Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar el Servicio de Localización y Monitoreo (SLM).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- F2 - Formulario Datos del Solicitante. La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- F4 - Formulario Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- F1 - Formulario de Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas. En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- F28 - DG 36 (Anexo I). Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
¿Cómo hago?
1
Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es por diez (10) años y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar en Modalidad Exclusiva (MEVHF).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- Formulario F28 - DG 36 (Anexo I). Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
11.- DG 54 - Planilla de Datos para los Sistemas Monocanales Pertenecientes al Servicio Fijo en la Banda de 30-960 MHz.
12.- DG 54 (Anexo I) - Planilla de Cálculo de Radioenlace Útil para Sistemas del Servicio Fijo por debajo de 512 MHz.
13.- DG 54 (Adjunto 1 - del Anexo I) - Planilla Auxiliar para el Cálculo de la Atenuación por Obstáculos no Excedida durante el 80% del Tiempo y perfiles del terreno asociados.
14.- Diagrama de Red, según el modelo establecido en la Resolución SC Nº 235/2001.
15.- Constancia de la fuerza de seguridad nacional o provincial o bien del Organismo competente, en caso que el solicitante tenga como actividad comercial la seguridad privada o transporte de valores.
NOTA: En caso que corresponda, una vez iniciado el trámite en el Organismo, se le solicitará la presentación del cálculo interferente, a cuyos efectos se le remitirá por correo electrónico el pertinente formulario.
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico).
Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Comunicaciones Personales (PCS), un Servicio de Radiocomunicaciones Móvil Celular (SRMC) y un Servicio de Telefonía Móvil (STM).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo un prestador de los servicios correspondientes y con bandas de frecuencias autorizadas o adjudicadas para los mismos.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del ENACOM. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
3.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
4.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
5.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
7.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
8.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Aviso a Personas (SAP), o un Servicio de Aviso a Personas Bidireccional (SAPB) o Limitado (APL).
SAP: Es el Servicio de Radiocomunicaciones Móvil Terrestre que permite cursar mensajes individuales o simultáneos hacia estaciones repetidoras. SAPB: Es el Servicio de Radiocomunicaciones Móvil Terrestre destinado a cursar mensajes individuales o simultáneos hacia estaciones móviles y desde éstas confirmar la recepción o enviar mensajes de respuesta.
APL: Los Avisos a Personas Limitados son el conjunto de estaciones radioeléctricas formado por una estación central y las estaciones móviles receptoras asociadas, perteneciente a un mismo titular utilizado para satisfacer una necesidad de comunicación propia.
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional de jurisdicción provincial que tenga reconocida la especialidad.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del ENACOM. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- F28 - DG 36 (Anexo I) - Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
11.- F27 - Anexo I - Planilla de Verificación de la Potencia Radiada Aparente Máxima.
Adicionalmente, deberá acompañar la siguiente documentación, según el servicio radioeléctrico a solicitar:
- SAP: Indicar número de Resolución y Expediente por el que se le otorgó Licencia Única de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones.
- SAPB: Indicar número de Resolución y Expediente por el que se le otorgó Licencia Única de Prestación de Servicios de Telecomunicaciones.
¿Cómo hago?
1
Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Sistema de Alarma Punto a Punto (SAPAP).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000)
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 - “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- DG 54 - Planilla de Datos para los Sistemas Monocanales Pertenecientes al Servicio Fijo en la Banda de 30-960 MHz.
11.- DG 54 (Anexo I) - Planilla de Cálculo de Radioenlace Útil para Sistemas del Servicio Fijo por debajo de 512 MHz.
12.- DG 54 (Adjunto 1 - del Anexo I) - Planilla Auxiliar para el Cálculo de la Atenuación por Obstáculos no Excedida durante el 80% del Tiempo y perfiles del terreno asociados.
13.- Nota de la Fuerza de seguridad nacional o provincial o bien de las Fuerzas Armadas, donde presten conformidad para instalar y poner en funcionamiento las estaciones radioeléctricos dentro de los predios de sus instituciones.
NOTA: En caso que corresponda, una vez iniciado el trámite, se le solicitará la presentación del cálculo interferente, a cuyos efectos se le remitirá por correo electrónico el pertinente formulario.
¿Cómo hago?
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1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es sin término de vigencia y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar el alta para operar un Servicio Fijo de Alta Densidad (SFAD) y un Servicio Fijo de Transmisión de Datos y Valor Agregado (SFDVA).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
Las bandas de Frecuencias de estos servicios se obtienen por el método de "Concurso Público", según lo establecido en la Resolución SC Nº 232/2005. Posteriormente, una vez adjudicadas las mismas, se debe presentar la siguiente documentación:
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- Planilla Directiva General DNRc 61 para enlaces intrared punto a punto que se realicen en la misma banda autorizada, para la red correspondiente al SFDVA o SFAD (enlaces entre las ECTs y con la/s ECGs). La misma debe solicitarse en el CAUER.
