Cesión gratuita en propiedad o en uso, a terceros, de inmuebles o muebles de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (código 626)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Ceder gratuitamente bienes de dominio privado cuya explotación o afectación al uso o servicio público no se juzgue previsible para fines de utilidad pública o interés social.
La cesión se resolverá y se producirá la reversión del bien a la Administración, cuando los bienes cedidos no fueran utilizados para el fin o destino previsto o cuando venza el término señalado a la cesión, salvo prórroga.
Destinatarios
Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.
Administraciones, Fundaciones, Asociaciones sin ánimo de lucro, Sindicatos, Patronales, Colegios Profesionales, Confesiones Religiosas, Estados extranjeros y Organismos Internacionales
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO (A14028317)
Requisitos de solicitud o iniciación
Bienes cuya afectación o explotación al uso o servicio público no se juzgue previsible.
Que la cesión tenga como finalidad la utilidad pública o interés social.
- Código de identificación fiscal: CIF
(Obligatorio / Original) - Certificado de la inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual
(Obligatorio / Original) - Acreditación de la inscripción de la Entidad en el Registro legal correspondiente
(No obligatorio / No original)
- Certificados de actos inscribibles al registro de asociaciones de la CARM (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A PRESIDENCIA Y HACIENDA |
Recursos que proceden ante la Administración Justicia | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |
Información adicional sobre recursos
Agota la vía administrativa:Inmuebles: Acuerdo de Consejo de Gobierno. Autorización de la Asamblea Regional si el valor del inmueble supera los 601.012,10 euros, (100 millones de pesetas).Muebles: Orden de la Consejera de Economía y Hacienda.Recurso que cabe interponer: Potestativo de Reposición o Contencioso-Administrativo o, en su caso, Reclamación previa a la vía jurisdiccional ordinaria.