Servicio de acompañamiento jurídico para realizar un trámite judicial de asentamiento extemporáneo de acta de nacimiento..
Información Rápida
Objetivo
Brindar acompañamiento jurídico a personas que necesitan realizar un trámite judicial para el registro extemporáneo de un acta de nacimiento.
¿Quién puede solicitarlo?
Interesados o sus padres.
Requisitos principales
- Carecer de acta de nacimiento.
- Presentar la documentación requerida.
Plazos
El sujeto obligado tiene 3 días hábiles para prevenir al solicitante, y el interesado tiene 3 días hábiles para cumplir con la prevención.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del proceso judicial.
Información adicional
El servicio incluye asesoría y acompañamiento jurídico durante todo el proceso.
Resumen
Este servicio ofrece acompañamiento legal para realizar el trámite judicial de registro tardío de un acta de nacimiento. Está dirigido a personas que no tienen acta de nacimiento.
Quién puede usar este servicio
- Interesado
- Padres
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Constancia de inexistencia del acta de nacimiento, expedida por el Ayuntamiento y el Registro Civil.
- Debe ser original y contener la certificación del Oficial del Registro Civil.
- Tiempo estimado de obtención: 1 día.
- Documento que acredite la identidad del interesado.
- Puede ser cualquier documento con nombre completo, como:
- Comprobante de domicilio (luz, agua o teléfono)
- Acta de nacimiento de hermanos (si los tiene)
- Fe de bautismo
- Acta de matrimonio (si es casado)
- Acta de nacimiento de hijos (si los tiene)
- Cartilla del Servicio Militar
- Entre otros
- Original y 2 copias.
- Tiempo estimado de obtención: 2 días.
- Puede ser cualquier documento con nombre completo, como:
Costes
Este trámite es gratuito.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Acudir a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.
- Solicitar ser atendido por un asesor jurídico.
Después de hacerlo
Se realiza el acompañamiento al usuario durante todo el tiempo que realice el trámite.
Ayuda
Contacto
- Procuraduría de Protección a Niños, Niñas, Adolescentes y Familia
- Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia
- Roberto Cabral del Hoyo s/n, Zacatecas, Zacatecas
- Tel. 4921891038 - 4929252009
- Horario: Lunes a Viernes de 8:00 AM a 4:00 PM
Información Adicional
Este trámite requiere conservar la siguiente información para fines de acreditación, inspección y verificación:
- Acreditación de que se ha brindado el servicio.
Personas Relacionadas
- Responsables
- Dirección General
- L.E. Víctor Humberto de la Torre Delgado
- Director General
- direccion.sedif.zac@gmail.com
- +52 (492) 925-6805
- Procuraduría de Protección a Niñas, Niños, Adolescentes y la Familia del SEDIF.
- Dr. Álvaro García Hernández
- Procurador
- procuraduriasedifzac2020@gmail.com
- 4921891038
- Dirección General
- Quejas
- Órgano Interno de Control
- M. en A. Mario Alberto Barrios Sosa.
- Titular
- marioal.barrios@gmail.com
- 4929256800
- Órgano Interno de Control
Criterios de Resolución
- Condiciones o Consideraciones
- No haber personal jurídico disponible.
- No acudir a solicitar el servicio en días y horarios hábiles.
- Criterios de Resolución
- Una vez que se presentan todos los requisitos, el asesor jurídico realiza la demanda y es firmada por el usuario.
- El asesor jurídico presenta la demanda en Oficialía de Partes del Palacio de Justicia, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas.
- Se realiza el acompañamiento al usuario durante todo el tiempo que realice el tramite.
Fundamento Legal
- Código Familiar del Estado de Zacatecas, Artículo 36.
- Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas, Artículos 1,2,3,4,5,671,72,227,228,836,837,838.