Ayuntamiento de Burgos

  • Según el artículo 46 del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León , cuando se transmitan actividades o instalaciones que cuenten con licencia será precisa la previa comunicación de dicha transmisión al Ayuntamiento competente.

    Asunto

    Transmisión de Licencia

    Unidad responsable

    Sección de Servicios

    Dónde se puede solicitar

    En la Sección de Servicios del Ayuntamiento de Burgos.

    Cómo se realiza el trámite


    El usuario interesado en solicitar una transmisión de licencia, deberá cumplimentar el modelo de solicitud habilitado al efecto, aportando la documentación citada a continuación.
    La solicitud deberá presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Burgos, o en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

    EFECTOS DE LA TRANSMISIÓN

    1. Si se produce la transmisión sin efectuar la correspondiente comunicación al Ayuntamiento de Burgos, el anterior y el nuevo titular quedarán sujetos, de forma solidaria, a todas las responsabilidades y obligaciones derivadas del incumplimiento de dicha obligación previstas en esta Ley.
    2. Una vez producida la transmisión, el nuevo titular se subrogará en los derechos, obligaciones y responsabilidades del anterior titular. No obstante, el anterior y el nuevo titular responderán solidariamente respecto de las obligaciones y responsabilidades preexistentes en la transmisión

    Documentación

    1. En caso de haberse otorgado Licencia, deberá aportarse copia de la misma.
    A partir del 27 de diciembre de 2009 dicha licencia fue sustituida por la Comunicación de Inicio, por lo que en caso de haber realizado dicha Comunicación, deberá aportarse copia de la Licencia Ambiental.
    2. Impuesto(s) de Actividades Económicas de la actividad.
    3. Contrato de arrendamiento o cesión, o escritura de compra venta.
    4. Documento oficial acreditativo de la superficie del local.
    5. En el caso de sociedades, fotocopia escritura constitución de sociedad y apoderamiento de la persona firmante.
    6. En caso de actividades hosteleras, plano a escala 1:50 ó 1:100 acotado indicando la anchura de los elementos de evacuación (salidas) y el uso y superficie de cada dependencia. Si el establecimiento hubiera contado con terraza hostelera y el solicitante de la transmisión quisiera seguir disponiendo de autorización para ello deberá indicarlo expresamente con objeto de que se puedan hacer las verificaciones oportunas del cumplimiento de los requisitos.

    En caso de no figurar el aforo máximo permitido en la Licencia de Apertura o, en su caso, en la Licencia Ambiental que se pretende transmitir, deberá aportarse informe técnico visado sobre el aforo máximo autorizable.

    Plazos de solicitud

    A voluntad del interesado.

    Datos de pago

    Ordenanza Fiscal nº 201 reguladora de la Tasa por expedición de documentos.

    5.3.3. Licencias relativas a las condiciones de un establecimiento local, cuando hubiese cambiado de titular sin modificación de la actividad o giro que en él se viniere desarrollando ........ 150 euros.

    Normativa

    Información adicional

    Una vez producida la transmisión, el nuevo titular se subrogará en los derechos, obligaciones y responsabilidades del anterior titular.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia de Cambio de Titularidad de Actividad

  • Solicitud de las claves de acceso para conectarse a Internet mediante el sistema WIFIBUR.
    El servicio WifiBur permitirá al usuario registrado navegar por internet con un límite máximo de ancho de banda asignado.

    Asunto

    Alta en el servicio Wifibur

    Unidad responsable

    Sección de Tecnologías de la Información y Comunicación

    Quién lo puede solicitar

    Todas aquellas personas, mayores y menores de edad, que estén en posesión de DNI, pasaporte o NIE, teléfono móvil y una cuenta de correo e-mail.

    Los menores de edad necesitarán autorización escrita (ver documentos adjuntos) de sus padres o tutores para darse de alta.

    Dónde se puede solicitar

    Aquellos usuarios mayores de edad que deseen darse de alta en este servicio deberán de hacerlo a través de la siguiente página web: www.wifibur.es

    En caso de menores de edad se debe presentar la autorización escrita (ver documentos adjuntos) junto con el DNI de sus padres o tutores en Procode (Parque Virgen del Manzano 26, bajo Horario: De 09.00 a 14.00 y de 16.00 a 19.00
    Tfno: 947245546 )

    Para resolver cualquier duda al respecto o solicitar ayuda a la hora de acceder al servicio deberán ponerse en contacto con el Centro de Atención al Usuario de Wifibur mediante el correo electrónico cauwifibur@aytoburgos.es, adjuntando su DNI escaneado.

