Modificación de pensión por finiquito por contraer nuevas nupcias ante el IMSS

Actualizado el 29 de enero de 2020
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Instituto Mexicano del Seguro Social

¿Eres pensionado por viudez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (MSS)? ¿Contrajiste nuevo matrimonio civil? La viuda, viudo, concubina o concubinario pensionado al amparo de la Ley del Seguro Social de 1997, que contraiga matrimonio civil, recibirá finiquito equivalente a tres anualidades de la cuantía de la pensión. Para la Ley del Seguro Social de 1973, el finiquito se otorga a la viuda o concubina.

Para el detalle de documentos y requisitos es importante consultar la sección de "Más información".

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Solicitud de Modificación de Pensión. Será llenada por el personal IMSS y se entregará para tu firma

Identificación oficial vigente

Original y Copia

Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) y el nombre del asegurado

Original y Copia

Copia certificada del Acta de Matrimonio

Original

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: Acude a la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 08:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.

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