Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de visitante o de residente temporal, deseas residir de manera permanente en el país y tienes vínculo con mexicano o persona extranjera residente permanente? Podrás cambiar de condición de estancia a residente permanente acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte, documento de identidad y viaje, o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular. En caso que presente FMM también se requiere original | Original y Copia |
Tarjeta de residente temporal o de visitante, o la Forma Migratoria Múltiple (FMM) válida y vigente | Original |
Comprobante del pago de derechos por la recepción y estudio de la solicitud de cambio de condición | Original |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Identificación oficial vigente del mexicano, o tarjeta de residente vigente de la persona extranjera con la que se acredita el vínculo | Original y Copia |
Demostrar vínculo de acuerdo a lo siguiente: a) En caso de ser padre o madre de un mexicano, o de una persona extranjera con residencia permanente en territorio nacional, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del mexicano o del residente permanente; b) En caso de ser hijo de una persona extranjera residente permanente, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento. Lo anterior siempre y cuando sea menor de edad y no haya contraído matrimonio, o bien, se encuentre bajo su tutela o custodia; c) En caso de ser hijo del cónyuge o concubino de un mexicano o de un residente permanente, deberá presentar original y copia de su acta de nacimiento y del acta de matrimonio o del documento que acredite concubinato del padre o madre con el mexicano o la persona extranjera. Lo anterior siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio, o bien, se encuentre bajo tutela o custodia del cónyuge o concubino; d) En caso de ser niña, niño o adolescente, cuya patria potestad o tutela se encuentre a cargo de un mexicano, o de una persona extranjera residente permanente en territorio nacional, deberá presentar original y copia del documento emitido por autoridad competente; e) En caso de que sea hijo de un mexicano conforme al inciso d), fracción I del apartado de criterios de la presente ficha, deberá presentar original y copia de la carta de naturalización del mexicano y acta de nacimiento de la persona extranjera; f) En caso de ser hermano de un mexicano, o de una persona extranjera residente permanente en territorio nacional, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento de ambos. Lo anterior, siempre y cuando sea niña, niño o adolescente y no haya contraído matrimonio, o bien, original y copia del documento que acredite que se encuentra bajo la representación legal del mexicano o residente permanente; g) En caso de que la persona extranjera haya obtenido la condición de estancia de residente temporal por matrimonio o concubinato con mexicano o persona extranjera residente permanente, deberá presentar original y copia del acta de matrimonio o del documento que acredite concubinato de acuerdo a la legislación civil o del documento que acredite figura equivalente al concubinato otorgado por autoridad competente del país de origen o de residencia de la persona extranjera, y escrito bajo protesta de decir verdad firmado por el solicitante y su cónyuge o concubina o concubinario, en el que señalen su domicilio conyugal y la subsistencia de dicho vínculo durante los dos años anteriores a la solicitud; h) En caso de tener hijos mexicanos por nacimiento, deberá presentar original y copia de las actas de nacimiento de los hijos; i) En caso de ser madre o padre de mexicano, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del hijo o hijos mexicanos por nacimiento; j) En caso de ser abuela o abuelo de mexicano por nacimiento, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del nieto mexicano por nacimiento y de los padres de éste; k) En caso de ser hija o hijo de mexicano por nacimiento, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del solicitante, y l) En caso de ser nieta o nieto de mexicano por nacimiento, deberá presentar original y copia del acta de nacimiento del abuelo, de los padres y del solicitante. |
Concepto | Monto |
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Recepción y estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia | $1,365.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de visitante o de residente temporal estudiante, deseas residir de manera temporal en el país y tienes vínculo con mexicano o persona extranjera residente temporal o permanente? Podrás cambiar de condición de estancia a residente temporal acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documento requerido | Presentación |
Documento de identidad y viaje, o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular | Original y Copia |
Forma Migratoria Múltiple (FMM), tarjeta de visitante o tarjeta de residente temporal estudiante | Original |
Comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos | Original |
Identificación oficial vigente del mexicano, o tarjeta de residente vigente de la persona extranjera con la que se acredita el vínculo | Original y Copia |
Demostrar vínculo de acuerdo a lo siguiente:
| Original y Copia |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Concepto | Monto |
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Recepción y estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia | $1,365.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica: (orientación) 01 800 00 46264.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera en condición migratoria regular de visitante y fuiste ofendido, víctima o testigo de delito en territorio nacional; eres solicitante de asilo político, refugio o protección complementaria y procedimiento de apátrida; niña, niño o adolescente no acompañado o; acreditas alguna causa humanitaria? Podrás solicitar el cambio de condición a visitante por razones humanitarias acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular | Original y Copia |
Forma Migratoria Múltiple (FMM) o tarjeta de visitante válida y vigente | Original |
En caso de ser ofendido, víctima o testigo de un delito cometido en territorio nacional, deberá presentar documental pública expedida por autoridad competente de la que se derive la calidad de ofendido, víctima o testigo de un delito | Original |
En caso de ser solicitante de asilo político, deberá presentar constancia de la solicitud admitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) | Original |
En caso de ser solicitante de la condición de refugiado, deberá presentar copia de la constancia de solicitud emitida por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) | Original |
En caso de determinación de apátrida, deberá presentar constancia de inicio del procedimiento de determinación de apátrida emitida por la autoridad migratoria | Original |
En caso de ser niña, niño o adolescente no acompañado, deberá presentar oficio membretado de la representación consular de su país de origen o de residencia | Original |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Por causa humanitaria, deberá presentar: a) Documento emitido por autoridad o institución pública o de gobierno en el cual se expongan los motivos y razones que justifiquen la permanencia de la persona extranjera porque existe riesgo a su salud, seguridad o vida b) Documento emitido por la institución pública que tiene bajo su custodia a un familiar directo de la persona extranjera, en el que se indique la necesidad de que ésta otorgue su autorización para prestar asistencia médica, sicológica, o bien su intervención para reconocimiento o recuperación de cadáver, o c) Certificado médico emitido por una institución de salud en la que conste el estado de salud grave de un familiar directo y documentos que acrediten parentesco | Original |
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de residente temporal que cumplió con cuatro años consecutivos de residencia, eres jubilado o pensionado que recibe sus ingresos del exterior o deseas participar en el Sistema de Puntos? Podrás cambiar de condición de estancia a residente permanente acreditando los supuestos y requisitos señalados en la normatividad.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de residente temporal | Original y Copia |
Tarjeta de residente temporal, válida y vigente | Original y Copia |
Comprobante del pago de derechos por la recepción y estudio de la solicitud de cambio de condición | Original |
En caso de sistema de puntos, deberá presentar los documentos que acrediten los indicadores y puntaje mínimo requeridos conforme al acuerdo que al efecto se publique en el Diario Oficial de la Federación | Original |
En el caso de pensionados o jubilados deberán presentar: a) Comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a veinticinco mil días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México durante los últimos doce meses. b) Documentos que demuestren que cuenta con ingresos o pensión mensual libre de gravámenes equivalente a quinientos días de salario mínimo general vigente en la Ciudad de México, durante los últimos seis meses | Original y Copia |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
En caso de que hayan transcurrido cuatro años desde que cuenta con permiso de residente temporal, deberá indicar expresamente en su solicitud de trámite que solicita el cambio por esta vía | Original |
Concepto | Monto |
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Recepción y estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia | $1,365.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de la condición de estancia de residente temporal estudiante y deseas cambiar a residente temporal? Podrás hacerlo acreditando los supuestos y requisitos señalados en los lineamientos para trámites y procedimientos migratorios vigentes.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte o documento de identidad y viaje válido y vigente | Original y Copia |
Comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos | Original |
Tarjeta residente temporal estudiante válida y vigente | Original |
Presentar los documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
| Original |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Concepto | Monto |
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Recepción y estudio de la solicitud, y en su caso, la autorización del cambio de condición de estancia | $1,365.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la delegación federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
Instituto Nacional de Migración
¿Cuentas con visa mexicana de visitante con fines de adopción, de residente temporal, residente temporal estudiante o residente permanente? Deberás cambiarla (canjearla) por tu documento migratorio dentro de los 30 días naturales siguientes contados a partir de tu ingreso en la oficina del Instituto Nacional de Migración más cercana a tu domicilio.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente, que sea válido conforme al derecho internacional | Original y Copia |
Forma Migratoria Múltiple (FMM) válida y vigente | Original |
Formato básico debidamente llenado | Original |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet con firma autógrafa del promovente | Original |
Comprobante de pago de derechos productos o aprovechamientos | Original |
3 fotografías tipo infantil (tamaño 2.5x3 cm.), dos de frente y una de perfil derecho de la cara, fondo blanco, con la frente y las orejas descubiertas, sin aretes y sin anteojos | Original |
Nota: No se aceptan fotografías instantáneas.
Concepto | Monto |
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Autorización de la condición de estancia de residente temporal, ministro de culto o por pertenecer a una asociación religiosa | $1,012.00 mxn |
Expedición de documento migratorio, visitante con fines de adopción | $3,111.00 mxn |
Expedición de documento migratorio, residente temporal, hasta un año | $4,271.00 mxn |
Expedición de documento migratorio, para residente permanente | $5,206.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica: (orientación) 01 800 00 46264.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera titular de documento migratorio y está próximo a concluir su vigencia? Puedes renovarlo a fin de ampliar tu estancia en el país.
Documento requerido | Presentación |
Forma Migratoria Múltiple (FMM), tarjeta de residente, tarjeta de visitante o documento provisional con una vigencia de hasta treinta días naturales | Original |
Formato básico debidamente llenado | Original |
Comprobante que acredite el pago de derechos | Original |
Cuando la persona extranjera presente FMM, deberá adjuntar, pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido de conformidad con el derecho internacional, o bien, documento oficial expedido por autoridad de su país de origen, que contenga cuando menos, nombre de la persona extranjera, nacionalidad, fecha de nacimiento y fotografía | Original y Copia |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
Tres fotografías tipo infantil (tamaño 2.5x3 cm.), dos de frente y una del perfil derecho de la cara, fondo blanco, con la frente y las orejas descubiertas, sin aretes y sin anteojos. No se aceptan fotografías instantáneas | Original |
Documento que acrediten alguno de los siguientes supuestos: a. El titular de documento provisional, deberá presentar oficio de la estación migratoria en la que se comunique que subsiste el supuesto por el cual se requirió autorizar la condición de estancia de visitante, con permiso para realizar actividades remuneradas b. Cuando la condición de estancia se haya otorgado por razones humanitarias, deberá presentar documento emitido por autoridad competente, en el que conste que subsisten las condiciones por las cuales se le otorgo la condición de estancia. Se podrá presentar constancia médica del familiar de la persona extranjera, cuando el motivo de la permanencia de la persona extranjera sea para prestarle asistencia a dicho familiar por encontrarse en estado grave de salud c. El visitante con fines de adopción deberá adjuntar copia del último documento emitido por autoridad competente sobre el trámite de adopción, o en caso de haber obtenido la sentencia correspondiente, el documento que acredite estar realizando algún trámite necesario para garantizar la salida del menor d. Cuando la condición de estancia se otorgó por oferta de empleo, deberán presentar constancia de continuidad laboral en papel membretado del empleador en la que se indique el período de vigencia del empleo e. En el caso de residente temporal estudiante, deberán presentar carta o constancia emitida por la institución educativa en la que conste que continúan con sus estudios f. Cuando la condición de estancia se otorgó por unidad familiar u otra circunstancia, la persona extranjera deberá presentar escrito bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste que subsisten las condiciones bajo las cuales fue concedida la condición de estancia. En el caso de cónyuge o concubino de mexicano o de residente, se requiere que el escrito sea firmado por ambas personas | Original |
Concepto | Monto |
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Expedición de documento migratorio para visitante con fines de adopción (por renovación) | $3,111.00 mxn |
Expedición de documento migratorio para renovación, residente temporal, hasta un año | $4,271.00 mxn |
Expedición de documento migratorio para renovación, residente temporal, hasta 2 años | $6,400.00 mxn |
Expedición de documento migratorio para renovación, residente temporal, hasta 3 años | $8,106.00 mxn |
Expedición de documento migratorio para renovación, residente permanente | $5,206.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres persona extranjera y perdiste, fue robado o destruido total o parcialmente tu tarjeta de residente, visitante o Forma Migratoria Múltiple (FMM)? Podrás reponer tu documento migratorio, siempre y cuando éste se encuentre vigente.
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte, documento de identidad y viaje o documento oficial que haya exhibido para obtener la condición de estancia de la que es titular | Copia |
Comprobante que acredite el pago de derechos | Copia |
En caso de reposición de tarjeta de visitante o de residente, deberá presentar formato básico debidamente llenado, y tres fotografías tipo infantil (tamaño 2.5x3 cm.), dos de frente y una del perfil derecho de la cara, fondo blanco, con la frente y las orejas descubiertas, sin aretes y sin anteojos. No se aceptan fotografías instantáneas | Original |
En caso de que la reposición tenga lugar por deterioro parcial o destrucción total, deberá adjuntar la Forma Migratoria Múltiple (FMM), la tarjeta de visitante, la tarjeta de residente o el documento provisional según sea el caso | Copia |
En caso de robo o extravío en el exterior, la persona extranjera deberá presentar la FFM y la Visa para reposición con la que viajó a México | Original |
Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado de manera electrónica a través de la página de internet, con firma autógrafa del promovente | Original |
En caso de robo o extravío en el exterior, la persona extranjera deberá presentar la FMM y la visa para reposición con la que viajó a México | Original |
* Cuando la persona extranjera se encuentre documentada con la Forma Migratoria Múltiple (FMM) deberá exhibir original.
Concepto | Monto |
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Derecho de Visitante Trabajador Fronterizo por reposición | $403.00 mxn |
Aprovechamiento de la Tarjeta de Visitante Regional por reposición | $376.00 mxn |
Derecho de Visitante sin permiso de realizar actividades remuneradas | $575.00 mxn |
Solicitud de documento migratorio por reposición | $1,315.00 mxn |
Nota: Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda al domicilio del interesado. En caso de que la ubicación de la Delegación Federal que le corresponda sea lejana, se sugiere contactar vía telefónica a esa Delegación, solicitando informes por una oficina del INM más cercana a su domicilio.
Vía telefónica (orientación): 01 800 00 46264.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres extranjero? ¿Quieres ingresar a México? ¡El Instituto Nacional de Migración te ayuda a hacerlo!
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente que sea válido conforme al derecho internacional | Original |
Forma Migratoria Múltiple (FMM) o en su defecto la Forma Migratoria Múltiple Electrónica (FMM), para extranjeros que ingresen vía terrestre o vía aérea al país. Presentar el formato debidamente llenado | |
La persona extranjera beneficiaria de compromisos asumidos por el Estado mexicano, además de los documentos señalados deberá presentar alguno de los siguientes documentos:
| Original |
La autoridad migratoria podrá solicitar a la persona extranjera que compruebe el motivo de su viaje, mediante alguno de los siguientes documentos:
| |
En el caso de niñas, niños o adolescentes o personas bajo tutela jurídica en términos de la legislación civil, que vayan acompañados por un tercero mayor de edad o viajen solos, deberán presentar documento en el que conste autorización para salir del territorio nacional de las personas que ejercen sobre ellos la patria potestad o tutela otorgado ante Fedatario Público o autoridad competente. Cuando se trate de un documento otorgado en el extranjero, deberá ser legalizado o apostillado según sea el caso, con su traducción cuando se trate de idioma distinto al español | Original |
En su caso, proporcionar a la autoridad migratoria la información que se le requiera |
Nota: Países que no requieren visa.
Concepto | Monto |
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Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas | $575.00 mxn |
Nota: Solo aplica para los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas de acuerdo al Artículo 8o. de La Ley Federal del Derechos 2016, por la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia.
Para generar la línea de captura del pago correspondiente ingresa a la siguiente liga.
Presencial: En los lugares destinados al tránsito internacional de personas, los cuales están ubicados en los Puntos de Internación Terrestres, Aeropuertos Internacionales y Puertos Marítimos.
Instituto Nacional de Migración
¿Eres extranjero? ¿Tienes una visa ordinaria, válida y vigente expedida por el gobierno mexicano y quieres ingresar a México? ¡El Instituto Nacional de Migración te ayuda a hacerlo!
Documento requerido | Presentación |
Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente que sea válido conforme al derecho internacional | Original |
Visa válida y vigente | Original |
Forma Migratoria Múltiple (FMM) debidamente llenada | Original |
En su caso, proporcionar a la autoridad migratoria la información que se le requiera |
Nota: Países que requieren visa para viajar a México.
Concepto | Monto |
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Visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas | $575.00 mxn |
Visas para canje | Gratuito |
Presencial: En los lugares destinados al tránsito internacional de personas, los cuales están ubicados en los Puntos de Internación Terrestres, Aeropuertos Internacionales y Puertos Marítimos.