Autorizaciones - Solicitud de Alta para operar un SRCE, un SRCEP y un SRCEO

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Solicitar la autorización para instalar y poner en funcionamiento estaciones radioeléctricas para operar un Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces (SRCE), un Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces de Uso Privado (SRCEP) y un Servicio Radioeléctrico de Concentración de Enlaces de Uso Oficial (SRCEO).

¿A quién está dirigido?

Este trámite puede requerirlo cualquier persona física o jurídica que así lo desee, y debe ser efectuado con la intervención de un responsable técnico matriculado en el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC) u otro Consejo Profesional competente.

¿Qué necesito?

Para acceder a las bandas de frecuencias de estos servicios, se debe cumplimentar con lo establecido en la Resolución SC Nº 262/2005, mediante el procedimiento de Concurso Público. Cumplimentado ello, se debe cumplir con los siguientes requisitos, para acceder a la autorización de las estaciones radioeléctricas:

1.- Formulario F2 - Datos del Solicitante.
La firma del solicitante debe estar certificada por escribano público, juez de paz, jefatura policial federal/provincial, institución bancaria o delegación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM). En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica, deberá acompañar la documentación debidamente certificada que acredite la calidad invocada con facultades suficientes para el acto de que se trata.

2.- Formulario F1 - Solicitud de Autorización de Estaciones Radioeléctricas.
En este formulario debe consignarse el servicio o sistema radioeléctrico solicitado, como así también el número de registro de equipos a instalar, cuya homologación debe encontrarse vigente al momento de la solicitud. Asimismo, debe fundamentarse adecuadamente la necesidad de implementar el servicio o sistema radioeléctrico requerido.

3.- Formulario F16 - Anexo II. Alturas Máximas Permitidas de Estructuras Soporte de Antenas (RESOLUCIÓN SC Nº 46/84 y sus modificatorias).

4.- Formulario F16a - Anexo III. Excepción en Zona Urbana (RESOLUCIÓN Nº 1301/2000).

5.- Formulario F16b - Anexo IV. Excepción en Zona Rural (RESOLUCIÓN Nº 1301/2000).

6.- D3 “Certificado de Encomienda”. Extendido por el Consejo Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones, Electrónica y Computación (COPITEC), de jurisdicción nacional, o los Consejos Profesionales de jurisdicción provincial que tengan reconocida la especialidad.

7.- Formulario F23 - Anexo I Características y Condiciones de Funcionamiento.

8.- Fotocopia legible de Constancia de CUIT/CUIL, según corresponda.

9.- Formulario F27 - Anexo I - Planilla de Verificación de la Potencia Radiada Aparente Máxima

10.- F31 - Anexo I - Resolución CNT Nº 1020/1992 - Declaración Jurada de Estaciones de Abonados o Corresponsales.

¿Cómo hago?

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Presentar la documentación correspondiente, personalmente o por correo postal en el CAUER (Centro de Atención a Usuarios del Espectro Radioeléctrico). Asimismo, en las Oficinas de Atención al Público en todo el país se recibirá el trámite y se remitirá al CAUER.

Vigencia

La autorización otorgada no tiene término de vigencia para el caso del SRCEP y SRCEO y es de diez (10) años en el caso del SRCE. No obstante, en todos se mantiene mientras se cumpla con lo establecido en la reglamentación y se abone el derecho radioeléctrico cuatrimestral correspondiente.

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