Emisión de informe sectorial de impacto acústico de los instrumentos de planeamiento de desarrollo para los suelos urbanos y urbanizables situados junto a autopista y autovías (código 6802)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Emitir Informe de impacto acústico al que hace referencia el artículo 13 del Decreto 48/1998, de 30 de julio de protección del medio ambiente frente al ruido.
Destinatarios
Administración.
Todos los instrumentos de planeamiento de desarrollo (para los suelos urbanos y urbanizable) situados junto a autopistas y autovías, deben ser informados desde el punto de vista acústico por la Consejería de Presidencia, con carácter previo a su aprobación definitiva.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Requisitos de solicitud o iniciación
- Ser un instrumento de Planeamiento de desarrollo para los suelos urbano y urbanizable y estar situado junto a autopistas o autovías.
- Presentación de una Memoria ambiental que contenga los criterios y directrices señalados en el Decreto 48/1998, de 30 de julio, de protección del medio ambiente frente al ruido.
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE MEDIO AMBIENTE
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio.