La actual red de centros de lectura pública dependientes de la concejalía de cultura consta de 11 salas distribuidas por las diferentes zonas de la Ciudad.
Las salas de lectura ofrecen al usuario servicios gratuitos de lectura en sala, préstamo domiciliario, prensa, revistas, literatura, cuentos, cómics, películas, música, multimedia, información bibliográfica entre otros, tales como, asesoramiento eficaz lo que conlleva la autoformación del usuario, un lugar de socialización y encuentro, un espacio abierto a la colaboración y sugerencias en un ambiente agradable, es una plataforma que activa y anima la vida cultural de los diversos barrios de Alicante, debiendo ser las actividades de animación lectora un pilar fundamental en todos estos procesos.
La biblioteca pública es el lugar principal en el que se concentrarían las actividades de animación a la lectura, según la definición dada por la Unesco en 1972. ?... es el medio principal para dar a todos libre acceso al conjunto de los pensamientos y de las ideas de los hombres... presentándolas de forma atractiva y puestas al día constantemente, sus colecciones deben de ser la prueba viva de la evolución del saber y de la cultura, para ayudar a los lectores a formarse sus propias opiniones y a desarrollar su gusto, sus facultades críticas y creativas...? pues es en definitiva el impulso y crecimiento de la imaginación, así como el desarrollo intelectual y emocional de las personas.
Otro de los aspectos que no deberemos olvidar es la sensibilización acerca de la importancia y disfrute de la lectura destinada especialmente a aquellos sectores que todavía no hacen uso de ella y que a través de estas actividades podemos empezar a hacerles participes de este recurso municipal, saliendo al encuentro de quienes no la frecuentan o la desconocen.
Para garantizar los principios de publicidad y libre concurrencia, así como el de igualdad y no discriminación, se realiza convocatoria pública para la formación de una Bolsa de Proyectos para la realización de acciones de difusión y formación en el ámbito lector.
Los interesados deberán presentar sus solicitudes de participación en la Programación (proyectos), según anexo I en el Registro General del Ayuntamiento.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOP hasta el 20 Abril. Si alguna solicitud no reúne los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, se requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días naturales subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos (art.68 de la LPAC) transcurrido el cual sin haber atendido el requerimiento se le tendrá por desistido de su solicitud.
JURADO
EXPERTOS..........: KARMEN PEREZ (Alc) + ANTº DIAZ MEDIAVILA (Alc)
TECNICOS MPLES: Mª JESUS LARIO + ANTONIO URIOS
SECRETARÍA.......: ARANTXA ALFARO
FECHA REUNION: 24/MAYO
Anexos:
## Resumen Este trámite permite solicitar al Ayuntamiento de Alicante la autorización para instalar un puesto de venta eventual en la vía pública durante la celebración de las fiestas de la ciudad. La solicitud se presenta en el Departamento de Ocupación de Vía Pública. **Quién puede usar este servicio** Cualquier persona física o jurídica interesada en instalar un puesto de venta eventual en la vía pública durante las fiestas de la ciudad. **Antes de empezar** * Revisa la documentación necesaria. * Asegúrate de cumplir con los requisitos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos** * **Identificación del solicitante:** * Persona física: DNI en vigor. Si es extranjero no comunitario, permiso de residencia y trabajo vigente. Ciudadanos comunitarios: Pasaporte o tarjeta de identidad en vigor. * Persona jurídica: CIF, escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, identificación de la persona que actúe en su nombre y representación y aportación del DNI en vigor. * Plano de ubicación detallando calle, acera o lugar de la vía pública donde se pretende la instalación. * Si vendes productos alimenticios, Declaración Responsable de Venta de Productos Alimenticios. **Requisitos previos** * Cumplir con la normativa de venta no sedentaria. * Cumplir con las prescripciones de higiene si se venden alimentos (ver Guía de prácticas de higiene). ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios. 2. **Presentar la solicitud:** Puedes hacerlo online o presencialmente. * **Online:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (Acceso al trámite), requiere certificado digital. * **Presencial:** En el Registro General del Ayuntamiento. **Modelos de solicitud:** * Declaración responsable para actividades temporales con finalidad diversa con instalaciones eventuales. * Instancia Puestos de Ubicación Aislada 2024 **Anexos:** * Procedimiento y documentación para autorizar un puesto de ubicación aislada con ocasión de las fiestas de la ciudad. * Procedimiento y documentación para autorizar un puesto de castañas. * Procedimiento y documentación para la autorización de kiosco de helados. * Declaración responsable para la venta de productos alimenticios. * Guia de Prácticas Correctas de Higiene para la Venta y Preparación de Alimentos en Puestos de Venta No Sedentarios. * Certificado final de instalación. * Plan actuación emergencias. * Declaración responsable de los técnicos protectistas y director de la ejecución del proyecto y proyecto técnico * Certificación Seguro de Responsabilidad Civil * ANEXO III. AFECTACIONES A CALZADAS DE LAS VÍAS PÚBLICAS, CON MOTIVO DE LA * Documento Representación * Resolución Anual por la que se aprueba la Regulación Específica para la Autorización de Instalaciones Temporales de Venta en Ubicación Aislada en la Vía Pública Promovidas por Particulares durante el ejercicio 2025. ## Ayuda **Contacto** Departamento de Ocupación de Vía Pública C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 - 5ª planta C. Postal: 03001 Horario: lunes y miércoles de 10:00 a 13:00 horas.
