Autorización de ocupación del espacio público con mesas y sillas en calle Legión
Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración
Consejería
Medio Ambiente y SostenibilidadDirección General
Dirección General de Gestión TécnicaQuien puede solicitar
Persona FísicaDescripción del Procedimiento
Presentar la solicitud de la petición de la colocación de terrazas, ajustada a las medidas autorizadas por la Consejería de Medio Ambiente.
Requisitos
Locales con licencia de apertura en vigor.
Documentación de inicio
- Solicitud en la que conste el local de hostelería desde el que se servirá la terraza, así como el número o números de la calle en cuya fachada la colocarán.
- En los casos de solicitarse unas condiciones distintas a las especificadas en la convocatoria, se deberá acompañar a esta solicitud con un plano de las superficies y situación de las mesas y sillas, así como la argumentación de la necesidad de la variación.
Plazo de Presentación
A partir de la fecha de publicación en el BOME.Impuestos y/o tasas vinculadas
NoForma de presentar la solicitud
PresencialForma de iniciación
A petición del interesadoFin via
SíEfectos presuntos
NegativoRecursos
No cabe recursoNormativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
- Orden núm. 5277, de 7 de octubre de 2015, relativa a la propuesta de resolución de la Consejería de Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla respecto a la autorización de ocupación del espacio público con mesas y sillas en Calle Legión. BOME núm. 5277 de 13 de octubre de 2013.
- Orden núm. 111, de 9 de noviembre de 2015, relativa a autorización de ocupación del espacio público con mesas y sillas en Calle Legión. BME núm. 5285 de 10 de noviembre de 2015.
Observaciones
- Las terrazas podrán colocarse en situación:
- A (de 28 m2)
- B (de 22 m2)
- A + B (con un total de 50 m2)
- B + D (de 44 m2)
- A + B + D (de 72 m2)
- En casos excepcionales se autorizarán terrazas en situaciones:
- A + B + C (de 72 m2)
- B + C (de 44 m2)
- Siempre que se solicite la consejería podría autorizar la colocación de toldos anclados a la fachada del local, sin paños laterales.
- Para delimitar las terrazas se permite:
- La colocación de barandillas de acero del modelo general de la Ciudad.
- La colocación de cortavientos, que constarán de una parte inferior ciega de altura no superior a 95cm y, opcionalmente, una zona superior acristalada no superior a 65cm.
- La colocación de jardineras rectangulares de piedra artficial, de tamaño aproximado 100x34x44 cm que deberán dotarse de setos.
- En el caso de terraza en posición A, será obligatoria la colocación de protecciones a base de jardinera.
- No se permitirá la colocación de plataformas elevadas, techos, soportes fijos o estructuras de cualquier material.
- Se prohíben expresamente la instalación de mesas y sillas con publicidad o de colores llamativos.
- El establecimiento marcará con pintura de tráfico blanca las esquinas de la superficie autorizada.
- La existencia de elementos especiales como Kioscos, mobiliario urbano o cualquier otro condicionante, podrá impedir la autorización de la instalación de mesas y sillas en puntos concretos de la calle.