Ayuntamiento de Málaga

  • El Ayuntamiento de Málaga, a través del Área de Participación Ciudadana, Inmigración y Cooperación al Desarrollo y la Empresa Municipal Más Cerca , presenta los cursos de el Aula de Formación Ciudadana, la mayor oferta formativa municipal de cursos y talleres dirigidos a la ciudadanía.

    Más de 140 talleres en todos los Distritos de la ciudad

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Mayores de 18 años.

    • Fecha de solicitud:
      Del 19 al 23 de septiembre
    • Plazo de resolución:
      El día 28 de septiembre se publicará la lista de admitidos en cada curso que estarán expuestas en todos los puntos de inscripción y en la web del Área de Participación.
      Todas las personas que no sean admitidas en los cursos pasarán a formar parte de una lista de espera que respetará rigurosamente el orden de llegada. Una vez iniciados los cursos, y en el momento que una plaza quede disponible, se avisará telefónicamente al ciudadano correspondiente.

    Documentación necesaria

    - Hoja de inscripción cumplimentada.
    - Fotocopia del DNI.
    Sólo se podrán entregar en el mismo día dos solicitudes por persona.
    Cada persona se podrá inscribir en un máximo de 4 cursos, siempre que sean compatibles en el horario.
    Podrán efectuarse Inscripciones online, entrando a la página: http://participa.malaga.eu


    Obligaciones económicas


    Una vez que se ha comprobado en las listas que la persona ha sido admitida, se realizará el pago de la matrícula los días 28, 29 y 30 de septiembre. Todos los cursos son subvencionados. La matrícula tendrá un coste único de 27 euros por cada taller. Asimismo correrán a cargo del alumno los materiales de uso individual que requiera cada curso o taller.
    No será válido ningún pago fuera de las fechas establecidas y dicho pago se realizará una vez que el/la ciudadano/a haya comprobado en las listas que ha sido admitido/a en los cursos.
    El pago se realizará en la siguiente cuenta, especificando su nombre completo y el curso en el que va a participar:
    UNICAJA ES59 2103 2050 94 0030007425
    No se admitirá ningún justificante de pago entregado fuera de plazo o en lugares u horarios distintos a los establecidos, anulándose la plaza en el caso de que esto ocurra.


    Otros datos de interés

    La duración de los talleres será del 3 de octubre al 23 de diciembre.
    Aquellos que se realicen en Centros Municipales, podrán ser suspendidos puntualmente al necesitar las aulas para eventos y actos culturales, previa información a los interesados/as.
    Todas las personas que participen en los cursos de gimnasia de mantenimiento, yoga y pilates deberán entregar, junto al justificante de pago, un cuestionario médico. Este certificado es gratuito y se podrá en los puntos de inscripción, una vez su solicitud sea aprobada.

    Las personas que se inscriban en Baile de Salón y formen pareja, deberán indicarlo al entregar la solicitud, para adjudicarle el mismo grupo y hora.
    Consultar otras normas de interés en el folleto informativo.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Cumplimentar en letras mayúsculas la hoja de solicitud de inscripción a los cursos:
      - Es obligatorio incluir el teléfono móvil.
      - Sólo se podrán entregar en el mismo día dos solicitudes por persona, siempre que éstas sean de personas diferentes.
      - No se admitirá más de una inscripción de un mismo curso en ubicaciones diferentes.
      - Deberá aportarse junto a la solicitud.
    • Presentar la solicitud en los lugares establecidos en el presente trámite. Se debe tener en cuenta el horario de los distintos lugares.
    • A partir del día 27 de enero, se expondrán las listas de admitidos a los cursos y la lista de todos los cursos con plazas vacantes, en los puntos de inscripción, en el Área de Participación y en la página web http://participa.malaga.eu.
      Los/as ciudadanos/as podrán inscribirse en dichas plazas vacantes en los Centros pertinentes, cubriéndose dichas plazas por riguroso orden de llegada: día y hora.
    • El pago de la matrícula y presentación del justificante de pago se deberá realizar del 27 al 29 de enero, una vez comprobadas las listas de admitidos a los cursos.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Cumplimentar el Formulario online de inscripción a los cursos que podrán encontrar en la web: http://participa.malaga.eu
      -
      - A partir de las 10:00 horas del día 18 de enero.
      No se admitirán las solicitudes fuera de los horarios o plazos indicados
    • A partir del día 27 de enero, se expondrán las listas de admitidos a los cursos y la lista de todos los cursos con plazas vacantes, en los puntos de inscripción, en el Área de Participación y en la página web http://participa.malaga.eu.
      Los/as ciudadanos/as podrán inscribirse en dichas plazas vacantes en los Centros pertinentes, cubriéndose dichas plazas por riguroso orden de llegada: día y hora.
    • El pago de la matrícula y presentación del justificante de pago se deberá realizar del 27 al 29 de enero, una vez comprobadas las listas de admitidos a los cursos.

  • Aplicación desarrollada íntegramente por la EMT, permite a los usuarios de teléfonos móviles (smartphones) el empleo de la cámara de fotos incorporada en el terminal para la captura de un código de barras denominado QR. Una vez efectuada la lectura, la aplicación reenvía directamente a la página web de la EMT donde se muestra en la pantalla del móvil el tiempo de paso de los próximos autobuses por dicha parada. Todo ello en una operación que supone escasos segundos y es completamente gratuita.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los ciudadanos

    • Fecha de solicitud:Siempre
    • Plazo de resolución:Siempre
    • Plazo de validez y recurso:Siempre

    Documentación necesaria

    Ninguna


    Obligaciones económicas

    Ninguna


    Otros datos de interés

    Gratuita y únicamente sirve para utilizar en smartphones.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Descargar cualquier aplicación que lea códigos QR. Se encuentran en Applestore y en Android Market.
    • Acercarse al código QR situado en la parada y enfocar con la cámara para fotografías insertada en el terminal.

  • Procedimiento para regular el ejercicio de actividades incluyendo, en general, cualquier actividad distinta al uso de vivienda y sus instalaciones complementarias.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Están obligados a la presentación de declaración responsable en forma los titulares de actividades y establecimientos que se implanten, amplíen o reformen en el termino municipal de Málaga.Tf. de Información: 951926148 Fax: 951926543

    • Fecha de solicitud: Con anterioridad al inicio de la actividad.
    • Plazo de resolución: Inmediato

    Documentación necesaria

    1.Impreso de Declaración Responsable (1), según modelo normalizado y suscrito por el titular de la actividad o representante debidamente autorizado.
    2.Identificación del titular:·En el caso de personas físicas fotocopia del N.I.F. o N.I.E.·En el caso de personas jurídicas fotocopia del C.I.F., del N.I.F. o N.I.E. del representante y del documento acreditativo de la capacidad legal para la representación.
    3.Documento acreditativo de la disponibilidad de uso del establecimiento (escritura de compraventa, contrato de arrendamiento, etc.).
    4.Documentación relativa a la viabilidad de uso urbanítica: Licencia de utilización en caso de ser preceptiva. En otro caso Licencia de obra si se especifica el uso o Informe Urbanístico de viabilidad de uso emitido por la GMU o en caso de Suelo Urbanizable de Actuación Directa podrá presentarse, Certificado de Síntesis Urbanística(2), según modelo normalizado, suscrito por técnico competente, acompañado de Plano de Situación a escala 1/5000 según Plano de Calificaciones y Usos del P.G.O.U. vigente, marcando la ubicación exacta de la edificación objeto de consulta.
    5.Documentación técnica, que variará en función de las características del establecimiento, suscrita por técnico competente.·Certificado de seguridad de las instalaciones(2), según modelo normalizado, acompañado de planos de planta, a escala adecuada y normalizada, que reflejen la distribución con mobiliario y usos de las distintas dependencias así como las instalaciones (extintores, alumbrado de emergencia, etc.) del establecimiento e incluya leyenda con la superficie construida total y desglosada la de almacén y al aire libre, si la actividad no se encuentra incluida en la Ley 13/1999 o en el Apéndice 5 de la OMPCI y dispone de una superficie inferior a 300 m².·En caso contrario, se deberá aportar Proyecto Técnico(2), acompañado de Certificado de la Dirección Técnica de las Instalaciones(2), que deberá ajustarse a modelo normalizado.(Aportar Proyecto Técnico exclusivamente en formato digital)
    6.Documentación en cuanto a los instrumentos de Prevención y Control Ambiental: Para las actividades incluidas en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, deberá presentar Copia del Dictamen Definitivo del instrumento de Prevención y Control Ambiental (AAI, AAU o CA) y para aquellas que les sea de aplicación la Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable (CA-DR), deberá presentar Síntesis medioambiental, según modelo normalizado.
    7.Para los cambios de titularidad, es decir, que el establecimiento mantenga íntegramente las condiciones anteriores (distribución, instalaciones de protección contra incendios, medidas técnico-sanitarias, etc.) que constan en el Excmo. Ayto. se deberá presentar:·Certificado de Persistencia(2) según modelo normalizado, suscrito por técnico competente.·Comunicación de la transmisión de la licencia de apertura / declaración responsable a su favor firmada por el anterior titular acompañada de fotocopia de su N.I.F. o N.I.E./C.I.F. y del documento acreditativo de la capacidad legal para la representación, si procede. En caso de imposibilidad de obtener dicha comunicación, se deberá aportar documento justificativo de dicha circunstancia. Para cambio de titularidad de establecimientos con música deberá aportar documentación técnica acreditativa del cumplimiento de la Disposición transitoria 5ª del Decreto 6/2012 de 17 de enero.
    A estos efectos, con carácter previo a la presentación del certificado de persistencia, con carácter general, se deberá presentar Solicitud de vista de expediente por cambio de titularidad.
    (1) Las actividades contempladas en el ámbito de aplicación de la Ley 13/1999, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, deberán ajustarse, en cuanto a su denominación y definición, a las recogidas en el Nomenclátor y en el Catálogo que se insertan en los Anexos I y II del Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
    (2) En caso de que la documentación técnica aportada no este visada por su correspondiente Colegio Oficial en aplicación del RD 1000/2010 se deberá aportar:·Documento acreditativo de la Colegiación profesional.·Copia del Seguro de Responsabilidad Civil para el ejercicio profesional.·Certificado de no estar inhabilitado.


    Obligaciones económicas

    Pago de las tasas municipales según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 16 en vigor.


    Legislación aplicable

    • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía. (BOJA nº 152 de 31 de diciembre de 1999).

    • Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (BOJA nº 143 de 20 de julio de 2007).

    • Ordenanza Municipal para la Prevención y Control de ruido y vibraciones (BOP nº 94 de 19 de Mayo de 2009).

    • Ordenanza Reguladora del Procedimiento de Ejercicio de Actividades mediante Declaración Responsable, Comunicación Previa y Licencia de Apertura de Establecimientos. (BOP nº 44 de 7 de marzo de 2011).

    • Ordenanza Municipal frente a la Contaminación Atmosférica. (BOP de 23 de marzo de 1994).

    • Ordenanza Municipal Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Málaga. (BOP nº 35 de 20 de febrero de 2004).

    • Decreto 247/2011, de 19 de julio, por el que se modifican diversos Decretos en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas. (BOJA nº 150 de 2 de agosto de 2011).

    • Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. (BOE nº 126 de 26 de mayo de 2012).

    • Ordenanza Nº 16. Tasa por la realización de actividades administrativas con motivo de la apertura de establecimientos. (BOP nº 249 de 28 de diciembre de 2012).

    • Ordenanza Municipal de Protección contra Incendios de Málaga (BOP nº 40 de 2 de marzo de 2010).

    • Ordenanza Municipal para la Limpieza de Espacios Públicos y Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (BOP nº 93 de 18 de mayo de 2009).

    • Decreto 78/2002, de 26 de febrero, por el que se aprueban el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (BOJA nº 37 de 30 de marzo de 2002).

    • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local

    • Real Decreto-Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

    • Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado

    • Decreto-Ley 5/2014, de 22 de abril, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas

    • Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas

    • Ley 12/2012 de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. (BOE nº 311 de 27 de diciembre de 2012).


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las Oficinas del Servicio de Aperturas o a cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (OMAC).
    • Presentar el impreso de Declaración Responsable, según modelo normalizado (por duplicado) debidamente cumplimentado, suscrito por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación necesaria.
    • Obtener copia registrada de su presentación.
    • En caso de que la documentación presentada este incompleta se le requerirá su subsanación mediante notificación por escrito.
    • Una vez resuelto administrativamente el expediente, la actividad podrá ser objeto de control técnico posterior.

