Servicio de asesoría y acompañamiento jurídico en el procedimiento judicial de convivencia.

Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer asesoría y acompañamiento legal en procesos judiciales relacionados con el derecho de convivencia de menores, especialmente cuando este derecho es negado al padre no custodio o a los abuelos.

¿Quién puede solicitarlo?

Padres no custodios a quienes se les niega el derecho de convivencia con sus hijos, o abuelos a quienes se les niega el derecho de convivencia con sus nietos.

Requisitos principales

  • Ser el padre no custodio al que se le niega la convivencia con su hijo(a).
  • Ser abuelo(a) al que se le niega el derecho de convivencia con su nieto(a).

Plazos

No especificado.

Duración del trámite

El plazo para resolver es de 2 días hábiles. El plazo para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles. El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 3 días hábiles.

Información adicional

Este trámite requiere conservar la siguiente información para fines de acreditación, inspección y verificación: Acreditación para acreditar que el servicio fue brindado.

Resumen

Este servicio ofrece asesoría y acompañamiento jurídico en el procedimiento judicial para garantizar el derecho de convivencia de un menor con su padre no custodio, cuando este derecho es negado. También pueden solicitarlo los abuelos a quienes se les niega el derecho a convivir con sus nietos.

Quién puede usar este servicio

  • Padres no custodios a quienes se les niega el derecho de convivencia con sus hijos.
  • Abuelos a quienes se les niega el derecho de convivencia con sus nietos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Identificación oficial vigente (original y 3 copias).
  • Domicilio del demandado (dirección actual).
  • Copia certificada del acta de nacimiento del menor (original y 3 copias, con certificación del Oficial del Registro Civil).

Costes y plazos

  • Este trámite es gratuito.
  • El plazo para resolver es de 2 días hábiles. El plazo para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles. El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 3 días hábiles.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Acudir a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal para el Desarrollo integral de la Familia.
  2. Solicitar ser canalizado con un asesor jurídico.

Después de hacerlo

Qué sucede después

El asesor jurídico valora si es conveniente tramitar el juicio de convivencia, realiza la demanda y la presenta en el Palacio de Justicia del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas. Se realiza el acompañamiento al usuario durante todo el tiempo que dure el trámite.

Ayuda

Contacto

Procuraduría de Protección a Niños, Niñas, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.

  • Dirección: Roberto Cabral del Hoyo s/n, Zacatecas, Zacatecas.
  • Teléfonos: 4921891038 - 4929252009.
  • Horario: Lunes a Viernes de 8:00 AM a 4:00 PM.

Información Relevante

Este trámite requiere conservar la siguiente información para fines de acreditación, inspección y verificación:

  • Acreditación para acreditar que el servicio fue brindado.

Personas Relacionadas

Responsables

Quejas

  • Código Familiar del Estado de Zacatecas.
  • Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas.

Preguntas frecuentes

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