Derecho de preferencia
Información Rápida
Objetivo
Permite a los municipios y al estado adquirir predios en zonas de reserva, o en remate, igualando la mejor oferta.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona interesada.
Requisitos principales
- Presentar la documentación y solicitud requerida.
Plazos
El interesado tiene un plazo no mayor de 30 días hábiles para ejercer el derecho de preferencia.
Duración del trámite
El plazo para resolver es de 30 días hábiles.
Información adicional
Este trámite requiere conservar la siguiente para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite o servicio: Acreditación: Se verifica la ubicación del bien inmueble, dentro del municipio, conforme a medios digitales.
Resumen
Este trámite permite a los municipios y al estado tener el derecho de preferencia para adquirir terrenos en zonas de reserva cuando estos se vendan o sean objeto de una transmisión de propiedad. También aplica en casos de remate judicial o administrativo, igualando el precio del mejor postor.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona interesada en vender un predio que esté dentro de una declaratoria de reserva.
Lo que necesitas
-
Documentación requerida:
- Solicitud por escrito.
- Documentación que acredite la propiedad del predio.
-
Coste: $365.08
Cómo hacerlo
- Solicitar los requisitos en la dependencia.
- Presentar la documentación requerida y la solicitud por escrito.
- La dependencia revisará la documentación.
- Se generará una orden de pago.
- Realizar el pago correspondiente.
- Recoger la constancia en el día y hora indicados (aproximadamente 7 días hábiles).
Después de hacerlo
- El municipio o el estado decidirá si ejerce su derecho de preferencia.
- El plazo para que el Sujeto Obligado resuelva es de 30 días hábiles.
Ayuda
- Contacto:
- Secretaría de Desarrollo Urbano, Ecología y Medio Ambiente:
- Dr. Guillermo Gerardo Dueñas González (Secretario)
- duema@gpe.gob.mx
- (492) 923 54 92 ext. 343
- Órgano Interno de Control:
- L.A.E. Patricia González Borrego (Titular)
- organointernocontrol@gpe.gob.mx o oicguadalupe@gmail.com
- 4926902560 ext. 117
- Secretaría de Desarrollo Urbano, Ecología y Medio Ambiente:
Información Adicional
- Fundamento Legal: Código Territorial y Urbano para el Estado de Zacatecas, Artículo 114 (vigente desde el 01-09-2019).
- Plazos: Ley de Procedimientos Administrativos del Estado y Municipios de Zacatecas, Artículo 34 (vigente desde el 03-01-2011).
- Criterios de Resolución: La resolución favorable se obtiene al cumplir con la entrega de todos los requisitos en tiempo y forma. Se evalúa el interés del H. Ayuntamiento en el inmueble según proyectos futuros y crecimiento urbano.