  • Para tramitar la ocupación de vía pública con cuba o contenedor de escombros deben cumplirse dos requisitos:
    1.- Ser una instalación auxiliar y por tanto, estar relacionada con:
    - Una licencia de obra mayor (OM) o menor (VE) expedida
    - Una declaración responsable previa (DR)
    - Una orden de ejecución o demolición (RU)
    - Un restablecimiento de la legalidad (IF)
    - Un expediente de Arquitectura (PA)

    2.- Sólo se tramitarán por declaración responsable las cubas que se pretendan instalar en ZONA AUTORIZADA DE APARCAMIENTO

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Interesado

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento

    Documentación necesaria

    Junto con la Declaración Responsable se deberá:- Indicar el número de cubas
    - Indicar el número de semanas de ocupación
    - Plano de situación
    - Justificante de pago


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la Gerencia Municipal de Urbanismo
    • Presentar Declaración Responsable en Suelo Urbano

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite pulsando sobre el botón 'Acceder con certificado'
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.

  • Obras para el acondicionamiento de los locales cuya superficie útil de exposición y venta al público no supere 750 m2, para desempeñar la actividad comercial de las comprendidas en el ANEXO de la Ley 12/2012, cuando no requieran de la redacción de un proyecto, no tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico y no se encuentren en el dominio público.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Interesado

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento

    Documentación necesaria

    Fotografías interiores y exteriores del establecimiento
    Plano de situación
    Planos de distribución(estado actual y modificado) a escala y debidamente acotado (necesario sí se acompaña Modelo 1)
    Certificado de técnico competente según Modelo 1
    Declaración sobre la escasa entidad de la obra Modelo 2
    Relación detallada de las obras por partidas
    (Deberá adjuntarse uno de los dos Modelos)


    Obligaciones económicas

    Ordenanza fiscal nº 15


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la Gerencia Municipal de Urbanismo
    • Presentar Declaración Responsable en Suelo Urbano

  • Las obras sometidas al procedimiento de Declaración Responsable son todas aquellas obras a realizar en edificios residenciales (viviendas) en suelo urbano, de escasa entidad constructiva que no requieran de proyecto técnico y que estén incluidas en el formulario aprobado y publicado en la página web de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
    Tipos de obras sometidas a este procedimiento y requisitos que deben cumplir las obras a ejecutar:
    Reforma de vivienda
    - No modifique el uso del Inmueble.
    - No afectan a elementos estructurales, a las instalaciones de servicio común de la edificación ni a la distribución interior de la vivienda (no se pretende ejecutar, sustituir ni eliminar tabiquería, ni aumentar o disminuir el número de viviendas del edificio).
    - No afecten a edificios declarados o incoados BIC o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.

    Reparación y pintura de fachada
    - No alteran los huecos existentes en la fachada.
    - No afecten a edificios declarados o incoados BIC o su entorno o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
    Deberá aportar fotografía de la fachada
    Tasa: art. 9.A.2.9 = 50 euros

    Reparación y mantenimiento de instalaciones y obras de uso común interiores de la edificación y obras de escasa entidad para eliminar barreras arquitectónicas.
    - No aumenten la superficie edificable.
    - No aumento o disminuya el número de locales, oficinas o viviendas existentes en el inmueble o cualquier elemento accesorio a los mismos (aparcamientos, trasteros, etc.).
    - No afecten a elementos estructurales ni a la vía pública.
    - No afecten a edificios declarados o incoados BIC o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
    Deberá aportar fotografía de la zona/s afectada/s
    Cuando la obra afecte a barreras arquitectónicas, deberá aportar Certificado Modelo 3 (firmado por técnico competente)
    Tasa: art. 9.A.2.7 = 50 euros

    Colocación y/o sustitución de elementos de cierre y seguridad en aberturas.
    - No abran, cierren, amplíen o disminuyan huecos ni modifiquen su ubicación.
    - No aumenten el espacio edificable.
    - No afecten a edificios declarados o incoados BIC, o su entorno, o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
    Deberá aportar fotografía de la zona/s afectada/s
    Tasa: art. 9.A.2.10 = 6,00 E/m2, con un mínimo de 50 euros

