Cada vez más trámites de la Administración Pública Nacional, se pueden realizar en forma digital, así como consultar su estado sin tener que trasladarte al Organismo. Te explicamos cómo acceder a la plataforma.
¿A quién está dirigido?
Cualquier persona física o jurídica que tenga Clave Fiscal nivel 2 o superior.
¿Qué necesito?
Tener un usuario de acceso a Trámites a Distancia (TAD).
Con DNI, con clave fiscal o usuario de NIC si sos no residente.
¿Cómo hago?
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Ingresá a TAD
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La primera vez que ingreses el sistema te solicitará la confirmación de tus datos personales. Debes completar todos los campos.
Tené en cuenta que una vez que confirmes los datos sólo podrás modificar el correo electrónico, teléfono y domicilio.
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Aceptá los Términos y condiciones de uso de la plataforma.
Confirmá los datos.
A partir de este momento podrás utilizar la plataforma de Trámites a Distancia. Dependiendo el trámite que realices el sistema te avisará el nivel de autenticación requerido.
En caso que tengas consultas sobre el procedimiento, no dudes en contactarnos a través de nuestro Centro de Ayuda o al 0810-555-3374.
¿Cuál es el costo del trámite?
Gratuito
Web del Tramite
Vos podés actuar activamente en tu medio social, ya sea en la escuela, el trabajo, el barrio, la noche, como agente de prevención ante el consumo problemático de drogas y alcohol. La Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) te ayuda a hacerlo.
¿A quién está dirigido?
Cualquier persona interesada en la propuesta.
¿Cómo hago?
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En la escuela
Si sos alumno, docente o director de una escuela, y estás interesado en abordar la temática de los consumos problemáticos en el aula, comunicate con la SEDRONAR para empezar a fortalecer tu comunidad educativa como un verdadero ambiente preventivo.
Teléfono: (011) 4320-1200, interno 1009.
E-mail: educacion@sedronar.gob.ar.
Además, la SEDRONAR te ofrece en línea distintas publicaciones sobre prevención en el ámbito educativo. Conocelas.
En el trabajo o el ambiente laboral
Si vos trabajás, sea en una empresa privada, un organismo público o un sindicato, y querés convertirte en un agente de prevención, comunícate al teléfono: (011) 4320-1200 para coordinar una visita con los profesionales de la SEDRONAR y organizar una charla en tu institución.
En el arte y el deporte
Si sos profe de arte o educación física, o llevás adelante algún taller que involucre actividades artísticas y deportivas, te invitamos a leer este material para que el espacio que coordinás pueda transformarse en un ámbito preventivo de los consumos problemáticos.
Guía de orientaciones
En contextos de nocturnidad
Comunicate con la SEDRONAR al teléfono: (011) 4320-1200, interno 1009.
Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas que conforman sistemas radioeléctricos que operan en frecuencias compartidas en bandas superiores a 30 MHz (Modalidad Compartida en VHF).
Definición: Sistema de radiocomunicación fijo y/o móvil terrestre, integrado por estaciones fijas y/o de base y/o móviles terrestres destinados a cursar tráfico de correspondencia oficial y/o privada en frecuencias compartidas.
Los servicios radioeléctricos a que se refiere el presente instructivo de trámite son:
- MCVHF: Sistemas en Modalidad Compartida.
- MCREM: Sistemas en Modalidad Compartida para Remises.
- MCBO: Sistemas en Modalidad Compartida para Bomberos.
- MCSEG: Sistemas en Modalidad Compartida para Seguridad.
- MCMED: Sistemas en Modalidad Compartida para Emergencias Médicas.
- MCTEL: Sistemas en Modalidad Compartida para Extensiones Telefónicas.
- MCOOP: Sistemas en Modalidad Compartida para Cooperativas de Servicios Públicos.
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
Casos especiales:
- MCBO: Sólo pueden requerirlo las Asociaciones o Sociedades de Bomberos Voluntarios.
- MCOOP: Sólo pueden requerirlo las Cooperativas que presten servicios públicos.
- MCSEG: Sólo pueden requerirlo Personas Jurídicas.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Formulario F27 Anexo I - Planilla de Verificación de la Potencia Radiada Aparente Máxima.
10.- Diagrama de Red, conforme el modelo obrante en la Resolución SC Nº 235/2001.
11.- Fotocopia legible de constancia de CUIT/CUIL, según corresponda. Adicionalmente, deberá acompañar la siguiente documentación según el servicio radioeléctrico a solicitar:
- MCREM / MCMED: Habilitación extendida por la autoridad municipal o sanitaria correspondiente, debidamente certificada.
- MCTEL: Constancia de la empresa prestadora del Servicio Telefónico.
- MCBO: Conformidad emitida por la Dirección de Comunicaciones de la provincia de Buenos Aires, en el caso de que la Sociedad o Asociación de Bomberos sea de esa provincia.
- MCSEG: Habilitación extendida por la autoridad policial correspondiente, debidamente certificada, y Estatuto del solicitante.
- MCOOP: Documentación que acredite la prestación de servicios públicos de luz, agua y gas (Ej. Estatuto).
Asimismo, y en el caso de que el solicitante sea un Organismo Provincial y/o Municipal, dependiente de la provincia de Buenos Aires, deberá acompañar la constancia de conocimiento de la Dirección Provincial de Telecomunicaciones de dicha Provincia.
¿Cómo hago?
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Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada no tiene término de vigencia y se mantiene mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Otorgar la autorización de estaciones radioeléctricas que operan en frecuencias inferiores a 30 MHz en los Servicios Fijo y Móvil Terrestre (BLU). Incluye a los siguientes Sistemas:
Alta 1 Privado y Oficial Exclusivo (POE).
Alta 2 Privado y Oficial Exclusivo Bancario (POEB).
Alta 3 Seguridad en Rutas (SRHF).
Alta 4 Transportistas de Carga (TCHF).
Alta 5 Transportistas de Pasajeros (TPHF).
Alta 6 Oficial Compartido (HF).
Alta 7 Prueba de Fabricantes y Demostración de equipos (PFHF).
Alta 8 Privado Compartido (PCHF).
Alta 9 Compartido para la Actividad Petrolera (SCPE).
Alta 10 Compartido para la Actividad Vial (SCEV).
Alta 11 Compartido para la Actividad Ferroviaria (SCEF).
Alta 12 Radioteletipo y Transmisión de Datos (RTTYD).
Alta 13 Acuerdo del MERCOSUR de canales para los transportistas.
Alta 14 Acuerdo Bilateral con la República de Chile de canales para los transportistas en tránsito entre Argentina y Chile.
¿A quién está dirigido?
Cualquier persona física o jurídica.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas. Para completar el Formulario consulte F1 - Instructivo.
En el mismo se deberá fundamentar en forma detallada la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, detallando el número de registro de los equipos que se pretenden instalar, correspondiente a cada estación.
2.- Formulario F2 - Datos del Solicitante. Para completar el Formulario consulte F2 - Instructivo.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del ENACOM. En caso de que se trate de una persona jurídica deberá acompañar asimismo la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
3.- Formulario F4 - Integrantes de Sociedades de Hecho y Condominios, en el caso de corresponder. Para completar el Formulario consulte F4 - Instructivo.
En este caso la firma de la totalidad de los solicitantes debe certificarse mediante alguna de las alternativas citadas precedentemente.
4.- Formulario F20 - Permiso Provisorio para Estaciones Móviles Terrestres. Para completar el Formulario consulte F20 - Instructivo.
5.- Formulario Comisión Nacional de Zonas de Seguridad (únicamente si opera en zonas de Frontera):
- Form 4 - Comisión Nacional de Zonas de Seguridad - Formulario Nº 4 (Persona Jurídica).
- Form2 - Comisión Nacional de Zonas de Seguridad - Formulario Nº 2 (Persona Física).
6.- Fotocopia legible de la constancia de inscripción de CUIT o CUIL, según corresponda.
7.- D3 - Certificado de Encomienda. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F22 - Formulario Datos de la Estación Fija HF.
9.- Formulario F21 - Formulario Datos de la Estación Móvil HF.
10.- Diagrama de Red. Únicamente en los Sistemas POE; OCHF; SRHF; SCPE y SCEV. Este diagrama se preparará según el modelo establecido en la Resolución SC N° 235/2001.
11.- TABLAS HF. Puede consultar el Instructivo General HF.
REQUISITOS PARA OPERAR ESTACIONES RADIOELÉCTRICAS EN LOS PAÍSES DEL MERCOSUR (BRASIL, PARAGUAY Y URUGUAY) Y CHILE SEGÚN EL ACUERDO BILATERAL CHILE - ARGENTINA:
- Presentación de una nota solicitando autorización para operar estaciones radioeléctricas en los países del Mercosur, detallando en la misma el Nº de expediente correspondiente a su autorización en el orden Nacional, firmada por el titular de la misma.
- En el caso de no poseer autorización para operar estaciones radioeléctricas en la banda de HF en el orden nacional, deberán gestionar la misma ante el ENACOM como nueva solicitud, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
- Presentar copia del permiso otorgado por la Comisión Nacional del Transporte Automotor que acredite el tránsito de los vehículos por los países del Mercosur o Chile.
- Sugerir rangos de frecuencias que consideren óptimos para cubrir los enlaces requeridos.
¿Cómo hago?
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1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico).
Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Nota: Si la documentación presentada fuese rechazada, se informará los motivos del mismo, ya sea en forma personal o por correo postal.
¿Cuál es el costo del trámite?
La Resolución Nº 10 SETyC/95 fija los aranceles radioeléctricos para los Sistemas Exclusivos y Compartidos que se facturan cada cuatro meses.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar en forma exclusiva en bandas de frecuencias entre 452,500 a 456,750 MHz y de 462,500 a 466,750 MHz.
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
¿Cómo hago?
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Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es por diez (10) años y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Sistema Inalámbrico de Acceso Local de Banda Ancha (SIALBA).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del ENACOM. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas. En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- Planilla Directiva General DNRc 61. La misma debe solicitarse en el CAUER.
