Modificación de pensión por finiquito por contraer nuevas nupcias ante el IMSS
Instituto Mexicano del Seguro Social
¿Eres pensionado por viudez ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (MSS)? ¿Contrajiste nuevo matrimonio civil? La viuda, viudo, concubina o concubinario pensionado al amparo de la Ley del Seguro Social de 1997, que contraiga matrimonio civil, recibirá finiquito equivalente a tres anualidades de la cuantía de la pensión. Para la Ley del Seguro Social de 1973, el finiquito se otorga a la viuda o concubina.
Para el detalle de documentos y requisitos es importante consultar la sección de "Más información".
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Solicitud de Modificación de Pensión. Será llenada por el personal IMSS y se entregará para tu firma | |
Identificación oficial vigente | Original y Copia |
Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) y el nombre del asegurado | Original y Copia |
Copia certificada del Acta de Matrimonio | Original |
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: Acude a la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 08:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.