    Mantenimiento y Reparación menor de cubierta.
    - No afecten a la estructura ni al diseño exterior de la cubierta.
    - No habilite el espacio bajo cubierta.
    - No afecten a edificios declarados o incoados BIC, o su entorno, o con nivel de Protección Integral o Arquitectónica grados I o II, ni a Bienes de Catalogación General.
    Deberá aportar fotografía de la cubierta
    Tasa: art. 9.A.2.19 = 50 euros

    Obras exteriores en edificaciones en zonas ajardinadas y/o zonas comunes.(Siempre que no afecten a fachada, cubierta o vía pública) consistentes, exclusivamente, en la reparación y ejecución de revestimientos, soleras y/o solerías.
    - No afecten a ninguna especie arbórea.
    - No afecten a edificios o jardines protegidos, declarados o incoados BIC, o su entorno, ni a Bienes de Catalogación General.
    Deberá aportar fotografía de la zona/s afectada/s
    Tasa: art. 9.A.2.12 = 50 euros

    Reparación y mantenimiento, sin modificación, del vallado existente en el solar.
    Deberá aportar fotografía de la zona o zonas afectadas.
    Tasa: art. 9.A.2.13 = 50 euros

    Reparación y mantenimiento de piscinas privadas de uso unifamiliar o plurifamiliar. (Unifamiliares y conjuntos residenciales de menos de 20 viviendas).
    Deberá aportar fotografía de la zona/s afectada/s
    Tasa: art. 9.A.2.12 = 50 euros

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Interesado

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento

    Documentación necesaria

    Además de los requisitos definidos para cada tipo de obra, SIEMPRE se ha de aportar junto con la Declaración Responsable, los siguientes documentos:
    - Plano de situación.
    - Justificante de Pago.
    - Descripción de las obras a realizar con presupuesto - detallado por partidas.
    - Indicar el plazo de inicio y de ejecución de las obras.
    - Superficie en m2 sobre las que se actúa.
    - Debe acreditarse la representación con modelo normalizado.


    Obligaciones económicas

    Reparación y pintura de fachadaTasa: art. 9.A.2.9 = 50 Euros
    Reparación y mantenimiento de instalaciones y obras de uso común interiores de la edificación y obras de escasa entidad para eliminar barreras arquitectónicas
    Tasa: art. 9.A.2.7 = 50 Euros

    Colocación y/o sustitución de elementos de cierre y seguridad en aberturas
    Tasa: art. 9.A.2.10 = 6,00 Euros/m2, con un mínimo de 50 Euros

    Mantenimiento y Reparación menor de cubierta
    Tasa: art. 9.A.2.19 = 50 Euros

    Obras exteriores en edificaciones en zonas ajardinadas y/o zonas comunes.(Siempre que no afecten a fachada, cubierta o vía pública) consistentes, exclusivamente, en la reparación y ejecución de revestimientos, soleras y/o solerías
    Tasa: art. 9.A.2.12 = 50 Euros

    Reparación y mantenimiento de piscinas privadas de uso unifamiliar o plurifamiliar. (Unifamiliares y conjuntos residenciales de menos de 20 viviendas)
    Tasa: art. 9.A.2.12 = 50 Euros


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la Gerencia Municipal de Urbanismo.
    • Presentar la Declaración Responsable

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite pulsando sobre el botón "Acceder con certificado"
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.

  • Concerniente a las actividades que, de acuerdo con el Anexo III de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, que modifica al Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, están sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los titulares de aquellas actividades/instalaciones que estén sometidas al instrumento establecido en el Anexo III de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, como CA-DR. La Declaración Responsable de los Efectos Ambientales para actividades/instalaciones sujetas a CA-DR es un documento que acompaña a la Declaración Responsable para la Apertura de establecimientos.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    Declaración Responsable de los efectos ambientales para actividades/instalaciones sujetas a CA-DR y memoria técnica de medidas de prevención medioambiental de acuerdo con la documentación técnica para actividades/instalaciones sujetas a CA-DR.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Área de Sostenibilidad Medioambiental, sito en Paseo Marítimo Antonio Machado n.º 12, Edificio Múltiple de Servicios Municipales, 29002 Málaga. Teléfono: 951926024.
    • Atención al ciudadano
    • Consulta técnica o jurídica

  • Presentación una denuncia ante la Policía local.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier persona.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria



    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Grupo territorial de la Policía Local.
    • Indicar la denuncia.

