Ayuntamiento de Alicante

  • Departamento de Ocupación de Vía Pública

    Ubicación: C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 -5ª planta. C. Postal: 03001

    Horario de atención público: lunes, miércoles y viernes de 10:00 a 13:00 horas.

    Debe rellenar la instancia de solicitud de actividades artísticas temporales en espacios públicos.

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Instancia actividades artísticas 2019

    Bases

    Declaración responsable con instalaciones

    Anexos

    Circular informativa para solicitudes de autorización de actividades pictóricas en la vía pública (retratos, caricaturas y paisajes, sobre tabla, lámina, lienzo, tela, papel y esmalte)

    Circular informativa para solicitudes de autorización de actividades musicales en la vía pública

    Circular informativa para solicitudes de autorización de otras actividades artísticas

    Normas Reguladoras de la Realización de Actividades Artísticas o Feriales en la Vía Pública promovidas por Particulares 2019

    Modelo de representación

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro General

    Por Internet

    Con certificado digital

    Acceso al trámite

  • Debe rellenar la instancia general del Ayuntamiento si desea solicitar:

    • Autorización para la instalación de casetas de promoción inmobiliaria en la vía pública
    • Autorización para la realización de otras actividades temporales en la vía pública

    Debe rellenar la instancia específica si desea solicitar:

    • Distribución de prensa gratuita en la vía pública
    Presentación

    Modelo de solicitud

    Instancia general del Ayuntamiento de Alicante

    Instancia distribución prensa gratuita.

    Instancia renovación prensa gratuita

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro General

    Por Internet

    Con certificado digital

    Acceso al trámite

    Anexos

    Circular informativa para solicitudes de autorización para la instalación de casetas de promoción inmobiliaria en la vía pública

    Circular informativa para solicitudes de autorización para la realización de otras actividades temporales en la vía pública

    Documento de representación

    Información complementaria

    Enlaces relacionados

    Cálculo orientativo de la tasa

  • Solicitar la ubicación de los dispositivos de aparcamiento de bicicletas previstos en el Plan de Infraestructuras de Alicante.

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • EXENCIONES

    Exención para vehículos de personas minusválidas

    Regulación legal

    Artículo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

    Beneficio concedido

    Exención total.

    Requisitos

    Se concede a:

    • Los vehículos para personas de movilidad reducida a que se refiere la letra A del anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
    • Los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo. Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte.

    Las exenciones previstas en los dos párrafos anteriores no resultarán aplicables a los sujetos pasivos beneficiarios de las mismas por más de un vehículo simultáneamente.

    A efectos de lo dispuesto en esta letra, se considerarán personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100.

    Estos beneficios son rogados, y han de solicitarse expresamente por los interesados. A estos efectos puede utilizarse el modelo adjunto

    Documentación necesaria

    • Copia del permiso de circulación y de la tarjeta de inspección técnica del vehículo.
    • Copia del documento oficial acreditativo de la calificación de minusvalía del interesado con el grado correspondiente.

    Puede descargar la SOLICITUD en el apartado inferior

    Exención para tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la cartilla de inspección agrícola

    Regulación legal

    Artículo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

    Beneficio concedido

    • Exención total.
    • Estos beneficios son rogados, y han de solicitarse expresamente por los interesados.

    Requisitos

    Vehículo provisto de la cartilla de inspección agraria.

    Documentación necesaria

    • Copia de la cartilla de inspección agraria en la que conste la matrícula del vehículo.
    • Copia del permiso de circulación y de la tarjeta de inspección técnica

    Puede descargar la SOLICITUD en el apartado inferior

    BONIFICACIONES

    Bonificación para vehículos históricos

    Regulación legal

    Regulación: art. 3.2.1, de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto.

    Bonificación concedida

    • Bonificación: 100%
    • Requisitos: establecidos en la ordenanza fiscal
    • Beneficio fiscal rogado

    Bonificaciones por bajo consumo y emisión de contaminantes

    Regulación legal

    • Regulación: art. 3.2.2, de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto

    Bonificiación concedida

    • Bonificación: del 15 al 75% según calificación energética. Periodo de bonificación 3 años.
    • Requisitos: Vehículo turismo de nueva matriculación eléctricos y aquellos que no superen la tasa de 160 gramos x km. De emisión de CO2. Se solicita antes de la finalización del periodo voluntario de cobro del padrón fiscal.
    Presentación

    Modelo de solicitud

    Instancia para exencion por minusvalia 2019

    Instancia para exencion vehiculos agricolas 2019

    Instancia para bonificacion vehiculos historicos 2019

    Instancia para bonificacion por bajo consumo y emision de contaminantes 2019

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro General

  • BONIFICACIONES

    Bonificación para las viviendas de protección oficial

    Regulación

    Artículo 103.2.d) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

    Beneficio concedido

    Se establece una bonificación del 25 por 100 a favor de las construcciones, instalaciones u obras referentes a las viviendas de protección oficial.

    Procedimiento

    Quienes pretendan disfrutar del presente beneficio, lo harán constar en el documento de declaración-liquidación, practicando las oportunas operaciones de liquidación. En todo caso deberán acompañar la calificación provisional otorgada o la solicitud de calificación como viviendas de nueva construcción de protección pública presentada ante el organismo competente.

    Al tiempo de finalizar las obras, y en el plazo máximo de un mes desde el otorgamiento de la calificación definitiva, el obligado tributario deberá presentar la correspondiente comunicación ante el negociado gestor del impuesto acompañando la calificación definitiva. Si esta no se obtuviera o no coincidiera con la provisional, el obligado tributario deberá ingresar las cantidades bonificadas así como los intereses de demora correspondientes a contar desde el día siguiente al vencimiento del último día de declaración e ingreso de la declaración-liquidación provisional.

