Trámite de Comunicación a efectos del Impuesto del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía)
Descripción
Comunicación de la realización del hecho imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana (plusvalía) a efectos de la inscripción registral del inmueble.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona que muestre interés en el asunto.
Documentos requeridos
Copia del Documento Notarial, del Auto del Juzgado o cualquier otro documento cuya inscripción se pretenda en el Registro de la Propiedad.
Pasos a seguir
Presentación de la documentación en la OMAC para su registro.
Lugar de presentación
En la OMAC
Unidad tramitadora
Plusvalía
Normativa legal
Artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946 (inscripción registral), adicionado por Ley 16/2012, de 27 de diciembre.
Recurso posibles
Reposicion
Recurso posibles
Silencio administrativo
Desestimatorio
Documentos adjuntos
Observaciones ciudadano
Este trámite le resultará necesario realizarlo siempre y cuando pretenda la inscripción registral del inmueble transmitido o del derecho real constituido/transmitido, en consecuencia el interés siempre será del adquirente o persona en cuyo favor se constituya/transmite el derecho. La declaración/autoliquidación del impuesto, otro trámite distinto, sí que es obligatoria y tiene efectos jurídicos- tributarios tales como liquidación del impuesto con recargo y/o intereses de demora y sanciones tipificadas en la ley general tributaria de 17 de diciembre de 2003, en caso de extemporaneidad.
Familias de procedimientos
- Tributos, Sanciones y Recursos