Jefatura de Gabinete de Ministros

  • Te detallamos los requisitos que tenés que cumplimentar para inscribir tu institución en el Registro de SEDRONAR.

    ¿A quién está dirigido?

    A entidades e instituciones que llevan a cabo acciones y programas sobre prevención y asistencia a personas afectadas por el consumo problemático de drogas y alcohol y a sus familias.

    ¿Qué necesito?

    Personería Jurídica (Resolución aprobatoria).

    Estatuto.

    Acta de la última Asamblea y designación de autoridades.

    Contrato societario (para sociedades civiles y comerciales).

    Acta de constitución de sociedad.

    Habilitación municipal.

    Planos.

    Constancia de inscripción ante la AFIP.

    Título de propiedad o contrato de locación o de comodato.

    Reglamento interno.

    Seguros de responsabilidad civil comprensiva y mala praxis de cada uno de los profesionales de la Salud que pertenezcan al equipo de la institución.

    Último balance. Si la constitución de la personería es reciente, acompañá nota aclaratoria con informe de Contador Público matriculado.

    Matriculación habilitante de los directivos.

    Listado de recursos humanos con sus respectivos currículos (actualización periódica).

    Programas preventivos y/ o asistenciales.

    Organigrama de la institución.

    Si se trata de una entidad de bien público, tenés que acompañar copia certificada de la inscripción de los estatutos en el Registro de Entidades de Bien Público.

    Si es un establecimiento que presta servicios a Obras Sociales, deberás acompañar constancia de inscripción vigente en el Registro de Prestadores de la Superintendencia de Servicios de la Salud (SSS).

    • La documentación se presenta en original y copia simple.
    • En caso de ser una institución que presta asistencia tendrás que aportar además: a) Habilitación sanitaria; b) Convenio con Centro de Emergencia; c) Convenio con centro sanitario u hospital más cercano.

    ¿Cómo hago?

    1

    Comunicate previamente al teléfono: (+54-11) 4320-1200 (interno 1198/1317) o enviá un correo electrónico a: registroinstituciones@sedronar.gov.ar para que te asignen día y hora para concurrir.

    2

    Presentá la documentación en Sarmiento 546 - Ciudad de Buenos Aires, en el turno convenido.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

  • Los Operadores de Servicios Postales (Correo Oficial y Prestadores de Servicios Postales) pueden solicitar un certificado de afectación para cada vehículo (automotores de carga, ciclomotores y motocicletas) destinado a la actividad postal. A través de esta Certificación los vehículos gozarán de un permiso de libre tránsito y prioridad en el estacionamiento para carga y descarga de piezas postales en todo el territorio del país, mientras se encuentren en momento u ocasión de estar prestando servicios postales (arts. 1 y 2 de la Resolución Nº172/96).

    ¿A quién está dirigido?

    La Declaración Jurada debe ser suscripta por representante legal o apoderado de la sociedad.
    Los certificados deberán ser retirados por el representante legal o apoderado de la sociedad o persona autorizada por escrito.

    ¿Qué necesito?

    1.- Declaración Jurada Certificado de Libre Transito y Estacionamiento con la nómina de vehículos por los que se solicitan certificados manifestando que se encuentran afectados al Operador Postal, en la que constará marca, modelo, año, el número de dominio de cada unidad y la condición del vehículo, si es propio, contratado u otra modalidad.
    Para el caso de vehículos contratados se deberá indicar el nombre del titular y la fecha de vencimiento del contrato.
    Se deberá indicar también si se trata de un nuevo vehículo de la empresa respecto del cual no se haya emitido un certificado anteriormente.
    2.- Constancia de seguro contra terceros.
    3.- Acreditación del pago de la última patente.

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Presentar la documentación correspondiente en el Área de Servicios Postales - Atención al Público.
    2.- Ingresar la documentación por Mesa de Entradas.
    3.- Una vez que recibió la notificación que le indica que los certificados se encuentran emitidos, debe presentarse en el Área de Servicios Postales - Atención al Público munido de los certificados vencidos (para el caso de vehículos que ya contaban con dicho certificado) y solicitar el comprobante para el pago de los certificados.
    4.- Realizar el pago en Tesorería.
    5.- Retirar los certificados en el Área de Servicios Postales - Atención al Público.

    Nota:
    El trámite puede presentarse en las Oficinas de Atención al Público en todo el país, allí recibirán el mismo y lo remitirán al área de Servicios Postales.
    El pago del arancel correspondiente puede también efectuarse remitiendo un cheque o Giro Postal a Perú 103, 1º Piso (C1067AAC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Un peso ($1.-) por cada certificado.

    Vigencia

    Correo Oficial:
    - Vehículos propios no tiene vencimiento.
    - Vehículos contratados la fecha de vencimiento del contrato.

    Prestador de Servicios Postales:
    - La fecha de vencimiento del certificado de afectación del vehículo coincidirá con la del vencimiento de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
    - En el caso de vehículos contratados la fecha de vencimiento del certificado será la que ocurra primero entre la del vencimiento del vínculo contractual y la del vencimiento del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

    Descargar Documento

  • Este trámite te permite solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Distribución de Señales de Audio (SDSA).

    ¿A quién está dirigido?

    Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.

    ¿Qué necesito?

    Completá el Formulario F2 - Datos del Solicitante.. La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.

    Completá el Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios de corresponder.

    Completá el Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.. En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.

    Presentá el “Certificado de Encomienda D3” extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) de jurisdicción nacional o los Colegios y/o Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan convenios de reciprocidad con el COPITEC.

    Completá el Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.

    Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.

    Completá el Formulario DG 54 - Planilla de Datos para los Sistemas Monocanales Pertenecientes al Servicio Fijo en la Banda de 30-960 MHz..

    Completar el Formulario DG 54 (Anexo I) - Planilla de Cálculo de Radioenlace Útil para Sistemas del Servicio Fijo por debajo de 512 MHz.

    En caso que corresponda, una vez iniciado el trámite en el Organismo, se le solicitará la presentación del cálculo interferente, a cuyos efectos se le remitirá por correo electrónico el pertinente formulario.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). También podés presentarla en las Oficinas de Atención al Público en todo el país, donde se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 30 días

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Una vez autorizado, el usuario deberá abonar el derecho radioeléctrico establecido en la Resolución Nº 10 SETyC/1995 y sus modificatorias.

    Vigencia

    La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.

    Descargar Documento

  • El trámite te permite solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Espectro Ensanchado (SEE).

    ¿A quién está dirigido?

    Puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.

    ¿Qué necesito?

    Formulario F2 - Datos del Solicitante.
    La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.

    Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.

    Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
    En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.

    D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) de jurisdicción nacional o los Colegios y/o Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan convenios de reciprocidad con el COPITEC.

    Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento

    Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.

    Planilla Sistema de Espectro Ensanchado, modalidad uso privado y prestador, cuando se va a prestar servicios a terceros. La misma debe solicitarse en el CAUER.

    Formulario 31 - Anexo I - Resolución CNT Nº 1020/1992 - Declaración Jurada de Estaciones de Abonados o Corresponsales, en el caso de prestar servicios a terceros.

    En caso que corresponda, una vez iniciado el trámite en el organismo, se le solicitará la presentación del cálculo interferente, a cuyos efectos la Enacom le remitirá por correo electrónico el pertinente formulario.

    ¿Cómo hago?

    1

    Presentá la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico).
    Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    El trámite lleva: 30 días

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Una vez autorizado, el usuario deberá abonar el derecho radioeléctrico establecido en la Resolución Nº 10 SETyC/1995 y sus modificatorias.

    Vigencia

    La autorización otorgada es sin término de vigencia para los usuarios privados y dura diez (10) años para los prestadores de servicios de telecomunicaciones. En ambos casos se mantienen vigentes mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.

    Descargar Documento

  • Solicitá la adjudicación de un servicio de comunicación audiovisual abierta de muy baja potencia, con carácter de excepción, en sitios de alta vulnerabilidad social y/o de escasa densidad demográfica, siempre que su programación esté destinado a satisfacer las demandas comunicacionales de carácter social.

    ¿A quién está dirigido?

    Sectores de alta vulnerabilidad social.

    ¿Qué necesito?

    1.- Formulario Anexo A, si corresponde a un sector sin fines de lucro o Formulario Anexo B, si corresponde a un el sector con fines de lucro.

    NOTA: Una vez adjudicada la licencia, deberá presentar el Anexo C, para la habilitación del servicio.

    ¿Cómo hago?

    1

    1.- Presentá la documentación correspondiente en la sede central del ENACOM o en las Delegaciones del organismo.

    2.- Luego de la adjudicación de la licencia tendrás que presentar el Formulario Anexo C para la habilitación del servicio.

  • Es la Fase 1 de la solicitud de recursos órbita/espectro de una red o sistema de satélites no geoestacionarios ante la Oficina de Radiocomunicaciones (BR) de Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT).

    ¿A quién está dirigido?

    Empresa u organismo nacional, operador de una red o sistema de satélites en la República Argentina.

    Requisitos

    • Estar registrado en la plataforma de Trámites a Distancia. Si no estás registrado podés consultar el paso a paso de TAD en argentina.gob.ar que te explica cómo hacerlo.

    ¿Qué necesito?

    Nota de solicitud para el inicio del procedimiento de publicación anticipada ante la Oficina de Radiocomunicaciones (BR) de la UIT, incluyendo el compromiso de pago a la UIT por la gestión de dicha solicitud conforme al Acuerdo 482 del Consejo de la UIT.

    Archivo en formato electrónico .mdb obtenido a través del programa informático Space Capture de la UIT (aplicativo informático "SPACECAP" disponible en la Página Web de la UIT).

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al Trámite en TAD según el dato con el que estás registrado.

    2

    O en su defecto, presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en la Mesa de Entrada de la Secretaría de Gobierno de Modernización.

    Debería asistir UNA vez para presentar la documentación correspondiente (mediante la opción 2). Sin embargo, si el trámite se realiza de manera on line vía TAD (mediante la opción 1) o si se remite la documentación por correo postal no es necesario asistir al organismo.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito ante la Autoridad de Aplicación.

    Ante la UIT la tramitación tiene un costo conforme al Acuerdo 482 del Consejo de la UIT.

    Vigencia

    Una vez que la UIT recibe la información completa, la publicación de información anticipada (API) tiene una validez de 2 años.

    Iniciar trámite en TAD

  • Solicitud de Autorización para la Provisión del Servicio Móvil por Satélite (SMS) a través de Sistemas Geoestacionarios en el territorio de la República Argentina.

    La prestación de los servicios móviles por satélite aludidos se halla sujeta a la previa obtención de la licencia para la prestación del servicio de TICs y de la autorización para uso del espectro que corresponda.

    ¿A quién está dirigido?

    Este trámite puede requerirlo cualquier persona humana o jurídica interesada en proveer Servicios de Telecomunicaciones Móviles por Satélite a través de Sistemas Geoestacionarios que así lo desee.

    Requisitos

    • Estar registrado en la plataforma de Trámites a Distancia. Si no estás registrado podés consultar el paso a paso de TAD en argentina.gob.ar que te explica cómo hacerlo.

    ¿Qué necesito?

    Para la obtención de la licencia para la prestación del SMS a través de sistemas Geoestacionarios, los interesados deberán solicitar la misma, cumpliendo a esos efectos los requisitos establecidos en la Resolución Nº 697-E/2017 del Ministerio de Modernización y demás normativa concordante y/o modificatoria, y/o complementaria aplicable en la materia.

    1.- Los proveedores de los servicios precitados deberán dar cumplimiento a lo establecido por la Autoridad de Aplicación y de control para la prestación de servicios de telecomunicaciones en régimen de plena competencia.

    2.- Todo sistema satelital que no disponga de un prestador con la correspondiente licencia otorgada por el ente regulador no podrá prestar sus servicios en el territorio nacional.

    La solicitud y documentación a presentar ante la Autoridad de Aplicación deberá estar debidamente certificada, legalizada y traducida de corresponder, con arreglo a las formalidades y demás previsiones del Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72 t.o.1991) y normativa concordante.
    Así mismo, las solicitudes efectuadas por los interesados son presentadas con la intervención de matriculados inscriptos en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al Trámite en TAD según el dato con el que estás registrado.

    2

    O en su defecto, presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en la Mesa de Entrada de la Secretaría de Gobierno de Modernización.

    Debería asistir UNA vez para presentar la documentación correspondiente (mediante la opción 2). Sin embargo, si el trámite se realiza de manera on line vía TAD (mediante la opción 1) o si se remite la documentación por correo postal no es necesario asistir al organismo.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    En este caso corresponde tener en cuenta lo previsto en la Resolución Nº 697-E/2017 del Ministerio de Modernización y demás normativa concordante, complementaria y/o modificatoria aplicable en la materia.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Iniciar trámite en TAD

  • Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento en la República Argentina Estaciones Terrenas en Movimiento (Earth Station In Motion - ESIM).

    ¿A quién está dirigido?

    Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.

    Requisitos

    • Estar registrado en la plataforma de Trámites a Distancia. Si no estás registrado podés consultar el paso a paso de TAD en argentina.gob.ar que te explica cómo hacerlo.

    ¿Qué necesito?

    Administrativos:
    1.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
    En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado y hacerse mención al tiempo durante el cual se utilizará el sistema, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
    Solicitantes extranjeros: con respecto al equipamiento a utilizar, ver NOTA del apartado 6.-
    2.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
    La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
    3.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
    4.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) de jurisdicción nacional o los Colegios y/o Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan convenios de reciprocidad con el COPITEC.
    5.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL (sociedades inscriptas en la República Argentina), según corresponda. No es necesario presentar esta documentación si el trámite se realiza a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

    Técnicos:
    6.- Formulario F07 - Características y Condiciones de Funcionamiento ESIM.PDF o
    Formulario F07 - Características y Condiciones de Funcionamiento ESIM.XLS.

    NOTA: En el caso de solicitantes extranjeros, con respecto al punto “Equipos - Códigos de autorización ENACOM” del Formulario F07, tratándose como en este caso de una Estación Terrena “ESIM”, indicar únicamente marca y modelo del equipamiento a utilizar.

    Requisitos específicos para los SOLICITANTES EXTRANJEROS:
    La documentación debe observar las formalidades que surgen de lo dispuesto en la Ley Nº 23.458 - Artículo 3º de la Convención (La Haya - 05/10/1961).
    ­Los documentos redactados en idioma extranjero deben acompañarse con su correspondiente traducción hecha por traductor matriculado.
    ­Se debe declarar un domicilio en la República Argentina.
    Se debe acompañar copia del Estatuto Social vigente conforme a las leyes del lugar de su constitución.
    ­La solicitud de autorización debe estar suscripta por persona debidamente autorizada por la sociedad solicitante y contendrá el número de contacto telefónico y/o correo electrónico del responsable de la tramitación.
    El derecho radioeléctrico se abona con carácter de previo pago a la autorización (Resolución Nº 10 SETyC/1995 (Punto 1.15.a).4.), debiéndose declarar un domicilio en la República Argentina para el envío del comprobante correspondiente.

    A continuación, se reseña la normativa aplicable:
    Ley Nº 23.458 - Convención suprimiendo exigencia de legalización de documentos extranjeros (La Haya - 05/10/1961). En ella se indica el procedimiento para legalizar la documentación requerida en el punto A).
    ­Decreto 1759/72 (Art. 19 - Declaración de domicilio) reglamentario de la Ley Nº 19.549 - Procedimientos Administrativos.
    Resolución 10 SETyC/95 - Régimen de Derechos y Aranceles (Punto 1.9).
    Resolución 3609 SC/99 - Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales.
    ­Resolución 117 - E SGM/18 Procedimientos para la obtención de autorizaciones de: Estaciones terrenas en los Servicios Fijo por Satélite (SFS), Móvil por Satélite (SMS), Exploración de la Tierra por Satélite (SETS), Investigación Espacial (IE), Operaciones Espaciales (OE), y Radioastronomía (SRA); y Estaciones terrenas ESIM en los Servicios Fijo por Satélite (SFS) y Móvil por Satélite (SMS).

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al Trámite en TAD según el dato con el que estás registrado.

    2

    O en su defecto, presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en la Mesa de Entrada de la Secretaría de Gobierno de Modernización.

    Debería asistir UNA vez para presentar la documentación correspondiente (mediante la opción 2). Sin embargo, si el trámite se realiza de manera on line vía TAD (mediante la opción 1) o si se remite la documentación por correo postal no es necesario asistir al organismo.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    30 días hábiles desde la solicitud hasta la entrega.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Una vez autorizado, el usuario deberá abonar el derecho radioeléctrico establecido en la Resolución Nº 10 SETyC/1995 y sus modificatorias.

    Vigencia

    El plazo de vigencia de las autorizaciones y/o permisos de uso de frecuencias que se otorguen, será determinado en cada caso.

    Iniciar trámite en TAD

  • Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento en la República Argentina Estaciones Terrenas Maestras.

    ¿A quién está dirigido?

    Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.

    Requisitos

    • Estar registrado en la plataforma de Trámites a Distancia. Si no estás registrado podés consultar el paso a paso de TAD en argentina.gob.ar que te explica cómo hacerlo.

    ¿Qué necesito?

    Administrativos:
    1.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
    En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
    2.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
    La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, Jefatura Policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
    3.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
    4.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) de jurisdicción nacional o los Colegios y/o Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan convenios de reciprocidad con el COPITEC.
    5.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda. No es necesario presentar esta documentación si el trámite se realiza a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

    Técnicos:
    6.- Formulario F01-Solicitud Autorización ETMyR. PDF o
    Formulario F01-Solicitud Autorización ETMyR. XLS.
    7.- Formulario F03-Características y Condiciones de Funcionamiento ETMyR. PDF o
    Formulario F03-Características y Condiciones de Funcionamiento ETMyR. XLS.
    8.- Formulario F05-Acta de Responsabilidad y Compromiso. PDF o
    Formulario F05-Acta de Responsabilidad y Compromiso. XLS.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al Trámite en TAD según el dato con el que estás registrado.

    2

    O en su defecto, presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en la Mesa de Entrada de la Secretaría de Gobierno de Modernización.

    Debería asistir UNA vez para presentar la documentación correspondiente (mediante la opción 2). Sin embargo, si el trámite se realiza de manera on line vía TAD (mediante la opción 1) o si se remite la documentación por correo postal no es necesario asistir al organismo.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    30 días hábiles desde la solicitud hasta la entrega.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Una vez autorizado, el usuario deberá abonar el derecho radioeléctrico establecido en la Resolución Nº 10 SETyC/1995 y sus modificatorias.

    Vigencia

    La autorización otorgada es sin término de vigencia para usuarios privados y por Diez (10) años para prestadores de servicios de telecomunicaciones. Se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.

    Iniciar trámite en TAD

  • Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento en la República Argentina Estaciones Terrenas Remotas.

    ¿A quién está dirigido?

    Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.

    Requisitos

    • Estar registrado en la plataforma de Trámites a Distancia. Si no estás registrado podés consultar el paso a paso de TAD en argentina.gob.ar que te explica cómo hacerlo.

    ¿Qué necesito?

    Administrativos:
    1.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
    En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
    2.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
    La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, Jefatura Policial Federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
    3.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
    4.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
    5.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda. No es necesario presentar esta documentación si el trámite se realiza a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

    Técnicos:
    6.- Formulario F01-Solicitud Autorización ETMyR. PDF o
    Formulario F01-Solicitud Autorización ETMyR. XLS.
    7.- Formulario F02-Presentación Facilidad Satelital Utilizada. PDF o
    Formulario F02-Presentación Facilidad Satelital Utilizada. XLS, de corresponder.
    8.- Formulario F03-Características y Condiciones de Funcionamiento ETMyR. PDF o
    Formulario F03-Características y Condiciones de Funcionamiento ETMyR. XLS.

    ¿Cómo hago?

    1

    Ingresá al Trámite en TAD según el dato con el que estás registrado.

    2

    O en su defecto, presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en la Mesa de Entrada de la Secretaría de Gobierno de Modernización.

    Debería asistir UNA vez para presentar la documentación correspondiente (mediante la opción 2). Sin embargo, si el trámite se realiza de manera on line vía TAD (mediante la opción 1) o si se remite la documentación por correo postal no es necesario asistir al organismo.

    ¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

    30 días hábiles desde la solicitud hasta la entrega.

    ¿Cuál es el costo del trámite?

    Gratuito

    Una vez autorizado, el usuario deberá abonar el derecho radioeléctrico establecido en la Resolución Nº 10 SETyC/1995 y sus modificatorias.

    Vigencia

    La autorización otorgada es sin término de vigencia para usuarios privados y por Diez (10) años para prestadores de servicios de telecomunicaciones. Se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.

    Iniciar trámite en TAD

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