Modificación de pensión por finiquito por contraer nuevas | gob.mx
Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a los pensionados por viudez que han contraído matrimonio civil recibir un finiquito de pensión según lo estipulado por la Ley del Seguro Social.
¿Quién puede solicitarlo?
Pensionados por viudez (viuda, viudo, concubina o concubinario) que hayan contraído matrimonio civil.
Requisitos principales
- Ser pensionado por viudez bajo la Ley del Seguro Social de 1973 o 1997.
- Haber contraído matrimonio civil.
Duración del trámite
Variable, depende de la delegación del IMSS.
Resumen
Este trámite permite a los pensionados por viudez que han contraído matrimonio civil solicitar el finiquito correspondiente a su pensión ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Quién puede usar este servicio:
- Pensionados por viudez (viuda, viudo, concubina o concubinario) que hayan contraído matrimonio civil.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de Modificación de Pensión (la proporciona el IMSS).
- Identificación oficial vigente (original y copia).
- Cualquier documento del IMSS, INFONAVIT o AFORE que contenga el NSS y el nombre del asegurado (original y copia).
- Copia certificada del Acta de Matrimonio (original).
Costes:
- El trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Reúne los documentos requeridos.
- Acude a la Unidad de Medicina Familiar o Subdelegación del IMSS que te corresponda, de 8:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.
- Entrega la documentación y solicita la modificación de la pensión por matrimonio.
Ayuda
Contacto:
- Acude a la Unidad de Medicina Familiar o Subdelegación del IMSS que te corresponda.
Recursos adicionales:
- Para más información, consulta la sección "Más información" en la página del trámite.
¿Tienes alguna sugerencia para mejorar la realización de este trámite?