Regularización por razones humanitarias | Trámites | gob.mx

Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a personas extranjeras regularizar su situación migratoria por razones humanitarias para permanecer en México.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas extranjeras que se encuentren en territorio nacional y acrediten razones humanitarias.

Requisitos principales

  • Ser extranjero.
  • Encontrarse en territorio nacional.
  • Acreditar alguna razón humanitaria que justifique la regularización.

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

Variable, depende de la situación individual.

Información adicional

Los trámites deben presentarse en original, con copias simples de los anexos. Si se requiere acuse de recibo, adjuntar una copia adicional.

Resumen

Este trámite permite a personas extranjeras regularizar su situación migratoria en México por razones humanitarias, permitiéndoles permanecer en el país.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Formato para solicitar trámite migratorio de estancia, llenado electrónicamente y firmado.
  • Escrito solicitando la regularización, especificando la irregularidad cometida (Artículo 135 de la Ley de Migración).
  • Pasaporte, documento de identidad o documento oficial del país de origen con nombre, nacionalidad, fecha de nacimiento y fotografía (original y copia).
  • Documento migratorio si ha tenido una condición de estancia (opcional, original).
  • Documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos (original y copia):
    • Ser ofendido, víctima o testigo de un delito grave.
    • Ser solicitante de asilo político (constancia de la SRE).
    • Ser solicitante de la condición de refugiado (constancia de la COMAR).
    • Ser solicitante de la determinación de apátrida (constancia de la autoridad migratoria).
    • Ser niño, niña o adolescente sujeto a un procedimiento de sustracción y restitución internacional.
    • Acreditar grado de vulnerabilidad que dificulte la deportación.
    • Tener refugio o protección complementaria (resolución de la COMAR).
    • Tener asilo político (resolución de la SRE).
    • Determinación de apátrida (resolución de la autoridad migratoria).
  • Comprobante del pago de la multa (si aplica, original).
  • Oficio de salida para regularización si se encuentra en estación migratoria (original).

Costos

El trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Opciones para realizar tu trámite

  • En línea: Empieza tu solicitud en línea, imprime e ingresa de manera presencial.
  • Presencial: En la oficina de atención a trámites del Instituto que corresponda a tu domicilio. Si la oficina está lejos, contacta vía telefónica para informes sobre una oficina más cercana.
  • Vía telefónica: (orientación) 800 00 46264.

Ayuda

  • Vía telefónica: (orientación) 800 00 46264.

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