Servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE

Actualizado el 29 de enero de 2020
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Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

¿Se requiere proporcionar atención obstétrica a la mujer que concibió un hijo con el trabajador, extrabajador en continuación voluntaria o en conservación de derechos o pensionado directo, sin ser su cónyuge o concubina? ¡Solicítalo al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)!

Documentos necesarios

Documento requerido Presentación

Identificación oficial vigente del trabajador(a) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula Profesional)

Original y Copia

Copia certificada del Acta de Nacimiento de la mujer

Original y Copia

Clave Única de Registro de Población (CURP) de la mujer*

Original y Copia

Escrito del trabajador o pensionado directo manifestando que se encuentran libres de matrimonio y que dicha mujer no tiene por si misma derechos propios a los seguros, prestaciones y servicios previstos en la Ley del ISSSTE o a otro similar en la materia de servicios de salud, otorgado por cualquier otro instituto de seguridad social

Original

Carta compromiso de pago de los servicios prestados en caso de no registrar al recién nacido (dentro de los 60 días posteriores al nacimiento) por parte del trabajador o pensionado directo

Original

* Se tomará como original la impresión de la constancia CURP en papel bond emitido por el RENAPO.

Costos

Concepto Monto

Trámite

Gratuito

Opciones para realizar tu trámite

Presencial: En los Departamentos de Afiliación y Prestaciones Económicas en las Delegaciones y Áreas técnicas en las Clínicas de Medicina Familiar, que se encuentran en las oficinas de la Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE, de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas.

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