Descripción
Certificado que acredita fehacientemente que en el Padrón municipal figura empadronada en esa fecha como vecino la persona a la que se refiere
¿Quién puede solicitarlo?
El interesado o representante autorizado.
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentación requerida
DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN:
DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN: En el caso de realizar el trámite persona diferente del interesado deberá presentarse un escrito en el que el/los representado/s (identificado/s con su nombre y apellidos y número de DNI, o documento que lo sustituya) autorice al representante (identificado en la misma forma) para este trámite, así como fotocopias de todos los DNI o documento equivalente en el caso de ser extranjero. Un modelo de este escrito se puede obtener en la OMAC o en esta página web
Pasos a seguir
Presentarse con la documentación requerida en la OMAC.
Importe
El Pago de la tasa se puede hacer a través del servicio de autoliquidación disponible en www.elche.es, o al personarse en la OMAC para solicitar el certificado.
Lugar de presentación
En cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano (OMAC)
Tiempo de resolución
Una semana
Normativa legal
Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Recursos posibles
Alta de españoles en el Padrón de Habitantes Volante de Empadronamiento, Convivencia y Residencia.
Silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
El certificado de empadronamiento se suele pedir para poder cobrar las pensiones del extranjero y para Organismos donde se requieran firmas manuscritas.
Familias de procedimientos
Descripción
Quedan excluidos los establecimientos y actividades enumerados en el artículo 4 de la Ordenanza reguladora del ejercicio de actividades económicas del municipio de Elche.
¿Quién puede solicitarlo?
El titular de la actividad o su representante legal.
Documentación requerida
Pasos a seguir
Importe
3,68 euros
Lugar de presentación
En cualquier OMAC
Tiempo de resolución
Sin plazo expreso de resolución.
Unidad tramitadora
Aperturas
Normativa legal
Artículo 4 de la Ordenanza reguladora del ejercicio de actividades económicas del municipio de Elche.
Recursos posibles
Silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Familias de procedimientos
Descripción
Solicitud de Certificado del Padrón Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas interesadas titulares del Impuesto.
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentación requerida
Pasos a seguir
Importe
3,68 euros por cada finca o vivienda.
Lugar de presentación
Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC).
Tiempo de resolución
Mínimo una semana.
Normativa legal
Silencio administrativo
Desestimatorio.
Documentos adjuntos
Familias de procedimientos
Descripción
Acto mediante el cual se acredita la identidad entre original y copia de un documento, por parte del Secretario del Ayuntamiento.
Únicamente se compulsan los siguientes documentos:
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona que presente documentos para el Ayuntamiento u otra Administración.
Documentos requeridos
Pasos a seguir
Importe
-Por cada folio: 3,68 euros.
-Están exentos del pago de la tasa las siguientes compulsas:
a) documentos que se presenten ante el propio ayuntamiento
b) documentos a presentar en pruebas selectivas del ayuntamiento
c) documentos que acompañen el título de familia numerosa
d) el certificado acreditativo del grado de minusvalía
Lugar de presentación
Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC)
Tiempo de resolución
Inmediato
Normativa legal
Recursos posibles
Recurso de Reposición Recurso Contencioso Administrativo
Silencio administrativo
Negativo
Observaciones ciudadano
Familias de procedimientos
Descripción
Comunicación de la realización del hecho imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana (plusvalía) a efectos de la inscripción registral del inmueble.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona que muestre interés en el asunto.
Documentos requeridos
Copia del Documento Notarial, del Auto del Juzgado o cualquier otro documento cuya inscripción se pretenda en el Registro de la Propiedad.
Pasos a seguir
Presentación de la documentación en la OMAC para su registro.
Lugar de presentación
En la OMAC
Unidad tramitadora
Plusvalía
Normativa legal
Artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946 (inscripción registral), adicionado por Ley 16/2012, de 27 de diciembre.
Recurso posibles
Reposicion
Recurso posibles
Silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
Este trámite le resultará necesario realizarlo siempre y cuando pretenda la inscripción registral del inmueble transmitido o del derecho real constituido/transmitido, en consecuencia el interés siempre será del adquirente o persona en cuyo favor se constituya/transmite el derecho. La declaración/autoliquidación del impuesto, otro trámite distinto, sí que es obligatoria y tiene efectos jurídicos- tributarios tales como liquidación del impuesto con recargo y/o intereses de demora y sanciones tipificadas en la ley general tributaria de 17 de diciembre de 2003, en caso de extemporaneidad.
Familias de procedimientos
Descripción
Consiste en la comunicación que realiza el ciudadano de su nuevo domicilio dentro del Municipio
¿Quién puede solicitarlo?
El interesado o un representante debidamente autorizado.
Plazo de solicitud
Todo el año
Documentación requerida
Hoja de solicitud de inscripción padronal, firmada por todos los mayores de edad. Se puede cumplimentar en la OMAC o descargarse en la página web.
DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN:
Españoles: original del DNI, pasaporte o carnet de conducir en vigor, de cada uno de los miembros mayores de 16 años.
Extranjeros comunitarios: Documento de identificación en vigor (tarjeta de residencia, carta de identidad de su país de origen o pasaporte en vigor).
Extranjeros no comunitarios: NIE/tarjeta de residencia o pasaporte original
En el caso de menores de edad, hasta 16 años:
- Libro de familia o certificado de nacimiento
- Si se empadrona con uno de los progenitores: resolución judicial de separación o divorcio o, en su ausencia, documento de Declaración Responsable en relación con los menores en el padrón de habitantes.