¿Cómo hago?
1
Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
Descargar Documento
Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar el Servicio de Alarma por Vínculo Radioeléctrico, Sistema de Enlaces Múltiples, Categoría General (SAEMG).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Nota emitida por la Fuerza de Seguridad Nacional o Provincial, o bien por la Fuerza Armada, que corresponda, donde preste conformidad para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas dentro de las instalaciones de su dependencia.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 - Certificado de Encomienda. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- DG 54 (Anexo I) - Planilla de Cálculo de Radioenlace Útil para Sistemas del Servicio Fijo por debajo de 512 MHz.
10.- DG 54 (Adjunto 1 - del Anexo I) - Planilla Auxiliar para el Cálculo de la Atenuación por Obstáculos no Excedida durante el 80% del Tiempo y perfiles del terreno asociados.
11.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
12.- Formulario F31 - Anexo I - Resolución CNT Nº 1020/1992 - Declaración Jurada de Estaciones de Abonados o Corresponsales.
13.- F28 - DG 36 (Anexo I) - Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
14.- DG 54 - Planilla de Datos para los Sistemas Monocanales Pertenecientes al Servicio Fijo en la Banda de 30-960 MHz.
NOTA: En caso que corresponda, una vez iniciado el trámite en el Organismo, se le solicitará la presentación del cálculo interferente, a cuyos efectos se le remitirá por correo electrónico el pertinente formulario.
¿Cómo hago?
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1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico).
Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es por diez (10) años y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
Descargar Documento
Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Alarma por Vínculo Radioeléctrico, Sistema de Enlaces Múltiples, Categoría Limitado (SAEML).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- Formulario F28 - DG 36 (Anexo I) - Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
11.- DG 54 - Planilla de Datos para los Sistemas Monocanales Pertenecientes al Servicio Fijo en la Banda de 30-960 MHz.
12.- DG 54 (Anexo I) – Planilla de Cálculo de Radioenlace Útil para Sistemas del Servicio Fijo por debajo de 512 MHz.
13.- DG 54 (Adjunto 1 - del Anexo I) - Planilla Auxiliar para el Cálculo de la Atenuación por Obstáculos no Excedida durante el 80% del Tiempo.
14.- Nota de la Fuerza de Seguridad nacional o provincial o bien de las Fuerzas Armadas, donde presten conformidad para instalar y poner en funcionamiento las estaciones radioeléctricos dentro de los predios de sus instituciones.
NOTA: En caso que corresponda, una vez iniciado el trámite en el Organismo, se le solicitará la presentación del cálculo interferente, a cuyos efectos se le remitirá por correo electrónico el pertinente formulario.
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico).
Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar la cancelación total o parcial de la autorización radioeléctrica para Sistemas Radioeléctricos no reglamentados que operan en frecuencias inferiores a 30 mhz.
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede ser efectuado directamente por el usuario.
¿Qué necesito?
En estos casos se procede de acuerdo a lo establecido en la Resolución CNT N° 1223/96:
1.- Nota firmada por el titular de la autorización indicando las estaciones que pretende dar de baja o solicitando la cancelación de la autorización oportunamente otorgada. En dicha nota deberá mencionar el número del expediente en el cual se dictó la misma.
En el caso de tratarse de una persona jurídica deberá adjuntar el poder correspondiente del firmante para acreditar la calidad invocada por el mismo, debidamente certificado, en el caso de no encontrarse agregada en el expediente con anterioridad.
En el caso de fallecimiento del titular de la autorización, deberá presentarse copia certificada del certificado de defunción.
¿Cómo hago?
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1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Sistema de Transporte de Programas de Televisión Punto a Punto y Punto a Multipunto en la Banda de 2,5 GHz (TPMTV) y un Sistema de Transporte de Programas de Televisión (TPTV).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- Planilla de Datos de Estaciones Transmisoras de CCTVS y/o TPMTV para realizar el cálculo de radioenlace interferente entre sistemas que operan en la Banda de 2484, 5-2690 MHz. La misma debe solicitarse en el CAUER.
11.- Planilla de Datos de Estaciones Receptoras de CCTVS y/o TPMTV para realizar el cálculo de radioenlace interferente entre sistemas que operan en la Banda de 2484,5-2690 MHz. La misma debe solicitarse en el CAUER.
12.- Planilla Diagrama de Red.
13.- Fotocopia de la Resolución para prestar el servicio en la(s) localidad(es) solicitada(s).
14.- Planilla de Datos para el Cálculo de Radioenlace Interferente (para TPTV).
15.- Planilla Directiva General DNRc 61, para sistemas de radiocomunicaciones del servicio fijo por encima de 1000 MHz (para TPTV). La misma debe solicitarse en el CAUER.
NOTA: En caso que corresponda, una vez iniciado el trámite en el Organismo, se le solicitará la presentación del cálculo interferente, a cuyos efectos se le remitirá por correo electrónico el pertinente formulario.
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico).
Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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