Ayuntamiento de Barcelona

  • Las personas discapacitadas con problemas de movilidad, pueden disponer de un espacio de de estacionamiento individual de vehículos próximo a su domicilio (reserva por residencia), puesto de trabajo o lugar de estudio.

    Esta reserva de espacio también se puede pedir en el caso de transporte colectivo de personas con discapacidad.

    El trámite permite pedir la licencia de ocupación de reserva de estacionamiento de los vehículos de personas con discapacidad. Igualmente permite comunicar la baja o desistimiento de la licencia.

    Deberá tener en cuenta que, en el caso de personas discapacitadas no conductoras únicamente se podrá pedir una reserva de estacionamiento por residencia.

    Para modificaciones deberá consultar el trámite Renovación de licencia de ocupación de reserva de estacionamiento de vehículos de personas con discapacidad.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar la alta o la baja de la iicencia de ocupación de reserva de estacionamiento de vehículos de persones con discapacidad.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Si desea solicitar la licencia:

    • Diríjase a cualquier oficina de atención ciudadana (OAC) y recoja la documentación necesaria (instancia y ficha de ocupación de la vía pública). Si desea evitar desplazamientos innecesarios puede encontrarlas en el apartado Documentación del trámite.
    • Rellene la ficha de vía pública indicando el lugar para el que solicita la reserva de espacio.
    • Rellene la instancia de vía pública y fírmela. Hay que indicar si la reserva se por transporte colectivo o individual, y en este último caso especificar si es por residencia o bien por motivos de estudio / trabajo.
    • Presente la petición ante cualquier registro de las oficinas de atención ciudadana aportando la documentación requerida.

    Si desea comunicar la baja:

    • Diríjase a cualquier oficina de atención ciudadana (OAC) y recoja la instancia normalizada. Si desea evitar desplazamientos innecesarios puede encontrarla en el apartado ?Documentación? del trámite.
    • Rellene la instancia y fírmela.
    • Presente la petición ante cualquier registro de las oficinas de atención ciudadana.

    Después

    Si ha solicitado la licencia:

    • El tramitador de la Oficina de Atención Ciudadana hará la compulsa de la documentación presentada y le entregará el justificante de registro de su solicitud.
    • La petición se hará llegar a los Servicios Técnicos del distrito que corresponda, para que emita el informe favorable a la concesión de la licencia.
    • El Ayuntamiento de Barcelona le notificará la resolución y pondrá las señales de reserva del espacio. En la señal constará la matrícula del vehículo (en caso de titulares no conductores, la señal podrá contener hasta dos matrículas).

    Si ha comunicado la baja:

    • El tramitador de la Oficina de Atención Ciudadana le entregará el justificante de registro de su solicitud.
    • La comunicación se hará llegar a los Servicios Técnicos del distrito que corresponda a fin de que se eliminen las señales de reserva del espacio.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

    • La persona titular de la licencia no ha de tener deuda tributaria alguna con el Ayuntamiento de Barcelona.
    • En el caso de solicitar la reserva por residencia, la persona con discapacidad ha de constar empadronada en el municipio de Barcelona.

    Pueden realizar la tramitación por sí mismas o mediante persona que los represente, debidamente autorizada:

    • Personas con discapacidad titulares de la tarjeta de aparcamiento identificada como "Titular conductor/a".
    • Personas con discapacidad titulares de la tarjeta de aparcamiento identificada como "Titular no conductor/a", mayores de 18 años, con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
    • Titulares de tarjeta de aparcamiento de transporte colectivo.

    Pueden realizar la tramitación mediante persona que los represente:

    • Personas con discapacidad titulares de la tarjeta de aparcamiento identificada como "Titular no conductor/a", menores de 18 años.

    Documentación

    Para solicitar la licencia:

    La documentación que se ha de aportar varía en función del tipo de reserva y del titular:

    Titular de tarjeta de aparcamiento de transporte colectivo:

    • Original y fotocopia del DNI en caso de persona física o del NIF en caso de persona jurídica.
    • Original y fotocopia del DNI del representado legal, si es el caso, y acreditación de su condición.
    • Original y fotocopia de la tarjeta de aparcamiento colectiva.

