Registro de titularidad compartida de explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 385)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Proceder a la inscripción, seguimiento y supervisión del registro de una explotación de titularidad compartida de la Región de Murcia
Destinatarios
Ciudadanía.
Matrimonio o pareja de hecho que gestionan conjuntamente la explotación agraria y solicitan reconocimiento administrativo como unidad económica, sin personalidad jurídica, y susceptible de imposición a efectos fiscales.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA AGRARIA COMÚN (A14028783)
Requisitos de solicitud o iniciación
a. Las dos personas titulares de la explotación deben estar dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por su actividad agraria o, en su caso, en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios incluido en dicho Régimen, para poder comprobarse de manera fehaciente que ejercen la actividad agraria. Este requisito debe cumplirse con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de inscripción
b. Ejercer la actividad agraria y trabajar en la misma de modo directo y personal, tal y como está definido en la Ley 19/1995, de 4 de julio.
c. Residir en el ámbito territorial en que radique la explotación. Se entiende que las personas titulares deben residir en la comarca o comarcas limítrofes donde se ubique la explotación.
d. Que las explotaciones agrarias estén situadas en el ámbito territorial de la Comunicad Autónoma de la Región de Murcia. En los casos en que una explotación esté integrada parcialmente por elementos territoriales situados en otra Comunidad Autónoma, se considerará dentro del ámbito de aplicación de este Decreto cuando la mayor parte de su base territorial esté situada en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE TITULARIDAD COMPARTIDA
- Certificado de cuenta bancaria
(Obligatorio / Original) - Código de identificación fiscal: CIF
(Obligatorio / Original)
De la explotación agraria de titularidad compartida - Informe/ Certificación de vida laboral
(Obligatorio / Original)
- Consulta de Datos de Identidad (*)
- Consulta de datos de residencia con fecha de la última variación (*)
- Consulta de Certificación de Titularidad del Catastro (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE TITULARIDAD COMPARTIDA
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE POLITICA AGRARIA COMUN
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | DIRECTOR/A GENERAL DE POLITICA AGRARIA COMUN |
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Alzada | CONSEJERO/A AGUA,AGRI.,GANAD.,PESCA Y M.A. |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Normativa
- Decreto n.º 8/2013, de 18 de enero, por el que se crea y regula el registro de explotaciones agrarias prioritarias y de titularidad compartida de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Real Decreto 297/2009, de 6 de marzo, sobre titularidad compartida en las explotaciones agrarias.
- Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias.