Servicio de envío de mensajes informativos sobre los próximos contratos previstos del Ayuntamiento de Bilbao a todas aquellas empresas y/o profesionales que previamente se hayan registrado en el servicio.
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¿A quién va dirigido?
- Todas aquellas empresas y/o profesionales interesadas/os.
Pasos a seguir
- La empresa o profesional interesado/a se registra en el servicio. Para ello, debe proporcionar los datos identificativos (nombre de la empresa, nombre y apellidos de la persona de contacto, teléfono y correo electrónico).
- La empresa o profesional elige a qué tipos de contrato desea suscribirse:
- Administrativos especiales
- Concesión de Obra Pública
- Concesión de Dominio Público
- Enajenación
- Gestión de servicios públicos
- Obras
- Servicios
- Suministros y/u otros. - Una vez registrada en el servicio, se comunican de forma automática (vía email) los próximos contratos previstos que sean del tipo elegido en la parametrización.
- Si se quiere modificar alguno de los datos de la persona usuaria proporcionados en el alta, se puede realizar vía web.
Normativa legal
- Ley de Contratos del Sector Público, Ley 30/2007 de 30 de Octubre
- Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (R.D. 1098/2001, de 12 de octubre). RGLCAP.
Preguntas frecuentes
¿Cómo puedo modificar la dirección electrónica o la persona de contacto?
- En el mismo formulario de registro, se puede acceder a la página de modificación de todos los datos identificativos proporcionados.
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de protección establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa aplicable al efecto.
Unidad responsable
Dirección de Contratación
Plaza Venezuela, 2 (Edificio Aznar)
48001 Bilbao
Teléfonos: 94.420.45.94 / 94.420.46.11 / 94.420.45.72
Email: contratacion@bilbao.eus
De Lunes a Viernes de 8:00 a 14:30 horas
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
Son prestaciones económicas no periódicas de naturaleza subvencional y carácter finalista destinadas a cubrir gastos específicos, de carácter ordinario o extraordinario, necesarios para prevenir, paliar o evitar situaciones de exclusión social.
Los gastos susceptibles de ser cubiertos son los siguientes:
- Alquiler (para quienes no perciban la Prestación Complementaria de Vivienda), coarriendo, subarriendo, pensión o pupilaje, no residiendo en VPO.
- Gastos para el disfrute y mantenimiento de la vivienda o alojamiento habitual (agua, alcantarillado IBI).
- Gastos de energía (suministro eléctrico y gas).
- Gastos para la habitabilidad (reparaciones) y el equipamiento básico.
- Gastos para necesidades primarias no atendidas desde el Servicio Público de Sanidad (óptica, odontología y similares).
- Gastos de endeudamiento previo, aunque con ciertas limitaciones.
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¿A quién va dirigido?
- Ciudadanía con necesidades económicas que cumpla los siguientes requisitos:
- Estar empadronado o empadronada en el Municipio de Bilbao en el momento de la solicitud y una antigüedad al menos 6 meses en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Constituir una unidad de convivencia independiente con un año de antelación a la fecha de solicitud, salvo excepciones.
- Ser mayor de edad, salvo excepciones.
- No disponer de recursos suficientes.
- No ser destinatarias de la Prestación Complementaria de Vivienda, salvo para solicitar Ayudas de Emergencia Social para necesidades básicas.
Pasos a seguir
- Anualmente se convoca a través de esta página web y de los Servicios Sociales de Base la apertura del plazo de inscripción para la solicitud de las AES.
- La inscripción se puede realizar :
- En persona: mediante las oficinas electrónicas BILBAO CLICK en los Centros Municipales de Distrito.
- En Internet: a través de la página web municipal www.bilbao.eus
- Para formalizar la inscripción presencialmente el solicitante debe acudir con su DNI, NIE o pasaporte a cualquiera de las oficinas electrónicas Bilbao click instaladas en los Centros Municipales indicados anteriormente.
- En la citada oficina deberá elegir entre las diferentes opciones, la de Ayudas de Emergencia Social. Introduciendo el número de su documento identificativo y la fecha de nacimiento el monitor indicará si existe alguna limitación para su inscripción informándole de la razón y lo que debiera hacer en cada caso. El ordenador verifica si el solicitante cumple los requisitos necesario y, en caso afirmativo, expide un documento con sus datos personales y un código numérico
- El procedimiento para la inscripción a través de la web municipal es idéntico al indicado para las oficinas electrónicas.
