Ayuntamiento de Burgos

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar un Plan de Pago Personalizado (PPP) para deudas tributarias con el Ayuntamiento de Burgos. **Quién puede solicitarlo:** Cualquier persona física o jurídica que no tenga deudas en periodo ejecutivo. ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Haber ingresado la autoliquidación o liquidación correspondiente al alta. * No tener deudas pendientes en periodo ejecutivo de pago con el Ayuntamiento. * El importe de la deuda tributaria incluida debe ser superior a 150 euros. * Domiciliar todas las cuotas del Plan en una única cuenta bancaria. * Incluir todos los recibos de los que sea titular. * Proporcionar una dirección de correo electrónico para avisos y comunicaciones. **Documentos requeridos:** * Modelo de "Solicitud plan de pago personalizado PPP" (disponible para descargar). ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Obtener el modelo de solicitud en la Oficina de Atención al Contribuyente (BAC) de la plaza Mayor o de la C/ Fundación Sonsoles Ballvé, en el Servicio de Atención Ciudadana 010, o descargarlo del enlace proporcionado. 2. Cumplimentar el modelo de solicitud. 3. Presentar la solicitud: * En la Oficina de Atención al Contribuyente (BAC) de la plaza Mayor o de la C/ Fundación Sonsoles Ballvé. * En el Registro General del Ayuntamiento de Burgos. * A través de la Oficina Virtual Tributaria (requiere certificado electrónico). **Plazos:** * La solicitud debe presentarse hasta el último día hábil del mes de febrero del ejercicio al que se refiere la petición. * El plan se adhiere automáticamente salvo denegación por incumplimiento de requisitos. ## Después de hacerlo * El Ayuntamiento estimará el importe de las cuotas y realizará regularizaciones a lo largo del año. * Se devolverán de oficio los excesos de cobro, sin intereses. * Se puede pagar todas las cuotas no vencidas de una sola vez, causando baja en el Plan. **Duración:** El Plan de Pago Personalizado tiene validez indefinida, salvo manifestación expresa en contrario o falta de pago. **Falta de pago:** El impago de hasta dos cuotas puede resultar en la redistribución del importe entre los plazos restantes. El impago de más de dos cuotas o del último plazo resultará en la cancelación del Plan. ## Ayuda * **Oficina de Atención al Contribuyente (BAC):** Plaza Mayor y C/ Fundación Sonsoles Ballvé. * **Servicio de Atención Ciudadana 010:** Teléfono 947 200 010. * Servicio de Atención Ciudadana 010 * Cita Previa * Oficina Virtual Tributaria **Normativa:** * Ordenanza Número 100 Fiscal General

  • La prestación económica en situaciones de urgencia social es una prestación finalista, temporal, inembargable, extraordinaria, de pago único y compatible con cualquier otro recurso, ingreso o prestación, con independencia de cual sea su naturaleza u origen.

    Su finalidad es resolver de forma puntual, total o parcialmente, las situaciones de emergencia de personas físicas, con carácter individualizado.

    Unidad responsable

    Gerencia Municipal de Servicios Sociales

    Quién lo puede solicitar

    Convocatoria abierta a todas las personas que reúnan los requisitos establecidos en las bases (BOP 16 de febrero de 2018).

    Dónde se puede solicitar

    Centros de Acción Social (CEAS) correspondientes.

    Cómo se realiza el trámite

    Presentación del Modelo de Solicitud de Ayuda Económica en el Registro del Ayuntamiento, adjuntado la documentación que se especifica en este trámite.

    Documentación

    Se especifica en las bases de la convocatoria.

    Plazos de solicitud

    Abierto durante todo el año.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud prestaciones económicas de urgencia social

    Bases Convocatoria Ayuntamiento de Burgos

    Tríptico informativo_ Ayudas de urgente necesidad

  • Comprobación de la lectura del contador de agua.

    Asunto

    Petición de Revisión del Contador de Agua

    Unidad responsable

    Aguas de Burgos

    Quién lo puede solicitar

    Cualquier cliente - abonado.

    Dónde se puede solicitar

    Aguas de Burgos

    Cómo se realiza el trámite

    1. Si el abonado detecta un error de consumo en un recibo se puede poner en contacto a través del teléfono con el Servicio de Aguas, el cual efectuará las comprobaciones oportunas.