## Resumen Este trámite permite solicitar autorización para instalar veladores (mesas, sillas, etc.) en la vía pública junto a establecimientos de hostelería o restauración en Alicante. ### Quién puede usar este servicio Titulares de establecimientos de hostelería o restauración. ### Antes de empezar Es importante consultar los [Planes Ordenadores](https://www.alicante.es/es/contenidos/planes-ordenadores-ocupacion-publica-veladores) de la Ocupación de la Vía Pública. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Copia del DNI, CIF o Tarjeta de identidad del solicitante. * Documentación que acredite la titularidad de la actividad. * Plano de situación a escala 1:500 ó 1:100. Puedes obtenerlo en [https://guiaurbana.alicante.es/](https://guiaurbana.alicante.es/) * Plano de ubicación de los veladores a escala 1:100, detallando: * Longitud de fachada del establecimiento. * Ancho de la calle, acera o lugar de la vía pública. * Número total de mesas, sillas y dimensiones. * Ubicación de accesos a viviendas o locales colindantes. * Mobiliario urbano existente. * Vías ciclistas, marquesinas de bus/taxi. * Pasos y vados peatonales. * Otros datos de interés. * Plano de distribución del local con licencia de apertura. * Copia de la licencia municipal de apertura o informe de Urbanismo. * Copia de la Declaración censal (Impreso 036/037). * Propuesta de mobiliario con fotos o catálogo y ficha técnica. * Proyecto de sombrillas o toldos (si aplica). * Certificado de Seguro de Responsabilidad Civil y de Incendios. * Información sobre estufas u otros elementos de calefacción (si aplica). * Número de referencia catastral del local. ### Costes y plazos El coste depende de las tasas municipales. El plazo de resolución no está especificado. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud: * **Online:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (requiere certificado digital): [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=OV06&idioma=es) * **Presencial:** En el [Registro General](https://www.alicante.es/es/equipamientos/registro-general) del Ayuntamiento de Alicante. ### Información sobre cada etapa La solicitud será revisada por el Departamento de Ocupación de Vía Pública. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez revisada la solicitud, se emitirá una resolución. ### Plazos de resolución No especificado. ## Ayuda ### Contacto Departamento de Ocupación de Vía Pública: * Ubicación: C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 – 5ª planta. C. Postal: 03001 * Teléfono: 965149318 - 965149326 * Correo electrónico: [ocupacion.viapublica@alicante.es](mailto:ocupacion.viapublica@alicante.es) ### Recursos adicionales * [Formulario Solicitud Nueva Instalación Veladores](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/201911/02-solicitud-veladores-nueva-instalacion_ver_19_3_1.pdf) * [MODELO CERTIFICADO SEGURO VELADORES](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202009/modelo-certificado-seguro-veladores.pdf) * [Documento Representación](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202502/modelo-representacion-1_4.pdf) * [Cálculo orientativo de la tasa](http://w2.alicante.es/ovp/veladores.php)
## Resumen Este trámite permite solicitar autorización al Ayuntamiento de Alicante para instalar un puesto de venta no sedentaria en mercados ocasionales que se celebren en el municipio. **Quién puede usar este servicio:** Cualquier persona física o jurídica que desee participar en un mercado ocasional vendiendo productos. **Antes de empezar:** * Asegúrese de cumplir con la normativa vigente en materia de venta no sedentaria. * Reúna toda la documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Declaración responsable para la solicitud de autorización de Mercado Ocasional * Documento de representación (si actúa en nombre de una empresa). * Declaración responsable de los técnicos competentes (proyectista y director de la ejecución del proyecto). * Proyecto técnico. * Plan de Actuación de Emergencias. * Certificado técnico final de instalación (debe poseerse el primer día de montaje, no se aporta en la tramitación previa). * Si se venden productos alimenticios: Declaración Responsable de Venta de Productos Alimenticios. **Requisitos previos:** * Cumplir con la Ordenanza Reguladora de la Venta No Sedentaria y Otras Actividades y Espectáculos Temporales con Finalidad Mercantil en la Vía Pública. * Cumplir con el Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell de la Generalitat Valenciana. * En caso de venta de alimentos, cumplir con la Guía de Prácticas Correctas de Higiene para la Venta y Preparación de Alimentos en Mercados No Sedentarios. **Costes y plazos:** * No especificado. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúna la documentación necesaria. 2. Presente la solicitud: * **Online:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (requiere certificado digital): Acceso al trámite * **Presencial:** En el Registro General del Ayuntamiento de Alicante. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * El Ayuntamiento revisará la solicitud y la documentación. * Se le notificará la resolución. ## Ayuda **Contacto:** Departamento de Ocupación de Vía Pública C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 - 5ª planta 03001 Alicante Horario de atención al público: lunes y miércoles de 10:00 a 13:00 horas. **Recursos adicionales:** * Declaración responsable de los técnicos competentes proyectista y director de la ejecución del proyecto y Proyecto técnico de la actividad en la que se requiera de instalaciones eventuales, portátiles o desmontables y Plan de Actuación de Emergencias. * Plan de actuación ante emergencias * Certificado final de la instalación * Solicitud de servicios de infraestructuras y servicios del Ayuntamiento * Anexo II. Solicitud punto de luz * ANEXO III. AFECTACIONES A CALZADAS DE LAS VÍAS PÚBLICAS, CON MOTIVO DE LA * Certificación de Seguro de Responsabilidad Civil * Baremo de méritos artículo 30 de la Ordenanza Reguladora. * Documento Representación
## Resumen Este trámite permite renovar la autorización para la ocupación de la vía pública con terrazas (veladores) en Alicante. La solicitud debe presentarse con al menos un mes de antelación. ## Lo que necesitas * Certificado de seguro de responsabilidad civil general y de incendios, con el recibo de pago. * Acreditación de la representación, si aplica. * Certificado técnico si la terraza tiene instalaciones portátiles o desmontables. ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios. 2. **Presentar la solicitud:** Puedes hacerlo por internet con certificado digital o presencialmente en el Registro General. * **Por Internet:** * Requiere certificado digital. * [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?useClave=true&texpcod=OV10&idioma=es) * **Presencial:** * [Registro General](/es/equipamientos/registro-general) ## Datos de contacto Departamento de Ocupación de Vía Pública * **Ubicación:** C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 – 5ª planta. C. Postal: 03001 * **Horario de atención al público:** martes y jueves de 09:00 a 13:00 horas. ## Modelos de solicitud * [Formulario Renovación Veladores](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/201911/02-solicitud-veladores-renovacion_ver_19_3.pdf) * [Modelo certificado seguro veladores](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202009/modelo-certificado-seguro-veladores_0.pdf) * [Modelo de representación](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202501/modelo-representacion.pdf)
## Resumen Esta convocatoria tiene como objetivo principal mejorar la competitividad de los establecimientos de comercio y hostelería en Alicante. Se busca lograr esto a través de proyectos desarrollados por las asociaciones que los representan, dinamizando las áreas comerciales y favoreciendo la vitalidad de la ciudad. ## Periodo Subvencionable El periodo para realizar las actividades subvencionables comprende desde el 1 de enero hasta el 26 de noviembre de 2023. ## Beneficiarios Las asociaciones que pueden optar a estas subvenciones deben agrupar mayoritariamente a establecimientos dedicados al comercio al por menor y a la hostelería, cumpliendo los siguientes requisitos: 1. Estar legalmente constituidas, sin ánimo de lucro y en activo. 2. Desarrollar su actividad principal y tener su domicilio social y fiscal en el municipio de Alicante. 3. Tener más de 25 establecimientos asociados a fecha de la solicitud, en activo en el municipio de Alicante, de los que al menos el 51% desarrollen actividad relacionada con el comercio o la hostelería. 4. La persona titular de la presidencia y al menos el 80% de los miembros de la junta directiva deben estar en activo en los sectores antes indicados. 5. Al menos el 80% de los asociados de las entidades beneficiarias deben ser pymes o autónomos. 6. Disponer de ingresos propios a través de las cuotas de los asociados que supongan al menos un 10% del presupuesto que se solicita. 7. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas o sanciones de naturaleza tributaria municipal. 8. No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. ## Cómo Tramitar El trámite se realiza en la Sede Electrónica del Ayuntamiento: * Acceso al trámite Es necesario disponer de certificado digital de representante de persona jurídica para realizar el trámite digital. ## Ayuda Para consultas o aclaraciones sobre la convocatoria, contactar con comercio@alicante.es. ## Información Adicional * Plazo de presentación: Del 13 de abril de 2023 hasta el 2 de mayo de 2023. * Bases de la convocatoria: BASES DE CONVOCATORIA SUBVENCIONES 2023 * Anexo: ANEXO 2023 CUENTA JUSTIFICATIVA * Publicación de la convocatoria en el BOP * Imagen corporativa de la Concejalía de Comercio y Hostelería
## Resumen Este trámite permite a las asociaciones de comerciantes justificar las subvenciones que recibieron para promover y dinamizar el comercio y la hostelería durante 2023. Deben incluir todos los documentos requeridos en las bases reguladoras. **Quién puede usar este servicio:** Asociaciones de comerciantes que recibieron estas subvenciones. **Importante:** Lee la base octava de las bases reguladoras adjuntas para justificar correctamente. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Cuenta justificativa firmada. * Facturas de los gastos. * Memoria justificativa de la actuación firmada. * Evidencias de las actividades realizadas. * Justificantes de pagos a proveedores (opcional). **Plazos:** * La justificación se puede realizar **hasta el 3 de diciembre de 2023** para acciones realizadas entre el 1 de enero y el 26 de noviembre de 2023. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Reúne toda la documentación requerida. 2. Accede al trámite a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante (requiere certificado digital). 3. Completa la cuenta justificativa con la relación ordenada y numerada de las facturas. 4. Adjunta todos los documentos solicitados. 5. Presenta la justificación. **Información importante:** * Los documentos justificativos de gasto deben detallar las acciones, el lugar y la fecha de ejecución, así como el coste por unidad o por hora de servicio. * Los documentos bancarios que acrediten el pago deben identificar el número de factura, el proveedor y la asociación que realiza el pago. * Es obligatorio mencionar el apoyo de la Concejalía de Comercio y Hostelería del Ayuntamiento de Alicante en la difusión de las acciones, según lo establecido en las bases reguladoras. ## Anexos * BASES REGULADORAS 2023 * MODELO CUENTA JUSTIFICATIVA
## Resumen Esta convocatoria tiene como objetivo principal impulsar la competitividad de los establecimientos de comercio y hostelería en Alicante. Se busca apoyar proyectos desarrollados por sus asociaciones representativas que dinamicen las áreas comerciales y mejoren la vitalidad de la ciudad. ## Beneficiarios Las asociaciones que pueden optar a estas subvenciones deben agrupar mayoritariamente a establecimientos de comercio al por menor y hostelería, o ser asociaciones de vendedores en mercados y mercadillos municipales. Deben cumplir los siguientes requisitos: 1. Estar legalmente constituidas, sin ánimo de lucro y en activo. 2. Desarrollar su actividad principal y tener su domicilio social y fiscal en el municipio de Alicante. 3. Tener más de 25 establecimientos asociados, con al menos el 51% dedicados al comercio o la hostelería. 4. La persona titular de la presidencia y al menos el 80% de los miembros de la junta directiva deben estar en activo en los sectores mencionados. 5. Al menos el 80% de los asociados deben ser pymes o autónomos. 6. Disponer de ingresos propios a través de las cuotas de los asociados que representen al menos un 10% del presupuesto solicitado. 7. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tener deudas o sanciones tributarias municipales. 