Dónde dirigirse
- OFICINA D'INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic/
A quien va destinado
- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Documentación a aportar
- Plano de situación y de distribución
- Fotocopia del seguro de Responsabilidad civil
Observaciones
- La documentación como planos, croquis, proyectos ... se presentará mediante en soporte electrónico:
- Personas jurídicas profesionales: PDF
- Personas físicas: CD/DVD
Legislación
- - Reglamento de Ferias y Mercados en la calle
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Dónde dirigirse
- OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
A quien va destinado
- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Documentación a aportar
- Documento identificativo de la persona interesada.
Cuando el solicitante no actúe en nombre propio o se trate de una sociedad o persona jurídica, a parte de su DNI deberá aportar la escritura de nombramiento de cargo social o bien el poder notarial para representar a la persona o entidad , y la escritura de constitución de la sociedad o entidad. Asimismo, los actos y acuerdos contenidos en las escrituras antes señaladas deberán estar inscritos en el correspondiente Registro, cuando dicha inscripción les sea exigible. En caso de que no lo fuera, la capacidad de obrar se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
- Fotografía de la parada que se instalará.
Observaciones
- Las solicitudes se podrán presentar a partir del día 18 de mayo de 2017 hasta el día 9 de junio de 2017.
- Bases reguladoras de las condiciones de otorgamiento de las licencias para la instalación ? instalación de puestos de venta de castañas y mazorcas durante las Ferias de Sant Narcís
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Dónde dirigirse
- OFICINA D'ATENCIÓ CIUTADANA DELS MOSSOS D'ESQUADRA
- 972 181 610
- www.gencat.cat
A quien va destinado
- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Documentación a aportar
- - Documento acreditativo del/la menor
- Libro de familia
- Documento acreditativo de la persona que autoriza (padre, madre o tutor/a legal)
Observaciones
- Este documento tiene una validez de tres meses a partir de la fecha de expedición.
El trámite se podrá terminar de tramitar presencialmente en la Policía Local de Girona y en cualquier comisaría de los Mossos.
-
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- 972 419 010
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A quien va destinado
- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Coste del servicio
- Según ordenanzas fiscales 2019:
- Fijos, al día: 2,60 EU. m2.
Documentación a aportar
- Fotocopia del alta en el padrón del IAE, en el caso de no ser local
- Fotocopia del alta en la Seguridad Social como autónomos
- Carnet artesano en el caso de venta de artesanía
- Fotocopia del documento identificativo de la persona solicitante
- Fotocopia del seguro de responsabilidad civil
- Declaración responsable
Observaciones
- Se debe adjuntar la declaración responsable conforme se está en posesión de toda la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad, el modelo lo encontrará en el apartado de "más información", situado en la parte inferior de la explicación del trámite.
Legislación
- - Ordenanzas fiscales y precios públicos
- Reglamento de Ferias y mercados en la calle de Girona
- Declaración responsable
- Ordenanzas fiscales
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- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Coste del servicio
- Según ordenanzas fiscales 2019:
- Al día: m.l. 7,55 EUR
Documentación a aportar
- Alta en el padrón del IAE, en el caso de no ser local
- Fotocopia del alta en la Seguridad Social como autónomos
- Carnet de artesano
- Fotocopia del documento identificativo de la persona solicitante
- Fotocopia del seguro de responsabilidad civil
- Si se trata de venta de alimentación se tendrá que aportar el registro sanitario
- Declaración responsable en materia de salud alimentaria
- Acreditación formación en manipulación de alimentos
- Declaración responsable
Observaciones
- Venta ambulante de castañas, helados, refrescos, caramelos, torronns, plantas, artesanía, coleccionismo, libros y cualquier otro artículo.
Se debe adjuntar la declaración responsable conforme se está en posesión de toda la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad, el modelo lo encontrará en el apartado de "más información", situado en la parte inferior de la explicación del trámite.
Legislación
- - Reglamento de Ferias y mercados en la calle de Girona
- Ordenanza Técnico-Sanitaria sobre Condiciones Higiénicas de los Establecimientos y Paradas que venden Alimentos y Bebidas en la Vía Pública
- Ordenanzas fiscales y precios públicos
Trámites relacionados
- Declaración responsable en materia de salud alimentaria
- Declaración responsable
- Ordenanzas fiscalees
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- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Coste del servicio
- Según ordenanzas fiscales 2019:
- Fijos, 1 o 2 veces al mes: 7,55 EUR. m.l.
- Fijos, 3 o 4 veces al mes: 9,65 EUR. ml.
- Eventuales, al día: 3,55 EUR. m.l.
Documentación a aportar
- Fotocopia del alta en el padrón de IAE, en el caso de no ser local
- Fotocopia del alta en la Seguridad Social como autónomo
- Fotocopia del documento identificativo de la persona solicitante
- Fotocopia del seguro de responsabilidad civil
- Declaración responsable
Observaciones
- Se debe adjuntar la declaración responsable conforme se está en posesión de toda la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad, el modelo lo encontrará en el apartado de "más información", situado en la parte inferior de la explicación del trámite.
Legislación
- - Reglamento de Ferias y mercados en la calle de Gerona
- Ordenanzas fiscales y precios públicos 2013
- Declaración responsable
- Ordenanzas fiscales
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- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
Cómo hacerlo
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
Coste del servicio
- Según ordenanzas fiscales 2019:
- Por vehículo: 56,60 EUR
- En caso de que por las características del vehículo de transportes especiales se requirieran más efectivos de los ordinarios la
tarifa será, por vehículo: 113,20 EUR
Documentación a aportar
- Solicitud de autorización especial de circulación:
- Fotocopia de la ficha técnica del vehículo
- Permiso de circulación del vehículo
- Croquis del vehículo con la carga indivisible
- Autorización de transporte especial (si procede)
- Targeta de transporte público / privado / licencia comunitaria
Observaciones
- - Hay que presentar la solicitud con una antelación mínima de 7 días de la fecha de la autorización.
- Las autorizaciones genéricas o sin itinerario son todas aquellas que no sobrepasen cualquiera de los siguientes límites de masas y dimensiones:
Longitud
Anchura> o igual 3,50 metros
Altura
M.M.A
Carga por eje, inferior o igual establecida en el RGV para cada tipo de vehículo. Las autorizaciones con itinerario son todas aquellas que sobrepasen cualquiera de los límites mencionados.
- En el supuesto de que la documentación solicitada esté en vigor y ya se encuentre en cualquiera de los órganos de tramitación del Ajuntament de Girona, no será necesario volver a presentar.
- En las solicitudes de autorización genéricas o sin itinerario admitirá una matrícula del vehículo de motor y, en su caso, un máximo de 10 remolques o semirremolques que deberán ser de las mismas características (número de ejes).
En las solicitudes de autorización con itinerario se admitirá un máximo de 10 matrículas de los vehículos de motor de las mismas características y, en su caso, un máximo de 10 remolques o semirremolques que deberán ser de las mismas características (número de ejes).
- Se autoriza la circulación de cosechadoras con autorización especial de circulación sin itinerario hasta una longitud de 18,75 metros cuando superando la longitud de 15 metros llevan enganchado un remolque y circulan formando un tren de carretera. De la misma manera si se tratara de un vehículo a motor de 2 ejes y semirremolque de 2 ejes y la MMA autorizada según el Anexo IX del RGV es de 36 TM. Las autorizaciones con itinerario son todas aquellas que sobrepasen cualquiera de los límites mencionados.
L'article 14 del Reial Decret 2822/1998, de 23 de desembre, pel qual s'aprova el Reglament General de Vehicles, atorga a l'òrgan competent en matèria de trànsit la facultat de concedir autoritzacions especials per un nombre limitat de circulacions o per un termini determinat a aquells vehicles que, per dimensions màximes establertes a les disposicons recollides als annexos I i IX del Reglament General de Vehicles, així ho requereixin.
L'article 7 del Reial Decret Legislatiu 6/2015, de 30 d'octubre, pel qual s'aprova el text refós de la Llei sobre Trànsit, Circulació de Vehicles a Motor i Seguretat Vial, correspon a l'Ajuntament de Girona la funció d'estudiar les sol·licituds d'autoritzacions especials de circulació i autoritzar-les en l'àmbit de la seva competència.
Legislación
- - Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de vehículos
- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Ordenanzas fiscales vigentes
Plazo resolución
- 1 mes
Silencio administrativo
- Negativo
- Ordenanzas fiscales
Obtener instancia ## Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización o renovación de tarjetas de armas de aire comprimido, airsoft y paintball en el municipio de Girona.
### Quién puede usar este servicio
* Personas físicas o jurídicas con capacidad de obrar.
* Menores de edad (con ciertas excepciones).
* Grupos de afectados, uniones y entidades sin personalidad jurídica (en casos específicos).
### Antes de empezar
Es necesario estar empadronado en Girona.
## Lo que necesitas
### Documentos requeridos
* Solicitud de autorización o renovación de tarjetas de aire comprimido.
* Documento identificativo de la persona interesada.
* Factura de compra del arma.
* Tarjeta de armas cumplimentada (entregada en la armería, color amarillo).
