Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad: Empleo con apoyo-Gabinete de Orientación para personas discapacitadas (código 938)
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012 y 968 362 000
Objeto
Favorecer la inserción laboral en empresas normalizadas de las personas con discapacidad intelectual, con parálisis cerebral, con enfermedad mental o sensorial que se encuentran desempleadas e inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF.
Para ello, se llevan a cabo acciones basadas en técnicas de búsqueda de empleo, de orientación laboral, de acompañamiento a la inserción y de ayudas al empleo, englobadas en el llamado «empleo con apoyo».
También, favorecer la inserción laboral, en empresas normalizadas, de las personas con discapacidad física y/u orgánica que se encuentran desempleadas e inscritas en las Oficinas de Empleo del SEF, para ello, se llevarán a cabo acciones basadas en técnicas de búsqueda de empleo, de orientación laboral y de prospección en el mercado de trabajo.
El Servicio Regional de Empleo y Formación podrá derivar, para su incorporación a las acciones contempladas en este Programa, a los desempleados inscritos en sus Oficinas de empleo que, cumpliendo los requisitos generales exigidos en el mismo, se consideren más idóneos.
1. En el Subprograma de Empleo con Apoyo, tendrán la consideración de gastos subvencionables los establecidos en el artículo 39 de la Orden de bases, y se compone de:
Gastos directos de personal: serán subvencionables los costes laborales, incluidas la parte proporcional de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social y por un tiempo de intervención de hasta doce mensualidades, del personal técnico contratado, directamente relacionado con las acciones previstas en este subprograma y con la titulación e idoneidad suficientes.
Los costes laborales subvencionables de este personal no podrán exceder de lo fijado en el Convenio Colectivo Sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, el Convenio Colectivo general de «centros y servicios de atención a personas con discapacidad», incluidos los acuerdos de revisión salarial para el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dictados en desarrollo del citado Convenio colectivo general.
Para la determinación del coste laboral, se tomarán las percepciones económicas de los trabajadores por la prestación de sus servicios, que tengan esta naturaleza, incluida la indemnización por finalización de contrato, así como las cotizaciones a la Seguridad Social.
Otros costes: además, de acuerdo con lo previsto con el artículo 68 ter del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, para sufragar otros costes podrá imputarse un máximo de un 10 por ciento de los costes directos de personal técnico. En estos costes podrán incluirse gastos del personal de apoyo administrativo, gastos de desplazamientos de los técnicos, gastos de difusión y publicidad, otros gastos generales tales como teléfono, envíos postales y suministro y cualquier otro gasto estrictamente necesario y relacionado con la actividad a desarrollar.
Cuando la entidad disponga, en proporción, de al menos tres técnicos a jornada completa, la entidad beneficiaria podrá imputar hasta un 20 por ciento de los costes directos de personal técnico para sufragar otros costes
2. En el Subprograma de Gabinetes de Orientación e Inserción de Personas con Discapacidad, tendrán la consideración de gastos subvencionables los establecidos en el artículo 48 de la Orden de bases, y se compone de:
Gastos directos de personal. Serán subvencionables los costes laborales, incluidas la parte proporcional de pagas extraordinarias y las cotizaciones a la Seguridad Social y por un tiempo de intervención de hasta doce mensualidades, del personal técnico contratado, directamente relacionado con las acciones previstas en este subprograma y con la titulación e idoneidad suficientes
Los costes laborales subvencionables de este personal no podrán exceder de lo fijado en el Convenio Colectivo Sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, el Convenio Colectivo general de «centros y servicios de atención a personas con discapacidad», incluidos los acuerdos de revisión salarial para el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dictados en desarrollo del citado Convenio colectivo general.
Para la determinación del coste laboral, se tomarán las percepciones económicas de los trabajadores por la prestación de sus servicios, que tengan esta naturaleza, incluida la indemnización por finalización de contrato, así como las cotizaciones a la Seguridad Social.
Otros costes: Además, para sufragar otros costes podrá imputarse un máximo de un 15 por ciento de los costes directos de personal técnico. En estos costes podrán incluirse gastos del personal de apoyo administrativo, gastos de desplazamientos de los técnicos, gastos de difusión y publicidad, otros gastos generales tales como teléfono, envíos postales y suministro y cualquier otro gasto estrictamente necesario y relacionado con la actividad a desarrollar.
Cuando la entidad disponga, en proporción, de al menos tres técnicos a jornada completa, la entidad beneficiaria podrá imputar hasta un 25 por ciento de los costes directos de personal técnico para sufragar otros costes.
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Atendiendo a la naturaleza y finalidad de este programa de inserción laboral, no se admitirá la inclusión de una misma persona con discapacidad destinataria de las acciones de inserción simultáneamente en los proyectos de distintas entidades. La Plataforma de Orientación Laboral, a la que en lo sucesivo nos referiremos como "POL", a través de la cual se gestionará la incorporación de las personas con discapacidad al programa de empleo con apoyo, no permitirá el alta de ninguna persona que ya figure adscrita a otra entidad, en tanto no se autorice la baja en aquella.
Si la entidad solicitante fuere titular de un Centro Especial de empleo, la organización y desarrollo del proyecto de empleo con apoyo, será ajena a la actividad y organización del referido centro que no podrá quedar implicado en modo alguno en dicho proyecto.
Destinatarios
Empresas y otras Entidades.
Entidades sin fines de lucro, con centro de trabajo y actividad en la Región de Murcia, y cuyo objeto social esté directamente relacionado con la actividad específica a desarrollar (de atención a personas con discapacidad intelectual, con parálisis cerebral, con enfermedad mental o sensorial, en el caso del subprograma de "Empleo con Apoyo" y de personas con discapacidad física y/u orgánica en el subprograma de "Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral") y tengan suscrito un "Convenio de Colaboración con el SEF en materia de empleo" o haber obtenido con anterioridad a la publicación de la modificación de la Orden de bases, el 20 de agosto de 2015, la autorización como agencia de colocación por los Servicios Públicos de Empleo, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación y hubiesen obtenido, en los tres últimos años inmediatamente anteriores a dicha publicación, subvención del programa 2 ("Formas innovadoras de integración laboral"), aunque no tengan suscrito convenio de colaboración con el SEF en materia de empleo.
Tramitación inmediata
No
Periodicidad
Sujeto a convocatoria
Plazo de Presentación
Cerrado
Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
REGIÓN DE MURCIACONSEJERÍA DE EMPLEO, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDADES
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14028270)
Requisitos de solicitud o iniciación
Requisitos Generales:
1. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes que estén incursos en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. En particular, para poder obtener la condición de beneficiario el solicitante deberá:
a) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) Encontrarse al corriente de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
c) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
Estos requisitos deberán acreditarse por el beneficiario con anterioridad a la realización de la propuesta de resolución de concesión.
Subvenciones Empleo con apoyo-Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral
- Autorización
(No obligatorio / No original)
Autorización a datos personales del personal técnico - Convenio
(Obligatorio / Original)
Convenio suscrito con el SEF en materia de empleo (o, Autorización como Agencia de colocación, en su caso). - Currículo (currículum)
(Obligatorio / Original)
Del personal técnico, firmado por el interesado, y documentación acreditativa de su titulación. - Declaración responsable
(Obligatorio / Original)
- No ha solicitado u obtenido de otras AAPP o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, otras subvenciones o ayudas, u otros ingresos o recursospara la misma finalidad o actividad desarrollada por el beneficiario (En caso de haberlas obtenido se presentarán las correspondientes notificaciones de concesión). - No se halla incursa en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Dispone, como mínimo, de los medios informáticos indicados en la Orden de bases. - Que mantendrá a disposición del SEF todos los certificados de discapacidad de las personas atendidas e insertadas en el desarrollo del programa que figuren en las declaraciones responsables o certificados presentados durante el plazo establecido en el correspondiente Reglamente Comunitario. - De la autenticidad de los documentos aportados. - Relación
(Obligatorio / Original)
Anexo con la relación de técnicos adscritos al programa, donde conste: nombre yapellidos, DNI, titulación académica, contrato de trabajo, periodo de adscripción al programa, porcentaje de dedicación, categoría e importe de salario imputado al programa (Anexo V). - Memoria descriptiva
(Obligatorio / Original)