    Titular conductor:

    • Original y fotocopia del DNI (o permiso de residencia los extranjeros) de la persona discapacitada.
    • Original y fotocopia de la Tarjeta de aparcamiento de vehículos de personas con discapacidad.
    • Original y fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
    • Original y copia del certificado de empresa o centro de estudios donde conste la dirección del puesto de trabajo o estudio, en caso de que la petición de reserva se haga por este motivo.
    • En caso de que la reserva se pida por motivo de residencia, el Ayuntamiento comprobará, de oficio, que el titular esté empadronado en el municipio de Barcelona.
    • En caso de que la tramitación se haga mediante persona autorizada, habrá que añadir a la documentación antes relacionada:
      -original de la autorización debidamente firmada por la persona que autoriza.
      -original y fotocopia del DNI de la persona autorizada

    Titular no conductor:
    Documentación que hay que aportar en todos los casos:

    • Original y fotocopia del DNI del titular (persona discapacitada), excepto en el caso de los menores de edad.
    • Original y fotocopia de la Tarjeta de aparcamiento de Titular No Conductor,
    • Original y fotocopia del Permiso de circulación del vehículo.
    • Original y fotocopia del certificado de discapacidad en el que conste la movilidad reducida (emitido por el SISPAP, donde indicará la existencia de dificultades para utilizar el transporte público colectivo o dificultades de movilidad). El 1 de enero de 2015 entró en vigor el Decreto 130/2014, de 30 de septiembre, de modificación del Decreto 332/2011, de 3 de mayo, de reestructuración del Departamento de Bienestar Social y Familia, por el cual se suprime el Instituto Català d'Assistència i Serveis Sociales (ICASS) y se crea la Secretaría de Inclusión Social y Promoción de la Autonomía Personal (SISPAP). Si la persona con discapacidad es mayor de edad tiene que constar el grado de disminución igual o superior al 65%.

    Si el vehículo va a nombre de la persona discapacitada se ha de aportar adicionalmente:

    • Volante de residencia que acredite que consta empadronada en Barcelona: el Ayuntamiento lo comprobará de oficio.

    Si el vehículo va a nombre del conductor y convive con la persona discapacitada se ha de aportar adicionalmente:

    • Volante de convivencia: el Ayuntamiento lo comprobará de oficio.

    Si el vehículo va a nombre del conductor y no convive con la persona discapacitada se ha de aportar adicionalmente:

    • Original y copia del documento que acredite el parentesco entre ellos (libro de familia, documento expedido por el Registro Civil...)
    • Volante de residencia de la persona discapacitada, que acredite que consta empadronada en Barcelona: el Ayuntamiento lo comprobará de oficio.

    En caso de que la tramitación se haga mediante persona autorizada, deberá añadir a la documentación antes relacionada:

    • original de la autorización debidamente firmada por la persona que autoriza
    • original y fotocopia del DNI de la persona autorizada

    En el caso de menores de edad se deberá añadir a la documentación antes relacionada:

    • original y copia del libro de familia / original y copia del documento que acredita que la persona que realiza la solicitud es el tutor legal del menor y ostenta su guardia y custodia.

    Atención: si el Ayuntamiento lo cree necesario, puede solicitar documentación complementaria.

    Para comunicar la baja de la licencia solo deberá rellenar una instancia sin que sea necesario aportar documentación alguna.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Plazo de validez: 1 año.

    Precio

      En caso de aprobación de la solicitud la licencia es gratuita.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Permiso que deben solicitar los vehículos de consulados, hospitales, entidades oficiales y benéficas u otras para poder disponer de una reserva de estacionamiento en la via pública.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario para generar la solicitud y presentarla en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Antes de iniciar el trámite, deberá descargar, rellenar y guardar en su ordenador el Impreso de ocupación de la vía pública (disponible para versiones Acrobat Reader 7 o superiores) que tendrá que adjuntar al formulario como parte de la documentación de su solicitud.

    El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    1. Rellene el formulario.

    2. Adjunte el archivo del documento de características específicas del trámite. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    • Comprobada la documentación por el servicio de licencias, éste se pondrá en contacto con el solicitante para darle respuesta o pedirle más información o documentación, si fuera necesario.
    • Una vez concedida la licencia, el Servicio de Via Pública informará sobre quien ha de asumir la señalización y pintura del espacio reservado.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona que representa a la entidad u organismo que solicita la reserva de estacionamiento de vehículos.

    Documentación

    Para hacer el trámite es necesario aportar la siguiente documentación:

    • Impreso de ocupación de la vía pública.

    En caso exención o no sujeción al pago de la tasa, para acreditar esta condición, se deberá aportar adicionalmente:

    Consulados:

    • Acreditación de la reciprocidad entre paises.

    Entidades sin ánimo de lucro (ESAL):

    • Inscripción al registro público.
    • Estatutos o reglas fundacionales.
    • Declaración responsable de la persona legal representante de la entitat, donde consten los cumplimientos de los siguientes requisitos:
      • Dedicar a la realización de las finalidades de interés general al menos el 70% de sus ingresos.
      • La actividad realizada no tiene que consistir en el desarrollo de explotaciones económicas ajenas a su finalidad estatutaria. A tal efecto, se entiende por explotación económica aliena cualquier explotación no prevista al artículo 7 de la Ley 49/2002.
      • Estar al corriente de las obligaciones contables.

