Solicitud de bonificación de la tasa de basuras 2019

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Petición de la bonificación de la Tasa por Recogida Domiciliaria de Basuras por los titulares de las viviendas o los inquilinos que residan en las mismas.

Asunto

Trámite de bonificación de Tasa de Basuras

Unidad responsable

Negociado de Tasa de Basuras

Quién lo puede solicitar

REQUISITO OBLIGATORIO EN TODOS LOS CASOS:

La concesión de bonificaciones requerirá que el sujeto pasivo se encuentre al corriente, a fecha 31 de diciembre de 2018, en el cumplimiento de sus obligaciones, tanto de derecho público como privado, con la Hacienda Municipal.

1º.- Las personas físicas, que reúnan los siguientes requisitos:

  • a) Que figuren empadronadas en el municipio de Burgos en la vivienda que va a ser objeto de bonificación.
  • b) Que los ingresos de la unidad familiar por todos los conceptos no excedan de dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM para 2019 - cómputo anual incluidas pagas extraordinarias: 7.519,59 euros anuales x 2 = 15.039,18 euros anuales)
  • c) Que todos los bienes inmuebles de los que son propietarios los miembros de la unidad económica de convivencia no tengan asignado, en su conjunto, un valor catastral superior a 126.499,79 euros.

Importe de la subvención
El equivalente al 52 por 100 (cincuenta y dos por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.

A los efectos de este apartado, se entiende por unidad económica de convivencia todos los casos de convivencia de un beneficiario con otras personas, unidas o no con aquel por lazos de parentesco.

Para que los inquilinos puedan beneficiarse de la Bonificación, el valor catastral de todos los inmuebles de los que sean propietarios, unido al valor catastral de su vivienda habitual, no puede superar los 126.499,79€.

2º.- Las familias numerosas de categoría general, con los siguientes requisitos:

  • a) Que sus titulares figuren empadronados en el municipio de Burgos en la vivienda que va a ser objeto de bonificación.
  • b) Que el valor catastral de la vivienda habitual no sea superior a 169.662,01 euros.
  • c) Que los ingresos de la unidad familiar por todos los conceptos no excedan de cinco veces y medio el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM para 2019: 7.519,59 euros anuales x 5,5= 41.357,75 € anuales) en el caso de tres hijos, o de seis veces y medio el IPREM (7.519,59 x 6,5= 48.877,34 € anuales) cuando sean cuatro hijos.

Importe de la subvención
El equivalente al 65 por 100 (sesenta y cinco por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.

3º.- Las familias numerosas de categoría especial, con los siguientes requisitos:

  • a) Que sus titulares figuren empadronados en el municipio de Burgos en la vivienda que va a ser objeto de bonificación.
  • b) Que el valor catastral de la vivienda habitual no sea superior a 172.564,05 euros.
  • c) Que los ingresos de la unidad familiar por todos los conceptos no excedan de siete veces y medio el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM para 2019: 7.519,59 euros anuales x 7,5= 56.396,93 € anuales) incrementando este límite en el equivalente al IPREM por cada hijo a cargo, a partir del quinto inclusive.

* IPREM MENSUAL para el año 2019: 537,84 € (BOE 28/06/17)

Importe de la subvención
El equivalente al 80 por 100 (ochenta por ciento) de la cuota de la Tasa por recogida de basuras.

Dónde se puede solicitar

El interesado tiene que dirigirse a la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Plaza Mayor o en la Oficina de Atención al Contribuyente BAC Gamonal Capiscol, solicitando CITA PREVIA para ser atendido:


Documentación

1. Para personas físicas de reducidos ingresos o Jubilados, pensionistas (y personas empadronadas con ellos mayores de 18 años):

  • última declaración de la renta o autorización para consulta de datos fiscales ( en caso de que no se pueda demostrar la existencia de ingresos -->ver documento adjunto)

2. Para familias numerosas:

  • título de familia numerosa en vigor
  • declaración de la renta del ejercicio anterior (de ambos cónyuges o conjunta) o, en su defecto, documento de autorización al Ayuntamiento para la consulta de sus datos fiscales a Hacienda (ver documento adjunto). Este documento han de firmarlo los dos cónyuges.


3. Para inquilinos:

  • contrato de arrendamiento o certificado del propietario de la vivienda que indique que se encuentran en régimen de alquiler en dicho inmueble
  • última declaración de la renta o autorización para consulta de datos fiscales ( en caso de que no se pueda demostrar la existencia de ingresos). Este documento han de firmarlo los mayores de edad empadronados en ese domicilio.

Plazos de solicitud

Durante los meses de enero y febrero de 2019 (hasta el 28 de febrero).

Las bonificaciones de las familias numerosas se solicitarán únicamente por primera vez y, si los interesados cumplen todos los requisitos, se concederán por el tiempo que tenga vigor el Título de Familia Numerosa debiéndose renovar dicha bonificación a la vez que se renueve el mencionado Título. (Y adjuntando el resto de la documentación - ver apartado Documentación-)

Las bonificaciones de las personas físicas que sean pensionistas se solicitarán únicamente por primera vez y si los interesados cumplen todos los requisitos de la Ordenanza Vigente en cada momento, se concederán de manera indefinida mientras no cambien las condiciones personales, familiares o económicas del interesado, el cual estaría obligado a comunicarlo a la Administración.

Para el resto de beneficiarios la solicitud de la bonificación deberá renovarse anualmente en los plazos indicados.

Todas aquellas bonificaciones que se soliciten fuera de los meses de enero y febrero serán inadmitidas por extemporáneas al considerarse presentadas fuera de plazo.

Normativa

Ordenanza Fiscal Número 209 reguladora de la Tasa por recogida y tratamiento de residuos (BOP nº 234, de 11/12/13)

Tipo tramitación

Presencial

Ficheros adjuntos

Autorización al Ayuntamiento para solicitar datos fiscales a Hacienda


Oficinas de la administración

Delegacion Territorial De La Junta De Castilla Y Leon En Burgos

Pza. Bilbao, 3 , Burgos , 09004

Tel. 947281528

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Direccion Provincial De Sanidad Y Consumo En Burgos Msc

Avenida Conde Vallellan, 16 , Burgos , 09005

Tel. 947281564

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Consorcio Para La Gestion De La Variante Ferroviaria De Burgos

Pza. Mio Cid, 6 , Burgos , 09004

Tel. 947257422

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Ministerio De Justicia

Pza. Alonso Mart, 7 6, Burgos , 09071

Tel. 947273152

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Canal 54

Eduardo Martínez del Campo, 12, Burgos , 09004

Tel. 947257070

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor

Parq. Dr. Vara, 1, Burgos , 09003

Tel. 947288828

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Diputacion Provincial De Burgos

, Burgos

Tel. 947131767

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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