Programa de integración laboral de personas con discapacidad. Subprograma mantenimiento de puestos. Modalidad subvención al equilibrio presupuestario (código 1929)
Información Básica
Requisitos
Documentación
Presentación Solicitudes
Tasas
Resolución, Recursos y Normativa
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012 y 968 362 000
Objeto
Conceder subvenciones dirigidas a equilibrar el presupuesto de aquellos Centros Especiales de Empleo que necesiten paliar situaciones coyunturales o deficiencias económico-financieras a corto plazo y limitadas al año de vigencia del presupuesto.
La cuantía de la subvención al Equilibrio Presupuestario será como máximo de treinta mil euros (30.000 ), IVA excluido, cuando sea recuperable, por Centro Especial de Empleo.
Con carácter transitorio se establecen las siguientes limitaciones para acceder a la concesión de subvenciones correspondientes al Programa 1 Integración laboral de personas con discapacidad en CEE, cuyos subprogramas y modalidades se recogen en el artículo 1, apartado 2, de esta orden:
1. Los Centros Especiales de Empleo calificados con posterioridad a la entrada en vigor de esta Orden, no podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en el citado Programa 1.
2. Los Centros Especiales de Empleo calificados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden, únicamente podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la modalidad de subvención de costes salariales.
3.- Dichas limitaciones podrán suprimirse o modificarse cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan, mediante Resolución del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación.
Para la concesión de la ayuda, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) La actividad, dimensión estructura y gerencia del Centro.
b) La composición de su plantilla, con atención especial a la proporción de trabajadores discapacitados respecto del total en el Centro, así como a la naturaleza y grado de minusvalía de sus componentes, en relación con su capacidad de adaptación al puesto de trabajo que desempeñan.
c) La modalidad y condiciones de los contratos suscritos con los trabajadores de la plantilla del Centro, discapacitados o no.
d) Las variables económicas que concurran en el Centro en relación con su objetivo y función social.
e) Los servicios de ajuste personal y social que preste el Centro a sus trabajadores minusválidos, entendiendo por tales los de rehabilitación, terapéuticos, de integración social, culturales y deportivos que procuren a los trabajadores discapacitados del Centro una mayor rehabilitación personal y una mejor adaptación en su relación social.
Destinatarios
Ciudadanía.
Los titulares de Centros Especiales de Empleo ubicados en esta Comunidad Autónoma, e inscritos como tales en el Registro Administrativo de la Región de Murcia
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Continuo
Plazo de Presentación
Abierto- Presentación de solicitud: hasta 10/07/2013
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)
Requisitos de solicitud o iniciación
Carecer de ánimo de lucro, condición que vendrá recogida en sus estatutos.
Ser de utilidad pública e imprescindibilidad declarada por la autoridad administrativa competente.
Los resultados adversos que se pretenden equilibrar no pueden derivarse de una gestión deficiente a juicio de la Administración Regional.
No haber efectuado, en los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda, despido calificado como improcedente.
Acreditar documentalmente, según lo previsto en el Anexo de la Orden de Bases de 10 de julio de 2013, el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE nº 269, de 10/11/1995), de prevención de riesgos laborales y normativa de desarrollo.
No ser excluidos por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 08/08/2000), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
Disponer de servicios de ajuste personal y social, y tener en plantilla al personal técnico y de apoyo que precise la actividad del Centro, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1, 3 y 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, que regula los Centros Especiales de Empleo de minusválidos (BOE nº 294, de 9 de diciembre de 1985). La información relativa a dichos servicios deberá constar, debidamente detallada, en la memoria que anualmente debe presentarse, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del citado Real Decreto, ante el Servicio Regional e Empleo y Formación
Estar al corriente de sus obligaciones institucionales frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma.
SUBVENCIÓN PARA EL EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO CEE
- Declaración responsable
(Obligatorio / Original)
Declaración formal del representante legal de la entidad solicitante de haber obtenido, o no, de otras Administraciones Públicas o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad o actividad desarrollada por el beneficiario. En caso de haberlas obtenido se presentarán las correspondientes notificaciones de concesión - Memoria
(Obligatorio / Original)
Memoria explicativa del desequilibrio presupuestario y su origen - Certificado de cuenta bancaria
(Obligatorio / Original)
IBAN - Solicitud
(Obligatorio / Original)
Solicitud de declaración de utilidad pública e imprescindibilidad del centro especial de empleo - Acreditación
(Obligatorio / Original)
- Certificado acreditativo de tener efectuada la evaluación inicial de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva en virtud de la siniestrabilidad laboral del año anterior, expedido por el servicio de prevención que tuviere contratado, o por los técnicos debidamente cualificado si la empresa tuviere organizado un servicio propio de prevención - Certificado
(Obligatorio / Original)
- Certificado expedido por el representante legal del Centro Especial de Empleo, acreditativo de la relación nominal de trabajadores con discapacidad (indicando apellidos, nombre, fecha de nacimiento, número del NIF, número de afiliación a la Seguridad Social, fecha de contratación, duración del contrato y si es a jornada completa o parcial). - Balance
(Obligatorio / Original)
Balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias de los dos últimos ejercicios de actividad, cuando se hayan realizado actividades en dichos años
- Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
- Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Solicitar Presencialmente
- Cumplimentación manual
La solicitud deberá cumplimentarla para presentarla en los lugares indicados más abajo. Téngase en consideración que, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos, representantes de sujetos obligados y quienes se determine reglamentariamente (artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Normativa
- Orden de 8 de junio de 2016, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formacion, de bases reguladoras de los programas de subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad.
- Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los Centros Especiales de Empleo.
- Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo definidos en el artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
- ORDEN de 16 de octubre de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo
- REAL DECRETO 427/1999, de 12 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1985, de 17 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los minusválidos que trabajen en los centros especiales de empleo.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.