- Cerrado el plazo de inscripción las oficinas electrónicas, aunque puedan ofrecer consultas informativas, permanecerán cerradas para nuevas inscripciones, hasta su reapertura para la configuración de la lista de espera.
(Las personas menores de 65 años que han solicitado AES el año anterior y las tienen justificada, serán incluidas automáticamente en este listado) - Tras el cierre de la inscripción se realizará un proceso aleatorio de adjudicación de citas para proceder a la comprobación de requisitos y la tramitación de las solicitudes, informándose a las personas interesadas, mediante carta, la fecha de la cita y la documentación a aportar. Igualmente se conformará una lista de espera informándoles de dicha circunstancia.
- En la medida en que se vaya atendiendo las peticiones y siempre que existiera presupuesto suficiente se irá convocando progresivamente por orden a las personas en lista de espera para formalizar su solicitud.
- A 30 de diciembre se dará por cerrado el proceso de tramitación.
Para las personas mayores de 65 años que lo han solicitado otros años:
- De forma escalonada, a primeros de año se les enviará una carta dándoles una cita e indicando la fecha, hora y lugar, así como la documentación que tienen que aportar, para formalizar la petición.
MÁS INFORMACIÓN:
Normativa legal
- Orden del 27 de marzo de 2013 y publicados en el BOPV de fecha 8 de abril de 2013, del Consejero de Empleo y Políticas Sociales, por la que se establecen las cuantías máximas para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social, se señalan los criterios para la distribución de los créditos consignados para su cobertura y se fija el límite presupuestario que, para el año 2013, corresponde a cada uno de los Territorios Históricos y Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Todo ello atendiendo a la previsión de la demanda de solicitantes de este tipo de ayudas para el citado periodo y a las limitaciones presupuestarias.
- Ley 18/2008 de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y la Inclusión Social (BOPV 31/12/2008), modificada por la Ley 4/2011 de 24 de noviembre (BOPV 12/12/2012).
- Decreto 4/2011 de 18 de enero de las Ayudas de Emergencia Social (BOPV 9-02-2011).
- Ley 12/2008, de 5 de diciembre de Servicios Sociales.
- Criterios generales de actuación del Área de Acción Social para la tramitación de las Ayudas de Emergencia Social correspondiente a 2019, aprobados por Acuerdo de Junta de Gobierno de la Villa, de fecha 6 de marzo de 2019 (En formato pdf - 781 KB).
Preguntas frecuentes
¿Cuántas personas de una misma unidad convivencial pueden ser consideradas como beneficiarias de la prestación?
- En una misma unidad convivencial, solamente una persona puede tener la consideración de beneficiaria por cada concepto de los previstos, excepto para el concepto de necesidades primarias, que lo pueden solicitar hasta dos personas.
¿Cuáles son las cuantías máximas que se pueden percibir?
- Las cuantías máximas para cada uno de los gastos específicos contemplados en las Ayudas de Emergencia Social se recogen en la Orden anual del Gobierno Vasco y la circular municipal del año en curso.
¿Qué Servicio Social de Base me corresponde?
- Para obtener esta información puede llamar al teléfono de información municipal 010 o consultar la relación de los servicios sociales de base en el siguiente link: Servicios Sociales de Base.
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de protección establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa aplicable al efecto.
Unidad responsable
Servicios Sociales de Base
En el siguiente link dispone de la información sobre las direcciones y teléfonos de los equipamientos sociales del Ayuntamiento de Bilbao: Servicios Sociales de Base.
Servicios Sociales centrales. Negociado de Prestaciones económicas
Edificio Aznar. Plaza Venezuela, nº 2 bajo
48001 Bilbao
Teléfono: 94.420.43.78 / 94.420.43.88 / 94.420.43.89
E-mail: aes@bilbao.eus
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
Esta convocatoria regula el procedimiento para tramitar y obtener las ayudas económicas que el Área de Euskera y Educación del Ayuntamiento de Bilbao concede por aprender euskera durante el curso 2018-2019.
A los efectos de esta convocatoria se entiende por curso 2018-2019 el período comprendido entre el 1 de julio de 2018 hasta el 30 de junio de 2019.