    Documentación necesaria

    Ver apartado anterior.

    Bonificación de hasta el 95 por ciento a favor de construcciones, instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.

    Regulación

    Art. 5.2.A, de la Ordenanza Reguladora del Impuesto

    Bonificación concedida

    1.-Construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas de especial interés.

    • Bonificación: Hasta el 95% de la cuota íntegra del Impuesto
    • Requisitos: que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal.
    • Órgano competente: Pleno Municipal

    2.- Empresas de Nueva Implantación en el término Municipal, declarada de especial interés.

    • Bonificación en la cuota tributaria: 75%
    • Requisitos: empresas de nueva implantación y que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal.
    • Órgano competente: Pleno Municipal

    3.- Cuando siendo empresas de nueva implantación, las construcciones, instalaciones u obras sean realizadas sobre suelo industrial vacante en el término municipal.

    • Bonificación: Del 75% al 95% sobre la cuota tributaria,
    • Requisitos: empresas de nueva implantación en el término de Alicante, y se instalen en suelo industrial vacante, y cuyas actividades económicas sean declaradas de especial interés o utilidad municipal.
    • Órgano competente: Pleno Municipal
    • Beneficio fiscal rogado.

    Bonificación del 50 por ciento a favor de las construcciones, instalaciones u obras, en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar.

    Regulación:

    Art. 5.2.C, de la Ordenanza Reguladora del Impuesto

    Beneficio concedido

    • Bonificación: 50%
    • Requisitos: los establecidos en la ordenanza fiscal
    • Beneficio fiscal rogado.

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Registro General

  • Concesión de la bonificación prevista en la vigente Ordenanza Reguladora del Precio Público por la utilización de instalaciones deportivas municipales, para aquellas personas, empadronadas en la ciudad de Alicante que padezcan enfermedades o dolencias, diagnosticadas por médico especialista colegiado, que requieran del uso de una determinada instalación deportiva como parte integrante del tratamiento de rehabilitación prescrito por éste.

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Solicitud bonificación por razones médicas.

    Documentación a presentar

    • Informe de médico especialista de la enfermedad o dolencia que padece y que la misma requiere del uso de la instalación deportiva como parte integrante del tratamiento de rehabilitación prescrito. (Original).
    • Última declaración de la Renta de todos los miembros de su unidad familiar o Certificado de la Agencia Tributaria indicando que la unidad familiar no tiene obligación de presentar declaración de la Renta por tener un volumen total de ingresos inferior al establecido legalmente como límite para determinar la obligación de presentarla. (Original y fotocopia).
    • Fotocopia del D.N.I. y Certificado familiar de empadronamiento en Alicante.

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Concejalía de Deportes

    Registro General

  • Solicitud de cesión de aulas formación y salón de actos del CREM (Centro Recursos Educativos Municipal)

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Solicitud de cesión de aulas de formación del CREM

    Solicitud salón de actos CREM

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Centro de Recursos Educativos Municipal - CREM

    Documentación a presentar

    Ficha de solicitud

  • Solicitud de devolución de precios públicos por baja en cursillos o actividades, ya sea por una actividad anulada por la Concejalía Deportes, baja voluntaria, u otros motivos.

    En el caso de bajas voluntarias en actividades o cursillos, cuando la solicitud de la devolución se efectúe con una antelación inferior a 72 horas al inicio de la actividad, o bien ésta ya haya comenzado a desarrollarse o celebrarse, únicamente procederá la devolución de los precios públicos si dichas bajas son cubiertas por otras personas.

    En el caso de solicitudes de baja y devolución de precios públicos, efectuadas con una antelación superior a las 72 horas al inicio de las actividades o cursillos, sí que procederá la devolución de los precios públicos pagados.

    Presentación

    Modelo de solicitud

    Solicitud devolución Actividades Deportivas

    Documentación a presentar

    • Copia del justificante de haber efectuado el ingreso (recibo, ticket).
    • Solicitud de Alta de Tercero, acompañando la documentación que se requiere en dicha solicitud, firmada por el titular de la cuenta que debe coincidir con el beneficiario de la devolución.

    Formas de Presentación

    Presencial

    Lugar de presentación

    Concejalía de Deportes

    Registro General

    Información complementaria

    Enlaces relacionados

    Solicitud de alta de tercero

  • Espacios que se pueden solicitar:

    • 1 Sala multiusos con capacidad para 80 personas.
    • 1 Sala multiusos con capacidad para 50 personas.
    • 1 Sala multiusos con capacidad para 20-25 personas.
    • 1 Sala de reuniones con capacidad para 20 personas.
    • 1 Sala de reuniones con capacidad para 8-10 personas.
    • 1 Espacio de trabajo con 2 mesas y 6 sillas.
    • 1 Aula de Innovación con 10 ordenadores.

    Todos los espacios cuentan con conexión wifi y materiales docentes.

    Presentación

    Plazo de presentación

    14 de Septiembre de 2016

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

  • Espacios que se pueden solicitar

    • 2 Aulas con capacidad para 22 y 24 personas, con conexión wifi y materiales docentes.
    • 1 Sala de reuniones.
    • Espacio habilitado para exposiciones de 21 metros lineales.
    • 1 Aula de Innovación con 10 ordenadores.

    Formas de Presentación

    Por Internet

    Con certificado digital

    No

    Acceso al trámite

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.