11.- Planilla de Datos con parámetros de las estaciones bases (ECT) y de abonados.
12.- F31 - Anexo I - Resolución CNT Nº 1020/1992 - Declaración Jurada de Estaciones de Abonados o Corresponsales.
¿Cómo hago?
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Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es por el término de 10 (DIEZ) años y se mantiene vigente mientras se abone el derecho radioeléctrico correspondiente.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Repetidor Comunitario (SRC), un Servicio de Radio Taxi (SRT), un Servicio de Transmisión de Mensajes Bidireccional (STMB), Sistema de Mensajería Rural (SMR).
- Servicio de Repetidor Comunitario (SRC): Servicio de radiocomunicaciones fijo y/o móvil terrestre, integrado por una o más redes de abonado y una estación repetidora común a todas ellas, que permite la interconexión automática entre las estaciones radioeléctricas constitutivas de una misma red de abonado.
- Servicio de Radio Taxi (SRT): Servicio de Radiocomunicaciones Móvil Terrestre integrado por una estación central y estaciones móviles de abonado, que está destinado a cursar mensajes entre la estación central y las estaciones móviles de abonado en forma bidireccional.
- Servicio de Transmisión de Mensajes Bidireccional (STMB): Servicio de radiocomunicaciones fijo y/o móvil terrestre, integrado por una estación central y estaciones de abonado, destinado a cursar mensajes entre dichas estaciones en forma bidireccional.
- Servicio de Mensajería Rural (SMR): Servicio que se presta a través de Centros Radioeléctricos, cuya misión es la de recibir mensajes transmitidos por abonados y retransmitidos a sus destinatarios por medios propios, de la red telefónica pública o de líneas privadas de telecomunicaciones o bien retransmitir a sus abonados los mensajes que reciban destinados a ellos.
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) o en los distintos Consejos Profesionales con competencia.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Diagrama de Red, conforme el modelo obrante en la Resolución SC Nº 235/2001.
10.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
11.- F31 - Anexo I - Resolución CNT Nº 1020/1992 Declaración Jurada de Estaciones de Abonados o Corresponsales.
Adicionalmente, deberá acompañar la siguiente documentación según el servicio radioeléctrico a solicitar:
SRC:
1.- F28 - DG 36 (Anexo I) - Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
SRT:
1.- F28 - DG 36 (Anexo I) - Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
2.- Habilitación extendida por la autoridad municipal correspondiente, debidamente certificada.
STMB:
1.- F28 - DG 36 (Anexo I) - Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
SMR:
1.- F27 - Anexo I - Planilla de Verificación de la Potencia Radiada Aparente Máxima.
¿Cómo hago?
1
1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada no tiene término de vigencia y se mantiene mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces (SRCE), un Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces de Uso Privado (SRCEP) y un Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces de Uso Oficial (SRCEO).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
Para acceder a las bandas de frecuencias de estos servicios, se debe cumplimentar con lo establecido en la Resolución SC Nº 262/2005, mediante el procedimiento de Concurso Público. Cumplimentado ello, se debe cumplir con los siguientes requisitos, para acceder a la autorización de las estaciones radioeléctricas:
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
3.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
4.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN Nº 1301/2000).
5.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN Nº 1301/2000).
6.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
7.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
8.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
9.- Formulario F27 - Anexo I - Planilla de Verificación de la Potencia Radiada Aparente Máxima
10.- F31 - Anexo I - Resolución CNT Nº 1020/1992 - Declaración Jurada de Estaciones de Abonados o Corresponsales.
¿Cómo hago?
1
Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada no tiene término de vigencia para el caso del SRCEP y SRCEO y es de diez (10) años en el caso del SRCE. No obstante, en todos se mantiene mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Transmisión de Datos con Modalidad Móvil (STDMM).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
Debe cumplimentarse lo establecido en el Anexo IX de la Resolución SC Nº 235/2001:
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del ENACOM. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
10.- Formulario F28 - DG 36 (Anexo I) - Planilla de Verificación de Señal Útil Máxima para el Servicio Móvil Terrestre.
¿Cómo hago?
1
Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es por diez (10) años y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
Descargar Documento
Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio de Transmisión de Datos e Internet (STDeI).
¿A quién está dirigido?
Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.
¿Qué necesito?
1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del ENACOM. En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.
2.- Formulario F4 - Datos del Solicitante para Sociedades de Hecho y Condominios, de corresponder.
3.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas. En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.
4.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).
5.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
6.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN CNC Nº 1301/2000).
7.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.
8.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.
9.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.
¿Cómo hago?
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1.- Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.
Vigencia
La autorización otorgada es por diez (10) años y se mantiene vigente mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.
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