Comunicación previa de actividad clasificada
La apertura o puesta en funcionamiento de cualquier actividad en establecimiento precisará de su previa comunicación al Ayuntamiento mediante la presentación de una. COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTIVIDAD CLASIFICADA (CPA)
La presentación del documento, en la forma reglamentaria, habilitará para la puesta en marcha de la actividad y, en su caso, para la apertura del establecimiento correspondiente, con sujeción a los requisitos materiales contenidos en el ordenamiento vigente.
Información Detallada
¿A quién va dirigido?
- A las personas físicas y jurídicas que inician actividades comerciales, profesionales o industriales incluidas entidades sin ánimo de lucro.
Pasos a seguir
- El personal Técnico y los Grupos de Inspección, en el ámbito de sus competencias, comprueban la documentación técnica y el cumplimiento de lo comunicado, así como que la actividad se ajusta a lo manifestado, pudiéndose adoptar orden de cese, en función del incumplimiento, previa audiencia.
- Comprobación de la documentación. En caso negativo se solicita su subsanación
- La presentación de la comunicación y documentación en la forma reglamentaria habilita para el inicio de la actividad especificada en la misma
- Los servicios administrativos que se presten como consecuencia de la CPA devengarán la tasa por prestación de servicios por apertura de establecimiento y/o locales. (Ordenanza Fiscal nº 8 ) A los efectos de cumplimiento de dicha obligación tributaria, los interesados, al tiempo de presentar la CPA, podrán generar a través de la web municipal el correspondiente recibo para abono de la tasa.
- En caso contrario, el recibo emitido por la Sección de Tasas, se notificará a la persona interesada.
Normativa legal
- Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao
- Ordenanza sobre las licencias y consultas urbanísticas y su tramitación
- Ley 3/98 de 27 de febrero, General de Protección de Medio Ambiente del País Vasco
- Ordenanzas Municipales Sectoriales
Observaciones
La persona interesada se compromete a mantener el cumplimiento de lo comunicado durante la vigencia de la actividad, y a facilitar la inspección por los servicios municipales, así como a corregir en el plazo fijado, las deficiencias que indique el Ayuntamiento.
Igualmente se compromete a comunicar al Ayuntamiento cualquier cambio en las condiciones de la actividad y/o establecimiento, que afecten a las circunstancias objeto de la comunicación, así como a obtener en su caso, las correspondientes licencias.
El cese del ejercicio de la actividad durante al menos 6 meses, traerá consigo la caducidad de la Comunicación, con la consiguiente prohibición de volver a ejercer la actividad, si no presenta nueva comunicación.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una Comunicación previa de actividad clasificada?
- Comunicación del comienzo o puesta en marcha de establecimiento comercial, profesional o industrial, mediante manifestación de que se encuentra debidamente instalada y apta según normativa vigente.
- Se inicia mediante la comunicación previa que consiste en la cumplimentación del impreso correspondiente y presentación de la documentación oportuna detallada en el trámite, que será revisada por el Ayuntamiento. Con la presentación de esta documentación sin anomalías puede dar comienzo la actividad que podrá ser posteriormente inspeccionada por parte del Ayuntamiento
¿Qué debo hacer si quiero realizar una consulta, queja o sugerencia sobre este servicio?
- Para hacer llegar cualquier consulta, incidencia, queja o sugerencia sobre el servicio, el Ayuntamiento de Bilbao pone a disposición de la ciudadanía el buzón Tu Ayuntamiento te escucha (Urbanismo). Se debe completar los datos que aparecen en el formulario e indicar el motivo de la comunicación. Internamente esta comunicación se dirigirá al área objeto de la consulta, queja o sugerencia. El Ayuntamiento de Bilbao se compromete a tratar los datos con el grado de Protección, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y demás normativa aplicable al efecto.
Unidad Responsable
Área de Urbanismo
Trámites a realizar
Para ver la información del trámite, selecciona un icono del canal de tramitación de la siguiente tabla:
Leyenda para Canales de tramitación:
- Presencial
- Por internet
- Por teléfono
- Cita previa
| Trámite/s a realizar | Canales | Plazo de tramitación | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Comunicación previa de actividad clasificada | no procede | no procede | no procede | Todo el año 01/01/2019 - 31/12/2019 | |




