Solicitar alta para operar Servicio de Distribución de Señales de Audio (SDSA)

Actualizado el 26 de enero de 2020
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Este trámite te permite solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Distribución de Señales de Audio (SDSA).

¿A quién está dirigido?

Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.

¿Qué necesito?

Completá el Formulario F2 - Datos del Solicitante.. La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.

Completá el Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios de corresponder.

Completá el Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.. En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.

Presentá el “Certificado de Encomienda D3” extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) de jurisdicción nacional o los Colegios y/o Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan convenios de reciprocidad con el COPITEC.

Completá el Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.

Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.

Completá el Formulario DG 54 - Planilla de Datos para los Sistemas Monocanales Pertenecientes al Servicio Fijo en la Banda de 30-960 MHz..

Completar el Formulario DG 54 (Anexo I) - Planilla de Cálculo de Radioenlace Útil para Sistemas del Servicio Fijo por debajo de 512 MHz.

En caso que corresponda, una vez iniciado el trámite en el Organismo, se le solicitará la presentación del cálculo interferente, a cuyos efectos se le remitirá por correo electrónico el pertinente formulario.

¿Cómo hago?

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Presentá la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). También podés presentarla en las Oficinas de Atención al Público en todo el país, donde se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

El trámite lleva: 30 días

¿Cuál es el costo del trámite?

Una vez autorizado, el usuario deberá abonar el derecho radioeléctrico establecido en la Resolución Nº 10 SETyC/1995 y sus modificatorias.

Vigencia

La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.

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