Memoria descriptiva del proyecto de ?Empleo con apoyo? o ?Gabinetes de Orientación e Inserción Laboral de personas con discapacidad ?, acompañada de presupuesto ajustado para cada uno los apartados de gastos admitidos. Con respecto al coste de personal, se indicará por cada uno de los Técnicos previsto contratar o adscribir a este programa, la siguiente información: - Salario base - Complementos Salariales, con el detalle de cada uno de los aplicados - Complementos no salariales, con el detalle de cada uno de los aplicados. - P.P. extraordinaria - Grupo de cotización - Base de cotización - Tipo de cotización - Cuota patronal Seguridad Social - Tipo de Jornada, o en su caso, porcentaje de jornada dedicada al programa - Del Convenio Colectivo aplicado se acompañarán las correspondientes Tablas Salariales (acompañado con el desglose, según Anexo IV disponible en la página web www.sefcarm.es) donde queden recogidos todos los conceptos por categoría. - IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
(No obligatorio / No original)
Certificado expedido por la entidad bancaria donde la entidad solicitante desee domiciliar el abono de la subvención, en el que deberán constar el Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN) y el Código de Identificación Fiscal (CIF).
- Documentación obrante en el fichero de personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
- Certificación acreditativa del cumplimiento de obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. (*)
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias para solicitud de ayudas y subvenciones. (*)
- Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
- Certificados de Títulos Universitarios (*)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Modelos e información para solicitudes
- Anexo Solicitud subvención
- Declaración Responsable
- Anexo relación técnicos- Calculo Costes
- Autorización datos personales (Tecnicos)
- Modelo acreditación colocación eca-goi
- Listado personas discapacitadas contratadas
- Actuaciones Técnicos
- Anexo Autorización-indicadores FSE (Fondo Social Europeo)
- Ficha control asistencia
- Fichero participantes ECA-GOIL
Para tramitación electrónica Una vez relleno, se ha de firmar para adjuntar a la solicitud
Solicitar Electrónicamente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital...
Información adicional para trámites
Ayuda a la presentación electrónica
- Actos de trámite en un expediente ya iniciado
Este formulario ha de ser usado para realizar cualquier trámite administrativo posterior a la solicitud de inicio, como por ejemplo, subsanar, realizar alegaciones, presentar una justificación, aportar documentación adicional porque por volumen no ha sido posible aportarla en una sola solicitud, etc. En el desplegable del formulario podrá ver la relación completa de trámites.
Tenga en cuenta que necesariamente habrá de hacer referencia al número de expediente de la solicitud inicial o al número de registro de entrada de la misma, así como al procedimiento administrativo a que se refiera el trámite.
El sistema le pedirá únicamente la identificación electrónica; no es necesaria la firma electrónica del documento. - Desistimiento o renuncia en un expediente ya iniciado
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
- Consulta del estado de un expediente
Permite consultar el estado de su expediente ya iniciado.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Resolución
Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Autoridad que resuelve: DIRECTOR/A GENERAL SERVIC.REG.EMPLEO Y FORMACION
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Negativo
Recursos
Recursos que proceden ante la Administración Regional | Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER |
Normativa
- Orden de 8 de junio de 2016, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formacion, de bases reguladoras de los programas de subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad.
- Orden de 4 de marzo de 2019, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se modifica la Orden de 8 de junio de 2016, del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, de bases reguladoras de los programas de subvenciones para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad.
Otras disposiciones y actos administrativos
- Convocatorias de los procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva
- Resolución de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del programa ?Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad?
- Extracto de la Resolución de 16 de mayo de 2019 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del programa ?Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad?, subprograma ?Gabinetes de orientación e inserción laboral?.
- Extracto de la Resolución de 16 de mayo de 2019 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria del programa ?Formas innovadoras de integración laboral de personas con discapacidad?, subprograma ?Empleo con apoyo?.
Trámites relacionados
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- Destinatarios
- Tramitación inmediata
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- Plazo de Presentación
- Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)
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