Examen de competencia profesional para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera (mercancías y viajeros) (código 559)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Reconocer la competencia profesional, para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, en sus modalidades: mercancías y viajeros.
Hay dos modalidades establecidas:
a) Para el transporte de mercancías.
b) Para el transporte de viajeros.
Fecha de los ejercicios:
1ª Convocatoria
Transporte de Mercancías: 04/06/2019.
Transporte de Viajeros: 06/06/2019.
2ª Convocatoria
Transporte de Mercancías: 05/11/2019.
Transporte de Viajeros: 07/11/2019.
El lugar y hora de realización de los exámenes escritos se harán públicos mediante nota informativa por parte del Tribunal exponiéndolos con antelación a cada fecha de examen en los tablones de anuncios y en la página WEB de la Dirección General de Transportes, Costas y Puertos.
Los aspirantes deberán concurrir a los exámenes escritos provistos de un documento oficial acreditativo de su identidad (DNI, permiso de conducir o pasaporte, cualquiera de ellos original y en vigor), de lápiz nº2, goma de borrar, bolígrafo y calculadora.
Exámenes escritos:
Contenido: Los aspirantes deberán superar un examen escrito que versará sobre el contenido de las materias enumeradas en el anexo I, parte I del Reglamento (CE) nº 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera.
Estructura: El examen escrito constará de dos pruebas.
La primera prueba consistirá en contestar a 100 preguntas tipo test, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, sobre el contenido de las materias del programa que corresponda.
La segunda prueba consistirá en resolver mediante cálculo matemático o una explicación escrita, seis supuestos prácticos que requieran la aplicación de las materias del programa a casos concretos.
El tiempo para la realización de cada una de las partes de las que consta el ejercicio será de 2 horas.
Calificación: se calificarán de 0 a 10 puntos, de acuerdo con las siguientes reglas de valoración:
En la primera parte de cada ejercicio, las preguntas tipo test correctas o erróneamente contestadas se valorarán con 0,04 y -0,02 puntos cada una, respectivamente. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán positiva ni negativamente.
En la segunda parte de cada ejercicio, la contestación a cada supuesto práctico se valorará entre 0 y 1 punto, las no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni negativamente.
Para aprobar el ejercicio será necesario obtener una calificación no inferior a 2 puntos en la primera parte ni a 3 puntos en la segunda, y que la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas partes sea igual o superior a 6 puntos.
Mas información en http://opweb.carm.es/transportistas, donde podrá consultar todo lo relativo a las pruebas: listados de admitidos y excluidos, listados de aptos, etc.
Correo Electrónico de contacto: transportes-capacitacion@listas.carm.es
Destinatarios
Ciudadanía.
Personas físicas que tengan su residencia en la Región de Murcia.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL (A14028863)
Requisitos de solicitud o iniciación
Estar domiciliado en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, lo cual debe constar en el DNI en vigor del interesado.
Cuando se hayan producido cambios de domicilio, que no haya sido posible reflejar en el DNI, se deberá presentar certificado de empadronamiento, en el que conste que, al menos 185 días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reside en la Región de Murcia.
También podrá concurrir el aspirante que acredite que, aún habiendo tenido su domicilio en lugar distinto menos de 185 días del último año, se ha visto obligado, por razones familiares o profesionales, a cambiar su residencia. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida, cuando se trate de una estancia temporal en una localidad, para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una Universidad, Escuela o centros docentes no implica el traslado de la residencia habitual.
Información https://opweb.carm.es/transportistas
Examen competencia profesional para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera
- Informe/ Certificación de vida laboral
(Obligatorio / Original)
En su caso, informe/certificación vida laboral donde conste la fecha de alta o inicio de la actividad empresarial o profesional. - Acreditación
(Obligatorio / No original)
DNI en vigor en el que figure su domicilio en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a efectos de acreditar su residencia habitual. - Certificado
(Obligatorio / Original)
En su caso, certificado del Servicio Regional de Empleo y Formación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo). - Justificante del pago de la tasa
(No obligatorio / No original)
T120 que deberá realizar obligatoriamente durante el plazo de presentación de solicitudes. (50% de la tasa, si el aspirante se encuentra en situación de desempleo/o terrorismo; el 100% de la tasa, si el aspirante inicia su actividad empresarial o profesional, cuando el devengo de la tasa se produzca durante el primer y segundo año de actividad). - Certificación
(No obligatorio / No original)
En su caso, certificado de empadronamiento donde se acredite que el aspirante ha tenido su domicilio en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, al menos,185 días naturales del último año, contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. - Certificado de víctima del terrorismo expedido por el Ministerio del Interior
(No obligatorio / No original)
En su caso, certificado de víctima del terrorismo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 y concordantes de la Ley 7/2009, de 2 de noviembre, de Ayuda a las víctimas del Terrorismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
-
T120. Tasa sobre capacitación profesional en materia de transporte
000001 - Derechos de examen de capacitación profesional
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MOVILIDAD Y LITORAL
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |
Normativa
- Ley 5/2013, de 8 de julio, de apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Región de Murcia.
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- ORDEN de 28 de mayo de 1999 por la que se desarrolla el capítulo I del título II del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en materia de expedición de certificados de capacitación profesional.
- Orden FOM/734/2007, de 20 de marzo, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera.
- Resolución de 30 de enero de 2019 de la Dirección General de Transportes, Costas y Puertos de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se convocan pruebas para la obtención del Certificado de Competencia Profesional para el ejercicio de la profesión de Transportista por Carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2019.
- Reglamento (CE) nº 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y por el que se deroga la Directiva 96/26/CE del Consejo.