Homologación y convalidación de estudios de enseñanza secundaria obligatoria y de diplomas, certificados, titulaciones universitarias y otros títulos que hayan sido cursados en el extranjero por ciudadanos del estado español o bien por ciudadanos de otros países.
Los trámites varían según el país de origen de los estudios.
Ir al organismo que corresponda para hacer la solicitud
Para la homologación y convalidación de títulos enseñanza secundaria hay que dirigirse al Departamento de Enseñanza.
Para la homologación y convalidación de títulos universitarios hay que dirigirse al Area funcional de Alata Inspección de Educación.
Año 2016
La homologación o convalidación de estudios de enseñanza secundaria obligatoria no tiene ninguna tasa. Para el resto de estudios que se quieran homologar y que no sean obligatorios, consultar con el Departamento de Enseñanza.
Homologación de títulos universitarios de grado o máster: 160 euros
Solicitudes de vacaciones (viajes) para las personas mayores organizadas por el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales) del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Se obrecen diferentes modalidades de vacaciones en el periodo que va entre los meses de octubre a diciembre de 2015 y de enero a abril de 2016:
Servicios que se incluyen en el programa:
Se debe solicitar primero una acreditación, hay dos maneras de hacerlo:
-por internet, a través de la sede electrónica del IMSERSO
-por correo postal al apartado de correos 10.140, 28280 Madrid
En el caso que el número de solicitudes fuera superior al número de plazas, el IMSERSO aplicará un baremo con el fin de priorizar socialmente el acceso al programa:
El IMSERSO enviará por correo ordinario, a los solicitantes, la respuesta con acreditaciones que pueden ser:
En cualquier caso la acreditación informará del plazo y forma de hacer las reservas de plazas en las agencias de viajes.
Para más información se puede llamar al teléfono 901 109 899.
Personas residentes en España que reúnan cualquiera de los siguientes requisitos:
Pueden ser acompañantes:
Viajes temporada 2016-2017:
1º fase de acreditaciones: del 30 de mayo al 17 de junio de 2016
Acreditaciones fuera de plazo: del 18 de junio al 1 de diciembre de 2016 (únicamente para cubrir vacantes que puedan producirse de los usuarios acreditados en la 1º fase).
Viajes temporada 2016-2017:
Para más información puede consultar el siguiente enlace
El Ayuntamiento de Barcelona facilita el acceso a través de Internet, de la guía urbana de la ciudad así como otros datos cartográficos, planos topográficos, urbanísticos y parcelarios tanto para consultar, imprimir o descargar los ficheros en el ordenador.
Plano de Información Urbanística -PIC: Permite obtener copias de planos con datos topográficos, urbanísticos y parcelarios actuales de una dirección de Barcelona en formato PDF i GIF.
Estos planos muestran, por ejemplo, la altura máxima a la que se puede edificiar en un solar, los límites de una parcela, si una dirección está afectada por un plan urbanístico, si un edificio está catalogado como bien cultural, etc.
Las reproducciones están disponibles en papel DIN A4 y a escala 1/500, 1/1000 y 1/2000.
Guía Urbana de la ciudad de Barcelona. Se pueden obtener planos en distintas escalas y datos de servicios que ofrece la ciudad a partir de la dirección postal.
Geoportal del Ayuntamiento de Barcelona: El visor de mapas del Ayuntamiento de Barcelona permite visualizar la cartografía y descargar productos en formato PDF y ficheros vectoriales.
Otros formatos: entre los formatos que se pueden descargar está el DWG y en este formato puede descargarse productos relevantes como: planos parcelarios, urbanísticos y topográficos.
El Ayuntamiento de Barcelona no tiene servicio de impresión, aunque facilita el acceso a la información digital en diferentes formatos.
Las impresiones son válidas a efectos informativos.
Para planos PIC deberá hacer a través del botón INICIAR y una vez cumplimentado el formulario podrá imprimir la copia del plano solicitado.
Para planos de Geoportal deberá acceder aqui
Para planos de la Guía de la ciudad deberá acceder aqui
Para formatos más específicos deberá acceder aqui
Rellene el formulario y confirme los datos.
Cualquier persona.
No hay que aportar documentación.
Los planos son válidos hasta que se producen modificaciones en el territorio
Trámite gratuito.
Impuesto directo al que están sujetas las personas físicas que incurren en los siguientes hechos:
Para los hechos imponibles producidos desde el 9 de diciembre de 2007, se ha establecido el régimen obligatorio de autoliquidación (los propios contribuyentes determinan la cantidad que deben pagar, aunque sujeta a la comprobación posterior que pueda hacer la Administración tributaria).
Deben adquirirse los impresos en las delegaciones de la Agencia Tributaria de Catalunya en las oficinas liquidadoras¿o descargarlos desde el web de la Oficina virtual de trámites:
Las personas físicas beneficiarias de:
Para adquisiciones de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio:
Para adquisiciones de bienes o derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito entre vivos:
Para adquisiciones derivadas de seguros de vida:
Inclusión como beneficiarios de menores descendentes, hijos adoptados, menores de 18 años en régimen de acogimiento familiar o en trámite de adopción y huérfanos absolutos y descendientes que han sido titulares de pensión de orfandad mayores de 18 años en la tarjeta de afiliación de una persona asegurada.
Hay que hacer la solicitud aportando toda la documentación a cualquier centro de atención e información de la Seguridad Social (CAISS).
En el caso de menores de 18 años en régimen de acogimiento familiar o en trámite de adopción, el primer reconocimiento se realiza por 6 meses y las sucesivas renovaciones por 3 meses hasta que la adopción sea definitiva.
Personas interesades en incluir los descendientes menores en su cartilla.
Descendientes e hijos adoptivos:
Menores de 18 años en régimen de acogimiento familiar o en trámite de adopción:
Huérfanos absolutos y descendientes myores de 18 anys:
Menores de padres extranjeros:
Indemnizaciones que concede la Generalitat de Catalunya a aquellas personas residentes en Cataluña que, habiendo sufrido privación de libertad en los supuestos previstos en la Ley 46/1977, no cumplían alguno de los requisitos exigidos en la disposición decimooctava de los presupuestos generales del Estado para los periodos 1990 y 1992.
En agosto de 2005, la Generalitat ha ampliado las indemnizaciones tambien al periodo de la Guerra Civil. Hasta ahora sólo se contemplavan las personas encarceladas a partir del 1 de abril de 1939. La Generalitat revisará las sollicitudes presentadas y que fueron desestimadas por referirse a encarcelamientos anteriores al 1 de abril de 1939.
Debe presentar la solicitud con modelo oficial acompañado del original y fotocopia de la documentación.
En caso que el beneficiario hubiera muerto, la persona que solicite la ayuda en calidad de beneficiario deberá llevar el certificado de defunción, certificado de residencia de los últimos diez años del difunto y de la persona que lo solicita y acreditar la condición de parentesco con el Libro de Familia.
Si la persona solicitante es el viudo/viuda, no hace falta Certificado de Convivencia. En casos de uniones no matrimoniales sí hará falta acreditar la relación de convivencia mediante Certificado de Convivencia.
En caso de hijos con la condición legal de disminuido o personas que no hagan los 65 años de edad este año 2000 pero con invalidez permanente, deberán llevar el documento acreditativo de esta invalidez.
En caso que el solicitante haya muerto los herederos tendrán que presentar el documento acreditativo de la liquidación de tributos que se obtiene en las Oficinas Liquidadoras de Tributos del Departament d'Economia i Finances de la Generalitat.
Para la ampliación de agosto de 2005 a las personas encarceladas durante el periodo de la Guerra Civil no hay que presentar solicitud ya que la Generalitat las revisará de oficio.
Personas que hayan sufrido privación de libertad en cualquier establecimiento penitenciario o disciplinario y por actos de intencionalidad política siempre que cumplan los requisitos siguientes:
En caso de muerte de la persona beneficiaria, podrán percibir estas ayudas los cónyuges y los hijos que tengan reconocida legalmente la condición de disminuido; si éstos son más de uno, tendrán derecho a la indemnización a partes iguales.
Original y fotocopia de los siguientes documentos:
En el supuesto que el beneficiario de esta ayuda hubiera muerto, la persona que solicite la ayuda en calidad de beneficiario deberá aportar además:
Las solicitudes se pueden presentar en cualquier momento.
La prestación estará en función de los meses de privación de libertad.
Estas ayudas económicas consistirán en una prestación económica única y no periódica.
Derecho a percibir una indemnización fijada por baremo del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por parte de aquellos trabajadores que, debido a un accidente de trabajo o enfermedad profesional, hayan sufrido lesión, mutilación o deformidad.
Rellenar la solicitud que puede descargarse del web de la Seguridad Social o que encontrará en los centros de atención y de información de la Seguridad Social y entregarla en cualquiera de estos centros, junto con la documentación que se indica en el impreso.
La cuantía de la indemnización está fijada por un baremo. Esta indemnización se cobra una sola vez y es compatible con el trabajo en la misma empresa.
Información sobre el proyecto 22@Barcelona de transformación urbanística del Poble Nou.
Plano urbanístico basado en criterios de sostenibilidad, control de la contaminación acústica, ahorro energético y previsiones relativas a la movilidad, energia, comunicaciones, ciclo del agua y residuos.
Actividades: Espacio destinado principalmente a actividades relacionadas con las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, así como con la investigación, el diseño, la edición, la cultura, la actividad multimedia, la gestión de bases de datos y del conocimiento.
Usos: Vivienda, industria no contaminante, oficinas, comercio, hoteles, residencias.
Puede hacer el trámite por internet mediante la página web del 22@Barcelona
Acceda a la página web del 22@Barcelona
Gratuito.
Información general para la compraventa de vivienda de obra nueva: listado de documentos y gastos a cargo del comprador/vendedor.
El comprador ha de hacerse cargo de los siguientes gastos:
El precio de la vivienda.
En caso de compra venta de segunda mano, además:
Deberá dirigirse a cualquier Oficina de la Vivienda de Barcelona, preferentemente con cita previa que podrá obtener a través del Teléfono de Atención 010 o del web de trámites del Ayuntamiento de Barcelona.
Cualquier persona.
Cuando se adquiere una vivienda de nueva construcción o afectado por una gran rehabilitación deberá comprobar que la vivienda dispone de:
No obstante, antes de entregar cualquier cantidad a cuenta se recomienda verificar los siguientes aspectos:
El contrato de compra de un piso sobre plano deberá incluir los siguientes puntos:
Si el vendedor incumple el contrato, el comprador podrá reclamar y hasta solicitar la resolución del contrato, previa devolución de las cantidades satisfechas. En el caso de que no se cumpla con el plazo de entrega de la vivienda, el comprador podrá reclamar las cantidades pactadas en concepto de penalización.
Antes de formalizar la compra venta de una vivienda de segunda mano con un contrato, es recomendable tener la siguiente documentación y el vendedor tiene la obligación de aportar:
Observaciones a efectos de contratos de arras:
Trámite gratuito
Documento que hay que solicitar cuando un ciudadano quiere empadronarse pero no reside de manera continuada en la misma vivienda de Barcelona (aunque resida en el municipio la mayor parte del año) y, por tanto, no puede acreditar ningún tipo de documentación relativa al domicilio.
Una vez concedido el informe de conocimiento de residencia ya se podrá tramitar el empadronamiento, por lo tanto, la obtención del ICR es un paso previo que el ciudadano tiene que realizar.
Se ha de tener en cuenta que:
1. La validez del ICR es de un mes desde su fecha de emisión, por lo tanto, el ciudadano dispone de este tiempo para poder empadronarse.
2. El ciudadano quedará empadronado en una dirección de la ciudad de Barcelona que corresponde a un Centro de Servicios Sociales municipal.
Puede solicitar un informe de conocimiento de residencia en el municipio de Barcelona.
1. Rellene la instancia específica y fírmela. Es importante tener en cuenta que:
2. Deberá concertar cita previa mediante el trámite Cita con el Ayuntamiento de Barcelona.
3. El día de la cita, diríjase a la oficina de atención ciudadana escogida y entregue la instancia.
Después
La personas mayores de edad puede solicicitar el informe para si mismos y para su unidad familiar (pareja e hijos en común).
Instancia específica debidamente rellenada y firmada. Se ha de cumplimentar y firmar una instancia por peticionario.
Será necesario mostrar el documento de identificación de la persona mayor de edad que efectúe la solicitud:
Personas españolas: DNI o pasaporte.
La obtención del informe de conocimiento de residencia siempre es previa a la tramitación del empadronamiento.
El Institut Municipal de Serveis Socials dispone de tres meses para dar respouesta a la petición efectuada. En el caso de no emitir respuesta, el sentido del silencio es negativo.
La validez del informe es de un mes desde su fecha de expedición.
Trámite gratuito.