- En el caso de que los menores se empadronen con familiares (abuelos, tíos, etc.) se deberá acreditar el parentesco.
- En los supuestos de tutela, acogimiento etc, se deberá aportar copia de la resolución judicial.
DOCUMENTACIÓN DE LA VIVIENDA
- Será válida la presentación, original o fotocopia, de cualquiera de los siguientes documentos: escritura de compraventa, contrato de alquiler actual, contrato de suministro reciente y en su defecto, último recibo (agua, luz o telefonía fija), en su caso, autorización de la persona que tenga el derecho a la ocupación de la vivienda o cualquier otro documento válido en derecho que acredite tal condición (testamento, donaciones, hipotecas ).
- En casos de establecimientos colectivos, será necesaria la autorización del director/a del establecimiento.
DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN:
Trámite realizado mediante representante:
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado.
Para acreditar la representación el titular del derecho deberá autorizar mediante documento en el que deberá constar:
- Su nombre y apellidos, domicilio, y documento identificativo. Este trámite debe acompañar fotocopia de la documentación de identificación.
- Nombre y apellidos y documento identificativo del representante, así como el trámite para el que se autoriza. Debe de acudir con su documento de identificación original.
Pasos a seguir
Presentación de la documentación requerida en la OMAC
Lugar de presentación
Oficina Municipal de Atención Ciudadana (OMAC)
Tiempo de resolución
Inmediato
Normativa legal
Silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
Familias de procedimientos
Descripción
Quedarán sujetas al régimen de comunicación de actividades inocuas, aquellas actividades que no tienen incidencia ambiental, considerándose como tales las que cumplan todas las condiciones establecidas en el anexo III de la LEY 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades en la Comunitat Valenciana.
¿Quién puede solicitarlo?
El titular o, si se trata de una sociedad el representante legal de ésta.
Plazo de solicitud
Durante todo el año
Documentos requeridos
Pasos a seguir
Importe
La tasa que corresponda de acuerda a la Ordenanza fiscal de aplicación:
Tasa de funcionamiento:
- En locales a partir de 20 m2: 649,70 euros
- En locales menores de 20 m2, satisfarán el 60% de dicha tarifa.
Se aplicará una reducción del 50%, incluido el recargo, para los locales, empresas o establecimientos de carácter permanente.
Lugar de presentación
En la Oficina Municipal del Emprendedor o en cualquier Oficina Municipal de Atención al al Ciudadano de Elche (OMAC).
Tiempo de resolución
El interesado podrá iniciar la actividad en el momento de presentación de la comunicación.
Órgano de resolución
La Junta de Gobierno Local o, en caso de delegación, el concejal correspondiente.
Unidad tramitadora
Aperturas
Normativa legal
Recursos posibles
Silencio administrativo
Desestimatorio
Tipo silencio administrativo (texto)
Positivo
Procedimientos relacionados
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
Familias de procedimientos
Descripción
Cuando se produzca el arrendamiento de la explotación de la actividad o negocio autorizado por el correspondiente título habilitante, o la cesión temporal de la misma, el titular deberá comunicar dicho extremo al Ayuntamiento de Elche.
¿Quién puede solicitarlo?
El titular de la actividad o su representante legal.
Plazo de solicitud
Durante todo el año.
Documentos requeridos
Pasos a seguir
Importe
TASA: 150
Lugar de presentación
En cualquier OMAC
Tiempo de resolución
En el momento de presentación de la comunicación se podrá iniciar la actividad.
Unidad tramitadora
Aperturas
Normativa legal
Artículo 7 de la Ordenanza reguladora del ejercicio de actividades económicas del municipio de Elche.
Recursos posibles
Silencio administrativo
Estimatorio
Documentos adjuntos
Familias de procedimientos
Descripción
Comunicación/declaración de la NO realización del hecho imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana (IIVTNU) (Plusvalía) por falta de incremento de valor.
¿Quién puede solicitarlo?
Toda Persona Física, bien ella o a través de su representante, que resulte o haya resultado ser Sujeto Pasivo del impuesto
Documentos requeridos
Pasos a seguir
Presentación de la documentación en la OMAC para su registro.
Lugar de presentación
Red de Oficinas Municipales de Atención Ciudadana y en los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tiempo de resolución
Tres meses
Órgano de resolución
El Teniente Alcalde de Hacienda, por Delegación, mediante Decreto.
Normativa legal
Recursos posibles
Reposición previo al Contencioso-Administrativo.
Silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Familias de procedimientos
Descripción
Consultas Informativas sobre la Liquidación que corresponde por la Transmisión de un Bien (Plusvalía).
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquiera que pretenda transmitir o adquirir un bien inmueble, por si o por medio de representante. Si lo solicita un representante deberá aportar una autorización, que puede elaborar el propio titular o utilizar el modelo anexo, junto con original y fotocopia del DNI del titular y del autorizado y fotocopia del CIF de la empresa, en su caso.
Plazo de solicitud
Todo el año.
Documentación requerida
Pasos a seguir
Lugar de presentación
Tiempo de resolución
Inmediato o al día siguiente de presentar la documentación, en el caso de que se haga en la OMAC.
Normativa legal
Silencio administrativo
Desestimatorio.
Documentos adjuntos
Familias de procedimientos