Servicio de acompañamiento jurídico para realizar un trámite judicial de asentamiento extemporáneo de acta de nacimiento..

Actualizado el 9 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Brindar acompañamiento jurídico a personas que necesitan realizar un trámite judicial para el registro extemporáneo de un acta de nacimiento.

¿Quién puede solicitarlo?

Interesados o sus padres.

Requisitos principales

  • Carecer de acta de nacimiento.
  • Presentar la documentación requerida.

Plazos

El sujeto obligado tiene 3 días hábiles para prevenir al solicitante, y el interesado tiene 3 días hábiles para cumplir con la prevención.

Duración del trámite

Variable, dependiendo del proceso judicial.

Información adicional

El servicio incluye asesoría y acompañamiento jurídico durante todo el proceso.

Resumen

Este servicio ofrece acompañamiento legal para realizar el trámite judicial de registro tardío de un acta de nacimiento. Está dirigido a personas que no tienen acta de nacimiento.

Quién puede usar este servicio

  • Interesado
  • Padres

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Constancia de inexistencia del acta de nacimiento, expedida por el Ayuntamiento y el Registro Civil.
    • Debe ser original y contener la certificación del Oficial del Registro Civil.
    • Tiempo estimado de obtención: 1 día.
  • Documento que acredite la identidad del interesado.
    • Puede ser cualquier documento con nombre completo, como:
      • Comprobante de domicilio (luz, agua o teléfono)
      • Acta de nacimiento de hermanos (si los tiene)
      • Fe de bautismo
      • Acta de matrimonio (si es casado)
      • Acta de nacimiento de hijos (si los tiene)
      • Cartilla del Servicio Militar
      • Entre otros
    • Original y 2 copias.
    • Tiempo estimado de obtención: 2 días.

Costes

Este trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Acudir a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños, Adolescentes y Familia del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia.
  2. Solicitar ser atendido por un asesor jurídico.

Después de hacerlo

Se realiza el acompañamiento al usuario durante todo el tiempo que realice el trámite.

Ayuda

Contacto

  • Procuraduría de Protección a Niños, Niñas, Adolescentes y Familia
  • Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia
  • Roberto Cabral del Hoyo s/n, Zacatecas, Zacatecas
  • Tel. 4921891038 - 4929252009
  • Horario: Lunes a Viernes de 8:00 AM a 4:00 PM

Información Adicional

Este trámite requiere conservar la siguiente información para fines de acreditación, inspección y verificación:

  • Acreditación de que se ha brindado el servicio.

Personas Relacionadas

Criterios de Resolución

  • Condiciones o Consideraciones
    • No haber personal jurídico disponible.
    • No acudir a solicitar el servicio en días y horarios hábiles.
  • Criterios de Resolución
    1. Una vez que se presentan todos los requisitos, el asesor jurídico realiza la demanda y es firmada por el usuario.
    2. El asesor jurídico presenta la demanda en Oficialía de Partes del Palacio de Justicia, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas.
    3. Se realiza el acompañamiento al usuario durante todo el tiempo que realice el tramite.

Fundamento Legal

  • Código Familiar del Estado de Zacatecas, Artículo 36.
  • Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas, Artículos 1,2,3,4,5,671,72,227,228,836,837,838.

Preguntas frecuentes

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.