Los Operadores de Servicios Postales (Correo Oficial y Prestadores de Servicios Postales) pueden solicitar un certificado de afectación para cada vehículo (automotores de carga, ciclomotores y motocicletas) destinado a la actividad postal. A través de esta Certificación los vehículos gozarán de un permiso de libre tránsito y prioridad en el estacionamiento para carga y descarga de piezas postales en todo el territorio del país, mientras se encuentren en momento u ocasión de estar prestando servicios postales (arts. 1 y 2 de la Resolución Nº172/96).
¿A quién está dirigido?
La Declaración Jurada debe ser suscripta por representante legal o apoderado de la sociedad.
Los certificados deberán ser retirados por el representante legal o apoderado de la sociedad o persona autorizada por escrito.
¿Qué necesito?
1.- Declaración Jurada Certificado de Libre Transito y Estacionamiento con la nómina de vehículos por los que se solicitan certificados manifestando que se encuentran afectados al Operador Postal, en la que constará marca, modelo, año, el número de dominio de cada unidad y la condición del vehículo, si es propio, contratado u otra modalidad.
Para el caso de vehículos contratados se deberá indicar el nombre del titular y la fecha de vencimiento del contrato.
Se deberá indicar también si se trata de un nuevo vehículo de la empresa respecto del cual no se haya emitido un certificado anteriormente.
2.- Constancia de seguro contra terceros.
3.- Acreditación del pago de la última patente.
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación correspondiente en el Área de Servicios Postales - Atención al Público.
2.- Ingresar la documentación por Mesa de Entradas.
3.- Una vez que recibió la notificación que le indica que los certificados se encuentran emitidos, debe presentarse en el Área de Servicios Postales - Atención al Público munido de los certificados vencidos (para el caso de vehículos que ya contaban con dicho certificado) y solicitar el comprobante para el pago de los certificados.
4.- Realizar el pago en Tesorería.
5.- Retirar los certificados en el Área de Servicios Postales - Atención al Público.
Nota:
El trámite puede presentarse en las Oficinas de Atención al Público en todo el país, allí recibirán el mismo y lo remitirán al área de Servicios Postales.
El pago del arancel correspondiente puede también efectuarse remitiendo un cheque o Giro Postal a Perú 103, 1º Piso (C1067AAC), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
¿Cuál es el costo del trámite?
Un peso ($1.-) por cada certificado.
Vigencia
Correo Oficial:
- Vehículos propios no tiene vencimiento.
- Vehículos contratados la fecha de vencimiento del contrato.
Prestador de Servicios Postales:
- La fecha de vencimiento del certificado de afectación del vehículo coincidirá con la del vencimiento de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.
- En el caso de vehículos contratados la fecha de vencimiento del certificado será la que ocurra primero entre la del vencimiento del vínculo contractual y la del vencimiento del certificado de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.