El objetivo es fomentar y normalizar el uso del euskera en Bilbao siguiendo los ejes estratégicos del Plan de Acción para la Promoción del Euskera (ESEP): adquisición, uso y calidad del euskera.
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¿A quién va dirigido?
Personas empadronadas en Bilbao y que cumplan las condiciones del programa, según el colectivo al que pertenezcan.
- Madres, padres, tutoras y tutores legales de niños y niñas:
El objetivo principal de esta ayuda es potenciar el uso del euskera en el ámbito familiar.
En ciertos casos, en algunas familias, el padre o la madre o ambos hablan en euskera, pero en otros casos no lo sabe ninguno de ellos. Esto conlleva que el primer contacto del niño o niña con el euskera sea en la guardería, cuando ya tenga 2 años.
Para superar esa situación lo más adecuado es ir afianzando las costumbres idiomáticas desde el primer momento; lo más conveniente es que los padres comiencen cuanto antes con el aprendizaje del euskera. Cuando los hijos e hijas ya han crecido y el idioma de las relaciones familiares es el castellano, es muy difícil o prácticamente imposible que las costumbres idiomáticas cambien y que la familia comience a expresarse en euskera. - Monitoras y monitores de tiempo libre infantil y juvenil, y monitores y monitoras y entrenadores y entrenadoras de deporte infantil y juvenil:
Teniendo en cuenta la importancia que el ocio organizado tiene en la sociedad actual, estas ayudas se han ampliado al colectivo de monitores y monitoras tanto deportivas como de tiempo libre en general, en permanente contacto con infancia y juventud. - Personas cuyos ingresos no superen los límites definidos en la convocatoria:
Ante la precaria situación económica y laboral de un sector importante de población y la demanda social existente al respecto, estas ayudas se han ampliado a las personas cuyos ingresos no superen los límites definidos en la convocatoria, sean titulares o integrantes de la unidad de convivencia o familiar.
Plazos
Doce días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia.
Normativa legal
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se deben completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de protección establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa aplicable al efecto.
Unidad Responsable
Área de Euskera y Educación
Plaza Venezuela, 2
48001 Bilbao
Teléfono: 94.420.44.16 / 94.420.51.61 / 94.420.43.91
E-mail: euskera@bilbao.eus
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
Documento que prueba la residencia o domicilio actual o anterior, la antigüedad padronal o las personas con las que se figura o se ha figurado empadronado.
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¿A quién va dirigido?
Persona interesada o su representante, que necesiten probar ante otra Administración, Juzgado o Institución Pública:
- Que ha estado empadronada en el municipio, en un domicilio en el que hoy ya no lo está.
- Que cuenta con inscripciones padronales anteriores a la actual.
Pasos a seguir
- Se rellena y presenta la solicitud por parte de la persona interesada o su representante.
- El personal de la Subárea de Población y Territorio la revisa y comprueba si los datos cumplimentados coinciden exactamente con los obrantes en la BBDD del Padrón.
- Si coinciden, se expide el certificado en el plazo de 1 ó 2 semanas.
- Si los datos no coinciden, no se emite el certificado solicitado, comunicándoselo a la persona solicitante.
Plazos
Se expide en 1 o 2 semanas.
Observaciones
En general, para acreditar el domicilio actual y las personas con las que se está empadronado es suficiente con el volante de empadronamiento, que se obtiene en el momento. Sin embargo, en casos puntuales, otras Administraciones o Instituciones exigen el certificado, en lugar del volante (juzgados, testamentarías, adopción internacional, arraigo,
).
Importe
Gratuito
Normativa legal
Unidad Responsable
Área de Atención ciudadana, Participación y Distritos, Subárea de Población y Territorio
Plaza Ernesto Erkoreka 1 2º 48007 Bilbao
Teléfonos: 944 010 010 y 010
Correo electrónico: padron@bilbao.eus
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
Documento que prueba la residencia o domicilio actual o anterior, la antigüedad padronal o las personas con las que se figura o se ha figurado empadronado.
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¿A quién va dirigido?
Persona interesada o su representante, que necesiten probar ante otra Administración, Juzgado o Institución Pública:
- Que ha estado empadronada en el municipio, en un domicilio en el que hoy ya no lo está.
- Que cuenta con inscripciones padronales anteriores a la actual.
Pasos a seguir
- Se rellena y presenta la solicitud por parte de la persona interesada o su representante.
- El personal de la Subárea de Población y Territorio la revisa y comprueba si los datos cumplimentados coinciden exactamente con los obrantes en la BBDD del Padrón.
- Si coinciden, se expide el certificado en el plazo de 1 ó 2 semanas.
- Si los datos no coinciden, no se emite el certificado solicitado, comunicándoselo a la persona solicitante.
Plazos
Se expide en 1 o 2 semanas.
Observaciones
En general, para acreditar el domicilio actual y las personas con las que se está empadronado es suficiente con el volante de empadronamiento, que se obtiene en el momento. Sin embargo, en casos puntuales, otras Administraciones o Instituciones exigen el certificado, en lugar del volante (juzgados, testamentarías, adopción internacional, arraigo, …).
Importe
Gratuito
Normativa legal
Unidad Responsable
Área de Atención ciudadana, Participación y Distritos, Subárea de Población y Territorio
Plaza Ernesto Erkoreka 1 2º 48007 Bilbao
Teléfonos: 944 010 010 y 010
Correo electrónico: padron@bilbao.eus
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
Documento que prueba la residencia, último domicilio o antigüedad padronal de una persona fallecida, así como las personas con las que ha figurado empadronada.
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¿A quién va dirigido?
- Persona interesada o su representante, que necesiten probar ante otra Administración, Juzgado o Institución Pública que la persona fallecida ha estado empadronada en el municipio.
Pasos a seguir
- Se rellena y presenta la solicitud por parte de la persona interesada o su representante.
- El personal de la Subárea de Población y Territorio la revisa y comprueba si los datos cumplimentados coinciden exactamente con los obrantes en la BBDD del Padrón.
- Si coinciden, se expide el certificado en el plazo de 1 ó 2 semanas.
- Si los datos no coinciden, no se emite el certificado solicitado, comunicándoselo a la persona solicitante.
Plazos
Se expide en 1 o 2 semanas.
Importe
Gratuito
Normativa legal
Unidad Responsable
Área de Atención ciudadana, Participación y Distritos, Subárea de Población y Territorio
Plaza Ernesto Erkoreka 1 2º 48007 Bilbao
Teléfonos: 944 010 010 y 010
Correo electrónico: padron@bilbao.eus
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
Un programa de actividades para que niñas y niños de 8 a 11 años conozcan de forma lúdica y creativa el mundo de la ciencia. A través de talleres temáticos, coordinados por monitorado con experiencia, chicas y chicos descubren los misterios de la ciencia de forma divertida.
Ciencia Loca tiene lugar en el periodo vacacional de Semana Santa en elCentro Municipal de Basurto (Zankoeta, 1).
Cuándo están abiertos:
- Días: 18, 19 ó 20 de abril de 2017. (Elige un solo día).
- Horario: 16:30-19:30 h.
Idioma: Bilingüe, si bien el euskera será la lengua habitual de comunicación.
Plazas: 120 plazas. Las plazas son limitadas por lo que su adjudicación se realiza mediante sorteo.
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¿A quién va dirigido?
- A niñas y niños de 8 a 11 años.
Plazos
- Inscripción: Del 1 al 6 de marzo. Solicitar plaza en un único día.
- Abono: Ver fecha tope de pago en el abonaré. Los ingresos se realizarán una vez obtenido el abonaré:
- a través de las sucursales de alguna de las siguientes entidades (consultar horarios de abono de recibos):
- KUTXABANK
- LABORAL KUTXA
- CAIXABANK
- BANCO SABADELL GUIPUZKOANO
- BBVA
- BANCO SANTANDER
- On-line, a través de la pasarela de pagos
- Cajeros Teleka y ServiCaixa.
- Lista de espera: El Servicio de Infancia llamará por teléfono siguiendo el orden de la lista de espera y hasta cubrir plazas.
Importe
- 10,70 ? Ordinaria.
- 7,20 ? Familia numerosa.
- 3 ? Renta de Garantía de Ingresos.
Normativa legal
Observaciones
- Niñas y niños con Necesidades Especiales y/o alergias: Documentación a aportar del 1 al 6 de marzo
- IMPRESCINDIBLE aportar lo siguiente por correo electrónico(haurzerbitzua@bilbao.eus) o por Fax (94 420 44 02)
- Autorizaciones:
- El padre, madre o persona tutora deberá firmar y entregar las siguientes autorizaciones el primer día de Ciencia Loca al profesional que recoja a su hijo/a:
- Toma de imágenes del niño/a durante la actividad
- Poder ir solo a casa (10 años cumplidos)
- Si no se entregara este documento, se entenderá que no se autoriza ninguna de ella
- Esta autorización puede encontrarla en:
- www.bilbao.eus
- Bilbao Click (Centros Municipales)
- En su correo electrónico una vez reservada la plaza.
Preguntas Frecuentes
¿Hay que entregar Certificado de Empadronamiento?
- No, lo comprueba el Ayuntamiento.
¿Dónde puedo consultar el sorteo?
- Se podrá consultar en la web municipal, en el 010 / 944 010 010, en las oficinas electrónicas ?BILBAO CLICK? en los Centros Municipales.
¿Hay algún descuento por cobrar la Renta de Garantía de Ingresos? Se tiene que presentar justificante?
- Sí, hay descuentos por cobrar la Renta de Garantía de Ingresos y no hay que justificarlo ya que lo comprueba el Ayuntamiento.
¿Se puede inscribir a más de un/a niño/a a la vez?
- No, sólo se puede inscribir a un/a niño/a por solicitud, pero se tendrán en cuenta las de hermanos/as de cara al sorteo.
¿Cómo me puede llegar la información sobre las actividades y programas organizados desde el Servicio de Infancia?
- Se puede consultar a través de la web municipal.
- Llega a las familiar a través del folleto que se envía a los centros escolares para entregar a cada niño/a, y puntualmente a las familias con niños/as de estas edades.
- Puedes enviarnos tu dirección de correo electrónico (haurzerbitzua@bilbao.eus) para que desde el Servicio de Infancia del Area de Juventud y Deporte podamos mantenerte informado/a de las actividades y servicios que organizamos.
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se deben completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.
Servicio de Infancia del Área de Juventud y Deporte.
Edificio Aznar. Plaza Venezuela, nº 2 - 4ª planta.
48001 Bilbao.
Teléfono: 94.420.42.22.
E-mail: haurzerbitzua@bilbao.eus
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
Una alternativa lúdica y educativa para que niñas y niños de 3 a 12 años disfruten de las vacaciones de verano con juegos al aire libre, salidas a la piscina y talleres temáticos.
Se puede participar en 1, 2 ó 3 semanas
Semanas:
- Del 24 al 28 de junio
- Del 1 al 5 de julio
- Del 8 al 12 de julio
- Del 15 al 19 de julio
- Del 22 al 26 de julio
- Del 29 de julio al 2 de agosto
- Del 5 al 9 de agosto
- Del 12 al 16 de agosto
- Del 2 al 6 de septiembre
Horario: De 09:00h a 16:30h
- Entrada flexible de 9:00 9:30
- Salida flexible de 16:00 a 16:30
Las plazas son limitadas por lo que su adjudicación se realiza mediante sorteo.
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¿A quién va dirigido?
- A niñas y niños de 3 a 12 años con empadronamiento en Bilbao.
Pasos a seguir
- Preinscripción: Del 28 de marzo al 3 de abril
- Sorteo Público: 4 de abril. Plaza Venezuela 2-4º. 10:00 horas
- Resultados: 5 de abril (www.bilbao.eus, 010/944 010 010 y Bilbao Click)
- Inscripción: Del 5 al 10 de abril
- Lista de espera: Del 29 de abril al 2 de mayo
- Vacantes: Del 13 al 15 de mayo
- Abono de las inscripciones: Ver fecha tope de pago en el Abonaré
- Tras hacer la inscripción, el abonaré puede imprimirlo directamente. También se le envía a su correo electrónico o puede descargarlo aquí
- ¿Cómo abonar?
- On line. Pasarela de pagos
- Sucursales (consultar horarios de abono de recibos): Kutxabank; Laboral Kutxa; CaixaBank; Sabadell Guipuzcoano; BBVA; Santander
- Cajeros: Teleka y Servicaixa
Importe por semana
- Normal: 54´05
- Familia Numerosa. 40´55
- Renta de Garantía de Ingresos (RGI). 13´50
Normativa legal
Observaciones
- Empadronamiento en Bilbao.