    Procedimiento telefónico:

    • Contactar con la Policía Local (092), o con el Grupo territorial de la Policía Local.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Enviar un correo electronico a la Policia Local (plocal@malaga.eu) o al Grupo territorial de la Policia Local.

  • Poner en conocimiento de la Administración la existencia de molestias o hechos que provoquen ruidos, insalubridad, malos olores, etc., ocasionados por animales o plagas en zonas privadas.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier ciudadano.

    • Fecha de solicitud:Todo el año.

    Documentación necesaria

    Instancia según modelo normalizado, con la identificación correspondiente.


    Silencio Administrativo

    • Órgano de instrucción: Jefe del Servicio de Vigilancia Sanitario Ambiental

    Legislación aplicable

    • Ley 11/2003 de 24 de noviembre.

      De Protección de Animales en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    • Ley 14/1986, 25 de abril.

      General de Sanidad.

    • Decreto 8/1995, 24 de enero.

      Por el que se aprueba el Reglamento de Desinfección, Desinsectación y Desratización Sanitarias

    • Ordenanza Municipal.

      Reguladora de la Tenencia de Animales de Compañía y Animales Potencialmente Peligrosos.

    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de Vigilancia Sanitario-Ambiental, adscrito al Área de Sostenibilidad Medioambiental, sito en Paseo Marítimo Antonio Machado n.º 12, Edificio Múltiple de Servicios Municipales, 29002 Málaga.
    • Entregar y cumplimentar el impreso de denuncia, aportando el mayor número de datos posibles para facilitar su tramitación.
    • Se inspeccionarán los hechos constitutivos de infracción a la normativa legal vigente en materia de animales de compañía, materia de plagas de incidencia en la salud pública o, a la Ordenanza Municipal, por alimentación de palomas de forma indiscriminada.
    • En caso de detectarse situaciones de molestias por una tenencia inadecuada de animales, se realiza un apercibimiento al responsable del animal, para que tome las medidas para eliminarlas. Si estas no son adoptadas se abrirá un expediente sancionador.
    • Si se trata de un problema de palomas en zonas privadas, se asesorará al interesado de las medidas que podría adoptar para resolver la situación, pero si las molestias están produciéndose por desconocimiento o negligencia de propietarios de viviendas o inmuebles deshabitados, se apercibirá al responsable del mismo a fin de que tomen las medidas necesarias para eliminar el riesgo a la salud. En la misma línea se actuará ante la constancia de personas identificadas que alimenten indiscriminadamente a las palomas para que depongan su actitud. En caso de no tomarse tales medidas, se abrirá expediente sancionador.
    • En caso de detectarse situaciones en las que se sospeche o incluso se constate un problema de insalubridad o riesgo para la salud pública a consecuencia de plagas (ratas, cucarachas, garrapatas, pulgas, etc.), se realizará un apercibimiento al responsable del lugar para que se subsane la situación que dio origen a la denuncia. Por lo contrario, de no tomar las medidas necesarias, se incoará un expediente sancionador.
    • A través del TRAMITA de la Web del Excmo. Ayuntamiento.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite: Denuncia por presencia de plagas y/o molestias ocasionadas por animales.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Presentación una denuncia ante la Policía local por malos tratos o menores.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier persona que quiera presentar una denuncia sobre malos tratos a mujeres o a menores.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria



    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al GEMAC o a uno de los Grupo territorial de la Policía Local.
    • Indicar la denuncia.

    Procedimiento telefónico:

    • Contactar con la Policía Local (092), o con el Grupo territorial de la Policía Local.
    • Se inician las diligencias a falta de la presencia del interesado.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Enviar un correo electronico a la Policia Local (plocal@malaga.eu) o al Grupo territorial de la Policia Local.
    • Se inician las diligencias a falta de la presencia del interesado.

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