una diligencia que permite la matriculación sin abono del impuesto, a condición de que se presente con posterioridad el permiso de circulación expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.
    • Plazo de resolución:6 meses.
    • Plazo de validez y recurso:La exención tendrá efecto, una vez aprobada por el Ayuntamiento, en el mismo ejercicio en el que concurran los requisitos necesarios para la aplicación del beneficio fiscal.
      En tanto no se produzca ninguna alteración en los requisitos necesarios para la aplicación del beneficio fiscal, éste se aplicará automáticamente en los sucesivos devengos del impuesto.
      Contra la resolución de la solicitud de la exención se podrá interponer Reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. No obstante, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acuerdo, en el mismo plazo expresado anteriormente.

    Documentación necesaria

    • Copia de documento identificativo (DNI/CIF o equivalente), vigente.
    • Copia de Permiso de circulación.
    • Copia de Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ficha técnica).

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Presentar la solicitud junto a la documentación requerida en las oficinas tramitadoras.
    • Una vez tramitada la solicitud, el Ayuntamiento notificará al interesado en su domicilio la resolución adoptada (concediendo o denegando), indicándose los plazos y tipos de recurso que caben contra dicha resolución.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
    • Acceda al trámite: IVTM. Exención para ambulancias.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para los vehículos matriculados a nombre de discapacitados.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El titular -persona física- de un vehículo que lo destine a su uso exclusivo y, además, cumpla alguno de los siguientes requisitos:

    • Padecer una minusvalía de grado igual o superior al 33 por 100.
    • Percibir una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente total, absoluta, o gran invalidez.
    • Percibir una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio, o por inutilidad, del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa.
    • Fecha de solicitud: Cualquier momento del ejercicio.
    • Plazo de resolución: 6 meses.
    • Plazo de validez y recurso:La exención tendrá efecto, una vez aprobada por el Ayuntamiento, en el padrón del año en el que se presente la solicitud, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello. En caso contrario, la exención se aplicará, en su caso, para el ejercicio siguiente al de la solicitud.
      En este sentido, para disfrutar de la exención en el mismo ejercicio de la solicitud en relación con vehículos matriculados en ejercicios anteriores, el reconocimiento de la condición de discapacitado o de la pensión deberá ser anterior al 1 de enero del ejercicio en el que se solicita la exención, fecha del devengo del impuesto. En caso de que la incapacidad determinante de la pensión reconocida, o ésta misma, tengan un plazo de revisión, la Resolución o certificado que se aporte deberá ser de fecha posterior a la de dicha revisión.
      En tanto no se produzca ninguna alteración en los requisitos necesarios para la aplicación del beneficio fiscal, éste se aplicará automáticamente en los sucesivos devengos del impuesto.

    Documentación necesaria

    Es obligatorio aportar todos y cada uno de los documentos que se detallan a continuación:

    • Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado.
    • Declaración de uso exclusivo del vehículo bajo responsabilidad del titular-discapacitado.
    • Cuando la solicitud se refiera a vehículos aún no matriculados, el solicitante deberá aportar la fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo a su nombre en el plazo de un mes desde la fecha de expedición del mismo. Si se trata de un vehículo ya matriculado, no será necesaria la aportación de la fotocopia del Permiso de Circulación.
    • Cuando la solicitud se refiera a vehículos aún no matriculados, el solicitante deberá aportar la fotocopia de la Tarjeta de Inspección Técnica del vehículo (Ficha Técnica) en el momento de la solicitud; además, una vez matriculado el vehículo, dispondrá de un plazo de un mes desde la fecha de expedición del Permiso de Circulación para aportar nueva fotocopia de la Ficha Técnica en la que, en su caso, conste la inscripción de la matrícula. Si se trata de un vehículo ya matriculado, no será necesaria la aportación de la fotocopia de la Ficha Técnica.
    • Copia de alguno de los siguientes documentos. (Para acreditar la minusvalía sólo se admitirán los siguientes documentos):
      • Certificado acreditativo de su minusvalía y grado, expedido por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía.
      • Resolución, o certificado de la misma, expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se reconozca la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta, o gran invalidez.
      • Resolución, o certificado de la misma, expedida por el Ministerio de Economía y Hacienda, o por el Ministerio de Defensa, por la que se reconozca una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio, o por inutilidad.

    Los beneficiarios de esta exención no podrán disfrutarla por más de un vehículo simultáneamente.

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Oficina tramitadora:
    Oficinas de Atención Integral al Ciudadano
    Responsable de la gestión:
    Subdirección de Gestión de Tributos
    Departamento de Gestión de Tributos
    Telf.: 951 92 92 92
    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Presentar la documentación requerida en las oficinas tramitadoras.
    • En caso de que la solicitud se refiera a un vehículo sin matricular, este Excmo. Ayuntamiento expedirá una diligencia que permita la matriculación del vehículo sin el previo pago del impuesto, tras lo cual el interesado deberá aportar ante las precitadas dependencias copia del Permiso de Circulación y copia de la Ficha Técnica del vehículo en la que conste la inscripción de la matrícula; el plazo para la presentación de ambos documentos es de UN MES desde la expedición del permiso de circulación.
    • Una vez tramitada la solicitud, el Ayuntamiento notificará al interesado en su domicilio la resolución adoptada (concediendo o denegando), indicándose los plazos y tipos de recurso que caben contra dicha resolución.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
    • Acceda al trámite: IVTM. Exención para vehículos matriculados a nombre de discapacitados.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Exención en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para vehículos destinados a labores agrícolas.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los titulares de tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la cartilla de inspección agrícola.

    • Fecha de solicitud:Cualquier momento del ejercicio.
    • Plazo de resolución: 6 meses.
    • Plazo de validez y recurso:La exención tendrá efecto, una vez aprobada por el Ayuntamiento, en el padrón del año siguiente al que se presente la solicitud.
      En tanto no se produzca ninguna alteración en los requisitos necesarios para la aplicación del beneficio fiscal, éste se aplicará automáticamente en los sucesivos devengos del impuesto.
      Contra la resolución de la solicitud de la exención se podrá interponer Reclamación económico-administrativa ante el Jurado Tributario del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución. No obstante, previamente y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acuerdo, en el mismo plazo expresado anteriormente.

    Documentación necesaria

    • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
    • Copia de Cartilla de inspección agrícola.

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Oficina tramitadora:
    Oficinas de Atención Integral al Ciudadano
    Responsable de la gestión:
    Subdirección de Gestión de Tributos
    Departamento de Gestión de Tributos
    Telf.: 952 13 58 13
    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Presentar la documentación requerida en las oficinas tramitadoras.
    • Una vez tramitada la solicitud, el Ayuntamiento notificará al interesado en su domicilio la resolución de la misma (concediendo o denegando) indicándose los plazos y tipos de recurso que caben contra dicha resolución.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
    • Acceda al trámite: IVTM. Exención por destino del vehículo a labores agrícolas.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Trámite para la identificación e inscripción de perros, gatos y hurones en el RMAC.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los propietarios de perros, gatos y hurones están obligados, por la normativa relativa a animales de compañía en la Comunidad Autónoma de Andalucía y del municipio de Málaga, a la identificación e inscripción en el RMAC, dentro del plazo máximo de tres meses desde su nacimiento o un mes desde su adquisición.

    • Fecha de solicitud:Todo el año.

    Documentación necesaria

    1.- Acreditación de ser mayor de edad mediante presentación de DNI del propietario.2.- Acreditación de la cartilla sanitaria del animal actualizada.


    Obligaciones económicas

    Las derivadas del precio público por la identificación y vacunación del animal, en el caso que sea necesaria, regulado en la Ordenanza Fiscal nº 46.


    Legislación aplicable

    • Ley 11/2003.

      De 24 de noviembre, de Protección de Animales.

    • Orden 14 de junio de 2006.

      Por el que se desarrolla el Decreto 95/2005, de 29 de marzo, por el que se regulan la identificación y los registros de determinados. animales de compañía en la Comunidad Autónoma Andaluza.

    • Decreto 92/2005, de 29 de marzo.

      Por el que se regulan la identificación y los registros de determinados animales de compañía de la Comunidad Autónoma Andaluza.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Centro Zoosanitario Municipal o cualquier clínica veterinaria privada, a su elección, que disponga de veterinario identificador autorizado por el Colegio Oficial de Veterinarios de Málaga (al que pueden consultar llamando al Telf.952 39 17 90).
    • Presentar documentación necesaria.
    • Reconocimiento del animal. Identificación y vacunado en su caso.
    • Abonar los gastos correspondientes.

  • Instancia general que puede ser utilizada para cualquier tipo de comunicación con el Ayuntamiento.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier persona física.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    La que quiera acompañar a la instancia.


    Legislación aplicable

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

      Legislación

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Indique lo que quiere comunicar al Ayuntamiento.
    • Entregarlo en cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de registro habilitadas en el Ayuntamiento.

  • Toda obra, instalación o supresión de instalación a realizar en el vuelo, suelo o subsuelo de las vías y espacios públicos municipales, está sometida a la obtención previa de licencia y demás autorizaciones municipales o, en su caso, a la autorización para reparación de avería y posterior obtención de licencia.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Particulares y compañías de suministro que realicen obra, instalación o actuación en el vuelo, suelo o subsuelo de la red viaria de las afecciones de dominio y uso público

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:1 mes.
    • Plazo de validez y recurso:15 días para la ejecución.

    Documentación necesaria

    a) Para licencia de Cala. Impreso Normalizado de solicitud que ha de contener:
    - Clase de Avería.
    - Tipo de cala, emplazamiento y dimensiones.
    - Duración previsible de la obra.
    - Croquis de Situación.
    - Justificante de pago de fianza (4% del presupuesto de obras) según Ordenanza fiscal Nº 15.
    - Presupuesto de la Obra.
    b) Para Licencia de acometida. Impreso Normalizado de solicitud que ha de contener:
    - Clase de Acometida.
    - Tipo de zanja, emplazamiento y dimensiones.
    - Duración previsible de la obra.
    - Croquis de Situación.
    - Autorización de la entidad suministradora del servicio. En caso de solicitarlo un particular.
    - Justificante de pago de fianza (4% del presupuesto de obras) según Ordenanza fiscal Nº 15.
    - Presupuesto de la Obra.
    c) Para Licencia de canalización:
    - Impreso Normalizado de solicitud.
    - Proyecto firmado por técnico competente. 3 Copias. Ha de contener:
    - Memoria.
    - Plano de planta a escala 1:2000
    - Planos de información de servicios.
    - Tipología de pavimentos.
    - Estudios de Seguridad.
    - Plano de Planta.
    - Presupuesto.
    - Proyecto de + de 200m: Plan de Obras.
    - Plazo de Duración
    - Justificante de pago de fianza (4% del presupuesto de obras) según Ordenanza fiscal Nº 15
    - Presupuesto de la Obra


    Obligaciones económicas

    Tasas según la Ordenanza Fiscal nº 15.
    Fianza al solicitante, para la correcta reposición del dominio público.
    4% del presupuesto de las obras en concepto de Control de Calidad.


    Legislación aplicable

    • Ley 7/85, 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

    • Ley 30/92, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    • Ley 7/2002, 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía.

    • Reglamento de Disciplina Urbanística, Decreto 60/2010, de 16 de marzo.

    • Ley 58/2003 General Tributaria y sus reglamentos de desarrollo.

    • Ordenanza Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga.

    • Ordenanza de Movilidad.

    • Ordenanza Fiscal Nº 15.

    • Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se regula el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

    • Ordenanza General de Obras y Servicios en Vía Pública.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación complementaria según el caso.
    • Asignación de Expediente. Servicio Jurídico Administrativo
    • Asignación de Técnico: Revisión de documentación aportada. Elaboración Informe Técnico.
      Comunicación Organismos afectados o competentes. Solicitud de informes si procede; Arqueología y/o Movilidad.
      Asignación de Técnico: Revisión de documentación aportada. Elaboración Informe Técnico.
      Comunicación Organismos afectados o competentes. Solicitud de informes si procede; Arqueología y/o Movilidad.
    • Subsanación: Se notifica al interesado requerimiento de subsanación para completar la documentación. Plazo de 10 Días. Mediante entrega en Registro General o en la Oficina de Atención Ciudadana. 'Solicitud General' de la GMU.
    • Resolución Licencia: Se notifica al interesado la autorización de Licencia. Dispone de 15 días para la ejecución de las obras. En caso de denegación, el interesado puede ejercer el Recurso de Reposición (Plazo de 1 mes) y Contencioso-Administrativo (Plazo de 2 meses).
    • Recurso de Reposición: En el caso de que el interesado presente recurso de reposición, se elabora informe técnico y jurídico necesario por parte del Departamento competente de la GMU, para la elaboración de la Resolución sobre el recurso de reposición que es notificada en forma al interesado.
    • Inicio de las Obras: El interesado a de comunicar por fax, correo electrónico o por escrito, dos días antes el inicio de las obras al servicio competente de la GMU.
    • Fin de la Obra: El interesado a de comunicar por fax, correo electrónico o por escrito, el fin de las obras al servicio competente de la GMU. Se realiza la inspección de la obra por técnico competente. Puede ocurrir:
      i.Que todo este correcto: se emite informe favorable para devolución de fianza una vez transcurrido 1 año.
      ii.Que no esté correcto: se realiza notificación al interesado de las subsanación de las deficiencias encontradas.
    • Devolución Aval: Elaboración de Resolución de devolución de fianza que es comunicada al interesado.
    • Cierre y Archivo del Expediente.

