Registro de esposa(o) como derechohabiente en el IMSS | | gob.mx
Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Objetivo
Registrar a tu esposa(o) como beneficiario(a) en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), permitiéndole acceder a los servicios médicos y prestaciones que ofrece el instituto.
¿Quién puede solicitarlo?
El esposo o esposa derechohabiente del IMSS.
Requisitos principales
- Ser derechohabiente del IMSS.
- Presentar la documentación requerida en original.
- En caso de realizar el trámite en línea, contar con e.firma y utilizar Internet Explorer 10 o superior.
Duración del trámite
No especificado
Resumen
Este trámite permite a los derechohabientes del IMSS registrar a su esposa(o) como beneficiario(a) para que pueda acceder a los servicios médicos y prestaciones del instituto.
Quién puede usar este servicio:
- Derechohabientes del IMSS que deseen registrar a su cónyuge.
Antes de empezar:
- Asegúrate de contar con todos los documentos requeridos.
- Si realizas el trámite en línea, ten a la mano tu e.firma y utiliza Internet Explorer 10 o superior.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Clave Única de Registro de Población (CURP) del solicitante y del cónyuge (original).
- Datos del solicitante o representante legal (original).
- Identificación oficial vigente del solicitante (original).
- Documento donde conste el Número de Seguridad Social (NSS) del solicitante (original).
- Copia certificada del Acta de Matrimonio entre el asegurado(a) o pensionado(a) y la beneficiaria(o) a registrar (original).
- Fotografía tamaño infantil en blanco y negro o a color del cónyuge (original).
Costes:
- El trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- En línea:
- Accede al portal del IMSS: aquí.
- Sigue las instrucciones para registrar a tu cónyuge.
- Necesitarás tu e.firma y usar Internet Explorer 10 o superior.
- Presencial:
- Acude a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que te corresponda.
- Presenta la documentación requerida en los horarios de atención.
Ayuda
- Para más información, consulta el siguiente enlace: Más Información
- Si tienes alguna sugerencia para mejorar este trámite, puedes indicarlo aquí.
- Si encuentras información incorrecta, repórtalo aquí.