Informes en materia de planeamiento urbanístico (código 1121)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
Visualizar toda la información completa Teléfonos de Información
012 y 968 362 000
Objeto
Atender las solicitudes de informes preceptivos y facultativos que en materia de planeamiento urbanístico, los Ayuntamientos dirigen a la Dirección General competente en materia de Urbanismo.
Destinatarios
Administración.
Ayuntamientos de la Región de Murcia.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN GENERAL DE TERRITORIO Y ARQUITECTURA (A14028861)
Requisitos de solicitud o iniciación
La solicitud ha de venir acompañada del acuerdo del órgano municipal que corresponda (Alcalde, Junta de Gobierno, Pleno) por el que se aprueba el instrumento de planeamiento sobre el que se solicita informe, junto con copia del expediente administrativo seguido por el Ayuntamiento y el proyecto técnico con la debida diligencia sobre el acuerdo por el que se aprueba en sede municipal.
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL DE TERRITORIO Y ARQUITECTURA
Plazo de resolución: 1 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo