Obtener un documento fehaciente de la titularidad de la concesión temporal de uso de un columbario, nicho, panteón, parcela o guardarrestos por haberla extraviado o no disponer de la misma por cualquier otra circunstancia
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
Compañía Canaria de Cementerios, S. A. (CANARICEM)
CEMENTERIO DE SAN LÁZARO
Huerto de los Olivos, s/n
35018 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.41.62.26
Fax.: 928.42.11.79
Correo electrónico: info@canaricem.com
CEMENTERIO DE LAS PALMAS
C/ Callejones, 1
35001 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.31.69.89
Fax.: 928.31.73.64
Correo electrónico: info@canaricem.com
Cualquier persona física o jurídica interesada o representante autorizado.
Dirigiéndose a la empresa concesionaria del Servicio.
Cualquier día del año en horario de atención al público:
Obtener la concesión temporal de uso de un columbario, nicho, panteón, parcela, guardarrestos o terrenos
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Servicio de Cementerios |
Compañía Canaria de Cementerios, S. A. (CANARICEM)
CEMENTERIO DE SAN LÁZARO:
Huerto de los Olivos, s/n
35018 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.41.62.26
Fax.: 928.42.11.79
Correo electrónico: info@canaricem.com
CEMENTERIO DE LAS PALMAS:
C/ Callejones, 1
35001 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.31.69.89
Fax.: 928.31.73.64
Correo electrónico: info@canaricem.com
El titular de la concesión o su representante autorizado.
Dirigiéndose a la empresa concesionaria del Servicio.
Cualquier día del año en horario de atención al público:
Otorgamiento de la pertinente autorización para la ejecución de obras en el cementerio municipal. Las obras autorizadas serán, entre otras, para:
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Servicio de Cementerios |
Compañía Canaria de Cementerios, S. A. (CANARICEM)
CEMENTERIO DE SAN LÁZARO
Huerto de los Olivos, s/n
35018 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.41.62.26
Fax.: 928.42.11.79
Correo electrónico: info@canaricem.com
CEMENTERIO DE LAS PALMAS
C/ Callejones, 1
35001 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.31.69.89
Fax.: 928.31.73.64
Correo electrónico: info@canaricem.com
El titular de la concesión o su representante autorizado.
Cualquier día del año en horario de atención al público:
Dirigiéndose a la empresa concesionaria del Servicio.
Ninguna
Las empresas de construcción que realicen obras en los recintos de los cementerios municipales deberán estar autorizadas por la Empresa Concesionaria del Servicio.
La Empresa Concesionaria llevará un Libro Registro de Empresas Autorizadas donde inscribirá a todas aquellas que lo soliciten, se acrediten frente a ella, y cumplan con los siguientes requisitos:
La concesionaria no podrá denegar la inscripción de ninguna empresa que cumpla con lo requerido en el Reglamento Regulador del Servicio de Cementerios y se adapte a las normas de homologación previstas.
Renovar la concesión temporal de uso de un columbario, nicho, panteón, parcela o guardarrestos, una vez transcurrido el periodo de concesión adjudicado anteriormente.
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
160 | Renovación de la Concesión |
Compañía Canaria de Cementerios, S. A. (CANARICEM)
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Fax.: 928.42.11.79
Correo electrónico: info@canaricem.com
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Fax.: 928.31.73.64
Correo electrónico: info@canaricem.com
El titular de la concesión o su representante autorizado.
Dirigiéndose a la empresa concesionaria del Servicio.
Cualquier día del año en horario de atención al público:
Según las recogidas en el artículo 7 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Funerarios en los Cementerios Municipales
Trámite para solicitar la transmisión de un Columbario, Nicho, Panteón, Parcela o Guardarrestos en concesión temporal de uso, motivada por el Fallecimiento del concesionario, por Herencia o Legado o por otro título admisible en buenos principios jurídicos.
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
162 | Transmisiones | ||
163 | Transmisiones por Fallecimiento del Concesionario, por Herencia o Legado | ||
164 | Designación de Beneficiario por parte del Titular del Derecho | ||
165 | Titular del Derecho Fallecido sin Herederos que reclamen su Derecho |
Compañía Canaria de Cementerios, S. A. (CANARICEM)
CEMENTERIO DE SAN LÁZARO
Huerto de los Olivos, s/n
35018 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.41.62.26
Fax.: 928.42.11.79
Correo electrónico: info@canaricem.com
CEMENTERIO DE LAS PALMAS
C/ Callejones, 1
35001 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.31.69.89
Fax.: 928.31.73.64
Correo electrónico: info@canaricem.com
El titular de la concesión o su representante.
Dirigiéndose a la empresa concesionaria del Servicio.