- No se formalizará la matricula que no haya sido abonada o, en su caso, no se haya entregado la documentación requerida.
- La comprobación de Renta de Garantía de Ingresos la hará el Ayuntamiento.
- Sólo se devolverá el importe de la matrícula en caso de anulación del grupo.
- Las niñas y niños podrán participar 1, 2 o 3 SEMANAS, seguidas o discontinuas.
- Participantes con Necesidades Especiales y/o alergias:
- El comportamiento no adecuado en los programas ofertados puede conllevar la expulsión sin derecho a devolución de matrícula
- Tarjetas de recogida de menores. Su uso implica
- la acreditación ante el responsable de la Colonias
- conocer la responsabilidad que supone la entrega. La adecuada gestión de las tarjetas corresponde al por padre/madre/tutor sin que quepa responsabilidad alguna al Ayuntamiento.
- saber que la persona portadora de la tarjeta está autorizada por padre/madre/tutor a recoger a la(s) persona(s) menor(es) a la finalización de la colonia.
Preguntas Frecuentes
¿Hay que entregar Certificado de Empadronamiento?
- No, lo comprueba el Ayuntamiento.
¿Dónde puedo consultar el sorteo?
- Se podrá consultar en la web municipal y en el 010 / 944 010 010.
¿Hay algún descuento por ser Familia Numerosa o por cobrar la Renta de Garantía de Ingresos? Se tiene que presentar justificante?
- Sí, hay descuentos por ser Familia Numerosa y por cobrar la Renta de Garantía de Ingresos y no hay que justificarlo ya que lo comprueba el Ayuntamiento.
¿Cómo me puede llegar la información sobre las actividades y programas organizados desde el Servicio de Infancia?
- Se puede consultar a través de la web municipal: www.bilbao.eus.
- Llega a las familiar a través del folleto que se envía a los centros escolares para entregar a cada niño/a, y puntualmente a las familias con niños/as de estas edades.
- Puedes enviarnos tu dirección de correo electrónico (haurzerbitzua@bilbao.eus) para que desde el Servicio de Infancia del Area de Juventud y Deporte podamos mantenerte informado/a de las actividades y servicios que organizamos.
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha. Se deben completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.
Servicio de Infancia del Área de Juventud y Deporte.
Edificio Aznar. Plaza Venezuela, nº 2 - 4ª planta.
48001 Bilbao.
Teléfono: 94.420.42.22.
E-mail: haurzerbitzua@bilbao.eus
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
Es la comunicación necesaria para poder iniciar la ejecución de las obras que a continuación se detallan, dada su escasa trascendencia urbanística:
- Las obras realizadas en vivienda consistentes en acabado de suelos, acabado de techos, acabado de paredes, instalaciones y sustitución de ventanas de patio.
Siempre y cuando la vivienda no esté ubicada en planta baja ni bajo cubierta, no se cambie el pavimento en baños y cocinas en edificios de estructura de madera, no se produzca modificación distributiva de la vivienda y no se modifique la estructura ni la fachada del inmueble. - Las obras realizadas en locales no residenciales consistentes en acabado de suelos, acabado de techos, acabado de paredes y rótulo y toldo encajado en fachada, cuando se trate de una actividad no incluida en los epígrafes 1 a 11 del impreso de Comunicación Previa de Actividad Clasificada, no se produzca una modificación distributiva, ni cambio de uso ni ampliación del local y no se modifique la estructura ni la fachada del inmueble.
- Las obras realizadas en elementos comunes de un inmueble consistentes en acabado de fachadas de patios, retejo e impermeabilización de cubierta, incluso canalones y acabado de portal y escalera sin modificar el acceso ni cotas cuando no afecta a elementos estructurales, no modifica la envolvente del edificio ni se trata de un edificio protegido
Ocultar información detallada
¿A quién va dirigido?
- La persona interesada o su representante.
Pasos a seguir
- El servicio municipal de inspección comprueba la adecuación de las obras a la normativa urbanística. En el caso de Surbisa su personal técnico realizará una revisión previa de la Comunicación.
