Ministerio de Desarrollo Productivo

  • Si necesitás importar mercadería destinada a la rehabilitación, tratamiento y capacitación de personas con discapacidad y verificás que no se fabrique en el país, podés tramitar por Aduana la exención del pago de todos los impuestos.

    La inexistencia de producción nacional de implantes cocleares, sus procesadores o sus accesorios se da por verificada de acuerdo a la Resolución SI N° 38/2018.

    ¿Qué necesito?

    Si sos una persona física:

    • Tener fotocopia del DNI (1ra y 2da hoja).
    • Tener fotocopia del certificado de discapacidad.
    • Tener folletos y características en castellano del bien que se desea importar.
    • Tener una nota de solicitud indicando el producto a importar

    Si actuás en representación de la persona beneficiaria, también debés presentar:

    • Copia del DNI de la persona beneficiaria y fotocopia del DNI de quien lo tramita (1ra y 2da hoja).
    • Copia de la partida de nacimiento si sos padre o madre de la persona beneficiaria o copia del acta de designación como curador/a / tutor/a

    Si se trata de asociaciones y fundaciones sin fines de lucro:

    • Tener número de Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP).
    • Tener el estatuto vigente o que se encuentre en el RUMP.
    • Tener folletos y características, en castellano, del bien que se desea importar
    • Tener una nota de solicitud indicando el producto a importar

    Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.

    Normativa

    Ley 22431
    Resolución MEOSP N° 1388/97
    Resolución MEOSP N° 953/99
    Resolución SI N° 38/2018

    ¿Cómo hago?

    1

    Por Trámites a Distancia (TAD):

    1 - Ingresá a TAD con tu CUIT y clave fiscal. Si no estás adherido al servicio, entrá acá para saber cómo hacerlo.
    2 - Completá el formulario y adjuntá una copia del acta, estatuto o DNI, una copia de la autorización extendida por la Administración Nacional de Medicamento, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T) y folletería del producto.
    3 - Una vez realizado el trámite, se realizará la consulta correspondiente. En el caso de comprobarse la inexistencia de producción nacional, la Dirección Nacional de Industria se lo comunicará a la Dirección General de Aduanas y a vos a través de notificaciones TAD. En caso de que exista producción nacional, se te informará quién lo hace.

    2

    De forma presencial:

    1- Presentá la documentación requerida en Mesa de Entradas del Ministerio, en Av. Julio A. Roca 651. PB, sector 2, (C.A.B.A)
    2- Una vez que se informó sobre la existencia de producción nacional del producto a importar, dirigite a la Aduana con la documentación que necesites para iniciar el trámite.
    3- En caso de que exista producción nacional, se te informará quién lo hace.

    Contacto

    consultadiscap@produccion.gob.ar
    (011) 4349-3644

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Si representás a una empresa que fabrica motos y/o cuatriciclos, podés importar unidades incompletas, totalmente desarmadas, sin abonar aranceles aduaneros, siempre y cuando la fabricación de los vehículos se complete con componentes de origen nacional.
    La integración de partes tiene que alcanzar un mínimo anual, proporcional al valor de los vehículos importados por la empresa cada año.

    ¿Qué necesito?

    Requisitos

    Normativa

    Decreto Nº 81/2019
    Resolución Nº 23/2019
    [ Anexos]

    ¿Cómo hago?

    1

    Prepará una presentación, dirigida a “Secretaría de Industria - Dirección de Política Automotriz y Regímenes Especiales”, que contenga:

    • El Formulario de Adhesión al Decreto Nº 81/2019
    • El número de inscripción al RUMP.

    2

    Acercate a la Mesa de Entradas del Ministerio de Producción y Trabajo, en Av. Julio A. Roca 651, PB 2 (CABA).

    3

    Una vez que completes la solicitud de adhesión y dentro de un plazo de 20 días corridos, vas a recibir por correo electrónico el Certificado de Adhesión.

    Contacto

    (011) 4349-3530
    fsciarrot@produccion.gob.ar

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia


    Hasta diciembre de 2023

  • Si tenés una industria, podés importar maquinaria usada de no más de 20 años de uso y pagar solamente el 25% del arancel establecido, si está destinada a formar parte de una línea de producción completa y autónoma. Además, estás exento de pagar una tasa aduanera de comprobación de destino.

    ¿A quién está dirigido?

    Empresas interesadas.

    ¿Qué necesito?

    Requisitos
    • La empresa tiene que realizar alguna de estas actividades.
    • Los bienes a importar deben tener una antigüedad no mayor a 20 años y ser destinados a formar parte de una línea de producción completa y autónoma.
    • Adquirir maquinaria nueva fabricada en la Argentina por al menos el 30% del valor de los bienes que importes.
    • Estar inscripto en el Registro Único del Ministerio de Producción (RUMP). Si accedés por primera vez, entrá acá para saber cómo adherirte.
    • Contar con Trámites a Distancia (TAD) asociado a AFIP.
    Normativa

    Decreto M.P. 1174 del 15/11/2016
    Resolución S.C. y S.I. y S. 5 del 21/11/2016

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al TAD (Trámites a Distancia). Si no estás adherido al servicio, entrá acá para saber cómo hacerlo. Si vas a realizar el trámite en nombre de una empresa, necesitás tener la delegación de servicios vía AFIP. Entrá acá para saber cómo hacerlo.

    2

    En la sección Nuevo Trámite seleccioná, dentro de la categoría “Ministerio de Producción-Régimen de importación de Líneas de producción usadas” y completá los pasos.
    En caso de querer solicitar el Certificado de Trámite, seleccioná el trámite "Res. 1174/16 – Régimen de importación de Líneas de producción usadas – Solicitud de Certificado de Trámite".

    3

    Vas a recibir una notificación en el buzón de TAD una vez que el trámite esté procesado.

    Contacto
    256@produccion.gob.ar

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Si importás papel destinado a uso editorial para publicaciones de interés general, podés obtener una exención de los derechos de importación.

    ¿Qué necesito?

    Requisitos:

    Normativa

    Decreto 635/1992
    Resolución SIC 439/1992
    Resolución SIC 722/2011

    ¿Cómo hago?

    1

    En línea:

    1. Registrate acá y completá el formulario de inscripción.
    2. Descargá el formulario en PDF para poder adjuntarlo luego por TAD.
    3. Ingresá a TAD, seleccioná “Nuevo trámite” y escribí “Sector Editorial” en el cuadro de búsqueda.
    4. Seleccioná “Iniciar trámite” en la Sección del RISE.
    5. Completá los formularios y adjuntá la documentación requerida en la página.
    6. Una vez finalizado el trámite, seleccioná "confirmar trámite" para que se genere el número de expediente y lo puedas seguir.

    2

    Presencial:

    1. Registrate acá y completá el formulario de inscripción.
    2. Imprimí el formulario y presentalo en Mesa de Entradas, Av. Julio A. Roca 651, planta baja, junto a la documentación requerida.
    3. Cuando el trámite de inscripción esté finalizado vas a recibir la notificación por correo electrónico.
    4. Retirá el certificado de inscripción en Mesa de Entradas.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Obtené una autorización para importar de forma temporal automotores nuevos para utilizarlos en exposiciones y exhibiciones

    ¿Qué necesito?

    Si sos fabricante o importador de vehículos, tenés que estar inscripto en el Registro correspondiente.

    Si sos persona jurídica, tu actividad tiene que fundamentar el pedido.

    Datos del vehículo

    Normativa

    Resolución SICPME 838/1999

    Resolución SICPME 115/2004

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la solicitud y la documentación requerida en Mesa de Entradas del Ministerio, en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja (CABA)

    Contacto

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Si trabajás en el fortalecimiento de emprendimientos autogestivos o asociativos y tenés una propuesta para mejorar las condiciones socioeconómicas de ese sector, presentá tu proyecto para que sea un Nodo de Innovación Social.

    ¿Qué es un nodo de innovación social?
    Es un plan de trabajo para mejorar la competitividad y la productividad de emprendimientos sociales, en colaboración con actores del sector productivo involucrado.

    ¿Quiénes pueden participar?
    - Federaciones y confederaciones de cooperativas y mutuales
    - Organizaciones sociales y/o comunitarias
    - Asociaciones civiles
    - Fundaciones
    - Gobiernos municipales y provinciales
    - Universidades
    - Organizaciones de ciencia y técnica
    - Ministerios nacionales
    - Cámaras empresariales
    - Empresas recuperadas

    ¿Qué necesito?

    Requisitos:
    • Identificar de manera precisa un sector o población productiva, en un territorio determinado.
    • Abordar en forma directa a 80 o más emprendedores o unidades productivas.

    ¿Cómo hago?

    1

    Completá el formulario.

    2

    Enviá tu proyecto por correo electrónico a innovacionsocial@produccion.gob.ar, o presentalo impreso en la Dirección de Innovación Social: Ministerio de Producción de la Nación, Av. Julio A. Roca 651, Piso 5, Oficina 22, CABA.

    3

    Si tu proyecto es aprobado, vas a recibir un correo electrónico para implementar un plan de trabajo.

    Contacto

    Correo electrónico: innovacionsocial@produccion.gob.ar

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Vigencia


    Anual

  • Consultar la legislación, doctrina y jurisprudencia sobre propiedad industrial, como así también material bibliográfico sobre ciencia y tecnología disponible en la Biblioteca del Instituto Nacional de Propiedad Industrial.

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Realizar la consulta en forma personal en la Biblioteca o a través del correo electrónico: infobiblio@inpi.gov.ar.
    Asimismo, puede consultar en línea el Catálogo de la Biblioteca del INPI.

    Nota: el 100% de las consultas efectuadas en la Biblioteca por correo electrónico serán respondidas en un plazo que no exceda las 24 horas.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Fotocopias simples o entrega en forma electrónica
    7.10.5: hasta 10 pág. se exime el cobro
    7.10.1: llevando más de 10 pág, las 10 primeras $25.-
    7.10.2: excedente de 10 pág., $1,50.- por página

    De acuerdo a los aranceles fijados por la Res. 482/2012 del Ministerio de Industria en el ítem 7.10: copia de documentos a terceros.

    Precios vigentes desde el 1 de julio 2013

    Consultar en línea

  • Las empresas prestadoras de servicio telefónico deben informar a sus usuarios los precios de todos los planes vigentes al primer día del mes.

    ¿Qué necesito?

    Requisitos:
    • Ser una empresa prestadora de servicio de comunicaciones móviles
    • Tener clave fiscal nivel 2.
    Normativa

    Resolución N°176/2014

    ¿Cómo hago?

    1

    Da de alta el servicio interactivo “SCI-Solicitud de Contacto” en AFIP. Dependiendo de cual sea tu situación, podés consultar los instructivos para saber cómo dar de alta el servicio para tu propio CUIT o para dar de alta el servicio y delegar autorización a otro CUIT.

    2

    Accedé nuevamente a AFIP e ingresá a “Régimen informativo de precios”.

    3

    Descargá la planilla modelo, completá los datos y presentala en Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 11 y 12. C.A.B.A, de lunes a viernes de 9 a 17hs.

    Contacto:

    Dirección Av. Julio A. Roca 651, Planta Baja, Sector 11 y 12, CABA,
    Horario: lunes a viernes de 9 a 17hs
    Correo electrónico: ssci@mecon.gob.ar

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Si compraste o contrataste un bien o un servicio, y la empresa proveedora no cumplió con el compromiso asumido, podés comenzar el reclamo a través de la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor, que designará el método más apropiado para dar resolución al conflicto (jurisdicciones provinciales, Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo o Consumo Protegido).

    Si tuviste un conflicto con alguna de estas empresas, podés realizar tu reclamo directamente a través de Defensor del Cliente: Mercado Libre, ADT Security Services, Garbarino, Carrefour, HSBC, Despegar.

    ¿A quién está dirigido?

    A los consumidores que hayan tenido un problema con algún producto o servicio.

    ¿Qué necesito?

    Tu número de DNI o Pasaporte.

    Un teléfono o dirección de correo electrónico de contacto para recibir la respuesta a tu reclamo.

    Nombre y localidad del proveedor del bien o servicio por el cual reclamás.

    La información básica de la compra del servicio o producto (captura o foto de la factura, provincia donde lo adquiriste y donde lo usaste, datos del proveedor).

    ¿Cómo hago?

    1

    1- Ingresá al Formulario de Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor.

    Recordá que si tuviste un problema con alguna de estas empresas, podés hacer el reclamo directamente, a través de Defensor del cliente: ADT Security, Carrefour, Despegar, Garbarino, HSBC y Mercado Libre.

    2- Completá la información solicitada en el formulario con:

    • Tus datos personales.
    • Los datos del reclamo.
    • Los datos del proveedor.

    Si ya estás registrado en Mi Argentina, evitás ingresar tus datos básicos.

    3- Enviá el formulario. La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor lo va a derivar al organismo al que le corresponde atenderte.

    4- Esperá la respuesta, a través del medio de contacto que especificaste en el formulario, para saber cómo continuar con tu reclamo.

    5- Concurrí el día y hora acordados a la instancia de encuentro para resolver tu reclamo satisfactoriamente.

    Seguí tu reclamo ante Defensa del Consumidor.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    Podés hacer un seguimiento del estado del trámite en Mi Argentina o a través de la página de consulta.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    0800-666-1518

    Si necesitás orientación, llamanos a nuestra línea de atención gratuita de lunes a viernes entre las 9 y las 18 horas, comunicate por correo electrónico a consultas@consumidor.gob.ar o consultá las respuestas a las preguntas frecuentes.

  • Se trata de la inscripción de aquellos actos jurídicos que involucren transferencia de tecnología (asistencia técnica) o licencia de derechos de propiedad industrial: marcas, patentes, modelos y d.i., modelos de utilidad, know how, etc de una empresa con domicilio en el exterior a otra con domicilio en el país. Este Registro posee efectos fiscales (Ley 22.426).

    A esos fines deben cumplirse además algunas condiciones: impacto en el proceso productivo, transmisión de conocimiento.

    Se excluye de registro la adquisición de productos, la licencia de software(debe registrarse en la Dirección Nacional de Derecho de Autor) entre otros.

    ¿A quién está dirigido?

    Cualquier persona física o jurídica con domicilio en el país como receptor o licenciatario o domicilio en el extranjero como proveedor o licenciante en contrato de transferencia de tecnología (asistencia técnica, capacitación técnica, licencia de derechos de propiedad industrial incluyendo marcas, know how los cuales se aplicaran al proceso productivo de la local.

    Se puede realizar a través de Agentes de la Propiedad Industrial pero estos deben resultar apoderados con FACULTADES PARA EMITIR DECLARACIONES JURADAS IMPOSITVAS por la empresa pasibles de Ley Penal Tributaria.

    ¿Qué necesito?

    Solicitud de registro / modificación / ampliación – RG10.: Este formulario también se denomina Declaración Jurada la cual debe hallarse completa y firmada en todas sus fojas y en todos sus anexos (original y copia).
    Con los 2 Anexos que en ella se piden Anexo de Tecnología y Anexo de Monto. La descripción de la tecnología que se adquiere debe ser clara concreta y autosuficiente, debiendo guardar fiel correspondencia con las previsiones contractuales y aportando en los casos de licencia de marcas, patentes, modelos y/o diseños industriales, el detalle de las comprendidas dentro del objeto contractual.
    Cuando se trata de Licencia de Marcas y/o Patentes debe detallarlas (art. 9 de la Res. INPI 328/05) y cuando se trata de inscripciones con antecedentes de registro correspondientes a prestaciones de asistencia técnica o know how, debe efectuarse un detalle (cuadro) con la actualización de los conocimientos.

    Formulario para pago certificado AFIP.

    Formulario para pago de arancel por registro.

    Nota de presentación del trámite, en la que se indica el tipo de trámite que se viene a realizar y se identifica la documentación acompañada

    3 Copias simples del contrato en su idioma original, si está en idioma extranjero, con traducción por Traductor Público Nacional Matriculado, legalizada por el Colegio de Traductores Públicos de la Jurisdicción que corresponda. Si bien la presentación que se efectúa resulta a titulo informativo, los instrumentos a registrar deben contener todas las formalidades requeridas a los fines de acreditar el tenor de la contratación que se pretende llevar a registro. En caso de suscribirse en el extranjero deberá respetar las formalidades de validez en el lugar de origen asi como todas las legalizaciones correspondientes. Los actos instrumentados entre ausentes, o mediante oferta y aceptación deben sujetarse a las especificaciones antes detalladas. Cuando la aceptación resulte de un HECHO deberá acreditarse tal extremo.
    En caso de no abonarse impuesto de sellos deberá expresarse los fundamentos en el punto respectivo de la solicitud.

    Instrumentos que acrediten la personería del firmante y la facultad para representar a la persona o firma peticionaria ante este Organismo debidamente firmados en todas sus fojas (vg. Contrato Social, Estatuto, Acta de designación de autoridades, poder con facultades suficientes al efecto. Podrá hacerse remisión, en su caso, a un instrumento de poder presentado con anterioridad identificando concretamente el expediente en que se encuentra agregado.

    1 Declaración relativa a la disponibilidad de la tecnología que se adquiere en el país y, en su caso, las razones que justifican la imposibilidad de su obtención y la necesidad de su adquisición en el extranjero (conf. Ley de Impuesto a las Ganancias N° 20.628, art. 93, inciso a) apartado 1.

    1 Constancia que acredite el tipo de cambio utilizado para el cálculo del arancel y la conversión a moneda nacional de los importes contractualmente previstos. Tal conversión, por normativa impositiva, debe efectuarse al TIPO DE CAMBIO OFICIAL VENDEDOR COTIZACIÓN BILLETE a la fecha de la presentación de la solicitud. Puede extraerse de Internet pero debe hallarse refrendado. De existir diferencia con el tipo de cambio del día de presentación se le requerirá mediante una observación.

    La fijación de un MAIL VALIDO para notificaciones y un domicilio en el radio de la Capital Federal.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentación presencial

    Descargar el formulario en la página web del INPI, completarlo en forma digital e imprimirlo.

    Solicitud de registro / modificación / ampliación – RG10.:
    Formulario para pago certificado AFIP. El arancel por la emisión del certificado de la AFIP Código 620.000 es fijo de $ 2.000.-

    Formulario para pago de arancel por registro. El arancel por la registración del contrato es el importe equivalente al DOS y MEDIO POR MIL (2,5/00) del monto total de la prestación tecnológica incluyendo el Grossing Up, que se abona al presentar el trámite (Este monto debe surgir del instrumento a registrar o, en su defecto, deberá ser estimado al momento de la presentación) con un monto minimo de pago de $ 2.000.

    Adjuntar la documentación requerida EN PUNTO ANTERIOR: Nota de Presentación, 3 copias del contrato, acreditación de personería, copia de tipo de cambio.

    2

    Presentar la Solicitud y respectiva documentación, en Mesa de Entradas de Marcas.

    3

    Abonar el arancel en la Tesorería. Planta Baja, de Lunes a Viernes de 9:15 a 13:00 y de 13:45 a 15:45.

    Para pago con cheque, deberá utilizarse cheque certificado por banco, emitido a favor de: INPI 5100/622 RECAUDADORA FF 12. Puede utilizarse 1 solo cheque para ambos aranceles.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    ¿Cuál es el costo del trámite?

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.