    Cómo se realiza el trámite

    SOLICITUD DE CONTRASEÑA

    Una vez que el usuario acceda a la web www.wifibur.es deberá rellenar todos aquellos campos que le sean requeridos:

    • Campos obligatorios: nombre, apellidos, sexo, NIF - NIE - pasaporte (letra en mayúscula), nacionalidad, email, nº de teléfono móvil y fecha de nacimiento.
    • Campos no obligatorios: dirección completa y ocupación.

    Una vez completados los datos, el usuario recibirá un correo electrónico de certificación del alta en el sistema con su nombre de usuario. La contraseña le será enviada únicamente al teléfono móvil mediante un sms con coste 0 € para el solicitante.

    En el caso de que el usuario no recuerde su clave podrá solicitar que le sea reseteada a través del contenido ¿Olvidaste tu contraseña? ubicado en la pantalla de acceso al servicio. Una vez completados unos datos, el sistema envía la nueva contraseña al usuario por sms.

    Plazos de solicitud


    Si el usuario desea acceder al sistema Wifibur en las bibliotecas o centros municipales deberá tener en cuenta que podrá hacerlo 24 horas después de haberse registrado en www.wifibur.es

    Datos de pago

    Es un servicio de carácter gratuito.

    Información adicional

    - Existe infraestructura para acceso público a conexión WifiBur en los siguientes edificios municipales:

    1.- Casa de Cultura de Gamonal 19.- Centro Cultural del Barrio de Villimar
    2.- Cento Cívico San Agustín 20.- Centro Cultural del Barrio San Cristóbal
    3.- Centro Cívico Capiscol 21.- Centro Cultural del Barrio de Villatoro
    4.- Centro Cívico Río Vena 22.- Centro Cultural del Barrio de Cortes
    5.- Centro Cívico Vista Alegre 23.- Centro Cultural del Barrio del Pilar
    6.- Centro Cívico Las Huelgas 24.- Archivo Municipal - Palacio Castilfalé
    7.- Centro Cívico Gamonal Norte 25.- Casa de la Mujer
    8.- Teatro Principal 26.- Centro de Creación Musical "El Hangar"
    9.- Edificio Diego Porcelos, nº4 27.- Albergue Municipal de Peregrinos
    10.- Biblioteca Gonzálo de Berceo 28.- Espacio Joven
    11.- Biblioteca Miguel de Cervantes 29.- Aulas María Zambrano
    12.- Biblioteca María Teresa León 30.- Teatro Clunia - Centro Cultural Francisco Salinas
    13.- CEAS San Pedro de la Fuente 31.- Escuela Municipal de Música
    14.- Espacio Mayor Capiscol 32.- Centro de Interpretación de Turistas (CITUR)
    15.- Casa Consistorial
    16.- Centro Cultural del Barrio de Villafría
    17.- Centro Cultural del Barrio de La Ventilla
    18.- Centro Cultural del Barrio de Villalonquéjar

    De forma adicional existirá la posibilidad de que el usuario navegue únicamente por el dominio http://www.aytoburgos.es sin necesidad de identificarse.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Online

    Ficheros adjuntos

    Alta Usuario Menor de Edad

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar el alta de obras para la conexión a la red de suministro de agua y alcantarillado en el municipio de Burgos. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona física o jurídica que necesite conectar una obra a la red de agua y alcantarillado. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * NIF/CIF y DNI del representante. * DNI/NIE. * Número de cuenta (IBAN 24 dígitos) para la domiciliación de recibos. * Licencia de Obras de Nueva Planta y Declaración responsable de obras. * Plano de situación. * Solicitudes de Agua y Saneamiento (recoger en la oficina o descargar de los documentos adjuntos). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Solicita cita previa en la web del Servicio de Aguas. 3. Presenta la documentación en las oficinas del Servicio de Aguas, Av. Del Cid Campeador nº 12 - 1ª planta, de 9:00 a 14:00 horas. ## Ayuda **Contacto:** Servicio de Aguas Av. Del Cid Campeador nº 12 - 1ª planta Teléfono: 010 **Documentos adjuntos:** * Acometida de Agua (pdf 373,6 kB) * Acometida de Alcantarillado (pdf 407 kB)

  • Los titulares de un vehículo que en el Registro de Vehículos de la DGT conste en situación de baja temporal, podrán solicitar el alta del vehículo para permitir la circulación del mismo.

    Asunto

    Alta de un vehículo en situación de baja temporal

    Quién lo puede solicitar


    El titular del vehículo. En caso de no ser el titular, deberá acompañar una autorización firmada por éste.

    Dónde se puede solicitar

    En la Jefatura Provincial de Tráfico.

    Cómo se realiza el trámite


    El interesado ha de dirigirse a la Jefatura de Tráfico de la provincia del domicilio del interesado o de matriculación del vehículo con la documentación que aparece en el enlace posterior.

    Documentación

    La documentación a aportar es ésta

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Impreso de solicitud de alta de un vehículo tras una baja temporal

  • Solicitud de baja de uno o varios recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles por no ser notificados debidamente, para su correcta notificación o devolución.

    Unidad responsable

    Negociado del Impuesto de Bienes Inmuebles

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas y jurídicas

    Dónde se puede solicitar

    El interesado tiene que dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol solicitando CITA PREVIA para ser atendido:

    Cómo se realiza el trámite

    Debe presentar la instancia correspondiente cumplimentada y firmada en la ventanilla del Impuesto de Bienes Inmuebles. Dicha instancia puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o puede descargarla en el documento adjunto que existe al final de este trámite.

    Documentación

    Solicitud cumplimentada.

    Plazos de solicitud

    A voluntad del interesado.

    Normativa

    Ley 58/03 de 17 de diciembre, General Tributaria

    Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia General de IBI

  • Solicitud de baja de uno o varios recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles, siendo el primer año de entrada en Tributos, por no ser notificados debidamente.

    Unidad responsable

    Negociado del Impuesto de Bienes Inmuebles

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas y jurídicas.

    Dónde se puede solicitar

    En la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol.

    Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC

    Cómo se realiza el trámite

    Ha de presentar la correspondiente instancia cumplimentada y firmada en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC.

    La instancia que debe cumplimentar puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o puede descargarla en el documento adjunto que existe al final de este trámite.

    Documentación

    Solicitud cumplimentada.

    Plazos de solicitud

    A voluntad del interesado.

    Normativa

    Ley 58/03 de 17 de diciembre, General Tributaria

    Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Baja de recibos de IBI del primer año

  • La baja en el padrón municipal de habitantes de Burgos por defunción, se realiza de oficio por el Ayuntamiento una vez que recibe comunicación de la misma desde el Registro Civil.

    Unidad responsable

    Negociado de Estadística

    Quién lo puede solicitar

    Se puede solicitar la baja del padrón municipal por parte de los familiares del fallecido.

    Dónde se puede solicitar

    Presencial:
    Dirección: Plaza Mayor, s/n. 09071 Burgos – Sección de Estadística.
    Horario de atención al público: de 9.00 a 14.00 horas de lunes a viernes

    Teléfono y FAX
    947 288800

    Correo electrónico: estadistica@aytoburgos.es

    Cómo se realiza el trámite

    Presentar instancia debidamente cumplimentada en:

    • el Registro General del Ayuntamiento de Burgos (Plaza Mayor, s/n, 09071 - Burgos) aportando la documentación que se cita a continuación.
    • en la sección de Estadística aportando la documentación que se cita a continuación.

    Documentación

    • Presentación del certificado de defunción.
    • Documento que acredita la identidad de la persona que solicita el trámite. (DNI -o fotocopia-. Para extranjeros, pasaporte o tarjeta de residente).

    Normativa

    • Ley 4/1996 de 10 de Enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
    • Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
    • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos e carácter personal.
    • Ley 4/1999, de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Información adicional

    Si se le plantea alguna duda al respecto de este trámite puede:

    1. Personarse en las oficinas del Negociado de Estadística.
    2. Llamar al teléfono del Servicio de información municipal 010, en horario de 08.00 a 20.00 horas de Lunes a Viernes. Para llamadas desde fuera del municipio de Burgos marcando el 947 200 010.
    3. Atención Presencial: En el Ayuntamiento de Burgos, Plaza Mayor 1 en horario de atención:
      • Lunes a Viernes de 08.00 a 15.00 horas
      • Jueves de 17.00 a 20.00 horas
      • Sábado de 10.00 a 14.00 horas

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Instancia imprimible

    Instancia rellenable

  • Petición de la bonificación de la Tasa por Recogida Domiciliaria de Basuras por los titulares de las viviendas o los inquilinos que residan en las mismas.