Cualquier día del año en horario de atención al público:
Ninguna
Trámite para solicitar actividades a realizar en los Cementerios Municipales tales como filmaciones, fotografías o visitas culturales
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Integro | Bases del Régimen Local | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Servicio de Cementerios |
El trámite se puede instar:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:
-En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30;Sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Calle Botas, 2
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 928.44.74.29
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 928.44.85.28
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.
Trámite para solicitar al Ayuntamiento entierros con cargo a la beneficiencia municipal
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local | |||
Texto Integro | Bases del Régimen Local | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Servicio de Cementerios |
El trámite se puede instar :
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 ( físicas)
1. Vía Telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación a aportar, y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos.- Accediendo igual que el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación a aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 ( personas jurídicas)
1. Vía telemática.- Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinadas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: Calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30; Sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: Calle Botas, 2
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: Calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Dirección: Calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: Calle Pérez Muñoz, s/nº (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 928.44.74.29
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: Calle Sor Simona, 44 (esquina Paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 928.44.85.28
Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo- Tenoya
Dirección: Calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00; Jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo Navideño: Horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Se notificará en la forma prevista en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (arts. 40 y siguientes) en comparecencia espontánea, por correo en el domicilio indicado en la reclamación, o mediante notificación electrónica.
Trámite para que la empresa concesionaria solicite al Ayuntamiento la tramitación de expedientes administrativos relacionados con las siguientes materias:
- Reclamación económica relacionada con las taridas, liquidacions del canon, o supuestos incumplimientos del cotnrato concesional.
- Liquidaciones del canon concesional.
- Extinción de derechos funerarios.
- Alta de nuevas unidades de enterramiento.
- Otros motivos.
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Servicio de Cementerios | ||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 | |||
Texto Íntegro |
Solamente la entidad concesionaria del servicio a través de su representante legal.
Por ser Persona Jurídica recogida en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015:
Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite, deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
En cualquier momento los 365 días del año.
Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
Ninguna.
El Alcalde o en quien delegue.
Tres meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico.
El plazo para resolver se podrá suspender cuando deba requerirse la subsanación de deficiencias o la aportación de documentos y otros elementos de juicio necesarios, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario.
Sí.
Contra el acto expreso que se le notifica, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al recurso contencioso-administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponer RECURSO DE REPOSICIÓN, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el recurso potestativo de reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos.
Se notificará mediante notificación electrónica en el correo indicado en su solicitud.
La base legal se completa con:
- Contrato suscrito entre el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y la Compañía Canaria de Cementerios, S.A. (Canaricem).
- Pliego de Condiciones Técnicas que rigió el concurso para la adjudicación del servicio de cementerios municipales de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
- Pliego de Cláusulas Administrativas que rigió el concurso para la adjudicación del servicio de cementerios municipales de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
- Oferta presentada por la concesionaria al concurso, en todo aquello que no se oponga a los Pliegos de Condiciones Técnicas particulares y de Cláusulas Administrativas particulares.
Trámite para elevar al Ayuntamiento sugerencias, quejas o reclamaciones relacionadas con la prestación de servicios en los cementerios municipales y/o con el estado de los cementerios, sus elementos e instalaciones.
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Servicio de Cementerios |
Compañía Canaria de Cementerios, S. A. (CANARICEM)
CEMENTERIO DE SAN LÁZARO
Huerto de los Olivos, s/n
35018 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.41.62.26
Fax.: 928.42.11.79
Correo electrónico: info@canaricem.com
CEMENTERIO DE LAS PALMAS
C/ Callejones, 1
35001 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.31.69.89
Fax.: 928.31.73.64
Correo electrónico: info@canaricem.com
El afectado o representante autorizado.
Dirigiéndose a la empresa concesionaria del Servicio.
Cualquier día del año en horario de atención al público:
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En las oficinas de la entidad concesionaria sitas en el Cementerio de San Lázaro y en el Cementerio de Las Palmas
Ninguna
Obtener de la Administración la declaración de uso consolidado.
Artículo 47, Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias.
1. Se consideran usos consolidados, a los efectos de la limitación temporal para el ejercicio de la potestad de restablecimiento de la legalidad urbanística, aquellos en los que concurran los siguientes requisitos:
a) Que se realicen en construcciones, edificaciones o instalaciones terminadas.
b) Que la construcción, edificación o instalación en que se ha consolidado el uso sea legal, haya sido legalizada o se encuentre en situación de fuera de ordenación al tiempo de dicha consolidación.
c) Que hayan transcurrido, al menos, cuatro años desde que se produzca el primer signo exterior y verificable del uso sin que la administración haya incoado procedimiento para el restablecimiento de la legalidad urbanística sobre los mismos.
