Quejas, Sugerencias, Felicitaciones y Peticiones de Información. (código 867)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Plantear ante la Administración Pública de la Región de Murcia, las sugerencias o quejas sobre el funcionamiento de los servicios prestados y/o el trato recibido, como instrumento de participación para la mejora de la Administración.
Las empresas son sujetos obligados a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, que requieren certificado digital o DNI electrónico, en este caso si la persona representa a una empresa, se dirige a la Sede de la CARM a través de https://sede.carm.es, y desde el formulario específico del procedimiento 0867 Quejas y sugerencias de los ciudadanos.
En la Carta de servicios del Servicio de Atención al Ciudadano figura el siguiente compromiso con relación a este procedimiento:
"3. Las quejas sobre los servicios prestados por la red de Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de Carácter General, no superarán, en cómputo anual el 1%.
6. Las quejas sobre los servicios prestados a través del teléfono corporativo de atención al ciudadano, 012, no superarán en cómputo anual el 1%".
Destinatarios
Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, PARTICIPACIÓN Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE REGENERACIÓN Y MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA (A14028800)
Requisitos de solicitud o iniciación
Los ciudadanos o empresas pueden formalizar sugerencias, quejas sobre el funcionamiento y prestación de servicios de la Administración Pública de la Región de Murcia, acreditando su identidad o bien de forma anónima.
Para recibir respuesta a las sugerencias y quejas, es preciso que se faciliten los datos que permitan identificar y localizar a los interesados, a efectos de comunicación.
Aquellas realizadas de forma anónima, no se podrá ofrecer respuesta al interesado, salvo que reitere su queja identificándose por cualquiera de los medios dispuestos.
Pueden realizarse:
1. Presencialmente en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano.
En este caso, el interesado cumplimentará por sí mismo o a través del funcionario que actúe al efecto, el escrito correspondiente. Cuando haya sido transcrito por el funcionario, el formulario necesariamente ha de ser firmado por el interesado.
2. Telefónicamente llamando al 012 ó al 968 36 20 00 si llama desde otra Comunidad Autónoma.
3. Electrónicamente en el Portal de la CARM, a través de:
Formulario específico para el que se requiere certificado digital.
El plazo para comunicar al interesado las actuaciones realizadas por la Administración Pública de la Región de Murcia, relacionadas con la sugerencia o queja, es de 30 días, a contar desde la presentación de la misma.
Presentación electrónica de solicitudes
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Presentación electrónica de solicitudes
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Cuando el trámite requiere abono de tasas, puede obtener la carta de pago en esta misma página y realizar el pago antes de presentar la solicitud, También puede obtener la carta de pago en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional en la que vaya a realizar la presentación, y realizar el pago a través de una entidad bancaria o con tarjeta de crédito o débito a través de la Pasarela de pagos (TPV-Virtual) de la CARM o en las Oficinas de Atención al Ciudadano que dispongan del servicio de "Pago de tasas con tarjeta bancaria".
Los certificados, cuando se obtiene lo solicitado electrónicamente, de manera inmediata, está exenta del pago de tasas.
Modelos para solicitudes
Lugares presentación
- Entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: Este servicio finaliza con la comunicación a los interesados, por el Servicio de Atención al Ciudadano, de las actuaciones y , en su caso, medidas adoptadas, en el plazo de 30 días, a contar desde que se formuló la queja o sugerencia. Si las sugerencias o quejas no fuesen contestadas en el plazo de 30 días , el Servicio de Atención al Ciudadano las dirigirá a la Inspección General de los Servicios.
Plazo de resolución:
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene / De oficio: No tiene
Información adicional sobre recursos
Normativa
- Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, 14 de junio de 2006 por la que se crea un Registro Telemático auxiliar del Registro General de la Comunidad Autónoma de Murcia para la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones y se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos.
- Decreto n.º 236/2010, de 3 de septiembre, de Atención al Ciudadano en la Administración Pública de la Región de Murcia.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.