Servicio de asesoría y acompañamiento jurídico en el Juicio de Presunción de Muerte.
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite que una autoridad judicial declare la ausencia de una persona, lo que se puede considerar como su fallecimiento, protegiendo sus bienes y derechos.
¿Quién puede solicitarlo?
Interesado o padres.
Requisitos principales
- Presentar denuncia ante la Fiscalía General de Justicia por la desaparición.
- Presentar actas de nacimiento certificadas.
- Presentar acta de matrimonio certificada (si aplica).
Plazos
El plazo del Sujeto Obligado para resolver es de 2 días hábiles. El plazo con el que cuenta el Sujeto Obligado para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles. El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 3 días hábiles.
Duración del trámite
El plazo para resolver es de 2 días hábiles. El plazo para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles. El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 3 días hábiles.
Información adicional
Este servicio ofrece asesoría y acompañamiento jurídico.
Resumen
Este trámite ofrece asesoría y acompañamiento jurídico en el proceso de Juicio de Presunción de Muerte, permitiendo que una autoridad judicial declare la ausencia de una persona, lo que se puede considerar como su fallecimiento, protegiendo sus bienes y derechos.
Quién puede usar este servicio:
- Interesado
- Padres
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Denuncia ante la Fiscalía General de Justicia sobre la desaparición de la persona (original y 3 copias).
- Copia certificada del acta de nacimiento de la persona desaparecida, de quien tramita el procedimiento y de los hijos (si los tiene) (original y 3 copias).
- Copia certificada del acta de matrimonio (si está casado) (original y 3 copias).
Requisitos previos:
- Presentar denuncia ante la Fiscalía General de Justicia por la desaparición.
- Presentar actas de nacimiento certificadas.
- Presentar acta de matrimonio certificada (si aplica).
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo para resolver es de 2 días hábiles.
- El plazo para prevenir al solicitante es de 3 días hábiles.
- El plazo para que el interesado cumpla con la prevención es de 3 días hábiles.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Acudir a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal de Desarrollo Integral de la Familia.
- Solicitar ser atendido por un asesor jurídico.
Ayuda
Contacto:
Procuraduría de Protección a Niños, Niñas, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia. Roberto Cabral del Hoyo s/n, Zacatecas, Zacatecas. Tel. 4921891038 - 4929252009
Información Relevante:
Este trámite requiere conservar la siguiente información para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio:
- Acreditación: Para acreditar que el servicio fue brindado.
Personas Relacionadas:
- Responsables
- Procuraduría de Protección a Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del SEDIF. Dr. Álvaro García Hernández Procurador procuraduriasedifzac2020@gmail.com 4921891038
- Dirección General L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado Director General direccion.sedif.zac@gmail.com +52 (492) 925-6805
- Quejas
- Órgano Interno de Control M. en A. Mario Alberto Barrios Sosa. Titular marioal.barrios@gmail.com 4929256800
Criterios de Resolución:
- Condiciones o Consideraciones
- No haber asesores jurídicos disponibles.
- Asistir en días y horarios inhábiles.
- Criterios de Resolución
- Una vez que se presentan todos los requisitos, el asesor jurídico realiza la demanda y es firmada por el usuario;
- El asesor jurídico presenta la demanda en Oficialía de Partes del Palacio de Justicia, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas; y
- Se realiza el acompañamiento al usuario durante todo el tiempo que dure el trámite.
Fundamento legal:
- Código Familiar para el Estado de Zacatecas, Artículo 93.
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas, Artículos 1,2,3,4,5,671,,72,227,228,836,837.