    Recuerde que deberá tenerla preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.

    Fechas

    Puede solicitarse en cualquier momento.


    El plazo para resolver por parte del Ayuntamiento son dos meses. Pasado este plazo sin ninguna notificación se considerará desestimada la solicitud por silencio administrativo negativo.

    Precio

      Año 2016

      • Cuota tributaria:

      El precio está determinado por el siguiente polinomio:

      PB x S x T x FCC x FCA

      PB (Precio Básico del aprovechamiento) 0,4966 euros

      S (Superficie en metros cuadrados del aprovechamiento).

      T (Tiempo en días del aprovechamiento).

      FCC (Factor Corrector de Calle) según la categoria de la calle:

      • Categoría calle A: factor corrector 5
      • Categoría calle B: factor corrector 3
      • Categoría calle C: factor corrector 1,75
      • Categoría calle D: factor corrector 1,25
      • Categoría calle E,F i Z factor corrector 1

      FCA (Factor Corrector de la clase de Aprovechamiento) 0,05

      • En los supuestos de exención o no sujeción a la aplicación de la tasa: Gratuito

    Organismo responsable

  • La Licencia de parcelación autoriza la división simultánea o sucesiva de una o varias parcelas existentes, una vez comprobado que se adecuan a la normativa vigente.

    Si los supuestos están regulados en el Art. 241 y siguientes del Reglamento de la Ley de Urbanismo, el Ayuntamiento emitirá un Certificado de innecesariedad de licencia de parcelación.

    Si lo que se quiere hacer es una agrupación de parcelas, no es necesaria la licencia, ya que se trata de una operación privada civil frente a notario, que finaliza con la inscripción en el Registro de la Propiedad.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo todo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    1. Rellene el formulario.

    2. Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    • Posteriormente, el departamento gestor, contactará con el solicitante para que pase a recoger el informe y la liquidación de la tasa de prestación de servicios urbanísticos.

    ¿Quién lo puede pedir?

    La persona interesada.

    Documentación

    Recuerde que deberá tener la documentación preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.

    Para hacer el trámite es necesario aportar esta documentación:

    Dos ejemplares de proyecto (todo firmado por técnico competente y con número de colegiado) compuestos por la memoria descriptiva de la operación urbanística con la correspondiente justificación técnica, urbanística y jurídica, y los siguientes planos:

    • Plano de emplazamiento.
    • Plano acotado a escala 1/500 de la finca o fincas existentes (estado inicial), donde consten los umbrales y los elementos naturales y constructivos existentes.
    • Plano acotado a escala 1/500 de las porciones de parcela a segregar.
    • Plano acotado a escala 1/500 de las parcelas resultantes (estado final).
    • Certificación de dominio (no se admite nota simple) emitida por el Registro de la Propiedad, en la cual conste la descripción y la situación actual de las parcelas objeto de la operación urbanística.

    Precio

      Año 2016:

      • Por la tramitación de cada licencia: 705,00 euros
      • Por la tramitación de cada certificado de innecesariedad: 105,00 euros

    Organismo responsable

  • Es una autorización para la práctica de la pesca recreativa (no profesional) en aguas continentales y marítimas superficiales desde tierra o desde una embarcación con cualquier instrumento autorizado para este tipo de pesca.

    Hay diferentes tipos de licencias recreativas de superficie:

    • R5: licencia recreativa turística de un día de duración.
    • R0: licencia recreativa turística de 15 días de duración.
    • R1: licencia recreativa de 1 año de duración.
    • R2: licencia recreativa de 2 años de duración.
    • R3: licencia recreativa de 3 años de duración.
    • R4: licencia recreativa de 4 años de duración.
    • RM: licencia recreatvia de menores. Gratuita para menores de 18 años. Tiene una vigencia de 4 años.
    • RJ: licencia recreativa para mayores de 65 años. Gratuita. Tiene una vigencia de 4 años.
    • RD: licencia recreativa para discapacitados. Gratuita para personas que acrediten estar en situación de invalidez permanente total o absoluta. Tiene una vigencia de 4 años.

    Esta licencia es válida en aguas marítimas de todo el Estado español y en aguas continentales de Catalunya.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede solicitarlo de forma presencial, descargandose antes si lo prefiere el formulario y aportando la documentación requerida.

    También puede tramitarlo por internet a través de la pàgina web de la Generalitat de Cataluña mediante el siguiente enlace donde deberá seguir las instrucciones.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Pueden efectuar la tramitación:

    • Personas físicas mayores de edad.

