Servicio de asesoría y acompañamiento jurídico en el procedimiento judicial para acreditar el concubinato.
Información Rápida
Objetivo
Este trámite busca acreditar legalmente la existencia de una relación marital entre dos personas que no están casadas.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona interesada en acreditar una relación de concubinato.
Requisitos principales
- Ser el interesado en acreditar la relación de concubinato.
- Acudir a las instalaciones de la Procuraduría de Protección a Niños, Niñas, Adolescentes y Familia para solicitar el servicio.
Plazos
El plazo para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles, y el interesado tiene 3 días hábiles para cumplir con la prevención.
Duración del trámite
El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 2 días hábiles.
Resumen
Este trámite ofrece asesoría y acompañamiento legal para acreditar una relación de concubinato ante las autoridades judiciales. El objetivo es obtener una sentencia que reconozca legalmente la relación marital entre dos personas que no están casadas.
Quién puede usar este servicio
Cualquier persona interesada en acreditar una relación de concubinato.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Fotografías a color, tamaño infantil donde se muestre a la pareja junta (original y 3 copias).
- Constancia de soltería expedida por el Registro Civil del Municipio y del Estado (original y 3 copias, con certificación de la Dirección del Registro Civil del Estado).
- Copia certificada del acta de nacimiento de quienes pretenden acreditar el concubinato, así como copia certificada de acta de nacimiento de cada uno de los hijos si es que existieran (original y 3 copias, con certificación del Oficial del Registro Civil).
Costes y plazos
- Este trámite es gratuito.
- El plazo para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles, y el interesado tiene 3 días hábiles para cumplir con la prevención.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Acudir a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal de Desarrollo Integral de la Familia.
- Solicitar ser atendido por un asesor jurídico quien asesorará al interesado en su trámite a realizar.
Después de hacerlo
Una vez presentada la demanda y durante todo el tiempo que dure el trámite, se realizará el acompañamiento al usuario.
Ayuda
-
Procuraduría de Protección a Niños, Niñas, Adolescentes y Familia
- Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia
- Roberto Cabral del Hoyo s/n, Zacatecas, Zacatecas
- Tel. 4921891038 - 4929252009
- Horario: Lunes a Viernes de 8:00 AM a 4:00 PM
-
Responsables
- Procuraduría de Protección a Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del SEDIF.
- Dr. Álvaro García Hernández, Procurador, procuraduriasedifzac2020@gmail.com, 4921891038
- Dirección General
- L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado, Director General, direccion.sedif.zac@gmail.com, +52 (492) 925-6805
- Procuraduría de Protección a Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del SEDIF.
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Quejas
- Órgano Interno de Control
- M. en A. Mario Alberto Barrios Sosa, Titular, marioal.barrios@gmail.com, 4929256800
- Órgano Interno de Control
Fundamento Legal
- Código Familiar del Estado de Zacatecas
- Ámbito: Estatal
- Fecha de última actualización en el DOF / POGZ: 10-05-1986
- Fecha de entrada en vigor: 11-05-1986
- Artículos: 1,2,3,4,5,6,11,71,72,227,228,257,282,302,836,837,838,839,840
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas.
- Ámbito: Estatal
- Fecha de última actualización en el DOF / POGZ: 02-05-1966
- Fecha de entrada en vigor: 03-05-1966
- Artículos: 1,2,3,4,5,6,71,72,78,91,92