Cementerios Municipales. Solicitud de Permiso de Obras en el Cementerio Municipal
Objeto
Otorgamiento de la pertinente autorización para la ejecución de obras en el cementerio municipal. Las obras autorizadas serán, entre otras, para:
- Construcción de nichos.
- Construcción de panteones.
- Reparaciones varias.
Unidad Tramitadora
(142) Cementerios y Servicios Funerarios
Base Legal
Reglamento Regulador de los Cementerios Municipales del Término Municipal de Las Palmas de Gran Canaria | |||
Texto Íntegro | Servicio de Cementerios |
Empresa concesionaria del servicio
Compañía Canaria de Cementerios, S. A. (CANARICEM)
CEMENTERIO DE SAN LÁZARO
Huerto de los Olivos, s/n
35018 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.41.62.26
Fax.: 928.42.11.79
Correo electrónico: info@canaricem.com
CEMENTERIO DE LAS PALMAS
C/ Callejones, 1
35001 Las Palmas de Gran Canaria
Telf.: 928.31.69.89
Fax.: 928.31.73.64
Correo electrónico: info@canaricem.com
Quién puede realizar la solicitud
El titular de la concesión o su representante autorizado.
Fechas en que lo puede solicitar
Cualquier día del año en horario de atención al público:
- Oficina de San Lázaro: de lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas.
Sábados, domingos y festivos de 8.00 a 14.00 horas. - Oficina de Las Palmas: de lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas.
Cómo lo puede presentar
Dirigiéndose a la empresa concesionaria del Servicio.
Obligaciones económicas
Ninguna
Información general
Las empresas de construcción que realicen obras en los recintos de los cementerios municipales deberán estar autorizadas por la Empresa Concesionaria del Servicio.
La Empresa Concesionaria llevará un Libro Registro de Empresas Autorizadas donde inscribirá a todas aquellas que lo soliciten, se acrediten frente a ella, y cumplan con los siguientes requisitos:
- Justificar que se dedican a la actividad cuya autorización solicitan.
- Acreditar hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Estar en posesión de la Clasificación de Contratistas expedida por el órgano competente ya sea de la Administración Central o la del Gobierno de la Comunidad Canaria.
- Declaración Jurada de aceptar las normas dictadas por el presente Reglamento Regulador.
- Tener suscrita póliza de seguro -contratada a su costa- que cubra cualquier contingencia que pueda obligar al Ayuntamiento o a la empresa concesionaria del servicio por razón de su responsabilidad civil subsidiaria.
La concesionaria no podrá denegar la inscripción de ninguna empresa que cumpla con lo requerido en el Reglamento Regulador del Servicio de Cementerios y se adapte a las normas de homologación previstas.