    • Personas físicas menores de edad, con autorización de la persona que las represente legalmente.

    Se ha de cumplir con los siguientes requisitos:

    • No se ha tener inhabilitación para el ejercicio de la pesca recreativa.
    • Se debe haber abonado el importe de las multas por infracciones previstas en la Ley 22/2009, de 23 de diciembre, de ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales, la Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas, i la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de pesca marítima del Estado.

    Documentación

    En caso de menores de 18 años, la autorización expresa del padre, madre o tutor legal. Si la solicitud se presenta a través de este portal se deberá aportar el documento presencialmente o vía correo postal (en cualquiera de las oficinas de los Servicios territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural de Barcelona).

    Las personas en situación de incapacidad permanente total o absoluta, una copia de la resolución o el certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que acredita la situación. Si la solicitud se presenta a través de este portal se deberá aportar el documento presencialmente o vía correo postal (en cualquiera de las oficinas de los Servicios territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural de Barcelona).

    En todos los demás casos no es necesario aportar ningún documento.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Puede solicitarse en cualquier momento.

    El período de vigencia de todos los tipos de licencia empezará a contar desde el día que se realitza el pago de la tasa.

    Precio

      Año 2016:

      • Vigencia de 1 día: 3 ?
      • Vigencia de 15 días: 11 ?
      • Vigencia de 1 año: 25 ?
      • Vigencia de 2 años: 40 ?
      • Vigencia de 3 años: 58 ?
      • Vigencia de 4 años: 68 ?

      La licencia es gratuita para los menores de 18 años, las personas mayores de 65 años y las personas en situación de incapacidad permanente total o absoluta que lo puedan acreditar documentalmente.

      Si se realiza el trámite por Internet, se aplica una bonificación del 10%.

    Organismo responsable

  • Licencia para poder vender artículos de pirotecnia en puestos provisionales en la calle.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede solicitar una licencia para una parada en la calle de venta de pirotecnia.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede recoger una instància de Ocupación de la Vía Pública en cualquier oficina de atención ciudadana o bien la puede descargar en el ordenador la instancia de ocupación de la vía pública y la ficha de ocupación de la vía pública.

    • Rellene la ficha y la instancia y fírmela.
    • Presente la petición en cualquier registro de las oficina sde atención ciudadana aportando la documentación requerida.

    Después

    La Oficina pasa todo el expediente al Servei de Via Pública del distrito, que evaluará la información y se pondrá en contacto con el solicitante para otorgar o denegar la licencia o indicar las carencias que pueda haber en la documentación entregada.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Los titulares de estos establecimientos.

    Documentación

    Para los establecimientos de clase "A" (provisionales en la vía pública o en terrenos municipales) de venta de artículos de pirotecnia hace falta:

    • Solicitud de la licencia de ocupación de la vía pública.
    • Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
    • Autorización de venta expedida por la Subdelegació del Govern de Barcelona
    • Póliza de seguro que cubra responsabilidad civil de cualquier tipo.
    • Proyecto del establecimiento firmado por el facultativo correspondiente (técnico de minas, por ejemplo) y por la Dirección Provincial de Industria, donde conste la superficie, mobiliario, decoración, puertas de de salida y otros datos de interés.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Precio

      La cuantía de la tasa estará determinada por el polinomio siguiente:

      PB x S x T x FCC x FCA

      PB (Precio Básico)= Año 2016: 0,4966 euros

      S (Superficie en metros cuadrados de aprovechamiento)

      T (Tiempo en días de aprovechamiento, siempre que no se establezca duración mínima). El cáculo de la cuota se hará por el número de días de ocupación efectiva.

      FCC (Factor Corrector de Calle) según las categorías siguientes:

      • Categoría de calle A factor corrector 5
      • Categoría de calle B factor corrector 3
      • Categoría de calle C factor corrector 1,75
      • Categoría de calle D factor corrector 1,25
      • Categoría de calle E,F,Z industr. factor corrector 1

      FCA (Factor Corrector de Aprovechamiento)Para casetas de pirotecnia: 2

    Organismo responsable

  • Permiso para construir un conducto que recoge las aguas sucias o de lluvia de una casa desde la base del bajante y las lleva a la alcantarilla pública o a otro sumidero longitudinal de propiedad particular.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Recoger el impreso de solicitud en la Oficina de Claveguerons.

    Rellenarlo y presentarlo en cualquier registro municipal con la documentación:

    Una vez otorgada la licencia, el interesado debe hacer el pago correspondiente en la oficina de "la Caixa" situada en el Institut Municipal d'Hisenda.

    La Oficina de Claveguerons da la orden de inicio de la obra al contratista

    ¿Quién lo puede pedir?

    Los constructores del edificio o cualquier particular que lo necesite para su vivienda.

    Documentación

    • Impreso de solicidud de alcantarillado, que tien incorporado el croquis de la conexión y la autorización del propietario del alcantarillado longitudinal.
    • Planos acotados de la red de los desballestamientos interiores del edificio en planta y alzada, a escalas de 1:50 o 1:100, detallando expresamente los sifones generales y la ventilación aerea (este documento lo hace el técnico que lleva las obras).

    ¿Dónde se puede hacer?

    Precio

      El precio es variable ya que prevé además del pago de los derechos, el coste previsto de las obras de construcción del sumidero y de la reposición del pavimento (obras que realiza el Ayuntamiento).

    Organismo responsable

  • Es una licencia indispensable para la recogida y el comercio de la trufa. Únicamente podrán recolectarse durante los períodos autorizados.

    Los períodos de recogida son:

    • 1r plazo (para la recogida de "Tuber melanosporum" y "Tuber brumale"): el plazo para recolectar es del 15 de noviembre al 15 de marzo.
    • 2º plazo (para la recogida de "Tuber Aestivium") : el plazo para recolectar es del 1 mayo y el 15 de agosto.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Deberá entregar la documentación en los Servicios Territoriales de Agricultura, Alimentación y Acción Rural

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona que desee recoger y/o comercializar la trufa

    Documentación

    Fotocopia DNI

    Autorización firmada por el titular del terreno donde quiera efectuarse la recolección, haciéndose constar:

    • Identificación del titular del terreno.
    • Identificación del trufero autorizado o, en su caso, de la agrupación de truferos autorizada.
    • Identificación del terreno, finca o paraje para el que se extiende la autorización.
    • Periodo de tiempo para el que es válida la autorización.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Año 2014:

    El período para solicitar la licencia es del de 1 setiembre al 15 de noviembre.

    Datos pendientes de publicación

    Precio

      Taxa 2015:

      38,20 euros.

      Pendientes 2015

    Organismo responsable

  • El trámite permite realizar todas las gestiones relacionadas con la licencia por el uso restringido de la vía pública (acera) para la entrada y salida de vehículos privados, ya sea en edificios o en solares y/o espacios en obras.

    • Solicitud de licencia de vado
    • Modificación de las características del vado: físicas, por cambio de uso o por cambio de horario.
    • Cambio de titular de la licencia de vado
    • Baja de la licencia de vado

    Es necesario tener en cuenta que:

    El solicitante de la licencia de vado deberá depositar una garantía para la restitución de la acera a su estado anterior. El importe de la garantía se determinará en función de la superficie afectada y de las tarifas establecidas para la reconstrucción de pavimentos en las ordenanzas fiscales.

    En el caso de concesión de la licencia, tanto la construcción del vado como su señalización corren a cuenta del titular, así como su mantenimiento.

    La distancia entre el vado y cualquier elemento urbano ha de ser al menos de un metro. Si se hubiese de trasladar iría a cargo del titular, previa autorización municipal

    Si se solicita la baja, la reposición de la acera y la retirada de la placa correspondiente rían a cargo del titular.

    ¿Qué puede hacer?

    Puede finalizar el trámite por internet: rellenar el formulario de solicitud, adjuntar la documentación necesaria y presentarlo todo en el registro telemático del Ayuntamiento de Barcelona.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Antes de iniciar el trámite, deberá descargar, rellenar y guardar en su ordenador la instancia específica que tendrá que adjuntar al formulario como aparte de la documentación de su solicitud.

    Se ha de tener en cuenta que en el caso de baja o modificación física del vado se debe hacer constar, en el apartado de observaciones de la instancia, que se llevarán a cabo las obras de restitución de la acera a su estado anterior y la fecha prevista para hacerlas. No será necesario hacer ninguna otra gestión ni solicitar permiso de obras.

    El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático. Consúltese la lista de certificados digitales aceptados en este portal y los componentes técnicos que requiere la firma electrónica.

    1. Rellene el formulario. Indique el motivo de la solicitud: cambio de titular, modificación física del vado o modificación en Gual tipo Barcelona, cambio de uso o cambio de horario y, en el caso de baja de licencia, indique también si renuncia o no al depósito.

    2. Adjunte el archivo con la instancia específica y el resto de documentación necesaria. Consulte las condiciones que tienen que cumplir los documentos electrónicos para que se acepten en este portal y el modo de generarlos.

    3. Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.

    Después

    El departamento de Servicios Técnicos de Distrito, una vez comprobada la documentación resolverá la concesión o denegación de la licencia, la modificación o el cambio de titular, y contactará con el interesado para notificarle el resultado.

    En caso de resolución favorable:

    • Si la resolución de concesión es favorable, le entregarán la liquidación del depósito de garantía (a excepción de vados por entrada de vehículos a obras).
    • Si la resolución de modificación es favorable le entregarán la actualización del depósito de garantía
    • En ambos casos podrán entregar el comprobante de pago en cualquier registro de las OAC. Pasados 3 meses sin constituir el depósito de garantía se emitirá la caducidad del procedimiento.
    • Constituido el depósito se notificará al titular propuesta y resolución de la licencia así como lo liquidación de la tasa de vado.

    En caso de resolución desfavorable:

    • Se notificará trámite de audiencia al interesado para que alegue todo lo que considere pertinente.

    En el caso de baja:

    • Se notificará la baja con la resolución de la parte proporcional de la tasa, si no se ha efectuado el pago anual o, si el pago ya ha sido abonado, se comunicará la devolución de ingresos indebidos. El depósito de garantía no se retornará hasta la comprobación, por parte del personal municipal de la correcta reposición de la acera y la placa retirada.
    • Si el interesado no repone la acera la ejecución subsidiaria irá a su cargo y se procederá a confiscar el depósito y, si este no cubre la reposición de la acera se emitirá una liquidación complementaria.

    ¿Quién lo puede pedir?

    En caso de solicitar una nueva licencia de vado se deberán cumplir los requisitos siguientes:

    El interesado ha de estar en posesión de la licencia de uso del local y, en los casos que sea necesaria, de la licencia de actividad y de la autorización para trasladar los elementos urbanos que impedirían el acceso al local o recinto

    También será necesario que el local reúna las condiciones siguientes:

    1. Para todos los locales:

    a) Que el tipo de actividad exija la entrada y salida de vehículos.

    b) Que se cumplan las normas sobre protección contra incendios, ventilación y superficie mínima por plaza de aparcamiento, exigidas en las Ordenanzas de Edificación, Industriales y similares.

    2. Para los locales de uso industrial, comercial o de servicios

    a) Que dispongan de una superficie libre no inferior a los 40m2 reservada permanentemente y exclusiva para tareas de carga o descarga excepto en aquellos locales que tengan una licencia de actividad relacionada con el ramo del automóvil y en los establecimientos que necesiten efectuar la carga y descarga de pesos importantes, siempre que acrediten la necesidad de efectuar dichas operaciones y declaren la denominación, número y ubicación de los aparatos mecánicos existente, que deberán acreditar la correspondiente licencia. En el caso de actividades sujetas a reglamentaciones específicas que impongan normas de seguridad o higiene para las operaciones de carga y descarga, podrán no aplicarse los mínimos de superficie anteriormente indicados.

    3. Garajes o aparcamientos:

    a) Que se trate de una edificación o local con obligación legal de tener garaje o aparcamiento.

    b) En el resto de casos será necesario que el local acredite una superficie mínima de 60m2 con capacidad para tres o más vehículos, excepto en los edificios unifamiliares o en aquellas calles donde esté prohibido el estacionamiento, autorizándose, en este último caso, a precario.

    En el caso de modificación física del vado, debe tenerse en cuenta que el mínimo de metros a solicitar será la anchura de la puerta. En todo caso, la anchura máxima a solicitar no excederá en más de un metro el espacio que ocupe la puerta, a excepción de calles estrechas (menos de 6 metros de calzada) con entrada de camiones grandes, que será hasta 2,5 metros.

    Puede realizar el trámite cualquier ciudadano o entidad.

    En el caso de cambio de titular será el nuevo propietario quien ha de realizar la petición.

    Documentación

    Recuerde que deberá tener la documentación preparada en archivos o ficheros para adjuntarla al formulario.

    Para todos los casos:

    Adicionalmente, en el caso de nuevas altas, modificaciones o cambio de titular:

    • Una fotografía reciente de la fachada.
    • Una fotografía de la acera de acceso al local u obra.
    • Dos planos del emplazamiento a escala 1:500, indicando la situación del local o recinto y la del vado, la distancia de la finca al eje de la calle, la del vado a la esquina más cercana, la numeración exacta de la finca y la orientación geográfica (únicamente para nuevas solicitudes).
    • Dos planos del local a escala 1/100, con indicación de la superficie ocupada por el aparcamiento o zona de carga o descarga, ancho de la acera, del acceso de la fachada y del vado, con grafismo de los elementos urbanos (únicamente para nuevas solicitudes y para modificaciones).

    Fechas

    La licencia de vado para un edificio o por obras no tiene fecha de caducidad, por ello no ha de ser renovada.

    El plazo para resolver, por parte del Ayuntamiento es de tres meses. Pasado este plazo sin notificación alguna se considerará desestimada la solicitud por silencio administrativo negativo.

