Servicio de asesoría y acompañamiento jurídico en el Juicio de Presunción de Muerte.

Actualizado el 9 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite que una autoridad judicial declare la ausencia de una persona, lo que se puede considerar como su fallecimiento, protegiendo sus bienes y derechos.

¿Quién puede solicitarlo?

Interesado o padres.

Requisitos principales

  • Presentar denuncia ante la Fiscalía General de Justicia por la desaparición.
  • Presentar actas de nacimiento certificadas.
  • Presentar acta de matrimonio certificada (si aplica).

Plazos

El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 2 días hábiles. El plazo con el que cuenta el Sujeto Obligado para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles. El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 3 días hábiles.

Duración del trámite

El plazo para resolver es de 2 días hábiles. El plazo para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles. El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 3 días hábiles.

Información adicional

Este servicio ofrece asesoría y acompañamiento jurídico.

Resumen

Este trámite ofrece asesoría y acompañamiento jurídico en el proceso de Juicio de Presunción de Muerte, permitiendo que una autoridad judicial declare la ausencia de una persona, lo que se puede considerar como su fallecimiento, protegiendo sus bienes y derechos.

Quién puede usar este servicio:

  • Interesado
  • Padres

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Denuncia ante la Fiscalía General de Justicia sobre la desaparición de la persona (original y 3 copias).
  • Copia certificada del acta de nacimiento de la persona desaparecida, de quien tramita el procedimiento y de los hijos (si los tiene) (original y 3 copias).
  • Copia certificada del acta de matrimonio (si está casado) (original y 3 copias).

Requisitos previos:

  • Presentar denuncia ante la Fiscalía General de Justicia por la desaparición.
  • Presentar actas de nacimiento certificadas.
  • Presentar acta de matrimonio certificada (si aplica).

Costes y plazos:

  • Este trámite es gratuito.
  • El plazo para resolver es de 2 días hábiles.
  • El plazo para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles.
  • El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 3 días hábiles.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Acudir a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal de Desarrollo Integral de la Familia.
  2. Solicitar ser atendido por un asesor jurídico.

Ayuda

Contacto:

Procuraduría de Protección a Niños, Niñas, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia. Roberto Cabral del Hoyo s/n, Zacatecas, Zacatecas. Tel. 4921891038 - 4929252009

Información Relevante:

Este trámite requiere conservar la siguiente información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio:

  • Acreditación: Para acreditar que el servicio fue brindado.

Personas Relacionadas:

Criterios de Resolución:

  • Condiciones o Consideraciones
    • No haber asesores jurídicos disponibles.
    • Asistir en días y horarios inhábiles.
  • Criterios de Resolución
    1. Una vez que se presentan todos los requisitos, el asesor jurídico realiza la demanda y es firmada por el usuario;
    2. El asesor jurídico presenta la demanda en Oficialía de Partes del Palacio de Justicia, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas; y
    3. Se realiza el acompañamiento al usuario durante todo el tiempo que dure el trámite.

Fundamento legal:

  • Código Familiar para el Estado de Zacatecas, Artículo 93.
  • Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas, Artículos 1,2,3,4,5,671,,72,227,228,836,837.

Preguntas frecuentes

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.