    Asunto

    Trámite de bonificación de Tasa de Basuras

    Unidad responsable

    Negociado de Tasa de Basuras

    Quién lo puede solicitar

    REQUISITO OBLIGATORIO EN TODOS LOS CASOS:

    La concesión de bonificaciones requerirá que el sujeto pasivo se encuentre al corriente, a fecha 31 de diciembre de 2018, en el cumplimiento de sus obligaciones, tanto de derecho público como privado, con la Hacienda Municipal.

    1º.- Las personas físicas, que reúnan los siguientes requisitos:

    • a) Que figuren empadronadas en el municipio de Burgos en la vivienda que va a ser objeto de bonificación.
    • b) Que los ingresos de la unidad familiar por todos los conceptos no excedan de dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM para 2019 - cómputo anual incluidas pagas extraordinarias: 7.519,59 euros anuales x 2 = 15.039,18 euros anuales)
    • c) Que todos los bienes inmuebles de los que son propietarios los miembros de la unidad económica de convivencia no tengan asignado, en su conjunto, un valor catastral superior a 126.499,79 euros.

    Importe de la subvención
    El equivalente al 52 por 100 (cincuenta y dos por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.

    A los efectos de este apartado, se entiende por unidad económica de convivencia todos los casos de convivencia de un beneficiario con otras personas, unidas o no con aquel por lazos de parentesco.

    Para que los inquilinos puedan beneficiarse de la Bonificación, el valor catastral de todos los inmuebles de los que sean propietarios, unido al valor catastral de su vivienda habitual, no puede superar los 126.499,79€.

    2º.- Las familias numerosas de categoría general, con los siguientes requisitos:

    • a) Que sus titulares figuren empadronados en el municipio de Burgos en la vivienda que va a ser objeto de bonificación.
    • b) Que el valor catastral de la vivienda habitual no sea superior a 169.662,01 euros.
    • c) Que los ingresos de la unidad familiar por todos los conceptos no excedan de cinco veces y medio el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM para 2019: 7.519,59 euros anuales x 5,5= 41.357,75 € anuales) en el caso de tres hijos, o de seis veces y medio el IPREM (7.519,59 x 6,5= 48.877,34 € anuales) cuando sean cuatro hijos.

    Importe de la subvención
    El equivalente al 65 por 100 (sesenta y cinco por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.

    3º.- Las familias numerosas de categoría especial, con los siguientes requisitos:

    • a) Que sus titulares figuren empadronados en el municipio de Burgos en la vivienda que va a ser objeto de bonificación.
    • b) Que el valor catastral de la vivienda habitual no sea superior a 172.564,05 euros.
    • c) Que los ingresos de la unidad familiar por todos los conceptos no excedan de siete veces y medio el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM para 2019: 7.519,59 euros anuales x 7,5= 56.396,93 € anuales) incrementando este límite en el equivalente al IPREM por cada hijo a cargo, a partir del quinto inclusive.

    * IPREM MENSUAL para el año 2019: 537,84 € (BOE 28/06/17)

    Importe de la subvención
    El equivalente al 80 por 100 (ochenta por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.

    Dónde se puede solicitar

    El interesado tiene que dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol, solicitando CITA PREVIA para ser atendido:


    Documentación

    1. Para personas físicas de reducidos ingresos o Jubilados, pensionistas (y personas empadronadas con ellos mayores de 18 años):

    • última declaración de la renta o autorización para consulta de datos fiscales ( en caso de que no se pueda demostrar la existencia de ingresos -->ver documento adjunto)

    2. Para familias numerosas:

    • título de familia numerosa en vigor
    • declaración de la renta del ejercicio anterior (de ambos cónyuges o conjunta) o, en su defecto, documento de autorización al Ayuntamiento para la consulta de sus datos fiscales a Hacienda (ver documento adjunto). Este documento han de firmarlo los dos cónyuges.


    3. Para inquilinos:

    • contrato de arrendamiento o certificado del propietario de la vivienda que indique que se encuentran en régimen de alquiler en dicho inmueble
    • última declaración de la renta o autorización para consulta de datos fiscales ( en caso de que no se pueda demostrar la existencia de ingresos). Este documento han de firmarlo los mayores de edad empadronados en ese domicilio.

    Plazos de solicitud

    Durante los meses de enero y febrero de 2019 (hasta el 28 de febrero).

