2023-Convocatoria de subvenciones para asociaciones de comercio y hostelería de Alicante

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Mejorar la competitividad del comercio y la hostelería en Alicante mediante proyectos de sus asociaciones, dinamizando áreas comerciales y favoreciendo la vitalidad de la ciudad.

¿Quién puede solicitarlo?

Asociaciones que agrupen mayoritariamente establecimientos de comercio al por menor y hostelería en Alicante que cumplan los requisitos.

Requisitos principales

  • Estar legalmente constituidas, sin ánimo de lucro y en activo.
  • Desarrollar su actividad principal y tener su domicilio social y fiscal en Alicante.
  • Tener más de 25 establecimientos asociados en activo en Alicante, con al menos el 51% dedicados al comercio o la hostelería.
  • La presidencia y al menos el 80% de la junta directiva deben estar en activo en los sectores indicados.
  • Al menos el 80% de los asociados deben ser pymes o autónomos.
  • Disponer de ingresos propios de las cuotas de los asociados que representen al menos el 10% del presupuesto solicitado.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, sin deudas ni sanciones tributarias municipales.
  • No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario según la Ley General de Subvenciones.

Plazos

El plazo de presentación es del 13 de abril de 2023 al 2 de mayo de 2023.

Duración del trámite

Variable, según la evaluación y aprobación del proyecto.

Resumen

Esta convocatoria tiene como objetivo principal mejorar la competitividad de los establecimientos de comercio y hostelería en Alicante. Se busca lograr esto a través de proyectos desarrollados por las asociaciones que los representan, dinamizando las áreas comerciales y favoreciendo la vitalidad de la ciudad.

Periodo Subvencionable

El periodo para realizar las actividades subvencionables comprende desde el 1 de enero hasta el 26 de noviembre de 2023.

Beneficiarios

Las asociaciones que pueden optar a estas subvenciones deben agrupar mayoritariamente a establecimientos dedicados al comercio al por menor y a la hostelería, cumpliendo los siguientes requisitos:

  1. Estar legalmente constituidas, sin ánimo de lucro y en activo.
  2. Desarrollar su actividad principal y tener su domicilio social y fiscal en el municipio de Alicante.
  3. Tener más de 25 establecimientos asociados a fecha de la solicitud, en activo en el municipio de Alicante, de los que al menos el 51% desarrollen actividad relacionada con el comercio o la hostelería.
  4. La persona titular de la presidencia y al menos el 80% de los miembros de la junta directiva deben estar en activo en los sectores antes indicados.
  5. Al menos el 80% de los asociados de las entidades beneficiarias deben ser pymes o autónomos.
  6. Disponer de ingresos propios a través de las cuotas de los asociados que supongan al menos un 10% del presupuesto que se solicita.
  7. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria municipal.
  8. No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cómo Tramitar

El trámite se realiza en la Sede Electrónica del Ayuntamiento:

Es necesario disponer de certificado digital de representante de persona jurídica para realizar el trámite digital.

Ayuda

Para consultas o aclaraciones sobre la convocatoria, contactar con comercio@alicante.es.

Información Adicional


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