* Tarjeta blanca del Ayuntamiento y Guardia Civil (entregada en la armería).
* Certificado médico oficial.
* Consentimiento de padre, madre o tutor/a (si es menor de edad).
* Fotocopia del DNI del menor y de su tutor/a legal (si es menor de 14 años).
### Costes y plazos
* **Coste:** Según ordenanzas fiscales (Ordenanzas fiscales).
* **Plazo de resolución:** 3 meses.
## Cómo hacerlo
### Paso a paso del proceso
1. Preparar la documentación requerida.
2. Presentar la solicitud y la documentación a través de uno de los siguientes medios:
* Telemáticamente a través de la Sede Electrónica.
* Por correo postal.
* Presencialmente en el registro electrónico general.
* En los registros electrónicos generales de la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional.
* En las oficinas de Correos.
* En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
* En las oficinas de asistencia en materia de registros.
* En cualquier otro lugar establecido por las disposiciones vigentes.
## Después de hacerlo
### Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, el Ayuntamiento de Girona revisará la documentación y resolverá la solicitud en un plazo máximo de 3 meses.
### Plazos de resolución
El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no se recibe respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada (silencio administrativo negativo).
## Ayuda
### Contacto
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
Teléfono: 972 419 010
Sitio web: www.girona.cat/ic
### Legislación
* Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
* Orden INT/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico-deportivas de airsoft y paintball.
* Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
## Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para el cuidado y alimentación de gatos que viven en colonias en la vía pública de Girona.
Quién puede usar este servicio:
* Personas físicas o jurídicas con capacidad legal para actuar.
* Menores de edad en ciertos casos.
* Grupos de afectados o entidades sin personalidad jurídica cuando la ley lo permita.
## Cómo hacerlo
Puedes realizar este trámite de las siguientes maneras:
* **Telemáticamente:** A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
* **Correo postal:** Envía la documentación a la dirección del Ayuntamiento.
* **Presencialmente:** En las oficinas de registro del Ayuntamiento o en otros registros electrónicos generales (Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, etc.).
* **Otros:** En las oficinas de Correos, representaciones diplomáticas, oficinas consulares, etc.
## Dónde dirigirse
Para cualquier consulta o ayuda, puedes dirigirte a:
**OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR**
Teléfono: 972 419 010
www.girona.cat/ic
## Legislación aplicable
* Ordenanza municipal para la protección, control y tenencia de animales.
* Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.
## Más información
* Web de Sostenibilidad
* Tenencia de animales
## Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para realizar eventos deportivos en la vía pública en Girona.
## Cómo hacerlo
El trámite se puede realizar de las siguientes maneras:
* **Telemáticamente:** A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
* **Por correo postal.**
* **Presencialmente:** En el registro electrónico general del Ayuntamiento.
* **En otros registros electrónicos:** De la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, entidades de la Administración Local y el sector público institucional.
* **En oficinas de Correos.**
* **En representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.**
* **En oficinas de asistencia en materia de registros.**
* **En cualquier otro lugar establecido por las disposiciones vigentes.**
## Documentación necesaria
* Instancia específica.
* Instancia de solicitud de autorización y colaboración para hacer una actividad (si procede).
* Plano del sitio de la actividad (salida/llegada).
* Plano del recorrido.
## Consideraciones importantes
* La instancia debe presentarse con un mínimo de 3 meses de antelación a la fecha del evento.
* El Ayuntamiento de Girona se pondrá en contacto con la organización en un plazo máximo de 30 días para comunicar la viabilidad del evento.
* Si se pide colaboración municipal, se debe rellenar el modelo de solicitud de autorización y colaboración para hacer una actividad.
## Requisitos de la organización
* Disponer de voluntariado y/o personas colaboradoras.
* Disponer de un vehículo de motor (coche escoba) que marque el tiempo de paso estipulado por la Policía Municipal de Girona.
* Marcar el recorrido.
* Disponer de recursos materiales.
## Seguros
* **Seguro de responsabilidad civil (RC):** Obligatorio para la entidad, club o empresa que organiza la actividad.
* **Seguro de accidente para los participantes:** Los participantes deberán acreditar que disponen de una licencia deportiva federativa o una licencia deportiva escolar.
## Planes de autoprotección
Las carreras deportivas con más de 1.000 participantes y las actividades deportivas al aire libre, en espacios no cerrados, con más de 5.000 personas deben tener elaborado un plan de autoprotección (D. 82/2010. Anexo I. C)
## Más información
* Protocolo de carreras, marchas, populares y eventos deportivos en la vía publicándose
## Dónde dirigirse
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
Teléfono: 972 419 010
Web: www.girona.cat/ic