    Las bonificaciones de las familias numerosas se solicitarán únicamente por primera vez y, si los interesados cumplen todos los requisitos, se concederán por el tiempo que tenga vigor el Título de Familia Numerosa debiéndose renovar dicha bonificación a la vez que se renueve el mencionado Título. (Y adjuntando el resto de la documentación - ver apartado Documentación-)

    Las bonificaciones de las personas físicas que sean pensionistas se solicitarán únicamente por primera vez y si los interesados cumplen todos los requisitos de la Ordenanza Vigente en cada momento, se concederán de manera indefinida mientras no cambien las condiciones personales, familiares o económicas del interesado, el cual estaría obligado a comunicarlo a la Administración.

    Para el resto de beneficiarios la solicitud de la bonificación deberá renovarse anualmente en los plazos indicados.

    Todas aquellas bonificaciones que se soliciten fuera de los meses de enero y febrero serán inadmitidas por extemporáneas al considerarse presentadas fuera de plazo.

    Normativa

    Ordenanza Fiscal Número 209 reguladora de la Tasa por recogida y tratamiento de residuos (BOP nº 234, de 11/12/13)

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Autorización al Ayuntamiento para solicitar datos fiscales a Hacienda

  • Solicitud de bonificación en el Impuesto de Bienes Inmuebles para empresas constructoras siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras.

    Unidad responsable

    Negociado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

    Quién lo puede solicitar

    Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota íntegra del Impuesto, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las Empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren en los bienes de su inmovilizado.

    Se entenderá a estos efectos como obras de rehabilitación, las de adecuación, mejora de condiciones de habitabilidad o redistribución del espacio interior, manteniendo en todo caso las características estructurales del edificio.

    Dónde se puede solicitar

    El usuario interesado ha de dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol y presentar la solicitud habilitada a tal efecto.

    Solicite CITA PREVIA para ser atendido en la BAC:

    Cómo se realiza el trámite

    PRESENCIALMENTE
    El usuario ha de presentar la instancia cumplimentada junto a la documentación en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC.

    Dicha instancia puede recogerla en el Servicio de Atención Ciudadana 010 del Ayuntamiento de Burgos o puede descargarla en el documento adjunto que existe al final de este trámite.

    Documentación

    1.- La solicitud cumplimentada.

    2.- Una vez que las obras hayan comenzado debe aportar:

    • Fecha del inicio de las obras de urbanización o construcción, mediante certificado del Técnico-Director de las mismas, visado por el Colegio Oficial competente, o un ejemplar del Acta de Comprobación del replanteo.
    • Documentación acreditativa de que esta obra constituye el objeto de la empresa de urbanización. Esto puede acreditarse mediante los Estatutos Sociales o por medio de la licencia fiscal correspondiente a cualquier otro medio de prueba en que conste esta circunstancia.
    • Documentación acreditativa de que el inmueble de que se trate no figura entre los bienes del inmovilizado de las empresas promotoras solicitantes. Se consideran como prueba suficiente, entre otros, la cédula de calificación provisional (si se trata de VPO), balance de situación cerrado al 31 de diciembre del año anterior, certificado del censor jurado de cuentas en la que conste que en dicho inmueble no figura contabilizado en el grupo 2 como Imovilizado, sino en el grupo 3 como Existencias.

    3.- Para determinar los periodos impositivos a los que será de aplicación este beneficio fiscal:

    • fecha de inicio de las obras (solicitado anteriormente)
    • certificación de final de obra espedida por el Colegio Oficial competente, en la que se acredite la fecha de su conclusión

    Plazos de solicitud

    Siempre antes del inicio de las obras.


    El Ayuntamiento denegará automáticamente la concesión de esta bonificación cuando, a través de cualquier medio de prueba, tenga constancia de que las obras de urbanización o construcción efectiva sobre los inmuebles en los que recae este beneficio fiscal se han iniciado antes de la fecha de solicitud del mismo por los interesados.

    Normativa

    Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

    Ordenanza Número 507 Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Bonificación en el IBI para empresas constructoras

  • Comunicación de cambio del número de cuenta al que está domiciliado el recibo del agua.

    Asunto

    Cambio de cuenta bancaria del recibo del agua

    Unidad responsable

    Aguas de Burgos

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier cliente - abonado.

    Dónde se puede solicitar

    Aguas de Burgos

    Cómo se realiza el trámite

    Para solictar un cambio de Cuenta Bancaria , siempre que no exista ninguna deuda pendiente en el contrato de suministro a modificar, se realiza de cualquier de las siguientes formas:

    Documentación

    • Datos del titular
    • Nº del Contrato de suministro y datos del titular
    • Nº de Cuenta para domiciliación de recibos (20 dígitos)

    Plazos de solicitud

    A voluntad del interesado

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