Servicios condicionados de atención obstétrica en el ISSSTE
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
¿Se requiere proporcionar atención obstétrica a la mujer que concibió un hijo con el trabajador, extrabajador en continuación voluntaria o en conservación de derechos o pensionado directo, sin ser su cónyuge o concubina? ¡Solicítalo al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)!
Documentos necesarios
Documento requerido | Presentación |
Identificación oficial vigente del trabajador(a) (Credencial para votar INE, Pasaporte o Cédula Profesional) | Original y Copia |
Copia certificada del Acta de Nacimiento de la mujer | Original y Copia |
Clave Única de Registro de Población (CURP) de la mujer* | Original y Copia |
Escrito del trabajador o pensionado directo manifestando que se encuentran libres de matrimonio y que dicha mujer no tiene por si misma derechos propios a los seguros, prestaciones y servicios previstos en la Ley del ISSSTE o a otro similar en la materia de servicios de salud, otorgado por cualquier otro instituto de seguridad social | Original |
Carta compromiso de pago de los servicios prestados en caso de no registrar al recién nacido (dentro de los 60 días posteriores al nacimiento) por parte del trabajador o pensionado directo | Original |
* Se tomará como original la impresión de la constancia CURP en papel bond emitido por el RENAPO.
Costos
Concepto | Monto |
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Trámite | Gratuito |
Opciones para realizar tu trámite
Presencial: En los Departamentos de Afiliación y Prestaciones Económicas en las Delegaciones y Áreas técnicas en las Clínicas de Medicina Familiar, que se encuentran en las oficinas de la Delegaciones Estatales y Regionales del ISSSTE, de lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 horas.