8. No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. ## Cómo Tramitar El trámite se realiza a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento: [Acceso al trámite](https://bpm.alicante.es/OAC/TramitadorExt.jsp?idioma=es&texpcod=CO01&useClave=true) Es necesario contar con un certificado digital de representante de persona jurídica para realizar el trámite online. ## Plazos El plazo de presentación de solicitudes es del 2 de Julio de 2024 hasta el 21 de Julio de 2024. El periodo subvencionable para la realización de las actuaciones es del 1 de enero al 24 de noviembre de 2024. ## Documentación La documentación a presentar se detalla en la base séptima de las bases de la convocatoria. * [CUENTA JUSTIFICATIVA](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202408/anexo-2024.odt) ## Ayuda Para consultas o aclaraciones sobre la convocatoria, contactar con [comercio@alicante.es](mailto:comercio@alicante.es). * [Bases reguladoras de la convocatoria](https://www.alicante.es/sites/default/files/documentos/202411/bases-convocatoria-def.pdf) * [Publicación de la convocatoria en BOP](https://www.dip-alicante.es/bop2/pdftotal/2024/07/01_124/2024_005237.pdf) * [Imagen corporativa de la Concejalía de Comercio y Hostelería](https://www.alicante.es/es/documentos/imagen-corporativa-concejalia-comercio-y-hosteleria-alicante)
## Resumen Convocatoria de subvenciones para asociaciones y entidades turísticas que buscan fortalecer Alicante como destino turístico durante el año 2023. ### Quién puede usar este servicio Asociaciones y entidades de ámbito turístico. ### Antes de empezar Revisar las bases de la convocatoria y asegurarse de cumplir con los requisitos. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Anexo I: Relación de facturas y justificantes (Anexo I) * Anexo II: Declaración responsable y autorización para consulta de deudas (Anexo II) * Anexo de representación (si aplica) (Anexo de representación) ### Plazos El plazo de presentación es del 16 de Noviembre de 2023 hasta el 29 de Noviembre de 2023. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Preparar la documentación requerida. 2. Presentar la solicitud telemáticamente o por correo electrónico. #### Presentación telemática * Requiere certificado digital. * Acceder al trámite: Acceso al trámite #### Presentación por correo electrónico * Enviar la solicitud y la documentación a: patronato.turismo@alicante.es ## Ayuda ### Contacto * E-mail: patronato.turismo@alicante.es ### Recursos adicionales * Bases de la convocatoria: Bases de la convocatoria.pdf * Decreto de aprobación de la convocatoria: Decreto de aprobación de la convocatoria.pdf * Edicto: Edicto.pdf
## Resumen Este trámite permite transferir la autorización de una terraza de veladores a un nuevo titular, siempre que este haya adquirido la licencia de apertura del establecimiento al que pertenece la terraza. También permite modificar el mobiliario o la distribución de la terraza, dentro de ciertos límites. ### Quién puede usar este servicio El nuevo titular de la licencia de apertura del establecimiento público al que está vinculada la terraza de veladores. ### Antes de empezar Es fundamental haber completado la cesión o transmisión de la licencia de apertura del establecimiento. ## Lo que necesitas ### Documentos requeridos * Si actúas mediante un representante, el documento que acredite dicha representación. * Copia del NIF/NIE. * Copia de la licencia municipal de apertura del establecimiento. * Copia de la declaración censal. * Certificado del seguro de responsabilidad civil y de incendios, junto con el recibo de pago. * Documentación gráfica de la terraza (dimensiones, características, materiales, fotos). ### Requisitos previos * Haber realizado la cesión o transmisión de la licencia de apertura. * Contar con un seguro de responsabilidad civil vigente. ### Costes y plazos * Coste: No especificado. * Plazos: No especificado. ## Cómo hacerlo ### Paso a paso del proceso 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud, ya sea online o presencial. ### Información sobre cada etapa * **Solicitud:** Rellena el formulario de solicitud (Formulario instancia solicitud cambio de titularidad). * **Documentación:** Prepara todos los documentos requeridos. * **Presentación:** Presenta la solicitud online o en el Registro General. ## Después de hacerlo ### Qué sucede después Una vez presentada la solicitud, el Ayuntamiento la revisará y, si todo está correcto, aprobará la transmisión de la autorización. ### Plazos de resolución No especificado. ### Siguiente pasos Una vez aprobada la transmisión, podrás operar la terraza de veladores bajo tu titularidad. ## Ayuda ### Contacto Departamento de Ocupación de Vía Pública: * **Ubicación:** C/ Cándida Jimeno Gargallo, 1 – 5ª planta. C. Postal: 03001 * **Horario:** Martes y jueves de 09:00 a 13:00 horas. ### Recursos adicionales * Modelo certificado seguro veladores * Modelo Representación ### Formas de presentación * **Por Internet:** Requiere certificado digital (Acceso al trámite). * **Presencial:** En el Registro General.