    2. En el caso de que se detecte un funcionamiento anómalo del contador, se procederá a su revisión. Esta revisión también puede solicitarla el abonado por escrito (fax, carta o bien entregarla personalmente en Aguas de Burgos) y deben hacerse constar los datos del solicitante (nombre, dirección, teléfono) y la causa por la que se solicita la revisión.

    Documentación

    • Teléfono de contacto.
    • Un recibo de agua si es posible.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza fiscal nº 220 reguladora de la tasa por prestación de servicios de abastecimiento y saneamiento de aguas, en el art. 8 Cuotas tributarias - 4. b. Inspecciones y verificaciones solicitadas por el abonado, cuando se demuestre el funcionamiento correcto del contador (según el calibre de aquél):

    • hasta 20 mm., 57,52 €
    • de 25 a 40 mm., 115,02 €
    • de 50 mm. en adelante, 201,29 €

    Normativa

    Ordenanza Número 220 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de servicios de abastecimiento y saneamiento de aguas

    Tipo tramitación

    Presencial

  • Solicitud de sala gestionada por el Instituto Municipal de Cultura y Turismo para exponer obras artísticas.

    Los espacios de que dispone el IMC para exposiciones tienen como objetivo dar a conocer todas aquellas manifestaciones de las artes plásticas, culturales, sociales, de información y de repercusión para la ciudadanía y que no contengan ningún carácter comercial.

    Asunto

    Solicitud de Sala Municipal de Exposiciones.

    Unidad responsable

    Instituto Municipal de Cultura y Turismo

    Quién lo puede solicitar

    Personas con trayectoria artística.

    Dónde se puede solicitar

    1.- De manera presencial:

    • Dirección: Teatro Principal (3ª Planta ), Paseo del Espolón s/n
    • Horario de atención al público: de 9.00 a 14,30 horas. De lunes a viernes

    2- Teléfono: 947 288 840

    3- Correo electrónico: imc@aytoburgos.es

    Cómo se realiza el trámite

    Si se quiere optar a una sala municipal, se debe dirigir una solicitud por escrito a la dirección del IMC adjuntando el currículo del artista junto con una muestra de su trayectoria artística.

    Salas de Exposiciones Gestionadas por el IMC:

    Documentación

    • Currículum del autor
    • Muestra de su trayectoria artística.

    Plazos de solicitud

    No existen plazos determinados.

    Normativa

    Ordenanza Fiscal nº 406 reguladora del Precio Público por la utilización temporal de instalaciones adscritas al Instituto Municipal de Cultura

    Tipo tramitación

    Presencial

  • Solicitud de la Tarjeta ORA para estacionar con duración limitada.

    Asunto

    Solicitud de Tarjeta ORA para vehículos comerciales

    Unidad responsable

    Policía Local

    Quién lo puede solicitar

    Personas físicas o jurídicas propietarias de vehículos comerciales o destinados a reparaciones u obras.

    a) Tener licencia para el ejercicio de alguna actividad relacionada con las reparaciones domiciliarias, obras menores o servicios equivalentes, expedidas por el Ayuntamiento de Burgos.
    b) Estar el vehículo a nombre del titular de la licencia.
    c) Tener el vehículo carácter comercial y estar debidamente rotulado.
    d) Estar al corriente en el pago del Impuesto Municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
    e) No tener pendiente de pago en vía ejecutiva multas de tráfico impuestas por Resolución firme de la Alcaldía.

    Dónde se puede solicitar

    A través de Registro Municipal

    Cómo se realiza el trámite

    Deberán cumplimentar la instancia adjunta y entregarla en Registro Municipal ,junto con la documentación citada en este trámite, en los plazos de solicitud correspondientes.

    Documentación

    - Fotocopia de la licencia de actividad expedida por el Ayuntamiento de Burgos
    - Fotocopia del permiso de circulación.

    Plazos de solicitud

    Para nuevos vehículos: Entre los días 1y 5 de cada mes.

    Para el resto de vehículos: Entre el 15 de diciembre y el 15 de enero.

    Normativa

    Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (ORA) - Aprobación Definitiva

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de Tarjeta ORA para vehículos comerciales

    ORD Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (Aprobación Definitiva)

    Anexo I - ORA

    Anexo II - ORA

  • Permite aparcar los vehículos sin límite horario en una zona ORA

    Asunto

    Tarjetas de Aparcamiento (O.R.A.) para residentes

    Unidad responsable

    Policía Administrativa

    Quién lo puede solicitar

    Los propietarios de un vehículo que residan en la zona deteterminada.

    REQUISITOS NECESARIOS

    • Estar empadronado en la zona afectada por el Servicio de Ordenación y Regulación de aparcamiento de vehículos en la vía pública (O.R.A.)

    • Figurar como titular en el permiso de circulación (la dirección de dicho permiso debe coincidir con la de empadronamiento y la regulada como Zona O.R.A.).

    • Estar al corriente en el pago del Impuesto Municipal sobre vehículos de Tracción Mecánica

    • No tener pendiente de pago en vía ejecutiva multas de tráfico impuestas por resolución firme de la Alcaldía.

    Dónde se puede solicitar

    A través del Registro Municipal (planta baja del Ayuntamiento de Burgos) o bien a través del Registro Auxiliar de la Sección Administrativa de Policía Local. (Avda. Cantabria, 54)

    Cómo se realiza el trámite

    1. La presentación del Modelo de Instancia ORA se puede realizar en la Sección Administrativa de la Policía local (Avenida Cantabria, 54) o en el Registro General del Ayuntamiento solicitando la nueva tarjeta y adjuntado la documentación que se especifica en este trámite (ver documentación).

    2. Si la solicitud se presenta en la Sección Administrativa de la Policía Local, se expedirá en el acto una liquidación para el pago de la correspondiente tasa en cualquiera de las entidades colaboradoras relacionadas en la liquidación, sin cuyo pago no se podrá expedir la tarjeta.

    3. Si la solicitud se presenta en el Registro General del Ayuntamiento, el solicitante deberá pasar a recoger la liquidación por las oficinas de Policía local (Avda. Cantabria) a los 2 ó 3 días

    4. Tras satisfacer el pago en la sucursal correspondiente deberá acudir a la sección de Policía Administrativa (Avda. Cantabria, 54) en 5 ó 7 días para recogerla.

    * Cambio de vehículo Cuando una persona tiene la tarjeta ORA y cambia de vehículo, tiene que acudir a la Sección Administrativa de Policía Local y llevar la tarjeta de la ORA junto con una fotocopia del permiso de circulación del vehículo nuevo.

    * Como norma general, se otorgará únicamente un distintivo por propietario de vehículo y domicilio.

    Documentación

    • Fotocopia del Permiso de Conducir
    • Fotocopia del Permiso de Circulación
    • Fotocopia del D.N.I., tarjeta de residente o pasaporte

    Plazos de solicitud

    A voluntad de los interesados

    Datos de pago

    Según la Ordenanza Fiscal nº 215 reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en vías públicas municipales, publicada en el BOP nº 136 de 21 de julio de 2017:

    El pago se efectuará en las entidades bancarias colaboradoras previa obtención de la correspondiente liquidación que será expedida por el Negociado de Tráfico. No se admitirá el pago en otras circunstancias.

    Por cada año completo: 41,07 euros.
    En caso de que el año no sea completo se prorrateará por trimestres naturales.
    A partir del 1 de abril: 30,80 euros. (75%)
    A partir del 1 de julio: 20,54 euros. (50%)
    A partir del 1 de octubre: 10,27 euros. (25%)

    Tarifa General: Prepagada en expendedor de tickets o parquímetro individual:


    a). Hasta 18 minutos de estacionamiento 0,20 €
    b). Hasta 35 minutos de estacionamiento 0,40€
    c). Hasta 54 minutos de estacionamiento 0,60 €
    d). Hasta 1 hora y 12 minutos de estacionamiento 0,80 €
    e). Hasta 1 hora y 26 minutos de estacionamiento 1,00 €
    f) Hasta 1 hora y 43 minutos de estacionamiento 1,20 €
    g) Hasta 2 horas de estacionamiento 1,40 €
    h) Anulación de denuncia 2,65 €

    Normativa

    Ordenanza Fiscal nº 215 reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en vías públicas municipales


    Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (ORA) - Aprobación Definitiva

    Información adicional

    PLAZO DE RESOLUCIÓN: Una Semana.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud de tarjeta aparcamiento zona ORA

    ORD Ordenación y Regulación de Aparcamiento de Vehículos en la Vía Pública (Aprobación Definitiva)

    Anexo I

    Anexo II

  • Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida de autobús de BONO JUBILADOS para pensionistas no activos laboralmente o jubilados al 100% mayores de 60 años, personas mayores de 60 años sin ingresos, pensionistas por incapacidad permanente total - incapacidad permanente absoluta o gran invalidez sin límite de edad y discapacitados con al menos el 33% de discapacidad.

    (Requisitos establecidos en el artículo 6 de la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 153 de 17 de agosto de 2017.)

    Asunto

    Trámite de solicitud de Tarifa de Autobús reducida para Pensionistas, jubilados o discapacitados

    Unidad responsable

    Autobuses Urbanos

    Quién lo puede solicitar

    Tendrán DERECHO a la concesión de la tarjeta de tarifa reducida

    • Los pensionistas o jubilados al 100%, mayores de 60 años, no dados de alta en ninguna actividad o régimen laboral, ni en situación asimilada al alta, de cualquier centro oficial ( INSS, MUFACE, ISFAS, FONAS, etc).
    • Las personas mayores de 60 años, que no perciban ningún tipo de ingreso por rendimiento de trabajo.
    • Los pensionistas por el concepto de Incapacidad Permanente Total, Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez, sin límite de edad.
    • Los discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales, con al menos un 33% de discapacidad.

    CONDICIONES a reunir por todos los solicitantes para obtener la tarjeta de tarifa reducida

    1. Estar empadronados en el Ayuntamiento de Burgos como vecinos.
    2. Estar al corriente, en su caso, en el pago de las tasas o impuestos municipales.
    3. No superar dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para 2018 será de 15.039,18 euros anuales, a que se refiere el art. 2.2.b) del Real Decreto Ley 3/2017, de 27 de junio (BOE del 28), por todos los ingresos brutos mensuales, computándose para ello todas las rentas incluidas en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio anterior del solicitante.

    Cómo se realiza el trámite

    El interesado puede recoger los impresos de solicitud adjuntos en el Ayuntamiento de Burgos (plaza Mayor, 1) en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana 010.

    Posteriormente deberá presentar la solicitud y la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.

    Documentación

    JUSTIFICANTES a presentar por los interesados junto con la Solicitud Oficial

    Todos los solicitantes aportarán:

    • Certificado de todas las pensiones que se perciben expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social ( C/ Vitoria Nº 16 ó Avda. de los Derechos Humanos Nº 1).
    • Una fotografía de carné actual, original y en color.
    • Fotocopia del D.N.I. (en blanco y negro).

    Los discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales, además aportarán:

    • Fotocopia y original del Certificado o Resolución de la minusvalía o de la discapacidad actualizado, para su compulsa.

    Los menores de 65 años :

    • Que sean discapacitados o los solicitantes con Incapacidad Permanente Total y que estén trabajando actualmente, aportarán Informe de su vida laboral actual con fecha no anterior a 3 meses a la presentación de esta solicitud, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social ( C/ Vitoria nº 16 o Avda. de los Derechos Humanos nº 1), y fotocopia de su última nómina.
    • Que no perciban ningún tipo de ingreso por rendimientos del trabajo, aportarán:

    > Certificado del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el que conste si es beneficiario de alguna prestación/subsidio por desempleo.
    > Certificado del Servicio Público de Empleo de la situación laboral y administrativa.

    Cualquier informe o certificado emitido por organismos oficiales que se considere necesario.

    Una vez que se comunique la concesión de la tarjeta por carta, el concesionario podrá acudir a las oficinas de Autobuses Urbanos (Plaza Virgen del Manzano s/n) a recoger el código de barras para realizar el pago de 2 euros en Caixa Bank (en sus oficinas los martes y jueves de 8:30 a 10:30 horas, y en los cajeros las 24 horas).

    Plazos de solicitud

    Durante todo el año a voluntad del interesado.

    La resolución, se notificará por carta certificada con acuse de recibo a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza fiscal nº 218, las tarifas relativas al año 2018 son:

    Tipo de Billete Precio
    Billete ordinario 1,20 euros
    Tarifa reducida para jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas 0,12 euros
    Bonojoven (hasta 26 años incluidos) 0,25 euros
    Bonobur o tarjeta sin contacto 0,47 euros
    Niños/as (hasta 12 años incluidos)
    Gratis
    Servicio Nocturno Búho billete ordinario 1,50 euros
    Servicio Nocturno Búho bonobur o tarjeta sin contacto 0,55 euros
    Servicio Nocturno Búho jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas, desempleados o personas con sueldos precarios. 0,55 euros
    Gastos de emisión o reposición de la tarjeta sin contacto 2,00 euros
    Reposición del carnet de tarifa reducida por pérdida o extravío 2,00 euros

    Normativa

    Ordenanza Número 218 Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros

    Información adicional

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud oficial de la tarjeta de tarifa reducida de BONO JUBILADOS

    Operativa Caixabank

  • Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida de BONO SOCIAL para personas desempleadas y trabajadores con sueldos precarios.

    (Requisitos establecidos en el artículo 7 bis de la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 153 de 17 de agosto de 2017).

    Unidad responsable

    Servicio Municipalizado de Accesibilidad, Movilidad y Transporte

    Quién lo puede solicitar

    Tendrán DERECHO a la concesión de tarjeta de tarifa reducida de BONO SOCIAL los desempleados y trabajadores con ingresos por debajo del 1,3 IPREM.

    CONDICIONES a reunir por todos los solicitantes para obtener la tarjeta de tarifa reducida

    1. Estar empadronado en el Ayuntamiento de Burgos como vecino.
    2. Estar al corriente, en su caso, en el pago de las tasas o impuestos municipales.
    3. El conjunto de la Unidad Familiar* no podrá superar el 1,3 de los ingresos determinados en el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), a que se refiere el articulo 2.2.b) del Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio (BOE del 26) y modificado por la Ley 3/2017 de 27 de Junio (BOE del 28), por todos los ingresos brutos mensuales, computándose para ello todas las rentas incluidas en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio anterior del solicitante, o en su caso en la información obrante en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en función del número de miembros de la misma, tal y como se muestra a continuación:

    • 1 miembro: 1,3 IPREM. ..........................814,62 Euros/mes
    • 2 miembros: 1,3 IPREM + 25 %. ..........1.018,28 Euros/mes
    • 3 miembros: 1,3 IPREM + 55 %. ..........1.262,66 Euros/mes
    • 4 miembros: 1,3 IPREM + 85 %. ......... 1.507,05 Euros/mes
    • 5 miembros: 1,3 IPREM + 115 %. ....... 1.751,44 Euros/mes
    • 6 miembros: 1,3 IPREM + 145 %. ....... 1.995,82 Euros/mes
    • 7 miembros: 1,3 IPREM + 175 %. ....... 2.240,21 Euros/mes
    • 8 miembros: 1,3 IPREM + 205 %......... 2.484,60 Euros/mes
    • 9 miembros: 1,3 IPREM + 235 %. ....... 2.728,98 Euros/mes
    • 10 miembros: 1,3 IPREM + 265 %....... 2.973,37 Euros/mes

    Por cada unidad familiar que supere los 10 integrantes se seguirá la secuencia numérica fijada en el párrafo anterior por cada miembro adicional.
    *La Unidad Familiar, la componen el solicitante, el cónyuge no separado legalmente o persona unida por análoga realción de afectividad y familiares hasta 2º grado, empadronados en el domicilio familiar.

    IPREM MENSUAL para el año 2019: 537,84 €

    Cómo se realiza el trámite

    El interesado puede recoger los impresos de solicitud adjuntos en el Ayuntamiento de Burgos (plaza Mayor, 1) en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana 010.

    Posteriormente deberá presentar la solicitud y la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.

    Documentación

    Documentacióna presentar, junto con la solicitud oficial.

    Todos los solicitantes aportarán:

    • Volante Familiar de Empadronamiento.
    • Una fotografía de carné actual, original y en color.
    • Fotocopia del D.N.I. (en blanco y negro).
    • Fotocopia del Libro de Familia y original, para compulsar ó documento de fe y vida. En su caso, copia de documentación acreditativa de la situación familiar (nulidad, divorcio, separación legal, familias monoparentales, etc...)
    • En su caso, documentación acreditativa de no percibir pensión alimenticia.


    Los desempleados, además aportarán:

    • Informe de su vida laboral actual, con un plazo no anterior a los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (INSS C/ Vitoria Nº 16 ó Eladio Perlado Nº 1).
    • Informe de la situación laboral y administrativa actual, emitido en un plazo máximo de un mes antes de la presentación de la solicitud (oficinas de Empleo Público)

    Los solicitantes con sueldos precarios, además aportarán:

    • Fotocopia de la última ó últimas nominas.

    Cualquier informe ó certificado emitido por organismos oficiales, que se considere necesario.

    La resolución, se notificará por carta certificada con acuse de recibo, a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación y tendrá validez por un año. Una vez transcurrido este período, se podrá solicitar por el interesado su renovación, con una antelación de un mes.

    El pago de la tasa de los 2,00€ del coste de la tarjeta, se realizará una vez recibida la notificaciónde concesión de la tarjeta de tarifa reducida.

    * La Unidad Familiar, la componen el solicitante, el conyugue no separado legalmente ó persona unida por análoga relación de afectividad y familiares hasta 2º grado, empadronados en el domicilio familiar.

    Plazos de solicitud

    Durante todo el año a voluntad del interesado.

    La resolución, se notificará por carta certificada con acuse de recibo, a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación y tendrá validez por un año. Una vez transcurrido este período, se podrá solicitar por el interesado su renovación, con una antelación de un mes.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza fiscal nº 218, las tarifas relativas al año 2019 son:

    Tipo de Billete Precio
    Billete ordinario 1,20 euros
    Tarifa reducida para jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas o Bono Social 0,12 euros
    Bonojoven (hasta 26 años incluidos) 0,25 euros
    Bonobur o tarjeta sin contacto 0,47 euros
    Niños/as (hasta 12 años incluidos)
    Gratis
    Servicio Nocturno Búho billete ordinario 1,50 euros
    Servicio Nocturno Búho bonobur o tarjeta sin contacto 0,55 euros
    Servicio Nocturno Búho jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas, desempleados o personas con sueldos precarios. 0,55 euros
    Gastos de emisión o reposición de la tarjeta sin contacto 2,00 euros
    Reposición del carnet de tarifa reducida por pérdida o extravío 2,00 euros

    Normativa

    Ordenanza fiscal nº 218 reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud oficial de la tarjeta de tarifa reducida de Bono Social

    Operativa Caixabank

  • Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida de BONO FAMILIAS NUMEROSAS

    (Requisitos establecidos en el artículo 7 de la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 153, de 17 de agosto de 2017)

    Asunto

    Trámite de solicitud de Tarifa Reducida de autobús para Familias Numerosas

    Unidad responsable

    Servicio Municipalizado de Accesibilidad, Movilidad y Transporte

    Quién lo puede solicitar

    Tendrán DERECHO a la concesión de la tarjeta de tarifa reducida

    • Los miembros de la familia numerosa, general o especial, o integrantes de las familias equiparadas a la misma que tenga reconocida dicha condición, y cumplan los requisitos exigidos en los artículos 2 y 3 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, mientras duren los efectos del título acreditativo de citada condición.

    CONDICIONES a reunir por todos los solicitantes de familia numerosa

    1. Todos los miembros de la Familia Numerosa deberán estar empadronados en el Ayuntamiento de Burgos como vecinos.
    2. Tener reconocida la condición de Familia Numerosa.
    3. Estar al corriente, en su caso, en el pago de las tasas o impuestos municipales.
    4. Que los ingresos de la Unidad Familiar* por todos los conceptos, no excedan de 5,5 el Indicador Público de Renta de efectos Múltiples (IPREM) que, para el 2018 será de 41.357,75 euros, incrementándose este límite en el equivalente al IPREM por cada hijo a cargo, a partir del cuarto inclusive, con las particularidades recogidas en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

    * La Unidad familiar, la componen el solicitante, el cónyuge no separado legalmente ó persona unida por análoga relación de afectividad y familiares hasta 2º grado, empadronados en el domicilio familiar.

    Cómo se realiza el trámite

    El interesado puede recoger los impresos de solicitud adjuntos en el Ayuntamiento de Burgos (plaza Mayor, 1) en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana 010.

    Posteriormente deberá presentar la solicitud y la documentación necesaria en el Registro Municipal del Ayuntamiento de Burgos.

    Documentación

    DOCUMENTACIÓN a presentar junto con la solicitud oficial:

    • Volante Familiar de empadronamiento.
    • Fotografía de carné actual, original y en color, de todos y cada uno de los miembros de la Familia Numerosa mayores de doce años. Identificar cada fotografía con el nombre.
    • Fotocopia del D.N.I. de todos los miembros de la Familia Numerosa mayores de 14 años y de los menores, si lo tienen (en blanco y negro)
    • Fotocopia del Título Oficial de Familia Numerosa y original actualizado, para compulsar. .

    Cualquier informe o certificado emitido por organismo oficiales, que se considere necesario.

    Una vez que se comunique la concesión de la tarjeta por carta, el concesionario podrá acudir a Autobuses Urbanos (Plaza Virgen del Manzano s/n) a recoger el código de barras para realizar el pago de 2 euros en Caixa Bank (en sus oficinas los martes y jueves de 8:30 a 10:30 horas, y en los cajeros las 24 horas).

    Plazos de solicitud

    Durante todo el año a voluntad del interesado.

    La resolución, se notificará por carta certificada con acuse de recibo, a la dirección que figura en la solicitud, como domicilio a efectos de notificación.

    Datos de pago

    Según la Ordenanza fiscal nº 218, las tarifas relativas al año 2018 son:

    Tipo de Billete Precio
    Billete ordinario 1,20 euros
    Tarifa reducida para jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas 0,12 euros
    Bonojoven (hasta 26 años incluidos) 0,25 euros
    Bonobur o tarjeta sin contacto 0,47 euros
    Niños/as (hasta 12 años incluidos)
    Gratis
    Servicio Nocturno Búho billete ordinario 1,50 euros
    Servicio Nocturno Búho bonobur o tarjeta sin contacto 0,55 euros
    Servicio Nocturno Búho jubilados o pensionistas mayores de 60 años, discapacitados, mayores de 60 años sin ingresos y familias numerosas, desempleados o personas con sueldos precarios. 0,55 euros
    Gastos de emisión o reposición de la tarjeta sin contacto 2,00 euros
    Reposición del carnet de tarifa reducida por pérdida o extravío 2,00 euros

    Información adicional

    Validez y renovación

    • Las bonificaciones por Familia Numerosa, se solicitan únicamente una vez.
    • Tendrán vigencia durante el tiempo que esté en vigor el Titulo de Familia Numerosa, siempre y cuando los interesados cumplan los requisitos exigidos por la ordenanza vigente, debiéndose renovar dicha bonificación a la vez que se renueva el mencionado Título.
    • Una vez transcurrido el período de vigencia, se podrá solicitar por el interesado su renovación, con la presentación de una fotocopia del Título Oficial renovado, a través del Registro General del Ayuntamiento.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud oficial de la tarjeta de tarifa reducida de Bono Familias Numerosas

    Operativa Caixabank

  • Normas generales para la concesión de la tarjeta de tarifa reducida de BONO JOVEN.

    (Requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal nº 218, reguladora de la Tasa por prestación del servicio de transporte urbano de viajeros, publicada en el BOP nº 153, de 17 de agosto de 2017.)

    Unidad responsable

    Servicio Municipalizado de Movilidad y Transportes

    Quién lo puede solicitar

    Personas de 13 a 26 años incluidos.

    Cómo se realiza el trámite

    Los interesados deberán presentar la documentación en el Registro General del Ayuntamiento en horario de lunes a viernes de 9 a 14 y de 16:30 a 18:30h, sábados de 9 a 14h. (en agosto su horario es de lunes a viernes de 9 a 14h) y podrán recoger la tarjeta una vez transcurridos 15 días hábiles desde su presentación en la oficina del SMYT.

    Documentación

    • Impreso de solicitud (ver documento adjunto al final de este trámite)
    • Fotocopia de DNI en vigor
    • Fotografía tamaño carné, original y en color
    • Justificante bancario de haber abonado 2€ (ver instrucciones de pago en la hoja de solicitud adjunta)

    Plazos de solicitud

    A partir del 1 de agosto de 2017.

    Datos de pago

    Bono joven (hasta 26 años, incluidos), por viaje - 0,25 euros.

    Niños/as hasta 12 años incluidos - Gratis.

    Normativa

    Ordenanza fiscal nº 218 reguladora de la Tasa por la prestación del servicio de transporte urbano de viajeros

    Información adicional

    La resolución se notificará por carta certificada -con acuse de recibo-, a la dirección que figura en la solicitud y tendrá validez hasta el día en que se cumplan los 27 años.

    Tipo tramitación

    Presencial

    Ficheros adjuntos

    Solicitud Bono Joven de Autobús

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