  • Consulta de multas de tráfico pendientes de pago, gestionadas por el Ayuntamiento de Málaga, así como obtención de sus cartas de pago correspondientes.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El titular de la deuda o su representante.
    También podrá obtener una carta de pago cualquier persona que presente una con fecha límite de pago vencida, del mismo expediente.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Inmediato.

    Documentación necesaria

    • Identificación del titular de la deuda (DNI o equivalente, vigente).
    • Si no es el titular, deberá presentar autorización y copia de documento identificativo del titular y del autorizado.
    • En caso de persona jurídica: copia de poder de representación o autorización, copia de escritura de constitución, copia de documento identificativo del representante y, en su caso, de autorizado, y copia de tarjeta de identificación fiscal (CIF).
    • Por internet: podrá consultar y obtener cartas de pago el titular de la deuda, con su certificado digital de usuario (sólo para multas en período voluntario de pago).

    Otros datos de interés:
    De no ser el conductor en el momento de la infracción, deberá comunicar en el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES los datos del conductor (nombre, apellidos, DNI y domicilio) advirtiéndole que de no hacerlo, se iniciará procedimiento sancionador de conformidad con el artículo 9 bis del RDL 339/1990 de 2 de Marzo.

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las Oficinas de Atención al Ciudadano.
    • Acreditar su identidad aportando la documentación necesaria o bien aportando el documento de pago con fecha límite vencida.
    • Se le entregará la carta de pago.
    • Realice el pago con los datos obtenidos en la carta de pago, dentro del plazo indicado en la misma, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
      IMPORTANTE: la obtención de cartas de pago de multas a través de este trámite vía internet es sólo para las multas que se encuentren en fase administrativa (no ejecutiva).
    • Acceder al trámite en línea Obtención de cartas de pago de multas de tráfico con certificado digital.
    • Se solicitará la elección de un certificado digital de usuario.
    • Se mostrará un listado con todas las multas en fase administrativa (no ejecutiva) del titular del certificado. Podrá ordenarlas por cada columna de la relación.
    • Seleccione aquélla de la que desea obtener la carta de pago. La obtendrá en formato pdf.
    • Realice el pago con los datos obtenidos en la carta de pago, dentro del plazo indicado en la misma, en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras.

  • Aportar datos del supuesto infractor en un expediente de sanción por infracción a la Ley de Seguridad Vial o a la Ordenanza de Circulación del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El titular del vehículo denunciado.

    • Fecha de solicitud:Plazo de Presentación del Escrito: 15 días naturales desde la notificación de la denuncia.
    • Plazo de resolución:Los siguientes plazos son aplicables tanto para la Tramitación de los expedientes como para la Resolución de las alegaciones:
        - Para infracciones leves: 4 meses.
        - Para infracciones graves y muy graves: 7 meses.
    • Plazo de validez y recurso:Se indica en la resolución.

    Documentación necesaria

    • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
    • Documentación justificativa de los hechos a los que haga referencia.

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas tramitadoras.
    • Entregar el impreso debidamente cumplimentado y firmado, y, en su caso, la documentación que desee aportar.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
    • Acceda al trámite: Multas de tráfico. Identificación del conductor.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • El objeto de este trámite es solicitar la reparación de las averías que se produzcan en la vivienda arrendada y que afecten a la habitabilidad del arrendatario.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El inquilino de la vivienda arrendada. En comunidades gestionadas por el Instituto Municipal de la Vivienda, para el mantenimiento de las zonas comunes, la persona nombrada como Presidente de la comunidad, o el Representante de los vecinos.

    • Fecha de solicitud: Todo el año.
    • Plazo de resolución: 15 días.
    • Plazo de validez y recurso: En caso de que la reparación corresponda al arrendador (Instituto Municipal de la Vivienda), el plazo de validez será hasta que se repare el desperfecto. El recurso será la demanda jurisdiccional.

    Documentación necesaria

    Formulario de reparación de la avería


    Obligaciones económicas

    Se comprobará que el inquilino está al corriente del pago del alquiler.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Cumplimentar el formulario de reparación de la avería y presentar por registro general en el Instituto Municipal de la Vivienda.
    • El servicio técnico correspondiente comprobará los datos aportados y, si procede, revisará in situ el alcance de la avería. Los desperfectos ocasionados por el uso de la vivienda y sus instalaciones, serán siempre por cuenta del arrendatario.
    • Emisión de la orden de reparación a la empresa contratada para que realice el trabajo.
    • Reparación de la avería o desperfecto. El inquilino firmará el parte de conformidad con los trabajos realizados.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos.
    • Acceda al trámite: Mantenimiento y reparación de viviendas en alquiler administradas por el Instituto Municipal de la Vivienda.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

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