2. A los efectos del cómputo del plazo previsto en el apartado 1.c) anterior:
a) No se tendrá en cuenta el periodo de uso ejercido con anterioridad a la terminación de la edificación, construcción o edificación.
b) El uso acreditado en dos momentos determinados se presume que se ha mantenido ininterrumpidamente durante el periodo intermedio, siempre que se trate de un mismo uso.
c) El uso se entiende continuado e ininterrumpido aunque cambie la titularidad del inmueble o de la actividad realizada, siempre que se trate de un mismo uso.
d) En los supuestos de cambio de uso, el plazo para la consolidación se iniciará desde que se produzca el primer signo exterior y verificable del uso en curso.
3. El uso consolidado quedará extinguido:
a) Por la demolición de la construcción, edificación o instalación en que haya venido realizándose.
b) Por el cese voluntario del uso. Se presume producido el cese por el cierre o desocupación del inmueble o local por un periodo igual o superior a un año.
(1602) Sección de Actividades
* Además de la documentación reseñada, el Ayuntamiento se reserva el derecho a requerir cuanta documentación estime oportuna en orden a la resolución del presente trámite
Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias | |||
Texto Íntegro | |||
Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias | |||
Texto Íntegro | |||
Ley 39/2015, de 1 de Octubre, el Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas | |||
Texto Íntegro |
Cualquier persona física, jurídica o su representante debidamente acreditado.
El trámite puede ser instado por:
Personas recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015 (físicas)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico, o bien cualquier sistema de clave y/o contraseña concertada que pueda poner en marcha el Ayuntamiento.
2. Quioscos de administración electrónica. Quioscos que la Corporación Local pone a disposición de los ciudadanos, consistentes en un terminal de autoservicio ubicado en los vestíbulos de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, si su documento de identidad posee chip.
3. Vía Presencial. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través de "Usuarios No Registrados", pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta generar la solicitud. Una vez generada la misma, imprimirla, adjuntar la documentación requerida y presentar en cualquiera de las oficinas descritas en el apartado "Dónde lo puede solicitar".
4. Vía Correos. Accediendo igual que en el apartado anterior, para una vez impresa la solicitud, y adjuntada la documentación que se deba aportar, enviar a la siguiente dirección:
Oficina de Asistencia a la Ciudadanía
Calle León y Castillo, 270
35005 Las Palmas de Gran Canaria
Personas recogidas en el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015 (jurídicas
)
1. Vía Telemática. Accediendo a esta Ventanilla Virtual a través del Certificado Digital, pulsando en el botón INICIAR TRÁMITE, y siguiendo los pasos que indica el diálogo interactivo hasta presentar la solicitud y sus documentos asociados. Para ello, la persona que vaya a realizar el trámite deberá tener en su poder el Certificado Digital o DNI Electrónico.
En cualquier momento, los 365 días del año.
1.- En el caso de que opte por la Tramitación Telemática: Entrando en el diálogo interactivo marcando el botón INICIAR TRÁMITE, de forma sencilla y cómoda podrá ir confeccionando la solicitud. En cualquier momento, los 365 días del año.
2.- En el caso de que opte por el Trámite Presencial:
En cualquiera de los registros u oficinas determinados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía que a continuación se relacionan:
Oficina Central
Dirección: calle León y Castillo, 270. Planta primera.
Teléfono: 928.44.61.71 - 928.44.61.73
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30; sábado 10:00-13:00.
Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira
Dirección: calle Botas, 2.
Teléfono: 928.44.71.54
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Centro
Dirección: calle Alfonso XIII, 2
Teléfono: 928.44.85.58 - 928.44.85.59
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Dirección: calle Calzada Lateral del Norte, 35
Teléfono: 928.39.19.63 - 928.36.89.03
Horario de Atención al Público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Isleta Puerto Guanarteme
Dirección: calle Pérez Muñoz, s/n (frente a la iglesia de la Luz).
Teléfono: 928.44.64.65 - 928.44.74.29
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Ciudad Alta
Dirección: calle Sor Simona, 44 (esquina paseo Pintor Santiago Santana).
Teléfono: 928.44.73.71 - 928.44.85.28
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00.
Distrito Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya
Dirección: calle Capitán General Excmo. Sr. D. José Antonio Gutiérrez Mellado, 15
Teléfono: 928.44.85.24
Horario de atención al público: lunes a viernes 8:00-14:00; jueves 16:30-19:30.
Mes de agosto: de lunes a viernes en horario de mañana exclusivamente.
Periodo navideño: horario de atención al público de la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, de 08:00 a 13:30 horas.
Ninguna.
Servicio de Edificación y Actividades.
3 meses.
Podrá interponer recurso potestativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución expresa ante el mismo órgano que lo hubiera dictado.
En caso de desestimación por silencio administrativo, podrá interponer recurso potestativo de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.
Se le notificará en la forma y plazos que establece la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (art. 40 y siguientes), en el domicilio indicado en su solicitud, mediante correo certificado con acuse de recibo o mediante notificador municipal y/o, en su caso, mediante notificación por medios electrónicos.