    Precio

      Anualmente se deberá hacer efectivo el pago de la correspondiente tasa de vados.

      La cuantía del precio público viene determinada por el polinomio:

      PB x S x T x FCC x FCA

      PB = Precio básico. Año 2016: 0,4966 euros.

      S = Superficie en m2. (Se calcula con los metros lineales del vado redondeando por exceso, multiplicada por una anchura de tres metros). En el caso de vados, los metros de ocupación que pasen de 5 lineales se contaran doble.

      T = Tiempo en días del aprovechamiento, siempre que no se establezca una duración mínima. Cuando la licencia o autorización se conceda por meses, trimestres, fiestas o vísperas durante el año, semestres, temporada o por año, se considerará, para el cálculo de la cuota, los meses de 30 días, los trimestres de 90 días, las fiestas y vísperas de 128 días, los semestres o temporada de 180 días y los años de 360 días. En los otros casos el cálculo de la cuota se hará por el número de días de ocupación efectiva.

      FCC = Factor Corrector de Calle según las siguientes categorías:

      • Categoría de la calle A = factor corrector 5
      • Categoría de la calle B = factor corrector 3
      • Categoría de la calle C = factor corrector 1,75
      • Categoría de la calle D = factor corrector 1,25
      • Categorías de la calle E,F,Z industr. = factor corrector 1

      FCA = Factor corrector de Aprovechamiento según el siguiente baremo:

      • Permanentes = factor corrector 0,1746
      • Más de 8 h hasta 12 h = factor corrector 0,1358
      • Hasta 8 h = factor corrector 0,1164

      Para vados de garajes parquings sujetos a los epígrafes de IAE núms. 751.1, 751.2 y 751.3 = factor corrector 0,1067

      Para vados de servicios de lavado y engrase de automoviles, servicio de taller de reparación de automoviles, agencias de transporte y locales de compraventa de vehiculos:

      • De más de 8 horas y hasta 12 horas = factor corrector 0,0970
      • Hasta 8 horas = factor corrector 0,0922

      Para vados de acceso a estaciones de servicio: factor corrector de 0,0970

      Para vados de inmuebles destinados a viviendas, el mismo polinomio añadiendo el Factor Corrector de Vivienda.

      PB x S x T x FCC x FCA x FCH

      FCH = Factor Corrector de Vivienda:

      • Superficie del garaje hasta 25 m2 = 0,70
      • Más de 50,1 m2 hasta 100 m2 = 0,90
      • Más de 100,1 m2 = 1

    Organismo responsable

  • Permiso previo que hay que pedir al Ayuntamiento para hacer cualquier tipo de obra, actividad o instalación de identificación o publicitaria, como:

    • Gran letrero luminoso identificativo o publicitario en coronamiento o terrado
    • Instalación de valla/cartelera publicitaria
    • Lona publicitaria
    • Pancarta
    • Objeto o figura corpórea
    • Otras instalaciones publicitarias

    La tramitación de la licencia puede variar teniendo en cuenta el tipo de publicidad que se quiera hacer y el emplazamiento donde se ubicará.

    Para instalar estructuras publicitarias temporales en la calle hará falta que pida también el permiso de ocupación de la vía pública.

    En los casos siguientes, no hay que pedir la licencia de actividad publicitaria:

    • Para instalar un cartel que indique la venta o alquiler de un inmueble de nueva construcción, colocado en éste durante un año a contar desde la finalización de las obras.
    • Para instalar un cartel que indique la venta o alquiler de un piso, colocado en éste durante un máximo de un año.
    • Para instalar un letrero identificativo de establecimiento comercial en planta baja. En este caso, sólo tendréis que pedir un permiso de obras mediante el trámite Consulta previa para la tramitación de expedientes de obras o de instalaciones de radiocomunicación

    ¿Qué puede hacer?

    Puede rellenar el formulario para generar el impreso de solicitud de la licencia o el de su renovación y la tasa por servicios urbanísticos e imprimirlo todo para continuar el trámite de manera presencial.

    ¿Qué necesita saber?

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Puede escoger entre las opciones:

    Solicitud de licencia: puede realizar la consulta e impresión de la documentación necesaria que deberá aportar. También podrá obtener la autoliquidación de la tasa y la instancia correspondiente.

    Solicitud de renovación: puede obtener la autoliquidación de la tasa y la instancia para solicitar una renovación de la licencia.

    Después

    • Haga el pago de la tasa por servicios urbanísticos en cualquier entidad bancaria colaboradora.
    • Presente la hoja de solicitud de la licencia o el de su renovación, el justificante de pago de la tasa y el resto de documentación necesaria en cualquier Oficina de Atención Ciudadana.
    • El Ayuntamiento le comunicará el resultado de la solicitud por correo postal.
    • Una vez concedida la licencia, hará falta que la persona interesada haga constar el número de expediente y el año de otorgamiento en la instalación autorizada o que coloque la licencia en un lugar visible.

    Tenga a mano

    • NIF de la persona física o jurídica que solicita o solicitó la licencia

    ¿Quién lo puede pedir?

    Cualquier persona física o jurídica interesada.

    Documentación

    La documentación varia en función de la instalación que se desea efectuar.

    En el momento de acceder a la tramitación, podrá imprimir una hoja informativa donde consta la relación de documentación que deberá aportar en cada caso.

    Fechas

    • Plazo de vigencia de la licencia: 1 año a contar desde la fecha de otorgamiento.
    • Plazo para pedir la renovación de la licencia: antes de que caduque la fecha de vigencia de la llicencia.
    • Plazo de vigencia de la renovación: 1 año a contar desde la fecha de otorgamiento.

    Precio

      Año 2016:

      En el momento de solicitar la licencia deberá pagarse:

      Tasa por servicios urbanísticos:

      • Construcción de carteleras. Por cada módulo de 3x4: 200,48 euros.
      • Por la instalación de rótulos en coronamiento, la cubierta o la medianera de un edificio: 1063,11 euros.
      • Por la legalitzación de colocación de carteles publicitarios visibles desde la vía pública sin licencia, según el procedimiento que sea, en cumplimiento de una orden de la Administración, la tasa será igual a la que correspondería para la tramitación de la licencia inicial.

      Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO): 3,35% del coste de la obra. Únicamente en el caso que sea necesario efectuar obras para su instalación. El pago se realiza en el momento de solicitar el permiso de obras correspondiente.

      En el momento de solicitar la renovación de una licencia se deberá pagar:

      Tasa por servicios urbanísticos:

      • La tasa para renovación (prórroga) de las licencias de colocación de carteles publicitarios visibles des de la vía pública será del 50% del importe que correspondería en caso de petición de nueva licencia.

      Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO): 3,35% del coste de la obra. Únicamente en el caso que sea necesario modificar o reformar la instalación. El pago se realiza en el momento de solicitar el permiso de obras correspondiente.

    Organismo responsable

    Trámites relacionados

  • Concurso para otorgar las licencias para actividades de venta no sedentaria y/u otras actividades en la Avenida Portal de l'Àngel de Barcelona.

    Estas actividades tendrán una duración máxima de 14 días.

    ¿Cómo se hace el trámite?

    Se debe obtener las bases y la normativa de regulación de las actividades en la web del Distrito de Ciutat Vella.

    Presente la solicitud y la documentación requerida en las bases en la Oficina de Atención Ciudadana del Distrito de Ciutat Vella o en la Oficina de Atención Ciudadana de la Pl. Sant Miquel.

    ¿Quién lo puede pedir?

    Los requisitos se especifican en las bases de las diferentes convocatorias.

    Cualquier asociación que cumpla los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

    ¿Dónde se puede hacer?

    Fechas

    Convocatoria 2016-2017:

    Publicación de la aprovación inicial: BOPB del 20 de julio de 2016

    Exposición pública para presentar alegaciones: 30 dias a contar desde el siguiente a la publicación

    Consulta de las bases de la convocatoria: a partir del 30 de septiembre de 2016 en la web del Distrito de Ciutat Vella.

    Presentación de solicitudes: del 1 al 15 de octubre d 2016, ambos incluidos

    Precio

      La cuantía de la tasa estará determinada por el polinomio siguiente:

      PB x S x T x FCC x FCA

      PB (Precio Básico) = Año 2016: 0,4966 euros

      S (Superficie en metros cuadrados del aprovechamiento).

      T (Tiempo en días del aprovechamiento), siempre que no se establezca una duración mínima. Cuando la licencia o autorización se conceda por meses, trimestres, fiestas o vísperas durante el año, semestres, temporada o para año, se considerará, para el cálculo de la cuota, respectivamente, los meses de 30 días, los trimestres de 90 días, las fiestas y vísperas de 128 días, los semestres o temporada de 180 días y los años de 360 días. En los otros casos, el cálculo de la cuota se hará por el número de días de ocupación efectiva.

      FCC (Factor Corrector de Calle) según las siguientes categorías:

      • Categoría de la calle A factor corrector 5
      • Categoría de la calle B factor corrector 3
      • Categoría de la calle C factor corrector 1,75
      • Categoría de la calle D factor corrector 1,25
      • Categorías calle E,F,Z industr. factor corrector 1

      FCA (Factor Corrector del Aprovechamiento):

      • Feria tradicional 2

    Organismo responsable

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