- Si se comprueba que las obras se encuentran en el ámbito de aplicación del procedimiento de actuación comunicada y su ejecución se ajusta a los términos declarados se considerará la actuación finalizada, lo cual se pondrá en conocimiento de la persona interesada solo si la tramitación es telemática.
- Si el informe de la inspección municipal es desfavorable se iniciarán las actuaciones disciplinarias que procedan.
- Cuando las obras se realizan en un local con uso, se comprobará de oficio si dispone de licencia de apertura, declaración responsable de inicio de actividad, o comunicación previa de actividad clasificada o comunicación previa de actividad clasificada.
- El Área de Economía y Hacienda practicará la liquidación que proceda en concepto de tasa por prestación de servicios por obras, actuaciones urbanísticas y otros servicios técnicos y la notificará a la persona interesada.
Importe
Observaciones
La comunicación habilitará a quien la haya formulado para acometer la actuación prevista, sin perjuicio de que la Autoridad Municipal pueda ejercer sus facultades disciplinarias prohibiendo o suspendiendo aquélla cuando considere que, por sus características precisa de licencia o supone una infracción urbanística.
Normativa legal
Preguntas frecuentes
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha (Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente). Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de protección establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y demás normativa aplicable al efecto.
Unidad Responsable
Área de Urbanismo.
Surbisa.
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
La apertura o puesta en funcionamiento de cualquier actividad en establecimiento precisará de su previa comunicación al Ayuntamiento mediante la presentación de una. COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (CPA)
La presentación del documento, en la forma reglamentaria, habilitará para la puesta en marcha de la actividad y, en su caso, para la apertura del establecimiento correspondiente, con sujeción a los requisitos materiales contenidos en el ordenamiento vigente.
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¿A quién va dirigido?
- A las personas físicas y jurídicas que inician actividades comerciales, profesionales o industriales incluidas entidades sin ánimo de lucro.
Pasos a seguir
- El personal Técnico y los Grupos de Inspección, en el ámbito de sus competencias, comprueban la documentación técnica y el cumplimiento de lo comunicado, así como que la actividad se ajusta a lo manifestado, pudiéndose adoptar orden de cese, en función del incumplimiento, previa audiencia.
- Comprobación de la documentación. En caso negativo se solicita su subsanación
- La presentación de la comunicación y documentación en la forma reglamentaria habilita para el inicio de la actividad especificada en la misma
- Los servicios administrativos que se presten como consecuencia de la CPA devengarán la tasa por prestación de servicios por apertura de establecimiento y/o locales. (Ordenanza Fiscal nº 8 ) A los efectos de cumplimiento de dicha obligación tributaria, los interesados, al tiempo de presentar la CPA, podrán generar a través de la web municipal el correspondiente recibo para abono de la tasa.
- En caso contrario, el recibo emitido por la Sección de Tasas, se notificará a la persona interesada.
Normativa legal
Observaciones
La persona interesada se compromete a mantener el cumplimiento de lo comunicado durante la vigencia de la actividad, y a facilitar la inspección por los servicios municipales, así como a corregir en el plazo fijado, las deficiencias que indique el Ayuntamiento.
Igualmente se compromete a comunicar al Ayuntamiento cualquier cambio en las condiciones de la actividad y/o establecimiento, que afecten a las circunstancias objeto de la comunicación, así como a obtener en su caso, las correspondientes licencias.
El cese del ejercicio de la actividad durante al menos 6 meses, traerá consigo la caducidad de la Comunicación, con la consiguiente prohibición de volver a ejercer la actividad, si no presenta nueva comunicación.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una Comunicación previa de actividad clasificada?
- Comunicación del comienzo o puesta en marcha de establecimiento comercial, profesional o industrial, mediante manifestación de que se encuentra debidamente instalada y apta según normativa vigente.
- Se inicia mediante la comunicación previa que consiste en la cumplimentación del impreso correspondiente y presentación de la documentación oportuna detallada en el trámite, que será revisada por el Ayuntamiento. Con la presentación de esta documentación sin anomalías puede dar comienzo la actividad que podrá ser posteriormente inspeccionada por parte del Ayuntamiento
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha (Urbanismo). Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.
Unidad Responsable
Área de Urbanismo
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Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa